Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Merida (Extensión Mérida), de 27 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteMirna Egle Marquina
ProcedimientoCesacion De Medida De Penal Adolescente Lopna

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SECCION DE ADOLESCENTES

DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA

EN FUNCIONES DE EJECUCION

Mérida, veintisiete (27) de septiembre de 2005

CAUSA N0. E1-289-04

ASUNTO: REVISION DE LA MEDIDA. CESACION DE LA SANCION POR CUMPLIMIENTO. (Artículo 645 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

MOTIVACION

VISTO. Al revisar las actuaciones considera esta juzgadora que debe efectuarse de oficio la revisión de las medidas al adolescente identidad omitida, a quien se le impone por sustitución de sanciones no privativas de libertad, correspondientes a REGLA DE CONDUCTA QUE FINALIZABA EN FECHA 04-09-2005 y SERVICIO COMUNITARIO que debía efectuar noventa y seis horas, sentenciado como autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, en perjuicio de J.A.V.; Cursa a los folios ( 579 al 583) auto de ejecútese de la sentencia condenatoria de fecha 10-12-2001, con sanción privativa de libertad, concatenado con el auto de reforma de computo que ríela a los folios (633 al 635), adminiculado con la revisión de la medida de fecha 18-02-2005 folios ( 735 al 741) donde se acuerda la sustitución de la privación de libertad por la sanciones menos gravosas correspondientes a reglas de conducta, libertad asistida las cuales finaliza en fecha 04-09-2005 y servicio comunitario que deberá ser cumplido en noventa y seis (96) horas.

Este Tribunal observa:

Con respecto a la regla de conducta:

Ríela a los folios (751) INFORME TRIMESTRAL de fecha 16-03-2005, emitido por la trabajadora social del INAM, donde se indica con respecto a la obligación de estudiar: “... el adolescente se encuentra estudiando 1ro y 2do año de ciclo diversificado. A partir del 29 de marzo comenzara a presentar los exámenes finales…”adminiculado con el informe que riela a los folios (759 al 760) donde se indica “ el adolescente continua estudiando por la modalidad de libre escolaridad, aprobando las materias que se encontraba cursando…” concluyendo que el joven ha sido responsable y receptivo en la orientaciones impartidas adminiculado con el informe que riela a los folios (765 al 766) continua estudian por libre escolaridad “ …sólo le falta una materia para obtener el titulo de bachiller…”

Con respecto a la obligación de trabajar inicia como agricultor en el lugar donde habita siendo el abuelo paterno el encargado de asignarle las tareas y actualmente continua desempeñándose como agricultor en la “propiedad del abuelo paterno…”

Con respecto a la libertad asistida.

Cursa a los folios (753 al 756) oficio No. 62-05 de fecha 18-05-2005 donde se evidencia que el joven se presentó ante todas las entrevistas con la siquiatra de esta sección indicando “ la evolución en el proceso terapéutico ha estado en ascenso y su internalizaciòn o introspección ha logrado establecer prioridades en su vida las cuales están encaminadas ha obtener cambios positivos” adminiculado con el informe (folios 762 al 764) en el que se indica “ el adolescente mostró durante todo el proceso terapéutico acatamiento a las sugerencias y orientaciones; así como también, asumió con madurez todas las obligaciones que se le impusieron cumpliéndolas a cabalidad…”

Con respecto al servicio comunitario

Ríela a los folios (751) INFORME TRIMESTRAL de fecha 16-03-2005, emitido por la trabajadora social del INAM, donde se indica con respecto a la actividad gratuita inicia su sanción en fecha 13-03-2005 asistiendo los días domingo de cada semana, adminiculado con el informe que riela a los folios (759 al 760), donde que el adolescente “ lleva un total de once (11) presentaciones desde su fecha de inicio, es decir, 41 horas, a razón de cuatro (04) adminiculado con el informe que riela a los folios (765 al 766) la tarea gratuita la “finaliza la misma en fecha 11-09-2005 con un total de noventa y seis horas.” Anexando planillas de asistencia a la actividad.

La finalidad de las medidas en la fase de ejecución es lograr el pleno desarrollo de las capacidades del adolescente y la adecuada convivencia con su familia y su entorno social, se busca es la prevención especial dirigida a educar al adolescente y con ello crear valores mediante medidas educativas, de desarrollo que permitan al adolescente a la no reincidencia a través de la intervención del órgano jurisdiccional.

Al respecto el artículo 645 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, expresa:

cumplida la medida impuesta... sic)... el juez de ejecución ordenará la cesación de la misma y en su caso, la libertad plena

;

Concatenado con el artículo 105 del Código penal al indicar:

El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal

Por lo expuesto, se evidencia que efectivamente el adolescente cumplió las sanciones que le fue impuesta mediante sentencia y luego sustituida por medidas menos gravosas.

DISPOSITIVA

Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 645 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: Se ordena LA CESACIÓN DE LAS MEDIDA POR CUMPLIMIENTO de la regla de conducta, libertad asistida y servicio comunitario impuesta al ciudadano identidad omitida, mediante sentencia definitivamente firme. No existiendo mas sanciones que cumplir se ordena la libertad plena del mencionado adolescente. Segundo: Con respecto a los objetos la sentencia no menciona nada al respecto. (Folio 441 al 463). De la misma manera, una vez consignadas las boletas respectivas se ordenará el archivo del expediente, en virtud que se ha dado cumplimiento a la sentencia definitiva. Notifíquese al Fiscal 12ma del Ministerio Público, a la defensa, adolescente Y víctima, ofíciese a la trabajadora social y siquiatra. Diarícese, regístrese y cúmplase.

LA JUEZ PROFESIONAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

M.E.M.

LA SECRETARIA

ARLENY LARA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Sria.

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