Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Trabajo de Nueva Esparta, de 30 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Trabajo
PonenteEuclides Salazar
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, treinta de marzo de dos mil cinco

194º y 146º

Vista la Transacción presentada en fecha 22-03-2005, por el Abg. F.B., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 18.055, Apoderado Judicial del ciudadano O.D.J.H.M., titular de la cédula de identidad No. 9.425.532, por una parte; y por la otra el ciudadano R.J.A., titular de la cédula de identidad No. 10.202.493, representante legal de la empresa CONSERTELCA, C.A., asistido por el Abg. H.R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 42.480. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en razón de que la transacción no es contraria a Derecho y no vulnera derechos irrenunciables del trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo. En consecuencia, da por concluido el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-

EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR

EL SECRETARIO

Abg. YHOANN RODRÍGUEZ

ASUNTO : OP02-L-2004-000418

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