¿Quiénes están obligados a inscribirse en el nuevo registro para combatir la delincuencia organizada y financiamiento del terrorismo?
Autor | ARAQUEREYNA |
¿Cuál es el objeto de la Providencia?
Crear un registro que permita a la ONCDOFT obtener información, generar una base de datos y ejercer un control sobre las actividades de entidades que se consideran vulnerables ante la legitimación de capitales, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. Asimismo, establece los requisitos y procedimientos necesarios para inscribirse ante dicho registro.
¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Providencia?
Están sujetos a la inscripción en el RUSO-ONCDOFT, las personas naturales o jurídicas, que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
Respecto a los dos primeros, queda bien definido quienes son considerados como tal, sin embargo la identificación de quienes pueden quedar incluidos como sujetos de aplicación en los dos últimos supuestos es muy ambigua y genera muchas dudas que deben ser analizadas caso por caso.
¿Qué determina que una actividad puede ser utilizada para cometer ese tipo de delitos? ¿En qué supuestos debe considerarse que una persona interviene en el sistema integral de administración de riesgo o cumplimiento corporativo implementado por los sujetos obligados? ¿Aplica a cualquier persona que se encuentre involucrada en las precitadas actividades?
La Providencia no da respuesta a estas interrogantes, ni alude a ningún otro cuerpo normativo para resolver estas dudas, poniendo de manifiesto un amplio grado de discrecionalidad y ambigüedad, lo que plantea importantes problemas de inseguridad jurídica.
¿Quiénes se consideran sujetos obligados?
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.912 de fecha 30 de abril de 2012, se consideran sujetos obligados, entre otros:
¿Están...
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