Decisión de Tribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer de Carabobo (Extensión Valencia), de 4 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer
PonenteNancy Godoy López
ProcedimientoCese De Medidas

Valencia, 4 de marzo de 2009

Años 198º y 150º

ASUNTO: GP01-S-2008-001453

JUEZ: ABG. N.G.

FISCALÍA TRIGÉSIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO

IMPUTADO: O.J.S., venezolano, natural de San C.E.C., de 36 años de edad, fecha de nacimiento 04-12-1971, titular de la cedula N° 12.769.563, residenciado en Urb. Las Palmitas, sector 24, casa Nº 181, calle 48 Parroquia R.U., estado Carabobo, hijo de S.S. y D.M.d.S., teléfono 0426.9994783.

DELITO: VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA

DEFENSA: Abg. E.M.O..

VICTIMA: K.M.B.

DECISIÓN: Cese de las Medidas en v.d.A.F.

Visto el escrito presentado por la Fiscal Trigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Abg. M.E.P., el cual guarda relación con la causa seguida al ciudadano O.J.S., antes identificado, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., donde la Fiscalía 31º del Ministerio Público del Estado Carabobo decretó el archivo fiscal de las actuaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de la reapertura de la investigación de llegar a obtenerse nuevos elementos.

Este Tribunal para decidir observa:

PRIMERO

En fecha 01 de marzo de 2009, la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, informa a este Tribunal que Decretó el Archivo Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano O.J.S..

SEGUNDO

En fecha 26 de octubre de 2.008, se celebró Audiencia de Presentación de Detenidos donde este Tribunal decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano O.J.S., antes identificado, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, en perjuicio de la ciudadana G.Y.G., imponiéndole las medidas previstas en el 92 ordinal 7º y 8º, las medidas de protección y seguridad contenidas en el articulo 87 ordinales 3º, 5º y 6º, todos de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.l.d.V.; además de la medida contenida en el Artículo 256, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO

El artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que:

Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar, el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. De esta medida deberá notificarse a la victima que haya intervenido en el proceso. Cesara toda medida cautelar decretada contra los imputados antes identificados a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la víctima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes.

En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el cese de manera inmediata de las medidas impuestas por este Tribunal en fecha 26-10-2.008 al ciudadano O.J.S., en v.d.A.F. decretado por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público del Estado Carabobo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo y al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Remítase la actuación a la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en su oportunidad. Cúmplase.

Abg. N.G.

Jueza Segunda de Primera Instancia

en Función de Control Audiencia y Medidas

Abg. M.G.R.M.

La Secretaria

ASUNTO: GP01-S-2008-001453

Hora de Emisión: 2:19 PM

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