'Decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara nula la Norma contenida en el Artículo 51 de la Ley General de Puertos, según la cual el Instituto Autónomo Administrador del Puerto de uso Comercial debería afectuar al Municipio donde esté ubicado el Puerto, un aporte no menor del doce y medio por ciento (12,5 %)...

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