Decisión nº S-N de Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 25 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2013
EmisorJuzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
PonenteBertha Ollarves
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 25 de Marzo de 2013

202º y 154º

ASUNTO : AF45-U-2003-000166 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N

Vista la diligencia de fecha 20 de Marzo del año 2013, suscrita por la ciudadana M.M.M., titular de la cédula de identidad N° 5.995.838, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.439, actuando en su carácter de Abogada sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita que se efectúe el cumplimiento Voluntario de la Sentencia No. 1787, de fecha 21 de Diciembre de 2013, dictada por este Tribunal que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR conocer y decidir el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por R.P.A., A.R. van der VELDE, A.P.M. y H.A. SARRACINO, venezolanos, titulares de las cédula de identidad No. 3.967.035, 9.969.831, 12.959.205 y 13.871.776, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nos. 12.870, 48.453, 86.860 y 96.095, actuando en sus carácter de Apoderados Judiciales de la Contribuyente OPTICA BEHRENS, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de enero de 1970, bajo el No. 15, Tomo 16-A, cuya última reforma estatutaria quedó asentada en el registro Mercantil Primero de la Circunscripción del distrito federal (hoy distrito Capital) y estado Miranda, en fecha 26 de enero de 1970, bajo el No. 15, tomo 16-A, cuya última reforma estatutaria quedó asentada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 8 de diciembre de 1998, anotada bajo el No. 62, Tomo 265-A-Pro. e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) No. J-00068491-0, de conformidad con lo establecido en el artículo 259 y siguientes del Código Orgánico Tributario, contra los actos administrativos de efectos particulares contenidos en las Resoluciones Imposición de Sanciones Nos. 37134, 37135, 37133, 37110, 37111, 37112, 37113, 37114, 37115, 37116, 37117, 37118, 37119, 37120, 37121, 37122, 37123, 37126, 37127, 37128, 37129, 37130, 37131, 37132, 37124, 37125, todas del mes de febrero del año 2003, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT).

Este Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia, se decreta su ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 524 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente. Se ordena librar Boleta de Notificación a la referida Contribuyente para que proceda al cumplimiento de la Ejecución Voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho. Cúmplase y líbrese Boleta de Notificación.-

LA JUEZ,

ABG. B.E.O.H.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg.A.H.G..

ASUNTO : AF45-U-2003-000166

ASUNTO ANTIGUO:2100

BEOH/AHG/MPM.-

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