Obligan a vender edificios con más de 20 años en alquiler

Los propietarios o arrendadores de edificios -multiarrendadoresque tengan más de 20 años con las viviendas alquiladas están en la obligación de ofertar en venta el inmueble al inquilino, de acuerdo con una providencia administrativa del Ministerio de Vivienda y Hábitat, publicada en la Gaceta Oficial número 40382. La cual establece un lapso de 60 días hábiles desde la fecha de su publicación, y quien no lo haga será multado con 2.000 unidades tributarias -254.000 bolívarespor cada unidad que no oferte. La sanción debe pagarse 5 días hábiles después de declarado el incumplimiento.La providencia lo que hace es prorrogar una disposición transitoria que se encuentra en la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, señaló Roberto Orta Martínez, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos. Recordó que la organización solicitó la nulidad de la disposición que fue aceptada por el Tribunal Supremo de Justicia, pero no se ha emitido una decisión al respecto.Es una medida inconstitu cional. El artículo 115 de la carta magna indica que las únicas formas de despojar a alguien de una propiedad son a través de la expropiación o confiscación.No existe esta figura de venta obligatoria, destacó el también abogado inmobiliario.El dueño de la vivienda, según el artículo 6, deberá solicitar a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda el cálculo del justo valor, para lo cual se exige una serie de documentos, entre ellos, el de condominio.Allí es donde está el problema para Orta Martínez: 95% de estos edifi cios no tiene propiedad horizontal o documento de condominio. Se construyeron antes de la ley y no se pueden ofertar. La octava disposición transitoria de la ley dispone que los requisitos para otorgar la propiedad horizontal se fl...

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