Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 7 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2009
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAbelardo Rafael Royo
ProcedimientoNegativa De Beneficio

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 7 de Diciembre de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000338

ASUNTO: RP11-P-2009-000338

AUTO ACORDANDO NEGAR

MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA

Revisada por este despacho la presente causa se observa; que el ciudadano J.C.O.G., a cumplir la pena de: Cuatro (4) años, Cinco (5) meses y Diez (10) días de prisión; más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia de la autoridad, por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículos 458 del Código Penal Venezolano, en relación con los artículos 80, segundo aparte y 82, ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos E.G.V. y L.E.P.C. de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.

De igual forma, se evidencia en el folio 156 de la primera y única pieza; en donde el penado de la presente causa de acuerdo al Informe Psico- social presentado por la Unidad Técnica Penitenciaria N°5 de esta ciudad, consideró que el resultado de la Experticia Técnica practicada al penado de causa, es Desfavorable; contando con los otros requisitos.

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; acuerda rechazar la solicitud de Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena; por presentar examen Psicosocial Desfavorable; y en consecuencia no están cubiertos los extremos legales del Artículo 493 y 509 del Código Orgánico Procesal Penal. Así, se decide.

Notifíquese al Ciudadano Defensor, al Penado, al Fiscal Público Penitenciario. Así se acuerda; Cúmplase.

El Juez Primero de Ejecución

Abg. A.R.R.H.

La Secretaria

Abg. Nereida Estaba García.

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