Decisión de Juzgado de Municipio Segundo Ejecutor de Medidas de Caracas, de 23 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado de Municipio Segundo Ejecutor de Medidas
PonenteAmarilis Nieves Blanco
ProcedimientoPartición

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas;22 de noviembre de 2012

202° y 153°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A al ciudadano C.O.L.B., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.803.233; y/o en la persona de su apoderada judicial la ciudadana M.C. CANCINO PRADO, venezolana, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.359, respectivamente; que con motivo que por juicio de PARTICIÓN (Expediente signado bajo el N° 12-0069 de la nomenclatura de este Juzgado Itinerante y Expediente antiguo N° AH11-V-2000-000020), sigue el ciudadano C.O.L.B., contra la ciudadana Y.C.Q.D., este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, se abocó de oficio al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página wed del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de ley de diez (10) días continuos, precluido el mismo se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado ubicado en la Avenida Este Dos con Sur 25 Edif. J.V. (CTV), piso 12, Caracas, dentro de las horas de despacho, con el objeto de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. A.N.B.

EXP. N° 12-0069(Itinerante)

EXP. N° AH11-V-2000-000020(Antiguo)

ANB/LZ/AA

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