Decisión de Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Lara (Extensión Barquisimeto), de 9 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2005
EmisorJuzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteDanny Paul Ortiz
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, nueve (9) de Mayo de 2005

Años 195º y 146º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-409

PARTE ACTORA: N.J.S., venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.606.827

ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: LUBELYS RIVERO, Procuradora de Trabajadores del Estado Lara, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 108.675

PARTE DEMANDADA: ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES DE CAFÉ Y PAPA OPRECA, C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, nueve (9) de mayo de 2005, siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por su parte la demandada ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES AFINES PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA TIERRA OPRECA, C.A., compareció representada por su representante legal E.S.C.M., titular de la cédula de identidad No. 9.578.903, según Poder General de Administración y Disposición que consigna en copias simples, asistido por la honorable Abg. Yasnela M.M.L., inscrita en el Impreabogado bajo el No. 76.781. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.

El Juez,

Abg. D.P.O.R.

La Secretaria

Abg. Rosanna Blanco Lairet

El representante legal y su Abogada Asistente

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