Decisión nº 271-05 de Tribunal Segundo de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 20 de Junio de 2005

Fecha de Resolución20 de Junio de 2005
EmisorTribunal Segundo de Ejecución
PonenteMatilde Franco
ProcedimientoNegativa De Regimen Abierto

Por cuanto el penado O.V.J.L. opta por el BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 65° de la Ley de Régimen Penitenciario, este Juzgador para resolver hace las siguientes consideraciones:

Del análisis de la presente causa se observa al folio trescientos setenta y siete (377) al trescientos setenta y nueve (379), corre inserto INFORME PSICO SOCIAL efectuado al penado O.V.J.L., suscrito por la Psic. E.G. y la Lic. ESMEIDA PIRELA, adscritas a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, mediante la cual dejan constancia que la mencionada penada se considera caso DESFAVORABLE para otorgársele dicho beneficio dando como pronostico el informe practicado, lo siguiente: “Se considera caso DESFAVORABLE debido en razón de: Autocrítica negativa del delito. Conducta inmadura. Alto nivel de aspiraciones. Escasa motivación al logro. Carece de hábitos estructurados de trabajo. Limitada actitud reflexiva. Ausente conciencia social. Razón por la cual considera esta Juzgadora que lo procedente en Derecho es NEGAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al referido penado, plenamente identificado en actas y ASÍ SE DECLARA.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR