Decisión de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 20 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2009
EmisorTribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
PonenteBelkis Briceño
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

Exp. N° 0878

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

CON SEDE EN CARACAS

Mediante escrito presentado por ante este Órgano Jurisdiccional, actuando en su carácter de Distribuidor de los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de dicha región, en fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil ocho (2008), por la abogada YLENY DURÁN MORILLO., Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 91.732 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del ciudadano O.E.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 12.983.698, contra el Acto Administrativo de carácter particular contenido en la Providencia Nº 369-08, de fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil ocho (2008), emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador.

El treinta (30) de octubre de dos mil ocho (2008), previa distribución, le correspondió a este Tribunal el conocimiento de la presente causa, el cual se recibió el tres (03) de noviembre de ese mismo año.

Mediante auto dictado el dos (02) de abril de dos mil nueve (2009), fue admitido el recurso contencioso administrativo de nulidad y por cuanto fueron realizadas las respectivas notificaciones, se acordó librar cartel de emplazamiento para los terceros interesados en fecha veinticinco (25) de Junio de dos mil nueve (2009), conforme a lo establecido en el Décimo Tercer Aparte del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel éste que hasta la presente fecha no ha sido retirado.

Así las cosas, pasa este Juzgado a pronunciarse sobre el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, a lo que resulta necesario referirse al criterio sentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia EXP Nº 04-0370 con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, dictada el 21 de Junio de de 2006, en el cual expuso:

…2.B) Si la parte recurrente no retira, publica y consigna el cartel de emplazamiento dentro del lapso de treinta (30) días de despacho, el Juzgado de Sustanciación declarara la perención de la instancia…

Ahora bien visto que desde el veinticinco (25) de junio de dos mil nueve (2009), fecha en que este Juzgado libró cartel de emplazamiento, hasta la presente data se evidencia que han trascurrido, cuarenta y cuatro (44) días de despacho, por lo que superó con creces el mencionado lapso.

En tal sentido, este Órgano Jurisdiccional considera oportuno hacer referencia a lo consagrado en el Artículo 267, Ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil en el cual establece:

…1° Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado…

En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada YLENY DURÁN MORILLO., Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 91.732 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del ciudadano, O.E.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 12.983.698, contra el Acto Administrativo de carácter particular contenido en la Providencia Nº 369-08, de fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil ocho (2008), emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009).

LA JUEZ

BELKYS BRICEÑO SIFONTES

LA SECRETARIA

EGLYS FERNÁNDEZ

En esta misma fecha 20-10-2009, siendo las doce (12:00m) meridiem, se publicó y registró la anterior decisión.

LA SECRETARIA

EGLYS FERNÁNDEZ

Exp. Nº 0878/BBS/EFT/Jesus.-

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