Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 30 de Enero de 2014

Fecha de Resolución30 de Enero de 2014
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
PonenteJosé Sarache Marín
ProcedimientoLiquidación De Comunidad Conyugal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, 30 DE ENERO DEL 2.014

AÑOS: 203º Y 154º.-

COMPETENCIA CIVIL.

Revisada las actuaciones que integran el presente expediente signado con el Nº 43.124, se observa que mediante decisión dictado por este Juzgado en fecha 19 de junio del año 2013, en la cuál declaró: PRIMERO: INADMISIBLE la cuestión previa alegada por la parte demandada, establecida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, SEGUNDO: INADMISIÓN SOBREVENIDA de la acción de: LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada por el ciudadano: F.A.O.M., contra la ciudadana: YULIMAR DEL C.B.F. plenamente identificados en autos, y TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo y confirmada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 22 de noviembre del año 2013, es por lo que este Tribunal no teniendo otro punto por resolver en la presente causa da por terminado el presente juicio de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, presentada por el ciudadano: F.A.O.M., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.538.552 y de este domicilio, en contra de la ciudadana: YULIMAR DEL C.B.F., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.476.734 y de este domicilio. Ordenándose remitir el expediente al Archivo Judicial.

EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. J.S.M.

EL SECRETARIO,

ABG. J.C.

JSM/jc/*astrid

EXP. Nº 43.124

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