Sentencia nº 301 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 10 de Julio de 2012

Fecha de Resolución10 de Julio de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 10 de julio de 2012

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 14 de junio de 2012, por el abogado R.R.B.U., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.220, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OLDRIM YEZNEV PORRAS IZAGUIRRE, contra el acto administrativo contenido en la P.A. Nº DM 195, de fecha 3 de junio de 2011, dictada por el ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES, por el cual destituyó al solicitante “…del cargo de Tercer Secretario, adscrito a la Dirección de Personal Diplomático y Consular del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, por estar incurso en la causal prevista en el artículo 111, numerales 2 y 9 de la Ley de Servicio Exterior…” (folio 149 del expediente); este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en el Capítulo I del escrito de promoción de pruebas; el cual se contrae a reproducir el mérito favorable de los autos y del expediente administrativo, y; por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

Asimismo, visto el pronunciamiento relativo a las pruebas promovidas por las partes, este Juzgado ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio, remitiéndole a dicha funcionaria copia certificada de las decisiones de pruebas.

La Jueza,

María Luisa Acuña López

La Secretaria,

Noemí del Valle Andrade

Exp. Nº 2011-1147/DA-JS

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