Decisión de Tribunal Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 10 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2013
EmisorTribunal Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
PonenteSady Astrid Cardona Moreno
ProcedimientoOferta Real De Pago

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 10 de Mayo de 2013

Año 203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-001051

Vista la transacción presentada en fecha 07 de Mayo de 2013, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, suscrita por ante la Notaria Pública Quinta del Municipio Chacao del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de abril de 2013, quedando inserta bajo el Nº 22, Tomo 67, por la parte oferida, ciudadano E.A.O.C., titular de la cédula de identidad Nº 12.376.876, debidamente asistido por la abogada J.D.C.N.F., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.380, por una parte y por la otra el abogado G.A.J.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.081, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil E-POWER OUTSOURCING, S.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON 52/100 (Bs.57.740,52) cancelados mediante cheque Nº 30003876, de la cuenta Nº 0105-0713-80-2713003876, más la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON 75/100 (Bs.6.224,75) cancelados mediante cheque Nº 61003875, de la cuenta Nº 0105-0713-80-2713003875, ambos del Banco Mercantil, de fecha 25 de Abril de 2013, a nombre de E.O., por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal Dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.

LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO

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