Decisión de Tribunal Sexto de Control de Aragua, de 23 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorTribunal Sexto de Control
PonenteRafael Enrique Ojeda Rumbos
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

Maracay, 23 de Marzo de 2.006.

196° y 146°

CAUSA: N° 6C-7748/06

JUEZ: ABG. E.D.P. DIAZ

IMPUTADO (S): OLGA PAREDES

VICTIMA (S): R.D.J.

SECRETARIO: ABG. BRUNO ACOSTA

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO efectuada por la Abogado Y.A., en su carácter de Fiscal 15º del Ministerio Público del Estado Aragua, este Juez de Control decide:

Efectivamente, en autos se haya comprobada la comisión de uno de los delitos contra las Personas, como lo es el delito de LESIONES, el cual se encuentre previsto en el Código Penal, pero se desprende de las actuaciones que luego de la realización del examen Medico Forense no se evidencia lesiones, a pesar de la falta de certeza, NO EXISTE POSIBILIDAD RAZONABLE DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACIÓN; lo que imposibilita que existan BASES PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO del Imputado: O.M.P.R.; circunstancia ésta que es mejor conocida por el representante del Ministerio Público, como titular de la Acción Penal que es; y quien en definitiva decide de que manera y cuando ejercer dicha Acción; razón por la cual, necesariamente la decisión sobre esta Causa será la de SOBRESEIMIENTO de la Acción penal, en base a lo establecido en el Ordinal 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

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