Sentencia nº 687 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 18 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 687 N° Expediente : X-2014-000002 Fecha: 18/09/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

O.A., solicitó medida cautelar innominada en el sentido que se ordene el ciudadano Rector de la Universidad del Zulia, Dr. J.P.P., que suspenda la entrega de dichos recursos provenientes de los aportes de los trabajadores y de la Previsión Social de Asdeluz, y me haga entrega de la Sede donde ha venido funcionando por más de 40 años nuestra Asociación Sindical.

Decisión:

En fecha 14-08-2014 fueron recibidas en este Tribunal las resultas de la comisión librada al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar a los ciudadanos O.A., E.G.M. y WIILIAM DE J.A.R., la Sentencia N° 39 dictada por la Sala Electoral en fecha 18-03-2014 y por cuanto de la resultas de dicha comisión se evidencia la imposibilidad de practicar las notificaciones de los ciudadanos O.F.A. y E.D.G.M., este Juzgado, se acordó librar carteles a los ciudadanos O.F.A. y E.D.G.M., a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 39 dictada en fecha 18-03-2014, con la advertencia de que transcurrido un término de 10 días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los referidos carteles se les tendrán por notificados.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 18 de septiembre de 2014

204º y 155º

En fecha 14 de agosto de 2014 fueron recibidas en este Tribunal las resultas de la comisión librada al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar a los ciudadanos O.F.A., E.D.G.M. y WIILIAM DE J.A.R., la Sentencia N° 39 dictada por la Sala Electoral en fecha 18 de marzo de 2014 y por cuanto de la resultas de dicha comisión se evidencia la imposibilidad de practicar las notificaciones de los ciudadanos O.F.A. y E.D.G.M., este Juzgado, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar carteles a los ciudadanos O.F.A. y E.D.G.M., a los fines de notificarlos de la Sentencia N° 39 dictada en fecha 18 de marzo de 2014, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los referidos carteles se les tendrán por notificados. Líbrese Carteles.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-X-2014-000002

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de septiembre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano E.D.G.M., titular de la cédula de identidad N° 7.817.700 y/o su apoderado judicial abogado W.J.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.193, que esta Sala Electoral en fecha en fecha 18 de marzo de 2014 dictó Sentencia N° 39 en el cuaderno separado contentivo de la solicitud de medida cautelar innominada formulada por el ciudadano O.F.A., titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, asistido por el abogado J.S.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.948, respecto al expediente N° AA70-E-2013-000063 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano E.D.G.M., titular de la cédula de identidad N° 7.817.700, asistido por el abogado W.J.C.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.193, contra “…las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), electa en Asamblea General de fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil diez (2010) y en consecuencia de la convocatoria y elección de la nueva Junta Directiva de la Organización Sindical sub lite, para el periodo 2013-2015…”. En dicho fallo la Sala declaró: 1.-ADMITIÓ la intervención del ciudadano O.F.A. con el carácter de tercero verdadera parte. 2.-IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada formulada por el referido ciudadano. Se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-X-2014-000002

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de septiembre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano O.F.A., titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, que esta Sala Electoral en fecha en fecha 18 de marzo de 2014 dictó Sentencia N° 39 en el cuaderno separado contentivo de la solicitud de medida cautelar innominada formulada por el ciudadano O.F.A., titular de la cédula de identidad N° 4.992.030, asistido por el abogado J.S.J., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.948, respecto al expediente N° AA70-E-2013-000063 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano E.D.G.M., titular de la cédula de identidad N° 7.817.700, asistido por el abogado W.J.C.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.193, contra “…las actuaciones materiales y vías de hecho de la Comisión Electoral Central de la Asociación Sindical de Empleados de la Universidad del Zulia (ASDELUZ), electa en Asamblea General de fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil diez (2010), y en consecuencia de la convocatoria y elección de la nueva Junta Directiva de la Organización Sindical sub lite, para el periodo 2013-2015…”. En dicho fallo la Sala declaró: 1.-ADMITIÓ la intervención del ciudadano O.F.A. con el carácter de tercero verdadera parte. 2.-IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada formulada por el referido ciudadano. Se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-X-2014-000002

FRVT/pc

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