Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 10 de Enero de 2005

Fecha de Resolución10 de Enero de 2005
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo
PonenteElaine Gamardo
ProcedimientoAmparo Constitucional

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

ASUNTO : BH11-O-2002-000003

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

COMPETENCIA: LABORAL.-

EXPEDIENTE Nro: BH11-O-2002-000003

JUICIO: A.C..-

DEMANDANTE: NUMIDIA DE LOS A.J. de QUIÑONES.-

DEMANDADO: ALCALDIA DEL MUNICIPIO S.B.D.E.A..

Por cuanto en la presente causa desde el último acto de procedimiento, auto de fecha 17 de octubre de 2002, no ha habido impulsado procesal para la continuación de la misma, habiendo transcurrido en consecuencia más de un año, es por lo que este Tribunal declara la perención de la Instancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber ocurrido la perención en el presente asunto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los diez días del mes de enero de 2005.- AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-

LA JUEZ TEMPORAL,

DRA. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA.,

M.Q.E.

En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia y se agregó al expediente Nro. BH11-O-2002-000003.- Conste.-

LA SECRETARIA.,

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