Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 29 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoDaños Materiales Y Morales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de noviembre de 2007

Años: 197º y 148°

Visto el libelo de demanda y sus recaudos anexos, presentado por las abogadas M.D.V.M. y Y.L.C., inscritas en el Inpreabogado, bajo los Nros. 112.388 y 124.528, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana OLYMAR C.E.M., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 11.034.294, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la ciudadana N.V.B., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.775.941, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de que dé contestación a la demanda que por DAÑOS MATERIALES y MORALES sigue en su contra la ciudadana Olymar C.E.M., dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que el alguacil de este Tribunal practique la citación ordenada previo suministro de los fotostátos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.

LA JUEZ,

LA SECRETARIA

MARIA ROSA MARTÍNEZ CATALÁN

NORKA COBIS RAMÍREZ

Exp. 45082

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