Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Carupano), de 30 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2011
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteMarisandra Cañizares
ProcedimientoIncineracion De Droga

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes

Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano

Carúpano, 30 de mayo de 2011

201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2011-000162

ASUNTO: RP11-D-2011-000162

AUTO AUTORIZANDO LA INCINERACIÓN DE LA DROGA

Por recibido escrito signado con el N° 19F6SPRA-0730-2011, suscrito por la Fiscal Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, donde remite a este Tribunal constante de dos (02) folios útiles, solicitud de Destrucción de la Droga que guarda relación con el presente asunto y copia fotostática de Experticia Botánica N° 9700-263-T-0734-10, suscrita en fecha 05-02-11, por la Dra. Yrisluz Landaeta, Farmacéutica Toxicólogo, Experto Profesional II y Dra. Yojaira Sánchez, Bioanalista, Experto Profesional I, la cual guarda relación con la investigación seguida a OMISSIS según Causa N° 19F06-2C-0215-2010, nomenclatura correspondiente a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; en consecuencia este Juzgado DECLARA CON LUGAR la solicitud de Destrucción de la Droga a pedimento de la Vindicta Publica, consistente en la siguiente muestra: Trescientos Miligramos (300mg) De Clorhidrato ce cocaína; la cual deberá ser destruida por la vía de Incineración, una vez transcurrido los 30 días que estipula la Ley de haber recibido la respectiva notificación del órgano con competencia en Materia de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, todo de conformidad con el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas.- Líbrese la notificación respectiva al Ministerio de Salud y Desarrollo Social a objeto de que este solicite la totalidad o parte de la sustancia incautada con fines terapéuticos o de investigación, indicándosele la cantidad, clase, calidad y nombre de dicha sustancia y notificación a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la presente decisión.- Cúmplase.

LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL

ABG. MARISANDRA CAÑIZARES G

LA SECRETARIA

ALISSON ELLYN PERNIA RAMIREZ.

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