Sentencia nº 151 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 27 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas 27 de febrero de 2007

196º y 148º

Recibido el presente expediente; y, habiéndose dado cuenta del mismo en fecha 21 de febrero de 2007, este Juzgado, para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante sentencia N° 02539, publicada en fecha 15 de noviembre de 2006, la Sala aceptó la competencia para conocer la acción de nulidad interpuesta el 23 de junio de 2006, por el abogado J.A.P.J., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.351, actuando en su carácter de apoderado de la sociedad mercantil La Oriental de Seguros, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 1.704, de fecha 13 de diciembre de 2005, notificada el 23 de diciembre de 2005 (folio 15 de este expediente), dictada por el ciudadano Ministro de Finanzas (hoy Ministro del Poder Popular para las Finanzas), en la cual declaró “…SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano G.L.A., en su carácter de Presidente de la empresa LA ORIENTAL DE SEGUROS, contra la P.A. N° 2-1-001539 de fecha 09 de octubre de 2000, emanada de la Superintendencia de Seguros”. (Folio 19 de este expediente).

Igualmente, en dicho fallo la Sala ordenó la remisión del expediente a este Juzgado de Sustanciación a los fines supra indicados; por ello, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, excepto la competencia ya examinada en dicho fallo, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la presente acción de nulidad.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 eiusdem, se ordena citar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Ministro del Poder Popular para las Finanzas y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta, de la mencionada Sentencia Nº 02539 y del presente auto. Líbrense oficios.

La citación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 eiusdem, este Juzgado, acuerda solicitar al ciudadano Ministro del Poder Popular para las Finanzas, el expediente administrativo relacionado con este juicio. Líbrese oficio.

La Juez,

María L.A.L.

El Secretario Int.,

D.E.B.B.

Exp. N° 2006-1610/dp.

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