El oficialismo fomenta choque de poderes públicos

El desacato es un delito establecido en el artículo 31 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y merece una pena de prisión entre 6 y 15 meses.Si la Sala Electoral decide que la junta directiva de la Asamblea Nacional incurrió en desacato al juramentar a los diputados opositores Nirma Guarulla, Julio Ygarza y Romel Guzamana, tiene dos opciones.El TSJ podría instar a la Fis calía General de la República para que tramite el correspondiente antejuicio de mérito contra Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Escalona. En buen Derecho, ello supone una averiguación de los hechos que respete la efectiva posibilidad de defensa de los afectados. Si el Mi nisterio Público solicita el enjuiciamiento, la Sala Plena del TSJ debería autorizarlo. Sin embargo, esta primera opción quedaría sujeta a una última decisión de carácter político: el allanamiento de la inmunidad...

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