Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Carupano), de 8 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteSergio Sanchez Díaz
ProcedimientoIncineración De Sustancias Estupefacientes Y Psico

Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano

Juzgado Primero de Control Sección Penal de Adolescentes

Carúpano, 08 de Marzo de 2012

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2012-000057

ASUNTO : RP11-D-2012-000057

Auto Fundado Autorizando la Incineración de la Droga

Recibido como ha sido el presente escrito debidamente suscrito por la ciudadana, Fiscal Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, Abg. M.G.M., mediante el cual solicita la Destrucción de la Droga incautada en el presente procedimiento tal como consta de la Experticia Química N° CO-LC-LR7-DQ-313-2010, suscrita en fecha 16-06-2010, por los Expertos D.G.S.Z. y N.M.M.T., Lcdo. en Química, respectivamente adscritos al Laboratorio Regional 7, Departamento de Química, de la Guardia Nacional de Venezuela con sede en Puerto La C.E.A.; la cual guarda relación con la investigación Seguida a la adolescente Omissis, según Causa N° 19F06-2C-0151-2010, nomenclatura correspondiente a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre; en consecuencia este Juzgado DECLARA CON LUGAR la solicitud de Destrucción de la Droga, a solicitud del Ministerio Público, consistente en la siguiente muestra: Cuatro Gramos con Ochenta y Nueve Centésimas (4gs con 89Cms), Cocaína Base; la cual deberá ser destruida por la vía de Incineración, una vez transcurrido los 30 días que estipula la Ley de haber recibido la respectiva notificación del órgano con competencia en Materia de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, todo de conformidad con el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas.- Líbrese la notificación respectiva al Ministerio de Salud y Desarrollo Social a objeto de que este solicite la totalidad o parte de la sustancia incautada con fines terapéuticos o de investigación, indicándosele la cantidad, clase, calidad y nombre de dicha sustancia, remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Líbrese los oficios correspondientes. Cúmplase.

El Juez Titular Primero de Control

S.S.D.

El Secretario Judicial

Abg. D.J.R.

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