Sentencia nº 449 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 27 de Junio de 2007

Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de junio de 2007

197º y 148º

Por auto de fecha 22 de mayo de 2007, este Juzgado, acordó dar cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de fecha 17 de junio 1993, ello en virtud de lo establecido en la decisión de esta Sala Nº 01036, publicada en fecha 27 de abril de 2006, mediante la cual declaró procedente la acumulación solicitada por el apoderado de la parte accionante, y consecuentemente ordenó remitir las presentes actuaciones a este Juzgado de Sustanciación, a fin de que se siga el procedimiento correspondiente.

Este Juzgado visto lo anterior, acuerda de conformidad con lo establecido en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, citar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Ministro del Poder Popular para las Finanzas y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la presente acción de nulidad y su reforma, de la documentación acompañada a estas, de la mencionada sentencia Nº 01036 y de esta decisión. Líbrense oficios.

La citación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Asimismo, se ordena librar el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la

República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 eiusdem, este Juzgado, acuerda solicitar al ciudadano Ministro del Poder Popular para las Finanzas, el expediente administrativo relacionado con este juicio. Líbrese oficio y anéxese copia certificada de la presente decisión.

La Juez,

María L.A.L.

El Secretario Int.,

D.E.B.B.

Exp Nº 1993-9477/ech.

Acumulado al Exp. Nº 1993-9655

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