Decisión de Tribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo de Yaracuy, de 26 de Abril de 2010

Fecha de Resolución26 de Abril de 2010
EmisorTribunal Segundo de Juicio del Nuevo Regimen del Trabajo
PonenteCarlos Manuel Fuentes Garrido
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

ASUNTO Nº UP11-L-2009-000380

En el día de hoy, Lunes Veintiséis (26) de Abril del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 A.M.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano: O.J.S.M., CONTRA: la firma mercantil INVERSIONES PROCINAS C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentran por la parte demandante el ciudadano O.J.S.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.916.426, en su orden, en compañía de su apoderado judicial abogado J.A.A.C. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.566; y en representación de la demandada de autos se encuentra el profesional del derecho A.M.A., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.487. Asimismo se encuentran presentes en la sala de comparecencia de este tribunal en calidad de testigos los ciudadanos J.P.L.B. y F.A.B.V., Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 8.515.928 y 16.753.601, respectivamente. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abg. C.M.F.G., el Alguacil J.G. y la secretaria Accidental ABG. C.C.A.N.. —----------------------------------------------

El juez instó a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, existiendo imposibilidad de la conciliación tal como se desprendió de la manifestación de la representación de la parte demandada.---------------

Tomó la palabra la parte demandante a través del Abogado J.A.A.C., antes identificada, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho, en los que fundamenta su pretensión.------------------

Posteriormente, tomó la palabra la parte demandada a través del Abogado, A.M.A. quien expuso sus argumentos de hechos y de derecho en los que apoya su defensa.---------------------------------

Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarréplica respectivamente.-----------------------------------------------------

Acto seguido se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso:-

PRUEBAS DE LA DEMANDANTE:-----------------------------------------

Pruebas Documentales:-----------------------------------------------

• Carta de Renuncia: No realizo ninguna observación. (F. 42)------------

• Acta Constitutiva: La parte demandada considera que se le debe dar plena prueba del cumplimiento de la inscripción de la firma personal en el registro mercantil, la representación de la parte actora señala que no es una persona jurídica sino la persona natural.(F. 44 al 51)--------------

• Contrato: Señala que se le de pleno valor por ser prueba de la relación mercantil. (F. 52 al 53)-------------------------------------------

• Memorando: No realizo ninguna observación. (F. 54 al 57)------------

• Prestamos: Alega que es plena prueba de que el actor asumía el costo de mantenimiento de su vehiculo con sus propios recursos y de que la empresa no le daba las herramientas de trabajo. (F. 58 al 118)----------

• Certificado: No realizo ninguna observación. (F. 119)----------------

• Talonario de Facturas: Demuestra que la misma constituye prueba de que no había un salario, la parte actora observó que la misma demuestra la exclusividad de la relación con la empresa demandada. (F. 121 al 302)---

• Convención Colectiva: Debe hacerse valer aunado al principio de la comunidad en relación a la cláusula 1 del contrato donde establece que la misma se aplica solo a los obreros que presta servicios para la demandada. (F. 303 al 316)---------------------------------------

Prueba Testimonial: F.B. y P.L. comparecieron a dar sus declaraciones, les fueron leídas las generales de Ley, y luego fueron juramentados por el ciudadano juez en su respectivo orden. Las partes hicieron las respectivas preguntas y repreguntas las cuales fueron respondidas por los testigos.------------------------------------------------------------

PRUEBAS DE LA DEMANDA:---------------------------------------------

Documentales:-------------------------------------------------------

• Facturas: Considera que acredita la continuidad y permanencia de la relación de trabajo y que es realizada de forma personal (F. 328, 331, 334, 337, 341, 344, 347, 350, 353, 356, 359, 362, 365, 368, 371, 374, 377, 380, 383, 386, 389 y 392)-----------------------------------

• Relaciones de Transporte: Alega que debe hacerse valer por cuanto la relación fue de forma permanente y diaria. (F. 329, 332, 335, 338, 342, 345, 348, 351, 354, 357, 360, 363, 366, 369, 372, 375, 378, 381, 384, 387, 390 y 393)-------------------------------------------------

• Comprobantes de Pago: Son emitidas por la demandada en la cual se acredita la relación de trabajo.(F. 330, 333, 336, 340, 343, 346, 349, 352, 355, 358, 361, 364, 367, 370, 373, 376, 379, 382, 385, 388, 391 y 394)----------------------------------------------------------

• M.d.F. 07-11-2008: Se acreditan como que las herramientas propias no eran tal y por lo cual ameritaban el préstamo para poder realizarlas y las mismas emanan de la empresa.(F. 339)----------------

• Cartas: simple solicitudes de aumentos de remuneración. (F. 395 y 396)--

• Contratos: se demuestra que la relación era habitual permanente y directa entre el actor a nombre personal y la empresa inversiones porcinas donde se establecen las obligaciones. La parte demandada insiste en que se le de pleno valor por no ser impugnados ni desconocidos. (F. 397 al 411)--

Informes:-----------------------------------------------------------

• Instituto Venezolano de los Seguros Sociales: las hace valer como que la empresa no esta inscrita en el Seguro Social. (F.90 pieza 2)-------------

• Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria: Demuestra que el actor si se encuentra registrado pero no ha declarado por cuanto no es empresario.(F.93 pieza2)--------------------------

La representación de la parte actora consigna impresión de sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia para que sea tomada en cuenta por el juzgador. El ciudadano juez ordena que se agregue a los autos.--

Posteriormente finalizada la evacuación de las pruebas promovidas por las partes, El ciudadano juez de conformidad con el artículo 158 se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo, y concluido el mismo procede a dictar el dispositivo de esta decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano: O.J.S.M., CONTRA: la firma mercantil INVERSIONES PORCINAS C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada INVERSIONES PORCINAS C.A. al pago de los montos y conceptos que indique el texto integro de la sentencia. TERCERO: Se condena a la demandada al pago de las costas por haber resultado totalmente vencida. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.-------------------

Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-----------

El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio;

Abg. C.M.F.G.

Por la Demandante: Por la Demandada :

O.J.S.M. ABG. A.M.A.

ABG. J.A.A.

Testigos:

F.A.B.

J.P.L.B.

La Secretaria Accidental

Abg. C.C.A.N.

El Alguacil;

J.G.

CMFG/acoschrc

PIEZA N° DOS (02)

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