Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 9 de Junio de 2008

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2008
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteJosé Mauricio Muñoz Montilva
ProcedimientoSentencia Condenatoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 09 de Junio de 2.008

197° y 149°

CAUSA N° 3JM-1141-06 Y 3JU-1254-07

JUEZ PRESIDENTE:

ABG. J.M.M.M.

ESCABINOS:

HUERTA OCHOA W.J.

CASTIBLANCO VIVAS G.D.V.

ACUSADOS: DEFENSORES PRIVADOS:

CANCHICA SUÁREZ J.A.J.T.S.

S.M.M.Á.J.D.S.M.

VALERA CORNEJO G.I.W.D.V.

FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO:

ABG. J.E.

SECRETARIA DE SALA:

ABG. D.R.H.

CAPITULO I

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

Identificación de los acusados y delitos que se les imputa

CANCHICA SUÁREZ J.A., venezolano, natural de S.A.d.T., de 23 años de edad, nacido en fecha 02-05-1985, titular de la cedula de identidad N° V.- 16.891.591, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la calle 14, entre carreras 8 y 9, casa N° 8-20, S.A., Municipio Córdoba, Estado Táchira; M.A.S.M., venezolano, natural San Cristóbal, Estado Táchira, de 25 años de edad, nacido en fecha 07-08-1981, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.179.594, de estado civil casado, de profesión u oficio ex funcionario policial, residenciado en la calle 07, entre calles 14 y 15, casa N° 120, S.A., Municipio Córdoba, Estado Táchira; y VARELA CORNEJO G.I., venezolano, natural San Cristóbal, Estado Táchira, de 27 años de edad, nacido en fecha 07-05-1980, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.984.100, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Belandria, vía Capacho, sector la peña, casa N° 40, de color blanco con muro negro, Municipio Independencia, Estado Táchira; a quienes se le imputa la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 408 numeral 1, en concordancia con el articulo 407, del Código Penal vigente para la comisión del hecho punible, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de O.A.N., y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO DEL ROBO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 408 numeral 1, en concordancia con los artículos 407, segundo aparte del articulo 80 y articulo 82, en perjuicio de R.A.C.V. Y C.M.G.G., en concurrencia real de hechos punibles, de conformidad con lo previsto en el articulo 86 ejusdem.

Representante del Ministerio Público

Fiscal Primero del Ministerio Público Abogado J.E..

Defensa Técnica

Representada por los Defensores Privados Abogados J.T.S., J.D.S.M. y W.D.V.C..

CAPÍTULO II

HECHOS ACREDITADOS EN AUTOS

El día 16 de Enero de 2005, se recibió llamada telefónica en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, procedente de la Red de Emergencia del 171, mediante la cual informan que en el sector de la Aldea se Pericos, de esta ciudad, se encuentra el cadáver de una persona de sexo masculino, como consecuencia de haber recibido varias heridas producidas por arma blanca, en cuyo hecho resultaron también heridas otras dos personas. Como consecuencia de la información recibida, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, se trasladaron hacia una vivienda sin número, ubicada en el sector de Colinas del Mirador, Aldea La Popa, vía Pericos, Municipio Independencia, Estado Táchira, donde pudieron constar que en el interior de una vivienda sin numero, específicamente en un dormitorio ubicado en la parte posterior de la misma, el cual funge como habitación principal, sobre una cama tipo matrimonial, el cadáver de una persona adulta, del sexo masculino, decúbito dorsal, completamente desnudo, con la región cefálica cubierta con una bolsa elaborada en material sintético color negro, sujeta al cuerpo con cinta adhesiva, con las extremidades superiores extendidas hacia atrás, debajo del cuerpo y atadas entre si a nivel de las muñecas por un trozo de cinta adhesiva color marrón, mientras que las inferiores completamente extendidas. Fue localizado y colectado a nivel del piso de dicha habitación, un carrete de cinta adhesiva color marrón, de las utilizadas para embalar. El cadáver en cuestión, presento dos heridas abiertas, la primera a nivel de la región del cuello, y la restante en el hombro del lado derecho, siendo identificado como O.A.N.. Entre las diligencias urgentes y necesarias de carácter investigativo, tendientes al esclarecimiento de los hechos objetos de la presente investigación se pudo determinar, que el ciudadano hoy occiso, O.A.N., se encontraba en su residencia compartiendo con otros amigos, durante toda la tarde y parte de la noche, entre ellos C.M.G.G., R.A.C.V., junto a tres personas mas, aun no identificadas para ese momento, y a eso de la una de la madrugada, ya del día 17-01-2005, los tres primeros, fueron sometidos por los tres sujetos restantes aun no identificados, quienes luego de amordazarlos y atarlos, utilizando una maquina eléctrica de afeitar, le ocasionaron heridas en el cuello, resultando el primero de ellos fallecido, mientras que los restantes con heridas de consideración, que ameritaron su traslado al Servicio de Emergencia del Hospital Central de esta ciudad. Es oportuno señalar, que los autores del hecho, una vez consumado el mismo, se apoderaron de dos vehículos, el primero marca CHYSLER, modelo Neon, color verde, sin placas, serial 8Y3HS27CIY1203629, propiedad del ciudadano R.A.C.V., el cual fue recuperado en la vía que desde ese sector conduce hasta esta ciudad, luego que se activara el sistema de seguridad, mientras que el vehículo restante, correspondiente a una camioneta marca CHEVROLET modelo Wagon R, color verde y gris, placas EAG10G, serial de carrocería MA81S300538, propiedad del occiso O.A.N., fue localizado abandonado cinco días después, es decir, en fecha 21-01-2005, en el sector viejo del Palmar de La Cope, Municipio Torbes, Estado Táchira, con uno de sus vidrios laterales fracturado y las llaves sujetas a la respectiva suichera. Entre las diligencias practicadas una vez iniciada la correspondiente investigación, figuran las entrevistas realizadas a las victimas sobrevivientes C.M.G.G., quien entorno al hecho investigado que se encontraba el día domingo 16-01-2005, en la casa de O.A.N., junto otra amigo de nombre Rafael y de tres personas mas, los cuales fueron presentados por Omar, sostuvieron conversaciones de diversos temas, al igual que ingirieron bebidas alcohólicas, y siendo como la una de la mañana fueron sometidos junto con Rafael por parte de los tres sujetos que se encontraban en la vivienda quienes los trasladaron al baño y luego de ser amarrados con tirro intentaron quitarle la vida causándole heridas al nivel del cuello. Posteriormente estos sujetos huyeron del lugar a bordo de los vehículos propiedad de Omar y de Rafael. Minutos después, el ciudadano entrevistado logro desatarse por lo que le presto auxilio a su amigo Rafael, quien se encontraba aun con vida. Y, al trasladarse a la habitación de Omar, pudo observar que su cuerpo de se encontraba sin vida. Con relación a la identidad de los autores del hechos, el ciudadano entrevistado aporto información valiosa, para la identificación y ubicación de los mismos, indicando que uno de ellos le fue presentado por parte de Omar, respondiendo al nombre de Antonio, a quien lo apodan, Toño, y los otros restantes, de aspectos catires, uno de ojos azules cuyos nombres no recuerdo, y el otro ya lo había visto por segunda vez, cuyas identidades desconocen, que dichas personas residen en la localidad de S.A.d.T., donde labora uno de ellos en venta de hamburguesa, y que uno de ellos manifestaba ser funcionario policial. El otro sobreviviente, identificado como R.A.C.V., manifestó en relación al hecho que se investiga, que recibió una llamada telefónica de su amigo O.N., invitándolo en la casa de el para tomarse unos tragos, acepto la invitación por lo que se dirigió a la casa de O.N., ubicada en Pericos. Al llegar allí, Omar se encontraba acompañado por tres personas mas, se los presento como sus amigos, recordando el nombre de uno de ellos de nombre Antonio, como a los veinte minutos siguientes llego Mustafad, a quien si conoce, siguieron tomando y cada quien se servía el trago, como a las siete de la noche Omar empezó a servir la cena, pero solo comieron los tres desconocidos, luego de que ellos terminaron de comer siguieron conversando con el catire, es uno de los tres desconocidos, como a las doce y media a una de la madrugada a Omar se le termino la bebida y decidió irse a dormir, los tres desconocidos se apartaron de donde el se encontraba con Mustafad, luego como a la media hora se dirigió a la cocina para servirse un trago y uno de los desconocidos lo agarro por el brazo y le dijo que le colaborara para que no le pasara nada, cuando lo trasladan al baño ve a Mustafad, lo tenían amarrado con cinta adhesiva en la boca, en las manos y en los pies y de inmediato escucho el sonido de una cinta y se la colocaron en la boca, le colocaron las manos atrás y que colaborara si no lo quemaban con la pistola, lo colocaron en el piso con Mustafad, los sujetos se dirigían a la habitación donde se encontraba Omar, ellos iban y venían, en ese momento se desmayo y cuando despertó escuchaba que Omar decía que dejaran de echar broma, luego se volvió a desmayar y cuando estaba volviendo en si, siente que lo agarran por la cabeza, tenia una toalla en la cabeza, le pasaron algo por el cuello, sintiendo cuando salía sangre. En ese momento escucha a Mustafad que se encontraba a su lado, quejándose. Posteriormente escucho cuando arrancaron los vehículos, en eso Mustafad se suelta, lo auxilio y pidió ayuda a los vecinos. Igualmente el ciudadano entrevistado, aporta información relevante para la identificación y ubicación de los autores del hecho, destacando que la persona que lo despojo de sus pertenencias responde al nombre de Antonio, quien a su vez portaba un arma de fuego tipo pistola color negro, uno catire de ojos azules, negro, cachetón, manifestó que era policía y lo llamaban Miguel y el restante, catires de ojos claros, llamaban Gerardo.

CAPÍTULO III

DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO

A los Nueve (09) días del mes de Octubre del año dos mil siete (2007), siendo el día y hora fijada, para la realización del Juicio Oral y Público, en la Causa Penal Nº 3JM-1141-06 Y 3JU-1254-07, el Juez hizo acto de presencia en la Sala, quedando constituido el Tribunal Mixto, con los ciudadanos Escabinos HUERTA OCHOA W.J. y CASTIBLANCO VIVAS G.D.V. y el JUEZ PRESIDENTE E.J.R., seguidamente el ciudadano Juez ordena a la secretaria verificar la presencia de las partes, informando la misma que se encuentran presentes en la sala: el Fiscal Primero del Ministerio Público, Abogado J.E., los Defensores Privados Abogados J.T.S., J.D.S.M. y W.D.V.C., los acusados previo traslado del Centro Penitenciario de Occidente, los funcionarios, testigos y expertos.

El ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público, Abogado J.E., hace oralmente una síntesis de los hechos ocurridos en fecha 16 de enero de 2005, ratificando la acusación presentada en contra de los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á. Y VALERA CORNEJO G.I., por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia del artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del quien en vida respondiera al nombre de O.A.N.; HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° en concordancia con el artículo 407 en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 82 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos R.A.C.V.C. Y C.M.G.G.; en grado de CONCURRENCIA REAL DE HECHOS PUNIBLES, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Código Penal, razón por la cual pide sean evacuadas todas las pruebas promovidas y admitidas en su oportunidad legal en la Audiencia Preliminar, por ser éstas lícitas, necesarias y pertinentes para el debate, solicitando el enjuiciamiento de los prenombrados acusados.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra a la Defensor Privado J.T.S., para que realice sus alegatos de apertura, manifestando la misma: “El control popular es quien controla las actuaciones de los sujetos procesales, mis defendidos son M.Á.S.M. y Canchita Suárez J.A., es derecho es en base a hechos y no presunciones, por cuanto el fiscal presume que mis defendidos son los culpables de la muerte del señor Omar, cuando fui contratado insistieron en que se quieren poner a derecho es esto signo de delincuencia, cuando estuvimos durante ocho días para ponerse a la orden de tribunal donde los mismos declararon, no es base a presunciones que se debe decidir sino en base a lo que se vaya a debatir, por cuanto nadie sabe que fue lo que ocurrió sino solamente ellos lo saben y Omar que fue el que murió, por lo tanto se debe decantar que fue lo que paso, ellos tienen derechos constitucionales y procesales mas que nosotros, quiero señalar que en la debida oportunidad que los presente ellos declararon en el órgano jurisdiccional y no montaron película y digieran que ellos se encontraban en el sitio, hubo ingesta alcohólica y luego en horas de la noche manifiesta que el ciudadano Gerardo se vuelva agresivo y se meten en una habitación y luego el señor Gerardo sale ensangrentado y como loco con un arma le dicen que le sostengan a los otros dos porque de lo contrario iba a remeter con los otros dos y ellos manifiestan haber retenido a las otras dos victimas pero que no tuvieron contacto con el hoy fallecido que solo ingreso el ciudadano Valera, por lo tanto no se le puede imputar por el delito de homicidio intencional, quienes fueron muy claros al momento de declarar, a quien se le puede creer mas a dos ciudadanos que en ningún momento se fugaron o a una persona que se da a la fuga y se va para el exterior, todo dimana de una especie de presunciones, por lo que se debe individualizar las responsabilidad de cada uno, debiéndose resolver en base a lo que ocurra acá y digan cada uno de ellos, es por lo que pido que realmente se administre justicia con una verdadera autonomía, nos reservamos en todo el debate el derecho que le asiste a todos ellos, es todo”.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra al Defensor Privado J.D.S.M., para que realice sus alegatos de apertura, manifestando el mismo: “Hemos escuchado la declaración del Ministerio Público en el cual le explica la función que tiene, no podría la defensa negar que eso haya pasado porque efectivamente eso paso, soy defensor del ciudadano G.V., mas sin embargo se comprobara la situación de él, mi defendido no se encontraba presente en estos momentos, verán las circunstancia de modo y tiempo donde se dijo el porque el abandona a su familia, mas sin embargo con posterioridad le explique a la Juez porque el no se presento de manera oportuna al proceso y negocie con el Juez para que lo mantengan en un centro de reclusión distinto por cuanto el mismo estaba amenazado, luego se entro en vacaciones judiciales luego un grupo de funcionarios policiales son puesto a la orden del tribunal, luego se hizo una acumulación de las causas, meceré una especial atención el testimonio de los órganos de prueba promovidos que son las victimas quienes vieron quien fue el cometieron los hechos antes descritos, posteriormente las victimas manifiestan que le han infundido temor y miedo por cuanto se busca es una nulidad, quienes declararan aquí para que estén pendiente con las declaraciones de las victimas quienes fueron los que estuvieron presentes, es todo”.

Acto seguido se le cede el derecho de palabra al Defensor Privado W.D.V.C., para que realice sus alegatos de apertura, manifestando el mismo: “Solicito hagan una diferenciación por cuanto mi defendido se encuentran solo, no podemos establecer responsabilidad por la sola permanencia de una persona en el lugar de los hechos, posteriormente con la declaración de las victimas y con los demás órganos de prueba se demostrara lo sucedido, es todo”.

En fecha 11 de Octubre de 2007, el Juez procede a realizar un resumen de los actos celebrados y concluidos con anterioridad, procediendo a imponer a los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á. Y VALERA CORNEJO G.I., del precepto constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como le explica en forma clara y sencilla las Alternativas a la Prosecución del Proceso y la figura de la admisión de los hechos para la imposición de la pena de forma inmediata, señalándole que solo puede acogerse a este procedimiento, en virtud de los hechos que se le imputa, libre de presión y apremio y sin juramento alguno, manifestando el acusado CANCHICA SUÁREZ J.A., su deseo de declarar y expuso:”Este nosotros M.Á. nos habíamos puesto de acuerdo para ir a la feria al ciclismo y nos subimos con el señor Gerardo que nos invito para Capacho que habían unas muchachas por allá y aceptamos, de allí busco a un amigo al señor Omar nos fuimos para la casa de el y tomamos unas cervezas, comimos, hablamos luego Omar y Gerardo se fueron a una habitación después al rato fui al baño veo cuando Gerardo traía algo en la mano salpicado en sangre me miro y dijo donde estaban los muchachos y le dije que estaba en la silla, los llamaos y M.Á. se dio cuenta y llamo a Rafael y nos fuimos hacia la parte del baño, le agarramos los brazos y le dije que se quedara quieto, salio Gerardo y nos dice que esos chamos son homosexuales, lo único que se es que de repente nos fuimos a la parte de atrás y ellos se quedaron en el baño y dijo que le iban a dar un escarmiento, que ellos eran pareja y que tenían problemas, hay nos fuimos porque era tarde y me fui con M.Á., como a los 10 minutos el carro se apago, lo dejamos hay y salimos caminando cuando vemos que venia una camioneta verdad y se detuvo y el paso y llegamos a la curva y agarramos un taxi que venia y llegamos a S.A. y nos fuimos para la casa, al otro día nos dijo que le dimos unos escarmientos a ese chamo, por un problema y que así vana aprehender, y al otro día decidimos irnos, fuimos y duramos un tiempo escondido a ver que sucedía después de 8 meses nos presentamos y desde allá estamos en el Centro Penitenciario de Occidente, es todo”.

Seguidamente el Ministerio Público lo interroga y el mismo responde:”Eso fue el domingo 16 de enero de 2005, llegamos a las 4:00 y eso paso a las 12 de la moche del día 17, por que el señor Omar y Gerardo nos invito y fuimos, yo me había apuesto de acuerdo con mi amigo Miguel que íbamos para la feria y llego Omar y nos invito, no llegamos al complejo ferial, iba llegando a su casa y nosotros íbamos saliendo, que íbamos para capacho que conocía una muchachas, en una buseta de transporte público, dos Santa san Cristóbal y San Cristóbal capacho, nos dejo por allí en una bodega y Gerardo hablo con Omar y nos invito, salimos los tres de S.A., llegamos a Capacho y tomamos cervezas en una bodega y de allí Gerardo hablo con Omar, el señor Omar nos busco, para irnos en la cami9oneta para la feria pero dijo que tenia que ir a la casa a cambiarnos, no fuimos a la feria sino a la casa de Omar se baño, se arreglo y nos dio comida, una camioneta verde cuatro puertas, no nunca en ese momento me lo presento Gerardo, tampoco lo conocía, Omar iba manejando Gerardo de copiloto y nosotros iban atrás, no iba mas nadie, no me acuerdo la bodega queda en la curva de los peluches y de allí a la casa son de quince a veinte minutos, estaba cerrada no había nadie en la casa, no nunca primera vez, era una casa pequeña, bonita sencilla, tenía su reja estaba la sala, la cocina y un garaje, me di cuenta que no había nadie, porque nadie salió, si existían otros techos de unas casas, como a 20 metros, como a las 4 de la tarde, nosotros íbamos para la feria pero el señor se iba a cambiar y a bañar, pues si el trabajaba en una venta de hamburguesa de un primo mío, tenía como un año o dos años, no jamás sabía, nos enteramos de eso porque para mi no es normal que dos hombres se besen, el nos dio una cerveza y el señor Omar se fue a su habitación y salió con un mono y llegaron unas personas, le preguntamos que si íbamos a ir y nos dijo que esperara que llegara unos amigos, que llegaron de una a dos horas, conversamos, estábamos hablando los cuatro, de que yo estudia en la universidad y de mi carrera, se le notaba algo pero no pregunte porque me daba pena, los dos eran muy amigos y se trataban muy bien, una llego a pie que vive por haya abajo cerca, y la otra llego en un neón verde, en ese momento hablaron cinco minutos solos, uno era pelo negro y l otro era pelo castaño, llego primero el vive cerca de pie, porque llego caminando y el chamo comento que vivía por allí cerca, no lo cocía, no paso mucho tiempo fue rápido, hay 6 personas, no más nadie, ya como a las seis y seis y media de la tarde, hablaron con el, no lo conocíamos, nos dijo que lo estábamos esperando, fui cuando Omar dijo que esperamos un rato para irnos y al final no nos íbamos, si le insistí, porque nosotros no éramos los dueños de los carros, si era lejos, le dijimos a Omar porque no conocíamos a esas personas, porque no lo conocíamos, porque estábamos con los nervios encima y teníamos que huir, el señor Omar tenia comida en unas perolas y comimos y después se fue a bañar, conversamos nada mas normal, yo estaba con Miguel allí, no eso no le pregunte, no porque Miguel estaba al lado mío, eso fue ya tarde estaba oscuro de 12 a doce y media, ellos estaban hablando de sus negocios, y nosotros allí escuchando lo que ellos hacían, de universidad de que juego fútbol, como a las doce se empezaron a besar, hubo una discusión entre ellos domo a las once por un préstamo de una plata, no porque intente varias veces pero no nos pararon, cuando son las 12:30 veo que Gerardo agarra para el baño y se metieron para la habitación y se encerraron allí, abrí una cerveza al rato abro la puerta del baño estaba salpicado en sangre en algo metálico y le dije que paso y me dijo que trajera a esos maricos para darle un escarmiento y agarro uno de ellos y pensó que yo era homosexual todo cariñoso, salimos del baño lo agarramos de las manos y ellos se quedaron quietos, con un cuchillo amendrantaba y dijo que iban a joder, entonces en las mesas había unas llaves la agarramos salimos y nos fuimos, fue cuando se apago el carro, Gerardo agarra a Omar de las manos tranca la puerta a los 15 minutos sale Omar de la habitación, cuando voy a sacar la cerveza de la cocina, como a tres o cuatro metros, me dijo Gerardo que tráigame a los otros para darle un escarmiento, ellos estaban sentado hacia un lado, Gerardo tenía un cuchillo, le pregunte que paso entonces Miguel se acerca entonces dice que traiga a esos dos y trajimos a uno, porque el también venia a tomar una cerveza, no se si dieron cuenta, fui yo y después Miguel, claro repite lo mismo que lo traiga, me echo hacia atrás y se vino caminando hacia la puerta y Miguel tomo a Rafael, no pues el dijo que lo agarra si ellos veían llegando porque el tipo nos dijo agarralo allí, si le hicimos caso, no porque estaba ebrio en ese momento, Gerardo estaba en su cuestión haya, en eso sale Gerardo con un cuchillo en la mano y le dijo que se meta para el baño, hay fue cuando agarre las llaves del carro y me fui, no pesaba mas de noventa y cinco kilos para ese momento, Gerardo era cuadrado mas corpulento que yo, Miguel siempre ha sido pura barriga, el tenia miedo, no es que le hicimos casos sino que se dio rápido, la situación en ese momento uno lo piensa y lo que le da uno es nervios, si nosotros no somos blindados, ellos llegan y le dije venga para acá papa y Miguel agarra al otro y cuando me di cuenta que viene Gerardo y ellos estaban de espalda, yo agarre a Cándido, estábamos en la puerta del baño, estoy parado en la puerta de la nevera cuando me percato que chamo sale de habitación, eso es dos pasos la casa es pequeña, claro estamos parados en la puerta del baño y le agarre los brazos el chamo se quedaron allí y se pararon en la puerta Gerardo dice algunas cosas, si le dije venga para acá y se le alcance como tomar unos brazos, era un cuchillo, ellos se meten a l baño y nosotros abrimos la reja y nos fuimos, ellos dos no se dieron cuentas porque estaban de espalda, no fuimos en el neón verde, porque en que nos íbamos a ir, hay que estar en una situación de nervios estaba oscuro, salimos por la calle principal y se apago el carro, lo estaciones y deje las llaves allí pegada, y salimos caminando, el carro nos ayudo, después llegamos a s.A., en la curva de los peluches, no pasamos por esa alcabala, esa queda mas allá, pues la intención de nosotros fue irnos , siempre he vivido con mi mamá y mi papá, nosotros éramos cayados viendo a ver que paso con ese loco, no y como iba a ver y nosotros nos fuimos, porque el tipo estaba lleno de sangre, yo no lo vi, con ese tipo allí, yo me voy a parar con un cuchillo en la mano, si fuera otra ocasión, pero en ese momento si, nada, el taxi nos dejo en la plaza y me fui para mi casa y Miguel para la suya, no tenían nada de eso, nada nosotros lo que dijimos fue venga para acá, el se quedo cayado, yo en la mano nada mas le vi eso, yo me pare temprano y me fui, llego a donde Miguel en la plaza le dije que pasaría hay, cuando nos conseguimos a Gerardo que venía de la panadería y dijo que le dio un escarmiento, al otro día porque salió en el periódico y vimos la foto de Omar, como a las 2 o 4 de la tarde dije vámonos de aquí porque Gerardo nos van a meter en ese peo, habían petejotas por la casa, los petejotas no se dejan hablar, no porque había música, no nadie se merece eso, no nada era una buena persona, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado J.T., lo interroga y el mismo responde:”No lo conocía, si conocía a Gerardo como dos años, nos conseguimos en la esquina de la casa y hay nos invito, habían unas cervezas polar y la que llevo los otros muchachos caña clara, si, pues allí escuche una conversación entre ellos muy dulcita, no nada, claro sentí temor de ser agredido, la intención de cualquiera es la vida de uno, no, tampoco, para nada escuche nada, no lo volví haber, si, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado D.S. lo interroga y el mismo responde: “Eso fue el 16-01-2005, creo que a jugar fútbol, fui como a las 4, Miguel era policía, Gerardo nos plateo las muchachas para haya para Capacho, como a las tres de la tarde, por el transporte público, en la plaza Miranda, hablamos y después nos fuimos, nos busco Omar, le dimos la mano y nos presentaron, nos fuimos a la casa llego a las 6 de la tarde, de s.A. salimos a las tres de la tarde, Gerardo llamo y dijo que nos veían a buscar antes de las cuatro, llegamos a las 4:15, cuatro personas, ellos llegaron como a las dos horas, llego Mustafat a los 15 minutos llego Rafael y nos sentamos a tomar, solo escuche una conversación entre Gerardo y el señor Omar, la comida que nos dio el señor Omar que ya la traía hecha en una tasa, comíamos los tres y el señor Omar no comió, luego Gerardo lo agarro de la mano y se lo llevo a la habitación, eso paso como a las 12:15, no se escucho porque había un equipo de sonido, no porque el ya no era policía, yo me doy cuento y hay mismo se da cuenta Miguel y llamo a Cándido y le agarro las manos a el y pensó que yo era homosexual y le dije que yo no soy, el chamo me dio la mano y nos echamos para atrás, no fue eso y me voy para atrás, maneje yo, nos dijo que le dio un escarmiento a esa gente, bluc gin, una franela y botas blancas deportivas, ellas es mi novia prácticamente mi concubina, no porque ella siempre me lavaba la ropa, las botas se las di, tenía otras botas allí, es todo”.

Acto seguido el acusado S.M.M.Á., manifestó su deseo de declarar y expuso: “El domingo 16-01-2005, yo me encontraba en mi casa, porque ese día íbamos para el circuito iba con J.A., Gerardo lo invito para una fiesta con unas muchachas y fuimos, para una casa en el mirador donde iba a ver unas muchachas fuimos allí estaba un señor de nombre Omar como de 5 a 6 no llegaban ningunas muchachas como de 5:30 a 6 llego el señor Cándido luego Omar llamo al señor Rafael y ellos llegaron hablamos y nos pusimos a tomar , Gerardo nos dijo que el era pareja del señor Omar y le dije que nos fuera manos para la casa, paso así se hizo la noche Gerardo se metió a la habitación el señor Omar, al rato salió Gerardo y lleno de sangre con algo en la mano agarramos las llaves en la cocina y huimos del sitio, es todo.”

Seguidamente el Ministerio Público lo interroga y el mismo responde:”Como de una a dos de la tarde, en el mirador en ninguna, en el vehículo ser señor Omar, donde queda los peluches, porque Gerardo se había puesto de acuerdo con el señor Omar, en la buseta nosotros tres G.J. y mi personas, como 20 o 25 minutos en un cafetín, en ningún momento, si la manejaba el señor Omar, Gerardo mi persona y J.A., hacia pericos a una residencia, estaba cerrada, no había nadie, del señor Omar, hablamos un rato y empezamos a ingerir licor, como de 2 a 3, hay llego Mustafat y las compro con Gerardo, como quince minutos, si ya estaba Musafat, el señor Rafael no lo conocía, en un carro neón color verde, como 40 minutos una hora, hablando, hay no habíamos empezamos a tomar, Gerardo se fue con Mustafat a comparar las cervezas, ele preguntamos como a las 7 a 7:30, le dije a J.A. que nos fuéramos como a las 8, le pedimos la cola, el le dijo primero y luego le dije yo, el me dijo que le iba a decir, no escuche y el hablo con él pero no se que le diría, Gerardo y Mustafat como a los 10 minutos con una caja de cerveza, el señor Omar tenía una botella de aguardiente, el estaba tomando eso, nosotros tomamos pura cerveza José y yo, Gerardo tomaba aguardiente, habían seis personas, nos pusimos a tomar y el señor Omar prendió el equipo de sonido que tenía en la sala, luego Omar saco una carne la puso azar y no la comimos, lo que paso fue como a las 7 de la noche dice que el se va a dormir y se va con Gerardo, luego salió Gerardo con un cuchuchillo lleno de sangre, y me fui J.A. y yo, como a las siete y media como a 8, Mustafat J.A., Miguel y yo, nos pusimos hablar cuando salió Gerardo con el cuchillo en la mano, se veía la puerta cerrada, cuando abre la puerta sale, J.A. lo vio y luego me dice a mi, estaba en la sala sentado y lo todo sangrentado, cuando mire vi a Gerardo con el cuchillo, estaba oscuro ya era de noche, estaba prendida, salpicada en los pantalones y de la camisa, Rafael estaba dormido y cándido lo vio pero no dijo nada porque estaba ebrio, el nos dijo que amarráramos a Rafael y a Mustafat que ellos eran homosexuales que quería darle un escarmiento, el agarro las llaves del vehículo y le dijo que nos fuéramos, estaba en un paredón en la cocina que queda en la misma sala, no se que harían ellos, Rafael estaba en la silla dormido, Cándido se paro y fue a levantar a Rafael y miró pero no dijo nada porque el estaba ebrio, Cándido no se que haría, no me acuerdo, si, Mustafat se fue hasta el baño, no se si entró al baño, Rafael estaba ebrio, en ningún momento, el estaba allí con el cuchillo en la mano, en la sala, el se parao y nos dijo a nosotros en la sala, salió de la puerta comos si nada, dijo que amarráramos a Cándido y a Rafael que estaban sentados escuchando música conmigo, 25 meses en el Centro Penitenciario de Occidente, si estamos en el mismo edificio, camas separadas, si hablamos todos los días, no me acuerdo en ningún momento, yo también estaba ebrio, el cargaba un cuchillo en la mano, agarramos las llaves y nos fuimos del sitio, no supimos mas del señor del sitio, nosotros no fuimos para la habitación, agaramos las llaves y nos fuimos del sitio, no se en que situación se encontraba, para darle un escarmiento, porque el dijo que el era homosexuales, eso es caso de cada quien, yo a ninguno de ellos lo conocía, Gerardo conocía al señor desde hace cinco años, porque ellos se quedaron allí, unas llaves de un neón, no era mío, para huir del sitio, porque vimos al señor Gerardo ensangrentado, en ningún momento estaban heridos, no porque no sabía que era lo que estaba pasando, nosotros nos fuimos y el vehículo se pago y nos bajamos como a los cinco minutos bajo la camioneta del señor Omar y nos metimos en el monte nos fuimos caminando a donde quedan los peluches y agarramos un taxi, como 5 a 10 minutos, no se exactamente, no creo que cinco minutos, no era de Gerardo sino del señor Omar, que fue la que nos llevo para la casa, parao el carro de tras del neon como no vio a nadie se fue no vimos para donde se fue, pericos San Cristóbal, siguió hacia el mirador, iba solo porque desde el monto logramos ver, Rafael, Mustafat y Omar, porque el carro se apago y no podíamos regresar porque era lejos quedaba mas cerca la salida, porque nosotros nos fuimos para la casa, no se porque no pensamos en e momento eso, no sabíamos que si el señor Omar estaba herido o no, no lo hicimos, no estaba en peligro, no se porque yo a el no lo vi, si porque como estaba ebrio le dije agarre las llaves y vamos aquí, y me fui para mi casa, cada quien se fue para la casa, al otro día fui para la casa de J.A. y nos fuimos para la casa en S.A. y dijo Gerardo que el había matado al señor Omar que el iba para el entierro y le dije a J.A. que nos fuéramos para una finca como dos meses y luego nos fuimos a la casa de una tía como seis meses y luego nos presentamos, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado J.T., lo interroga y el mismo responde:”En ningún momento, vi salir a puro Gerardo, no, no era policía, pedí la baja voluntariamente, si lo vi un cuchillo, nosotros cerveza mas nada y el señor Omar aguardiente, temor de que también nos fuera a cortar a nosotros, la v.m., me presente voluntariamente, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado D.S. lo interroga y el mismo responde: “Porque el señor le Gerardo le comente a J.A., no conocía a Gerardo solo lo conocía de vista, lo busca el señor Omar en el vehículo de él una camioneta pequeña, de que trabaja el de que hacía, en ningún momento, como a las siete a ocho de la noche, el convido a Gerardo y se fueron los dos hacia la habitación, como dos horas y media, quedaron Mustafat Rafael y mi personas, nos pusimos hablar los tras y el señor Rafael se quedó dormido, si se vía la puerta de la habitación, sale Gerardo con un cuchillo en mano y la ropa salpicada en sangre, sale con un pantalón salpicado de sangre, agarramos las llaves del vehículo y nos fuimos del sitió, dijo que lo agarramos para darle un escarmiento, en ningún momento, si, vivía en S.A., lo manejo J.A., en la parte de adelante, llegando en los peluches, nos bajamos y nos fuimos caminando en ese momento venía la camionetica verde mas o menos quince minutos, era una camioneta pequeña, verde, nos fuimos hacia el monte, tratamos de prender el vehículo como no prendió nos fuimos caminando, íbamos arrancar ya para la vía cuando se paro Gerardo en la camioneta, era como las once, a media cuadra, si lo vimos, se monta en la camioneta y sigue, esperamos como cinco minutos y seguimos caminando, pasaron varios taxis y se paro uno y nos fuimos para la casa, nos encontramos en la plaza y le pregunte lo que había pasado el día anterior nos fuimos al mercado y allí vimos Gerardo y nos dijo que el había matado al señor Omar por una deuda, nos fuimos hacia una finca, es todo”.

Seguidamente el Juez lo interroga y el mismo responde:”Polar, en la cocina había un destapador cada quien se servía cerveza, es todo”.

En estado el Juez da un aplazamiento de Treinta minutos, contados a partir de este momento.

Siendo las cuatro de la tarde (4:00P.M), se reanuda la Audiencia, en estado el Juez Presidente ordenada al alguacil que traiga a la sala al ciudadano Valera Cornejo G.I..

Seguidamente el acusado VALERA CORNEJO G.I., manifestó su deseo de declarar y expuso: “Un día antes de los hechos estaba en la población de s.A. al medio día me dirigí con Antonio hacia Capacho, luego fuimos para el negocio de Omar estábamos tomando bebidas alcohólicas el dice que va cerrar su negocio y bajamos hacia San Cristóbal y fuimos para donde Omar, llego el señor el Omar y no los presento, al día siguiente estaba en mi casa en S.A. y como a las 9 fuimos al negocio donde trabajado, nos fuimos para casa de Omar, como a las 6 llega Mustafat y luego llega Rafael, consumimos bebidas alcohólicas y comimos una carne, nos reunimos un grupo de personas, en horas de la madrugada el ciudadano Omar se iba a dormir y me fui para la habitación con el me dijo que si nos podíamos quedar y me dijo que Rafael nos iba a llevar al salir no había nadie y me senté allí en estado de ebriedad me despierta Antonio y me dijo que me quedara tranquilo que no me iba a pasar nada Rafael y Cándido se encontraba en el baño con una bolsa en la cabeza me dijo que le colaborara y que recogiera las botellas y limpiara las manillas de la puerta me dijo Antonio que desconecte el teléfono y tranque la casa con candado nos montamos en el vehículo y después habla con los ciudadanos que iba en el otro vehículo, mas adelante Antonio me dice que cierre la puerta del vehículo que iba adentro y el sistema de seguridad se apaga y abordamos en la camioneta hacia la vía de llano vía San Josecito ellos me dicen que abandone el vehículo que no digiera nada, me fui para mi casa luego Antonio me dijo que esperar instrucciones porque sino le iba a pasar lago a mi o a mi familia, me quede dos días en mis casa me fui de la casa para la ciudad en Cúcuta en Villa del Rosario que iba a cuadrar para entregarnos que debía que entregar me yo primero porque le iba a pasar algo a mi familia, me aleje de ese lugar y me fui para el centro, espere que pasar las vacaciones y me encontraron en la casa de mi mama, el señor Antonio recibí amenaza, me dijo que debía admitir los hechos , yo me encontraba en medidas de seguridad en el centro penitenciario, es todo”.

Seguidamente el Ministerio Público lo interroga y el mismo responde:”Yo elabora en un a hamburguesería en s.A., hace un año, conocí Antonio porque el es sobrino del dueño de la hamburguesería donde yo trabajaba, y Miguel porque el trabajaba allí, el cubrí unas horas extras, el me suplantaba a mi, esta en s.A. vendo hamburguesa, yo me retiro en diciembre de 2004, no en ningún momento, precisamente fue ese sábado quince que nos vimos y nos fuimos a tomar a Capacho, primera vez que salí con él, sabía que era policía pero no lo conocía, Antonio me busco en mi casa y yo acepte que fuéramos y fuimos hacia la hamburguesería incluso la novia de él trabajo hay de hay llego Miguel y nos fuimos agarrar una buseta para San Cristóbal que llegáramos a las Granjas Infantiles, se conocían en el día anterior, estaba en capacho y allí quedaba el negocio de Omar y nos pusimos a conversar y le presente Antonio, porque como vivía dos cuadras de la casa lo distinguía siempre, iba solo estábamos hablando y tomamos dos cervezas en s.A., y le dije que fuéramos para donde mi papá, nos fuimos y regresamos en buseta, no lo conocía, el sábado nos invita a Antonio y a mí para hacer una parrilla el día domingo en la casa de él, si en varias oportunidades para ir a comer, esta mas o menos a un kilómetro, en toda la vía, el Llanito, en Belandria, a la casa de mi papa que nos deja en un negocio mas arriba y fuimos bajando para su negocio, porque era mas fácil para agarrar buseta, era cliente de un taller donde yo trabaje en capacho, lo tenía en capacho ya lo había cerrado mudado para el Llanito, mas o menos como a las 3 de la tarde hasta que lo cerro a las cinco y media, nos fuimos con Omar para la casa de él a tomarnos una cerveza, A.C. y mi persona, si había ido ha esa casa él día sábado, si se lo presente a Omar, llegando a la casa de Omar se compro una caja de cerveza llego Rafael y no los presento, lo conocí el sábado, O.A. y Rafael que estuvo como quince minutos, si todo el tiempo demostraba su rango homosexual era amigo mío y de mi familia, era cliente de mi negocio y yo era cliente de él, no, Omar nos dejo en la parada de la buseta de S.A., cuando estábamos en la casa y posteriormente invito a Rafael en la casa de Omar en pericos, que como el no trabajaba el lunes que fuéramos para hacer una parrilla y tomarnos unas cervezas, vivía solo, si era normal completamente, en el vehículo de su propiedad en una camioneta color verde, una sola vez hace como un año, el domingo compartimos tragos en esa casa, posteriormente estábamos en la casa y nos fuimos los tres, en s.A.A. me busca a las 8 y que fuéramos para la casa de Omar que nos había invitado y nos encontramos en vernos, llego Santana y nos fuimos para el centro, lo invito en el transcurso de sábado para domingo, ellos viven cerca, yo le dije que si que fueranos mas tarde porque el se encontraba ocupado ,nos reunimos en la hamburguesería A.S. y yo, Antonio porque Omar nos invito, sabía porque Antonio lo había invitado, le dije que no había ningún problema, en ningún momento, de s.A. nos dirigimos al centro y luego a las Granjas Infantiles a esperar a Omar que llego solo, nos subimos a la camioneta y Antonio le presenta a Miguel, tuvimos que esperar que llegar una hora y media, y nos quedamos sentados en el quiosco hasta que llegar, no estábamos tomando bebidas alcohólicas, Antonio, Miguel, Omar y yo, estaba cerrada, no había nadie, llegamos nos invita a entrar saca un envase de cerveza y nos fuimos los cuatro a comprar una caja de cerveza, como a tres cuadras mas arriba de la casa de Omar, fuimos en la camioneta, Omar llama a Rafael diciendo que ya estábamos en la casa y que trajera una botella de aguardiente, ponemos a enfriar a la cerveza que ya van a empezar zar la carne, como a los 20 minutos llega Mustafat, Omar le presento a Antonio y Santana, cándido llego primero y se volvió a ir, llego a pie vive cerca, Rafael vive en san Cristóbal, llega en el transcurso que ya cándido se había ido, posteriormente llega Cándido, llego en su vehículo personal en u n neón verde, como a las 9:30, R.O.C., A.M. y mi persona, en una oportunidad sale Antonio y Santana para hablar fuera de la casa, como hasta las 12:30, una caja de cerveza, aguardiente y cacique, con Omar me tome la botella de aguardiente, R.A. y Santana tomaron ron, después de las 12:30 que Omar se iba a dormir y me dijo que se quedara en la casa que no había problema, no que yo sepa, porque Rafael y cándido era de su confianza, no que yo sepa, salgo yo y cierro la puerta, por educación a los que estábamos allí, no me pareció adecuado, entre después de la puerta cuatro pasaos, no la pude detallar bien, cama matrimonial, lo que dure hablando como a Omar, salí de la habitación y cerré la puerta en la sala no había nadie, ellos estaban en la sala contigua a la casa y me puse a escuchar música, en el ala izquierda estaba hablado con candido, cuando Omar se va a dormir todos se separan, ya se habían parado Antonio y Candido, y Rafael con Santana, Omar se dirige y yo lo seguí, duro un minuto y ellos se habían alejado en la sala de la casa y me quede escuchando música, si cargada un pantalón marrón zapatos marrones y una camisa de cuadros, no escuche música y me acosté en el mueble cuando me despertó Antonio con un arma de fuego que no se donde la saco y me dice que le colabore que recoja unos cd. unas botellas, la habitación de Antonio estaba abierta, e.R. y candido en la ducha del baño, estaba entre abierta, si acostados en el baño amordazado, no que yo sepa, cuando me mandaron desconectar el teléfono se dirige hacia la habitación y saco una chaqueta negra que cargaba puesta iba y venia, estaba buscando algo, estaba a.A.S. no tenía arma, Antonio daba las instrucciones, si estoy seguro por la ropa, cuando arranca primero Santana en la camioneta de Omar y yo me voy con Toño en el neón porque el me apuntaba con un arma de fuego con un revolver negro, no que yo sepa, toño le preguntaba con insistencia Omar que si maneja cuentas y que si tenia prendas, Omar decía que soplo tenía ese anillo y esa cadena, no tengo conocimiento de eso, si el anillo siempre lo llevaba puesto, con anillo de una piedra y tenía una cadena que todo el tiempo la tenia creo que era de oro porque siempre lo tenia, la maneja Santana, lo manejaba Antonio, en el lado de él copiloto, porque el me amenazo con el arma de fuego me apuntaba y cuando iba hacer los cambios, yo estaba totalmente nervioso incluso casi se sale de la carretera para alcanzar la camioneta, y luego se esperaron y le dijo que se fuera adelante luego se activa un sistema de seguridad, la puerta mía, no me había dado cuenta, no porque el pavimento esta bueno e iba una velocidad de 70 kilómetros por hora, el neon avisa en una luz en el tablero y sonaba algo muy mínimo, cierro la puerta bien y el carro recorrió medio kilómetro y empezó a sonar la alarma, me despertó Antonio, Santana le dice que lo intente prender pero la alarma seguía sonando y dice que abordemos la camioneta y Santana manejando y Antonio me apuntaba con el arma de fuego agarraron vía el llano, me dicen que tenía que colaborar, Antonio le decía a Santana que el señor lo estaba esperando, pero no tengo idea para que era presumo que era para que entregara el vehículo mas tarde se hizo una llamada, cuando íbamos pasando el sector del Corozo y me dijo que me vaya para la casa y me amenazaron, me bajo de él vehículo y el sigue, no que iban hacer para buscar un culpable, decid buscar un taxi mas arriba de la alcabala de la guardia, yo entre por la parte de arriba y Salí delante de la alcabala, porque tenia miedo que estaba bajo amenaza, llegue a mi casa y me acosté a dormir, luego en la madrugada estaba malo por los tragos , luego Antonio me dijo que me esperar en la casa, no soy agresivo, ellos tenían el control de la situación por tener un arma de fuego, no tengo conocimiento, si es una maquina de cortar pelo es sonido muy consecuente mas leve que un secador de pelo, si no tengo duda de que fueron ellos, me acuesto a dormir al día siguiente fue toño a la casa y dijo que esperar instrucciones de no hacer nada y decir nada de lo que había pasado en la madrugada, no tenía conocimiento de lo que había ocurrido, porque hasta los momentos no sabía que habían atentado contra las personas, que lo degollaron prácticamente, en la casa no, no que yo sepa pero la novia de el trabajaba en ese sitio y ellos hablaron, no tengo conocimiento, no vi guantes, no en ningún momento he tenido problemas con ellos, ellos sabrán cuales son las personas que le causaron las heridas, si obviamente no participe nada, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado D.S. lo interroga y el mismo responde: “Si lo conocía un año que trabaja en la hamburguesería de su tío policito como seis meses, el sábado día anterior, se lo presente como un amigo y nos invito Omar para una parrilla a toño y a mi, yo le dije como Omar cerraba tarde que nos fuéramos al medio día el de la hamburguesería toño y Santana, si porque el día domingo venden almuerzos, lo distinguía porque frecuentaba en la policía, se comentaba que era funcionario pero que estaba de reposo, en una buseta hasta las Granjas Infantiles y luego nos busca Omar, si estaba en la hamburguesería se puso hablar con toño, M.A. no había llegado todavía, en un kiosco conde venden peluches, venden solo artesanía, si yo lo llame del centro, nos venimos hasta la casa, me senté en el puesto de adelante, ellos iban atrás, llegamos y Omar saco un envase de cerveza y nos devolvimos las cuatro personas, después que llegamos a la casa llego Mustafat, llego como a las 9 Rafael, si comimos una carne que Omar la preparo, toño andaba con Santana y yo estaba con Omar preparando la carne, Rafael llego después, comíamos solo t.S. y mi persona, como a las 12:30 de la noche, si Antonio le preguntaba a Omar que si manejaba joyas y que si tena joyas, el quedan en parejas de dos una estaba candido y Antonio y Rafael y Santana, mas o menos un minuto, me regrese a la sala y escuche música, ya se habían alejado me despertó toño, me dijo que le colaborar en ayudar aquí porque si no me iban a matar, que le recogiera unas botellas y unos dicen porque ellos lo habían tocado y le hice caso, en ningún momento , me pidieron que desconecten el teléfono y no lo hice y Salí con el y me dijo que trancara la casa y me monte en el carro de Rafael y me tenia apuntado, puesto de atrás y toño también, fuera de san Cristóbal, vía de llano, fui amenazado decía que se apurara que un señor lo estaba esperando, me dejan en el sector el corozo y me dice que vaya para la casa, agarre un taxi y me fui, al otro día dijo que siguiera hay y que no digiera nada, el miércoles la novia de toño me dijo que me fuera porque la petejota me estaba buscando, me entere el día martes por la pagina del periódico, s todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado W.V. lo interroga y el mismo responde:”Era una relación de comercio de amistad, a Omar le presente yo a Antonio, si me acabe la botella solo con Omar, si estaban bebiendo ron y cerveza, si estoy casado y tengo dos hijos, cuando me pasaron por ese sitio la puerta estaba abierta, tenían una toalla en la cabeza, por la amenaza que tenía de Toño y de Santana, pensé que ya era justo aclarar las cosas, es todo”.

Seguidamente el defensor privado Abogado J.T., lo interroga y el mismo responde:”Retome mis caminos de la religión, soy cristiano evangélico, no en ningún momento, ella trabaja en la hamburguesería, lo único que portaba era un fusil, fui conductor, nunca me interese por las armas, con la finalidad de preguntarle que si el nos iba a llevar y el nos dijo que Rafael nos iba a llevar, si porque el se iba acostar a dormir ya se acabo la bebida, porque estaba ocupado con las demás personas, tengo dos hijos, si una vez, me dijo que los muchachos estaban dispuesto a entregarse, como quince minutos, estaba igual a como estoy en ese momento, las personas que andaban con el la señora Miriam y la mama de Santana, cabo primero dure en el ejercito dos años, porque estaba amenazado por toño y Santana, en la mano derecha, en la misma mano, me desperté como a la una de la mañana, llego a las nueve de la mañana, el iba al negocio ya que hacia el favor de llevarme panes que compraba en el llanito, era eventual, iba a comer también con sus amigos, en ningún momento dije que Omar había quedado amarrado, si la coloque al director de esa institución y me asigno a la enfermería, no tengo ningún hermano con ningún rango, reparación de radiadores específicamente, no realice ningún trabajo, es todo”.

En fecha 23 de Octubre de 2007, día fijado para la continuación del Juicio Oral Y Público NO HUBO AUDIENCIA, debido a que el Juez Abogado E.J.R., se encuentra haciendo diligencias urgentes y personales.

En fecha 25 de Octubre de 2007, el Juez procede a realizar un resumen de los actos celebrados y concluidos con anterioridad, declarando abierta la etapa de materialización del acervo probatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, en este sentido es llamado a la sala el ciudadano GONZALES GONZALES C.M., victima de autos, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.042.660, de profesión u oficio Supervisor de Ventas, quien una vez juramentado manifestó no tener ningún lazo de parentesco con las personas presentes y expuso: “Eso pasa el 16-01, Omar era vecino mío, ese día el me participo que iba hacer una parrillada en la casa, cuando yo subí ya estaban allí G.A. y M.Á., a Miguel y Antonio no lo conocía, a Gerardo era la segunda vez que lo veía allí, yo volví a mi casa me bañe, cuando volví a subir estaba Rafael, se hablo compartimos, hicimos una comida, hasta cuando hacían un seria de preguntas, en un momento de 12 a 1, Omar se fue acostar con Gerardo, en ese momento fue que yo lo volvo a ver con Omar, quedamos con Antonio y M.Á., en momento le dije a Rafael de que me iba para la casa, me toma la camisa Antonio y el coloca un arma en mi boca nada malo me iba a pasar, me acosté en el piso boca abajo, me amarro los brazos y piernas, me colocaron un tirro en la boca, cuando esta haciendo eso M.Á. lleva a Rafael con un arma blanca en el cuello, en ese momento estuvimos acostado hacia abajo, lo despojaron de sus pertenencias, reloj, cartera y 10 mil bolívares, el equipo estaba a todo volumen, se escucho cuando revisaron toda la casa, escuche cuando sonaban gritos en el cuarto de Omar, no sentí miedo porque jamás esperamos una actitud de los para nosotros, me asuste cuando ellos discutieron y digieron que le caigamos a papazos y salimos de eso, presumí que nos querían matar, en ese momento sentí que Rafael se movía feo, sentí que la sangre de Rafael corría por mi cuerpo, aparte de que nos amordazaron quedamos un paño sobre nosotros, a todas estas sentí cuando me agarrón del pelo y se me apoyaron en la espalda, no sabia quien me corto, me cortaron hacia delante y por detrás, era algo muy rustico lo que me estaban pasando en el cuello, pensé que era con una máquina de afectar, en un momento me puse tenso, cuando afloje el cuerpo me soltaron porque pensaron que me habían matado, me quede quieto, escuche cuando sonaron las alarmas del carro, cuando sacaron los dos carros y espere que terminara la canción, hay me solté y revente el tirro que tenia en mis manos y boca, voltio a Rafael el estaba con el cuello abierto, la máquina con el cable la enrollaron en su cuerpo, conseguí a Omar sentado en la mano, le colocaron bolsa de basura, con tirro, cuando logre romper la parte de la nariz el no respiraba, salí de la casa llame a los vecinos, salió Leidi y Franklin y le dije que a Omar lo habían matado, mientras ellos bajaban me fue por la calle a las rejas y llame a mi papá, yo llame al 171, y le explique a la muchacha de emergencia lo que estaba pasando, estuve en un momento como 10 minutos que no pude más y caí al suelo, hasta que llegue al hospital, no se la razón por la cual me haya agredido, no hubo discusión entre nosotros, se mencionaron muchas cuestiones entre ellos, se hablo de la productividad que le daba el negocio Omar, Rafael hablo de la Hamburguesería, M.Á. dijo que era inspección de la policía, Antonio dijo que era petejota, el caso fue que comimos y la actitud no se porque la tomaron, tampoco pusimos resistencia al atraco en el momento que nos estaban pegando, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “Tengo 28 años, soy supervisor de ventas, soltero, si era sano, en Pericos, una cerca separa la casa de mi papa y la de el , esta la familia Aza, y las personas que nos prestaron ayuda, tenía 10 años de conocerlo, si el comportamiento era público, pero todos los respetaban, todo dependiendo del tipo de personas con que estuviera, con los vecinos hubo respeto siempre, completamente normal y trabajador, a Gerardo lo vi la primera vez cuando fuimos a S.A.d.T., ya el me había hablado de Gerardo, lo conocí y hasta ese momento fue una persona normal, ese día que fuimos comimos haya el nos atendió nos vinimos un poco tarde, había pasado como 22 días un mes, el siempre me comento que ellos tenían algo que estaban saliendo, incluso Gerardo fue para el negocio de Omar, que estaban saliendo y compartiendo y que ellos ya habían tenido relaciones, le decía que bien, llegamos como de 6 a 7 esperamos, nos fuimos solos, la única vez que lo vi fue en la casa de Omar, el día que sucedió el hecho el día 16-01 un domingo, no fui, el domingo como a las cuatro de la tarde, sabia cuando el llegaba del negocio e iba, el estaba con Antonio, M.Á. y Gerardo, y fue cuando Omar me dijo que viniera para azar unos pedazos de carne, a las 4 de l a tarde, el vivía solo, desde siempre, el tenía como 12 o 13 años, dure como media hora o una hora, conversando y el me presento a Antonio y M.Á., no lo conocía, claro, Antonio alto, moreno dientes desacomodados, estaba vestido de J.a., suéter, botas blancas, cabello negro piel morena, Gerardo estaba vestido de beige usaba lentes, camisa de cuadros amarillo, tenía cabello amarillo, Miguel un poco bajo gordo de ojos claros azules, tenia camisa roja, J.a., botas blancas, yo se que ellos están aquí y son ellos los tres, en esa hora nos presentaron, en el momento no, ellos estaban tomando licor, si porque Gerardo salió conmigo a comprar una caja de cerveza, en la segunda vez, Rafael no se encontraba, dure como una hora y media, como a las 6:30, llegue a pie porque somos vecinos, los mismos que estaban la primera vez, mas Rafael, si lo conocía de rumba lo conocí por medio de Omar, tengo de 6 a 7 a los de amistad, no de verdad que no comentaron nada, pues no lo único fue Antonio cuando Rafael tenía minutos libres y me presto el teléfono para llamar, la actitud de ellos fue normal, hasta cuando me metieron el arma en la boca, Omar siempre tomaba aguardiente y Rafael le trajo la botella de aguardiente a Omar, se lo tomo y se fue a dormir, el no se la tomo completa y dijo que si iba a dormir con Gerardo porque se suponían que ellos eran pareja, casi siempre todos estábamos agrupados allí, que iba acostar, si se despidieron se fueron los dos, como alrededor de media hora, no escuche nada, la puerta estaba sentada, no porque estábamos donde había una barra que tiene vista a una sala de estar, mas no se ve al cuarto de Omar, ya habíamos pasado estaba en la cocina con Rafael hablando y le dije que me iba a ir, hay paso al frente de la cocina hay un baño y me agarra la camisa Antonio y me dijo que le colabore, en el cuarto con Omar, la puerta estaba cerrada, no Gerardo estaba en el cuarto con Omar, fue algo completamente voluntario porque no había nadie que lo presionara, Rafael quedó cambiando el Cid y M.Á. quedo también, afuera, entro al baño Antonio conmigo y luego entro Miguel a Rafael del cuello, no solo estábamos nosotros seis, cuando nos meten al baño a mi el que me amarro y me coloco el tirro fue Antonio, y a Rafael lo entra M.Á. y ellos me advierten que no lo miraran a la cara, a Gerardo no lo volví a ver más, me amarro con tilo de embalar las manos las piernas y la boca, a Rafael le hicieron lo mismo, no se quien lo hizo porque no volví a verlo, estábamos los cuatro, al rato nos tiran un paño encima, voces se escuchaban incluso entre ellos discutieron que fue digieron que vamos a caerle a pepasos y acabamos con eso, estaban los tres allí, ya tenía el rostro cubierto, no escuche lo único fue eso y vi que todo fue algo ya planeado, si hubo un momento que no se sentía la presencia de ellos allí, se escuchaban los recipientes de la cocina y gavetas, ya estábamos amarrados, en ese momento ya no estaban en el baño, ellos estaban seguro que nos podíamos soltar, me parece que fue primero Omar, porque a mi fue primero que tomo Antonio y a mí fue el último que me cortaron el cuello, para mi era una máquina de afectar manual, porque vi que Rafael estaba amarrado con la máquina de afectar eléctrica, de la manera que pasaron eso no la prendieron porque no sentí la vibración en el cuello, no porque el equipo estaba en alto volumen, no paso tres minutos, me cortaron y se fueron, 10 Bolívares mil que tenía en mi poder y mi reloj, era uno elástico, si también le quitaron su dinero y su tarjeta, el cargaba un reloj, me dijo que le quitaron el reloj, tarjetas y celular, Omar tenía un anillo de oro blanco y tenía una piedra, incluso ese día se toco la conversación de esa prenda, se toco el tema sobre plata y la producción que se daba en el negocio y de las prendas que el tenía, Rafal hablo de la hamburguesería, se toco mucho ese tema, el porque lo desconozco, la conclusión mía si ellos pensaron que Omar tenía millones en la casa, Omar ya tenía como 2 meses estando con él, en ningún momento todo fue completamente normal, no se despertó ese interés y si hubiese pasado lo fuera dicho, este en el momento que sonaron las alarmas la voz se me pareció a la de Antonio dijo dale que hay sale para sacar el carro del garaje, neón, color verde, una vagon, no estaban ningún carro, se lo llevaron los tres, a mi me cortaron, ellos no nos prestaron ayuda, no se escuchó nada de eso, si después supe que Rafael le tenía un sistema de seguridad al carro se apago en colinas del mirador y dejaron el carro votado y después me entere que vagon de Omar la encontraron en la vía el Llano con un letrero que dice lo mate, no ninguno, en la casa no rendí mi declaraciones después que me tomaron puntos, y dije lo que paso, solo la del cuello, Omar en el momento de que lo conseguí lo cortaron en el cuello, a mi colocaron una tira de tirro de embalar, en la manera que hirieron a Omar fue cruel, el era una persona trabajador, si yo no aflojo mi cuerpo me hubiesen matado, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “Si, desde el momento que el se mudo para pericos hicimos buena amistad, yo también era homosexual, el me comento en el viaje de Gerardo y cuando fuimos a S.A. era para presentarme a Gerardo, relaciones sexuales, en ese momento llegamos y el chamo estaba muy atareado en el momento no nos pudo atender, el nos trajo la hamburguesa, ellos estaban tomando de la botella de aguardiente de Omar, tomó solo Gerardo, si la puerta estaba cerrada, no le volví a ver la cara desde que se fue a dormir, si lo oí, no se escucho primero las gavetas y luego del tirro, no se como 2 o 3 minutos, fue algo rápido, me colocaron tirro en la boca, Omar tenía tirro hasta la nariz, no los vi, es todo”.

A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “El mismo día, domingo 16-01, G.A. y M.Á., a Gerardo, quedaron Antonio y M.Á. no había oscurecido, estábamos lo 4, Rafael, M.Á., Omar y Antonio, ellos eran pareja, si lo normal, no para nada en ningún momento, comimos todos, seguimos hablando, no nadie dijo nada de mujeres, tuvimos todos en grupo, mientras que yo estuve allí no, hay mismo donde comimos, porque hay un asadero de carne, si de por si el estaba cansado aparte de que tomó aguardiente, Gerardo se comporto normal se fueron acostar porque eran pareja, eran como las 12:30, como una hora, no salieron, en el baño, si se veía y la puerta estaba cerrada, Antonio me dice que colabore y nada le pasa, me metió un arma negra, no escuche a Gerardo dar instrucciones, a mi me amarro uno solo que fue Antonio, a Rafael lo llevaba M.Á., de quien lo amarro no se, estaban los dos allí Antonio y M.Á., estábamos amarrados con la boca tapada, no éramos de preocupación para ellos, gavetas caseloras, si escuche, primero uno y después el otro, primero fueron las caseloras, al instante se escucho el tirro, después de eso sucedió la discusión entre ello, se escuchaban las voces de ellos, para mi los tres porque el equipo estaba a volumen, en ese momento tenia era el olfato y el audio, escuchamos la discusión entre ellos, uno dijo que le caigamos a pepasos, la voz no la podría identificar, no paso de 5 minutos de sacaron los carros, primero me solté, solté a Rafael, fui a ver a Omar y el ya estaba muerto, llame a los vecinos y le dije lo que pasaba, por la reja llame a mi papa y le dije que me estaba desangrando al rato perdí el conocimiento, en el hospital, abrí los ojos me estaban tomando los puntos y quitando la sangre, duramos el 17 toda la noche y día, me dieron de alta martes o miércoles, las rendí allí, después me las llevo un funcionario a mi casa y me pregunto que si estaba conforme firme y listo, no en ningún momento, lo único que indagaron de mi vida personal, a raíz de lo que paso sería ilógico desmentir que lo que yo soy, yo cuando eso trabajaba en una estación de servicio Guadalupe, al lado del Hotel Palermo, yo dure como 8 días con los puntos, como a las tres semanas, que dure para empezar a trabajar, a raíz de la persecución que me cargo Marvelia y después de las tantas amenazas, de esa señora, a mí me costo años superarlo y no lo he superado, eso fue después de semana Santa regrese después de un viaje, un lunes estaba con mi madrastra y me dijo que lo llamo Yonny, a las 10 me llamo la secretaria y me dijo que también me llamaron haya, a la 1 me llamo Yoni y me dice que yo soy el abogado defensor de J.A. y M.Á., el me dijo que a él le pagaron para que lo bajaran, si usted no coopera a usted le va a ir pero, porque todo de usted, le dije que yo no quería nada de nadie, me dijo que usted ya huele a muerte, esa fue la primera amenaza, fueron muchas cosas a la vez, la manera como se ensañaron con nosotros, mandan a una abogada para que nos amenaza, y como me siento yo que de cualquier momento me van a quitar a un ser querido, hubo esas amenazas, fui a la Fiscalía y le dije al señor Jairo, y eso quedo reflejado de que cualquier cosa que me pase a mi o mi familia ellos serán los culpables, Marvelis, la tarjeta quedó en Fiscalía, esa abogada se presentó muy educadamente me asuste cuando me dijo que era la defensora, me dijo que lamentaba mucho lo que te paso, tengo a los muchachos Miguel y Antonio, ellos no te van a ser nada, le dije que ella no podía entender lo que me esta pasando porque no le cortaron el cuello, ella comenzó con su psicología barata, le conté todo al doctor Jairo, mi conclusión fue que como ella no encontró nada conmigo, me amenazaron con mi familia, a Rafael también lo amenazaron. En este estado el Abogado Neptalí planteo una objeción entiendo el proceso penal, y el interrogatorio solo deben ser el objeto del hecho al igual que la respuestas dada la victima, porque si hubo amenazas eso debe ser tratado por otro medio. De seguido el representante fiscal manifiesta es un poco atípico la manera de cómo se ha venido desarrollando el debate, considero bastante sano y ajustado a derecho cuando se trate de intereses contrapuestos, opino acerca de la pregunta hecha por la defensa me parece valido porque se quiere que ver esa duda en que quería infundir la abogada, para ver si esa duda tenía el modo de participación de uno u otros, por eso esas instrucciones se relacionaban con los hechos donde resulte muerto Omar y ellos por eso veo pertinente conocer esas instrucciones, se debe declarar sin lugar la objeción planteada por la defensa. Acto seguido defensor D.S. manifiesta que la victima ha sido de otros delitos, el en harás de salvaguardar la verdad a proponer al situación en que estaba pasando de acuerdo a lo mismo hechos, hay distintos criterios en la defensa y se busca es la verdad, por lo que pido que se inste al testigo a contestar la pregunta. De seguido el Tribunal visto lo planteado por las partes en verdad considera esta Tribunal que luego de los hechos existen circunstancia que pueden agregar algo para determinar la verdad por lo que considera pertinente la repuesta que pudiera dar el testigo, por lo que declara sin lugar la objeción planteada por el defensor. Y así se Decide. De seguido se continua con el interrogatorio Ella quería que le repitiera como sucedieron los hechos, le dije no iba a repetir eso porque para mi fue demasiado fuerte ese momento, siempre hizo hincapié que estaban alterados y quería que cayera en duda de lo que yo había declarado, en al primera amenaza me digieron que quería si dinero o cirugías, nunca había estado en esa posición porque la vida de nosotros vale demasiado, fue la voz de un hombre por teléfono, como Yonny, el me dijo que el era un supuesto abogado defensor, después me dijo que a él pegaron para que lo bajaron, M.Á. y Antonio, es todo”.

A preguntas del defensor Privado W.V., contestó: “Antonio, no vi quien lo hizo, una sola persona y me agarro del pelo y me corto, para mi están los tres en esto, desde el momento que agarraron Antonio, porque me metió el arma, M.Á. porque traía a Rafael, si porque fue la que nos amarraron. En este estado el representante del Ministerio Público planteo una objeción solicito que instruya al abogado defensor para que haga preguntas mas concretas, sobre situaciones en particular, es todo”. El Tribunal insta al defensor a que haga preguntas más concretas y no las argumente. Y así se decide. Se continua el interrogatorio; No me amordazo, no se quien fue los tres estaban allí y están involucrados en esto, a ninguno de los tres vi cortarme el cuello, es todo”.

A preguntas del Escabino, contestó: “Conseguí a Omar sentado en su cama desnudo, tenía una bolsa de basura en la cabeza, tenía tirro y un plástico con varias capas, tan ajustado estaba que la nariz la tenía a un lado, la cama estaba desordenada, había demasiado desorden en el cuarto, es todo”.

Acto seguido es llamado a la sala el ciudadano COLMENARES VIVAS R.A., victima de autos, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.221.786, de profesión u oficio Licenciado en Educación, quien una vez juramentado manifestó no tener ningún lazo de parentesco con las personas presentes y expuso: “Yo me encontraba el día domingo 16 en mi casa, me llaman por teléfono como a las 4 a 5 el ciudadano Omar y me dice que tiene un compartir unos tragos y que por favor le llevara una botella de aguardiente, compre la botella y fui a la casa de Omar, habían tres ciudadanos a parte de él, dos de ello el día sábado los vi en casa de él, el domingo los salude, hablamos conversamos, Omar estaba haciendo una parrilla, conversamos de amistad de la familia, de música, de los oficios de cada uno, estábamos estableciendo una amistad, al tiempo llega Candido y empezamos a compartir todos, empezamos a tomar unos tragos, Omar después de un tiempo ya se había echado los tragos decide irse a dormir, como a las 12, ya se había comido y todo, se fue a dormir Omar y se va acompañarlo el ciudadano Gerardo, me quede hablando con el señor Mustafa de lo que habíamos hecho el día anterior, con nosotros quedó el ciudadano Antonio y Miguel, y se van hacia un lado de los pasillos de la casa, yo me levanto porque se me termino el trago y a cambiar la música, cuando termino siento que me agarran el brazo izquierdo, observo que era el ciudadano Antonio y me dijo que colabore para que no le pasara nada, sentí que me pusieron algo un arma en la cabeza y me halan del brazo, estaba confundido, cuando reacciono es cuando me colocan frente del baño y veo que Miguel tenía a Candido con una rodilla sobre su espalda tirado en el piso, y me coloca en cuna posición que no viera mas a Candido, me repetían que colaborara, escuche un tirro me dicen una las piernas me atan las manos piernas y me colocan un tirro en la boca y me tiran al lado de Candido y me dicen que no mire, empecé a rezar, uno le decía al otro que lo mataran, me desmaye en la primera ocasión, cuando regreso de ese desmayo escucho ruido, y que Omar gritaba que dejara la broma que hasta cuando, sentí asfixia y me desmaye de nueve, luego de ello me levantan la cabeza y me pasaron algo por el cuello, hasta que Candido me levanta y me dice que no se va a morir, escuche los ruidos, a mi remetieron la manos en el bolsillo para sacarme las llaves del carro, escuche las alarmas del carro, Candido se levanta llama a su papá a sus vecinos, yo no me moví para nada porque estaba sangrando, llegan los vecinos me levantan del baño me recogen y me llevan para el hospital Central de San Cristóbal, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “Yo el día sábado 17 cuando salí de clase porque en eses entonces estaba haciendo estudios de post grado, me dirigí hacia la casa de Omar, presenta al ciudadano Antonio y Gerardo ellos estaban tomando unas cervezas allí, no creí prudente quedarme, el caso es que yo me retiro el sábado mes despido de estas personas y de Omar, tenía 17 años conociéndolo, si, era igual que cualquier ciudadano con su personalidad normal, era una persona sana productiva, el día sábado fui como 7 a 7:30 de la noche, yo tenía la costumbre que salía de clase e iba a conversar con él, fui de forma voluntaria, como media hora, el vivía solo, estaba el señor Antonio y el señor Gerardo, anteriormente no era la primera vez que los veía a los dos, una persona catira, de piel medio rosada, de ojos claros, pelo castaño claro, estatura normal, Antonio era una persona alta, morena, me supongo que lo mismo que estaba yo visitándolo, estaban tomando unas cervezas, si tenía Vagon R verde, no, creo que no tocamos el tema, el si me dijo que si de pronto había una parrilla el me invitaba, no para nada, yo me retiro primero, en mi carro, un Neón, año 2000, no tengo ni idea, me imagino que 18 a 20 millones, en menos no lo vendía, ese era el valor para mí, en el momento que Omar me dijo que llevara la botella de aguardiente, que estaba con otros muchachos que estaban el día anterior, no porque apenas cruzamos tres palabras mas nada, por supuesto que no, eran como las 4:30 a 5 de la tarde, fui solo con la botella en mi vehículo, estaba el señor Gerardo, A.M. y O.N., Miguel un amigo que habían llevado ellos, no recuerdo creo que fue Omar que me lo presento como otro compañero, si señor, Miguel era un señor mas o menos acuerpado, blanco, robusto, no porque acabo de entrar y me digieron que no volteara a mirar, es vecino de Omar, no con exactitud lo conocí por ser vecino de Omar, el lego después que yo llegue, claro el llego agregarse al compartir, seis personas incluyéndome, estuvimos en uno de los pasillos, y estábamos frente a frente conversábamos todos en una mesa redonda, A.G.M.O.C. y mi persona, imagino que ellos se conocían, habían mas amistad entre Gerardo y Omar, en momento si, así como lo hice yo con Mustafa, hablamos de la familia, de los oficios de cada uno, de la música, de política, de pronto se cayo en un tema de un anillo que tenía Omar que era de oro blanco y que ese oro no tenía ningún valor y que el brillante que tenía era una cosa pequeña, si pero no recuerdo con exactitud, fue un tema muy natural, se llego a ese punto, no le pregunte, fue del otro grupo, de pronto si se llego también al tema de que si el guardaba mas prendas y el aclaro que no tenía mas prendas sino solo el anillo que no tenía mayor valor, si también, no, no señor, exactamente excelente, si se despide Omar de todos, no para nada, el se va solo pero de inmediato lo sigue el señor Gerardo, no me di cuenta, prácticamente fue al mismo tiempo, no si daba una ventana pero no se veía nada para adentro, estaba cerrada, unos 35 a 40 minutos, ellos de inmediato se levantan y se van hacia un lado del pasillo, yo charle con Mustafa de lo que habíamos hecho el sábado, si nos separamos, la cocina tiene una barra y yo estaba allí sirviéndome un trago, Candido quedó en el pasillo, estaban en el cuarto la puerta estaba cerrada, que yo escuchara no, solo se escucho el ruido de la música, el ciudadano Antonio, bueno estaba de espalda, sentí un arma, no se que decir, sentí un objeto de metal en mi cabeza, me digieron que colaborara, me llevan hacia el baño, estaba Mustafa tirado en el piso boca abajo, y Miguel le tenía una rodilla en la espalda, Candido estaba acostado sobre el piso boca abajo, vestido amordazado con las manos atrás, tiro en las piernas, yo estaba sirviéndome el trago, cuando sentí que me agarraron del brazo y me digieron que colaborara que si colaboraba no me iba a pasar nada, eso no lo puedo decir. En este estado el defensor Neptalí planteo una Objeción, no podemos pedir que el juicio se base en subjetivismo, por cuanto el señor ya dio una respuesta muy clara estamos incitando y haciendo una pregunta impertinente. Seguidamente el Fiscal manifiesta que hemos caído en un punto muy interesante par verificar la participación de estas tres personas, se ha presentado la situación que abordo a Candido y a Rafael, para ver si existe la posibilidad que Candido haya sido amarrado por una sola persona, para ver si cuando Candido estaba siendo sometido, Antonio estaba con el o Antonio estaba en el baño, quiero saber si el estaba solo sirviéndose el trago o en ese instante Antonio lo estaba sometiendo, para determinar si hay discrepancia, y así ilustrar al Tribunal acerca de esa situación por lo que considero totalmente pertinente y necesaria para determinar la autoría de los acusados. Acto seguido el Tribunal observa que es conveniente aclarar la forma como ha ocurrido los hechos, la pregunta del fiscal contiene un juicio de valor que debe dar el testigo y insta al fiscal que reformule la pregunta, se declara con lugar la objeción planteada. Y así se decide. Se continúa el interrogatorio, yo estaba en la cocina, yo cambie la música, estaba cerca de la cocina en una sal a de anticipo, primero cambie la música y luego me serví el trago, fui sometido por el señor Antonio, me trasladan hacia el baño, estaba Candido con una rodilla de Miguel sobre su espalda, a mí me estaban colocando de espalda a Candido, escuche el ruido del tirro, en ese momento ya era las manos atrás una los pies, y la boca, primero yo coloco las manos hacia atrás y simultáneamente me están amarrando las manos y me están uniendo los pies, no creo, me van llevando y me tiro al lado del señor Mustafa, si ellos eran los que estaban allí, más nadie, empecé a rezar escuche ruidos, música, que iban y venían hacia el baño, se regresaban, uno le dijo a otro que le metieran un tiro, y el otro le decía que no, no me desmaye dos veces, si sentía esa necesidad, cuando regrese del primer desmayo, no me habían cortado, no porque me encontraba en ese momento me había desmayado dos veces, yo me desmayo por una segunda vez cuando siento que me levantan la cabeza ya tenía lago encima un trapo no se que era y sentí que me pasaron algo, prácticamente fue de una sola mano, me hieren en el cuello, me agarraron mas de vente 20, físicamente todavía, dure aproximadamente bajo tratamiento siquiátrica 5 meses, me digieron que si porque según los médicos milímetros de la yugular, Candido ya estaba conciente, no me a.G., ni ninguno de los tres, por supuesto que no, la mamá, los familiares de Candido, a mi me recogen de una camilla de allí del baño y me sacan hacia la ambulancia, familia de Candido, Omar y vecinos, no estaba allí, no se, me metieron la mano en los bolsillos y me sacaron las llaves del carro, se lo llevaron sin mi voluntad, si tenía Bagonier R verde, si también se lo llevaron, lógicamente que no, kilómetros donde ocurrió el hecho, porque tenía un sistema de seguridad anti atraco, no señor, yo me entere que Omar estaba muerto estando como a las 9 a 10 de la mañana no se hora era porque estaba en hospital cuando un amigo de el me dijo que usted no sabe que lo habían matado, no se nada de que hay sido por ningún paro, fue por esos mismo hechos, si en el cuello, en el mismo lugar donde me habían intentado asesinar a mí, en el cuello, el médico escuche claro cuando dijo que había sido milímetro de yugular que estaba vivo gracias a dios, si, a mi casa se recibió una llamada telefónica que atendió la empleada preguntando por R.C. yo estaba en mi trabajo, la empleada llama a mí mamá y cuando ella agarra el teléfono le dice que me informara que me comunicara con el señor Candido porque si quede vivo ese día de esta si no me iba a salvar y que me pusiera de acuerdo con Candido para que atestiguara de acuerdo a lo que yo iba a decir, Candido me dijo que hablara con el fiscal en el cual nos iba a dar un beneficio que el testimonio ya estaba listo por algo nos llegara a pasar, que íbamos a tener un custodio cuidando nuestra integridad física y la de mi familia, yo tengo entendido que había unas citaciones que defendían a Antonio y Miguel, en ningún momento, el único interés que tengo es que se sepa la verdad de los hechos, por ese momento no se lo merece ni el peor ser humano que exista en esta tierra, mi cartera, mi reloj, mi celular las llaves de l carro, tarjeta de crédito, mi cédula, el reloj era una edición especial cálculo que valía mas que la cartera, es todo”.

En estado siendo las 6:55 P.M. se reanuda la Audiencia.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “17 años, amigos, el domingo si el trago que yole lleve, a él degustaba el aguardiente, no me di cuenta, se fue Omar y Gerardo, no se, si sospechaba, porque se supone que en la conversación uno indaga, y el que hace tiempo tenía conociendo a Omar era Gerardo, si la puerta quedo cerrada, no señor, en ningún momento, exactamente, por supuesto que no, por supuesto que no, estaba con un trapo en la cabeza y no los vi, es todo”.

A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “El día sábado, el señor Antonio el día sábado, si cargaba, no tengo ningún plan, se manipulo de pronto para observarlo, no recuerdo, quien a mi coloco eso la voz era del señor Antonio, porque nunca me soltó del brazo, no estaba en el cuarto, no, yo ya estaba al lado de Candido boca abajo en ese momento, el señor Miguel y el señor Antonio, no señor, cuando vine del primer desmayo, solo estábamos Mustafa y yo, Omar decía ya dejen la broma lo repitió en dos o tres oportunidades, el se dirigía a varias personas, estábamos atados, si eso se llama anti atraco funciona al abrir una puerta estando el carro prendido, es todo”.

En fecha 05 de Noviembre de 2007, es llamado a la sala el ciudadano W.A.N.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.517.134, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto la Inspección Nro 263, localizada al folio 3, Inspección Nro 264, localizada al folio 5, Inspección Nro 332, localizada al folio 66, Acta de Investigación de fecha 17-01-2007, localizada al folio 6, Acta de Investigación de fecha 20-01-2005, localizada al folio 44 y Acta de Inspección Nro 5833, localizada al folio 222 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma la del folio 3, las del folio 5 y 6, las del folio 44, folio 222, si es mi firma, fecha 16-01-2005, me incorporé al grupo de guardia por la brigada contra homicidios en fecha 17-01-2005, a las dos y media de la mañana se recibió un reporte del 171 donde informaban que en sector de Pericos se encontraba el cadáver de una persona de sexo masculino, me trasladé con el funcionario de técnica policial hacia la vía el Mirador vía Pericos, como a las tres de la mañana estaba desolado y ubicamos un vehículo neón de color verde nos causó curiosidad y nos paramos lo revisamos tenía las intermitentes prendidas había sido abandonado , llamamos al 171 y nos informaron que el vehículo estaba involucrado en el hecho, nos trasladamos al sector Altos del Mirador de Pericos, era una vivienda normal de tipo familiar donde se encontraba la comisión de la Policía del Estado Táchira se encontraba resguardando el sitio del hecho, nos indicaron que el interior de la vivienda se encontraba una persona fallecido que había sido trasladada al hospital central, que tres de las personas eran lo que habían cometido el hecho, a la parte interna de la vivienda observamos el área de la sala habían señales de desorden y algunas partes apreciaban manchas de mancha hematica en la parte interna de la sala y nos dirigimos hacia el fondo la vivienda donde estaba la habitación principal, había una cama matrimonial estaba una persona de sexo masculina en posición dorsal sus piernas extendidas, y apreciamos que el cadáver presentaba signos de violencia una bolsa de material sintético, estaba sellada con cinta adhesiva de color amarillo, y encima de una gran cantidad de sustancias hemática, se localizó un rollo de cinta adhesiva, de manera general procedimos a mover el cadáver, y tenía sus brazos atados, se fijó fotográficamente, el cadáver presentaba heridas abiertas a nivel del cuello, seguimos inspeccionando en la sala se encontró otro rollo adhesivo, en esa área estaba ubicada una sala de baño, había gran cantidad de manchas de sustancia hemática y colectamos una toalla impregnada de gran cantidad de de sustancia hemática sobre la poseta del baño había una máquina de afeitar eléctrica, estas evidencias fueron embaladas, nos entrevistamos con una hermana de la persona fallecida que nos dijo que su hermana estaba reunido con C.C. y que estas personas habían sido trasladadas al Hospital Central, retornando a San Cristóbal, nos dirigimos al sitio estacionado, fue trasladado en una unidad al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para ser sometido a inspección de luminol, posteriormente nos trasladamos al Hospital Central, inspeccionamos el cadáver tenía heridas en el cuello, en el hombro derecho, luego nos trasladamos a emergencia del hospital central ingresamos al área de emergencia, con C.G., presentó una herida en el cuello, y manifiesta que el había ido a la casa del señor Omar por que había sido invitado por el, llegó a la casa, y estuvo con el señor Omar, y llegaron tres amigos del señor, se tomaron unos tragos de cervezas desde horas de la tarde, hasta horas de la noche, que a eso de las 12 y 30 el señor Omar estaba un poco ebrio y se fue al área del cuarto, y en ese momento se quedó hablando con R.C. y en un instante que se levantó conversando con Rafael fue sometido por los tres amigos del señor Omar, pero el refiere que conoció ese día a Antonio, que esta era la persona que lo había sometido en la casa, con arma de fuego, una vez sometido fue llevado a la sala del baño, lo tiraron al piso y lo aseguraron con la cinta adhesiva siempre amenazado con el arma de fuego, entra la otra persona una de los tres sometiendo a R.C. lo sometieron con cinta adhesiva, el señor Candido refiere que sometidos en el baño, el refiere que es Antonio el que lo somete la otra persona se dirige a la habitación Omar que refiere que es de piel blanca, decían que se quedaran tranquilos, luego sometidos el percibe que le están causando daños a Rafael, y es cuando él es víctima de una agresión en el cuello, todo eso fue plasmado en el acta, luego nos dirigimos donde estaba R.C. que estaba en un estado mas critico y no pudimos entrevistarnos con él, eso fue el mismo del hecho, al día siguiente, el 18, hacía referencia que él trabajaba en la localidad de S.A., y aporta información del sitio donde puede ser ubicada esta persona, posteriormente una comisión se trasladó a S.A., y se logró ubicar el sitio donde trabajaba una de los presuntos participes del hecho estaba en una venta de hamburguesas, se logró establecer que la persona que trabajaba en la venta de hamburguesa frecuentaba con esa persona que se hacía llamar Antonio, y con un policía, y que conocía a uno de los presuntos actuantes en el hecho, esta persona nos informa donde podían ser ubicadas estas personas, se hizo el trámite para obtener orden de visita domiciliaria, en fecha 20-01-2005, se practicaron los tres allanamientos de las tres presuntas personas que practicaron el hecho, colectamos vestimenta, documentos, y se logró la identificación de ellos, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “no había visitado a esa vivienda antes, el sector es tomando la vía hacia Pericos en la vía principal estaba el vehículo trailer color verde sin placas, estaba cerrado pero tenía las luces intermitente y no tenía llaves el vehículo, luego nos estacionamos por que nos pareció extraño, y verificamos que el vehículo estaba en condiciones de abandono, y nos informan que el mismo es propiedad de una de las víctimas y de ahí nos trasladamos al lugar de los hechos, desde donde estaba el vehículo a la vivienda era 5 kilómetros, se llega a la casa por una regresiva, hay un portón es una vivienda de tipo campestre, está la entrada principal se ve la cocina al fondo, se observaron botellas de cervezas y había una botella de ron, vasos plásticos, fui primero a la habitación principal, allí había una habitación dormitorio habían otros enseres, había un baño también y arriba de la casa estaba el cadáver en posición dorsal, boca arriba, con respecto a la cama estaba a lo largo, como duerme una persona y con sus piernas completamente extendidas y las extremidades debajo del cuerpo, y la cabeza cubierta con una bolsa negra, si se observaron signos de violencia el tendido de la cama no estaba se observaba desorden, había una peinadora, la habitación en general tenía signos de desorden, tenía heridas abiertas en el cuello, y una herida en el hombro derecho, las heridas eran bastantes profundas ya la persona estaba sin signos vitales se fijó fotográficamente el sitio, sin hacer ningún tipo de alteración en el sitio, buscamos evidencias en el sitio, e igualmente fueron fijadas colectadas y embaladas, los brazos los tenía atados con cinta adhesiva localizamos dos rollos de cinta adhesiva, uno en el cuarto y otro en el área de la sala, la señora hermana de la persona fallecida nos facilitó la identificación se llamaba O.N., que tenía un restauran y vivía solo, en el baño había gran cantidad de sustancia hemática en el piso, una franela sobre el piso y en la poseta estaba una máquina de afeitar eléctrica, tenía bastante adherencia de sustancia hemática, al día siguiente se colectaron unos zapatos en la vivienda que eran de unas de las víctimas, en la sala había una botella de ron esa botella fue colectada igualmente estaba vacía, habían botellas de cervezas, cuando llegamos la camioneta de la víctima no estaba, tres personas se llevaron dos vehículos, el neón era del R.C., entrevistamos a Candido en el Hospital, nos indicó que a él le habían quitado un dinero, es todo”. Seguidamente el Juez señala que el testigo F.U. por instrucciones del médico debe retirarse de la sede del Tribunal al igual que si esposa.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “las tres personas tenían heridas en el cuello, las dos personas heridas indicaron que fueron heridas con la máquina, estas dos personas si fueron lesionados con la máquina de afeitar, podría ser que se hayan ocasionado las heridas con la misma arma por que no encontramos otra arma, a parte de esas personas nunca estuvo mas nadie, Candido refiere que estuvo ausente como a las cinco y media de la tarde pero todos permanecieron ahí, cuando es entrevistado Cándido nos refiere que conocía de vista a uno de los tres que era de piel blanca, catire por que había ido con la víctima donde residía en S.A. en la venta de hamburguesas a las otras dos personas no las conocía pero a uno de ellos se llamaba Antonio pero se hacía llamar Toño, se entrevistó con las personas que laboran en la venta de hamburguesas y nos aportan el nombre de G.V. que frecuentaba con Cánchica y un funcionario de la Policía, y que habían sido vistos en la tarde, como M.Á.S. era el nombre del funcionario de la Policía, nos dijeron que no sabían donde estaba Gerardo y que no estaba trabajando, cuando se allanan las residencias ninguno estaba en la casa, hablamos con el papá de A.C. y dice que su hijo le había dicho que había tenido un problema que había ido con Gerardo y con M.Á. en una casa, igualmente con M.Á.S. las personas presentes en la casa dijeron que tenían tres días que nos lo veían, el señor Candido nos dice que Gerardo se fue al cuarto con la víctima, los tres actuaron, dice que lo sometían se trasladaban a la habitación regresaban y los amenazaban con el arma, ellos referían que estaban allá en la habitación, el cadáver era de piel blanca, calvo ojos pequeños, la bolsa en la cabeza fue asegurada tuvieron que haberlo volteado difícilmente una sola persona lo puede hacer en contra de la voluntad de la misma víctima, la víctima fue despojada de la cartera y un reloj, pero ellos tampoco tenían conocimiento que pertenencias tenía la víctima en la casa, no conocía a los presuntos partícipes del hecho, he dicho las cosas tal cual como ocurrieron, sin ningún interés, la camioneta de la víctima se localizó en el sector del Palmar de la cope Viejo el 21 de enero, se le hizo la inspección a la camioneta Chevrolet color verde con plateado, esa camioneta tenía un vidrio trasero fracturado, en uno de los vidrios había una frase escrita con el dedo, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “no tengo relación de parentesco con O.N., encontramos algunos documentos de identidad de M.Á., y de los otros recolectamos la ropa, y la mamá de J.A.C. nos hizo entrega de la ropa, no se encontró sangre, en la ropa de M.Á.S. no encontramos sangre, al segundo día no estuve en el sitio, es todo”.

A preguntas del Juez Contestó: " mas que todo en el colchón encontramos sangre ahí estaba la cantidad mas grande, es todo”.

Ingresa a la sala G.F.M.D., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4465907, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto lo siguiente: folio 154, experticia 219 al folio 211 experticia 295, al folio 159 experticia Nro 225, al folio 214 experticia Nro 256 de la presente causa. Seguidamente expuso:”ratifico el contenido y la firma de lo que se me ha puesto de manifiesto, en la primera experticia se practicó una activación especial a un vehículo automotor se determinó que no se visualizaron rastros dactilares en este vehículo automotor, la segunda experticia de activación fue practicada a un vehículo marca Chevrolet, no se logró visualizar rastros dactilares, en la tercera experticia se practicó un reconocimiento legal observándose manchas de color pardo rojizo, de presunta naturaleza hemática, un cuaderno marca caribe e igualmente se determina manchas de color pardo rojizo, y tenemos un reconocimiento legal a un carnet el cual está a nombre de G.V. y un documento expedido por la Federación Médica Venezolana a nombre de G.V. y una fotografía a color alusiva a una persona de sexo masculino, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “la cinta adhesiva tenía un segmento enrollado entre si presentaba mancha de color pardo rojizo, esta cinta ya había sido utilizada, es todo”.

La Defensa no formuló preguntas.

El Tribunal no formuló preguntas.

Acto seguido es llamado a la sala la ciudadana PABÓN DE N.C.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.140.338, oficios del hogar residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso: “no tengo nada que decir, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “si fue a declarar en la ptj, me citaron por un hecho de un homicidio, era la primera vez que iba, me citaron por que yo trabajaba con Gerardo y fueron a buscarme por unos guantes, yo trabajaba en una hamburguesería por la calle 14, para esa fecha tenía como un año, las hamburguesas las hacía T.C., él es alto, ni muy gordo ni muy flaco, Toño no sé donde está, yo sabía que estaba detenido, que está detenido, para ese momento si conocía a G.V. él empezó la hamburguesería conmigo, Gerardo trabajó conmigo duró año y medio después se retiró es blanco, alto, delgado ni muy delgado, no sé donde está el, Antonio tenía como ocho días de haber trabajado en la hamburguesería, de vista conozco a M.Á.S.A., no sé si M.Á. era amigo de Toño y de Gerardo, la Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas fue a preguntarse y les dije que era para hacer los perros calientes les dije que me los habían mandado a pedir que Gerardo me había mandado a pedir para que se los regalara Glenda la novia de T.C. que se los llevara yo misma, Toño no me habló de guantes Glenda me dijo que Gerardo me los había mandado a pedir, ella no quiso llevárselos yo se los llevé a la puerta de la casa Gerardo ya no era empleado allí, esos guantes se usan en la hamburguesería, Glenda me pidió el favor, eso fue un domingo ese día ellos pasaron por ahí Gerardo, Toño y el otro muchacho, no se, yo los vi de pasadita, yo los vi pero así, si los vi a los tres, ese día estaban los tres, no sé para donde i.e. mas o menos las dos de la tarde, ya le había entregado los guantes a Gerardo, él estuvo en la hamburguesería, al frente, no me di cuenta con quien llegó, en ese momento los otros dos estaban en la esquina como a tres pasos, yo lo conocía como el tombo, tombo le dicen a los Policías, Gerardo, Toño y el tombo estaban a tres pasos, ahí estaban, le di los guantes a Gerardo cuando ellos estaban ahí, hasta salir al portón de la hamburguesería, tenía que salir, no sé cuantos les di, los saqué así no sé si era uno o dos, Gerardo no me dijo para qué eran los guantes, Gerardo se despidió de mi y se fue, no me di cuenta de las otras dos personas que lo acompañaban, y me entré rápido, no los volví a ver más, a Gerardo lo veía todos los días por que trabajaba conmigo él se retiró del trabajo y entró Toño y duró como ocho días, el fue ese día en la mañana a trabajar, al otro día no fue a trabajar al día siguiente no fue a trabajar, no lo volví a ver, a Gerardo no lo volví a ver, según por lo que ellos hicieron que por un asesinato no se porque se fueron del Pueblo, Gerardo no me había dicho que le regalara guantes, no sé por qué Antonio no fue a buscar los guantes, los guantes eran míos personales, yo era la única que usaba los guantes ahí, a Gerardo lo conocía desde que había empezado conmigo, a él de vez en cuando iba a comer hamburguesa, no llegué a ver al tombo uniformado yo si sabía que él era policía, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “los guantes me los pidió la novia de Toño que se llama Glenda, me dijo Glenda vieja Gerardo le manda a decir que si le puede llevar los guantes, no dijo que los pedía Toño, el dueño de la hamburguesería es M.D., soy casada, no he ido a visitar a ningún detenido en el Centro Penitenciario de Occidente, los guantes estaban limpios, esa tarde vi a Gerardo con J.A. y M.Á. como a donde está el señor, M.Á. y J.A. no hablaron conmigo, no me dijo Glenda para qué eran esos guantes, es todo”.

A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “el domingo empezamos a trabajar a las 5 de la mañana, Glenda me dijo que el señor Gerardo me había mandado a pedir unos guantes, Glenda trabajaba en el negocio ella, Glenda era novia de Toño, vi a Gerardo con Toño y M.Á. como a las dos de la tarde, estaban ellos los tres, Glenda trabajaba conmigo ella podía entrar al negocio, los guantes los tenía en la cocina, la distancia de Toño a Gerardo es de cuadra y media, le dije agarre los guantes y se los lleva ella me dijo llévelos usted, y se los di en la puerta de la casa de mi trabajo, él los echó en el bolsillo, es todo”.

A preguntas del Juez Contestó: “no he sido amenazada, no sé decir como llegó Toño a trabajar a la hamburguesería, lo conocí como una persona normal, es todo”.

Ingresa a la sala R.L.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5684308, funcionaria del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en la parte Alta de la Ciudad, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto las experticias Nros 0226, al folio 160, Nro 0253, al folio 162, y 0255 al folio 167 de la presente causa. Seguidamente expuso:”reconozco el contenido y la firma, el primer informe la solicitud la realiza la brigada contra homicidio a una toalla de color azul, de igual manera se encontraba impregnad de sustancia de color pardo rojizo la segunda pieza camisa de marca cheviñón, la misma presenta dos soluciones de continuidad, presentaba adherencia de suciedad y de manchas de color pardo rojizo, nos arrojó un resultado positivo para sustancia hemática y dio positivo para sustancia hemática, la sustancia de color pardo rojizo en la toalla y la camisa corresponde al grupo sanguíneo A, es el primer informe, la segunda solicitud fue realizada por la brigada contra homicidio, con el reactivo de luminol a un par de botas deportivas de material sintético en color azul y rojo, se le hace el reconocimiento legal presenta adherencias de suciedad y manchas de color amarillentos, la segundo pieza un par de botas de marca max, se le hace su reconocimiento y presenta adherencias de suciedad y un accesorios denominados gorras, colores blanco y color azul, presentando en su parte posterior un sistema de ajuste y se deja constancia en el estado en que se encuentra presentando adherencias de suciedad, resultó negativo para la orientación y con luminol dio negativo, las referidas videncias no existe material de naturaleza hemática, el tercer informe corresponde a reconocimiento legal a par de zapatos de tipo mocasín, numero grande 42, de color marrón claro, presenta adherencias de suciedad presenta costras de color pardo rojizo, y varios segmentos de cinta adhesiva, de color beige, se le realizaron los análisis de orientación y certeza determinando que presenta naturaleza hemática, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “la primera experticia es una pieza de lencería y una camisa, una toalla grande de color azul, la toalla era de color azul, se encontraron impregnadas sustancias de color pardo rojizo es decir sangre, se deja constancia al análisis de orientación el análisis de certera y el grupo sanguíneo A, una camisa marca cheviñon color beige de la cual se dejó constancia que presentaba dos soluciones de continuidad, eso es cuando se pierde la continuidad por un descosido presenta bordes limpios y se presume que es un corte que se realiza en la morgue para despojar la prenda al frente de la camisa tenía dos soluciones de continuidad, los botones estaban en su posición original, esos cortes no se determinó con que instrumento se realizaron, fue con un instrumento cortante, ya que no fue desgarrado, esa camisa presentaba manchas de sangre, se dejó constancia de las características y estaba impregnada, la segunda experticia está relacionada con luminol a dos pares de zapatos deportivos y a unas botas o sea a cuatro zapatos, no sé donde venían, el resultado fue negativo, es una prueba para determinar presencia de sangre, en el primer par de botas presenta adherencias de suciedad y manchas de color amarillento, se le hizo un examen de orientación que es el método de ortotodilina, que arrojó resultado negativo, en el informe se dejó constancia de que los cuatros zapatos presentan adherencias de suciedad, la experticia de luminol es un método de orientación cuando se presume cuando sobre una superficie haya existido material de naturaleza hemática, de haber tenido una gótica de sangre se observa, la tercera experticia, se trata de una cinta de color beige normalmente utilizada para embalar, se encontró enrollada sobre si y no se le tomó medida, tenía varios segmentos de cinta adhesiva, tenían varios extremos, tenía signos de uso y presentó costas de color pardo rojizo, los zapatos son grande de cuero color marrón presenta adherencia de suciedad y manchas de color pardo rojizo, desconocemos cual es el caso, si llevan estas evidencias por separado que fueron colectados en diferentes sitios, y puede ser en el mismo sitio y en diferentes momentos, no conocía a la persona involucrada en este hecho ni a la víctima, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “estas experticias las solicitan los funcionarios de la brigada contra homicidio, al laboratorio cuando va la brigada lleva evidencias y su pedimento”. El Fiscal solicita que el defensor deje contestar a la testigo. El Juez insta al defensor a que haga la pregunta concreta.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “la experticia es del año 2005, no recuerdo si alguien me sugirió eso, no hubo rastros de sangre, en la gorra deportiva no había rastros de sangre, la prueba de luminol se utiliza cuando se presume que existió naturaliza hemática, no hubo muestras de sangre, es todo”.

A preguntas del Escabino Huerta W.C.: "las prendas son suministradas al laboratorio por funcionarios de la brigada contra homicidio, trabajamos las evidencias de donde vienen y el número de expediente y desconocemos a quien pertenece, es todo”.

A preguntas del Juez Contestó: "la prueba de luminol es orientación depende de la intensidad de olor y el tiempo, puede ser que la mancha o la sustancia hay sido muy exigua, es todo”.

Ingresa a la sala G.T.Y.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.832.593, costurera, residenciada en S.A., soy la mamá de los niños de Gerardo, fui concubina de Gerardo, pero no tengo relación de concubinato con el. Seguidamente expuso: “no tengo nada que decir, Gerardo es una buena persona, no tenía problemas con nadie, no era una persona agresiva, conocía a Omar era amigo de nosotros era muy buena persona, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “viví con Gerardo cinco años, de los hechos para acá tenía cuatro años y medio, empezamos a vivir juntos en el 99 en S.A., en la carrera ocho, en mi apartamento vivía Gerardo y yo, Gerardo trabajaba en un perrocalientero, el propietario era M.S., para el día de los hechos ya no trabajaba ahí, Gerardo se retiró por que no le pagaban bien, J.A.C. y M.Á.S. los conocí de vista conocía a la hermana de J.A., yo trabajé ahí hasta que quedé embarazada, ahí para ese entonces trabajaban cinco personas, se utilizaban gorras, Gerardo trabajaba en cocina y la señora C.P., hasta que trabajé no utilizaban guantes plásticos, si iba al local pero no tenía acceso como antes, tuve conocimiento de que si utilizaban guantes, me imagino que los guantes los utilizaban los cocineros, Gerardo era cocinero, el día de los hechos ese domingo estaba haciendo almuerzo el me dijo que iba a pepsiburguer y regresó en la madrugada, como a las dos tres de la mañana, mi casa no tiene garaje, Gerardo no tenía carro, sé que se paró como un carro, es que siempre pasan carros, ese día no me levante, él me dijo en la tarde que iba a pepsiburguer, no me comentó si se iba a encontrar con J.A. y M.Á. ellos se conocían pero eran conocidos, ellos no acostumbraban a salir, no salían, ese día sábado no recuerdo que hizo Gerardo, Omar era amigo de nosotros, tenía el restauran en Capacho, Gerardo si me decía lo que hacía, lo único que no me dijo fue lo que ocurrió ese día, si Omar tenía tendencia homosexual, el tiempo de Gerardo era muy limitado, no creo que haya estado el sábado en el restauran, no creo que haya estado allá, no me acuerdo donde estuvo Gerardo el sábado en la tarde, él me dijo que iba a pepsi burguer, Gerardo podía entrar por que iba a hablar con el dueño, el se fue en la tarde a la hamburguesería ese día hizo almuerzo y no comió, yo comí mi hijo, ese día por que no me avisó que iba a llegar tarde, ese día era la primera vez que se ausentaba, me acosté como a las doce de la noche, me desperté cuando él llegó no me dijo donde se encontraba, a esa hora no pedí detalles, al otro día salí temprano, ese día estaba de mal humor por que había llegado tarde, el no estaba trabajando, al otro día salió y se fue, no me dirigió la palabra, llegó a las tres y salió a las siete, después de ir a la venta de hamburguesas no regresó en la tarde, en la madrugada llega Gerardo se echó un baño y se acostó, por que sudaba mucho, el bebé dormía conmigo, no me pregunté para donde andaba, iba a hablar con él al otro día, no me dijo donde estaba esa noche, me pareció extraño y sabía que había algo raro y sabía que tenía que hablar con él, de ese problema no se que pasó ese día me entere del problema por la hermana de uno de ellos, que fue a la casa y me dijo, a Gerardo lo vi raro salió como nervioso cuando salió el día lunes estaba nervioso como desubicado, el comportamiento de él era natural y estaba nervioso, lo vi caminando como intranquilo, como si algo le preocupara, no le pregunté qué le pasaba, esa mañana no se donde se fue, regresó rápido y después se volvió a ir en la tarde, no sé qué hizo en la casa, salió y se fue, me imaginé que iba al mercado, esa noche si llegó, le pregunté qué le pasaba y me dijo que nada, de la muerte de Omar me enteré el martes, me había mentido Gerardo, el martes salió como a las seis de la mañana, ellos descargaban camiones, me dijo que iba a Cúcuta, se iba por decir hoy y llegaba en la madrugada, me volvió a mentir, solo me dijo que iba a Cúcuta, no regresó hasta que lo detuvieron, no sé quien lo detuvo, lo detuvieron en la casa de la mamá en Capacho, a Omar siempre lo íbamos a visitar, lo conocí por medio de Gerardo, Gerardo y Omar comían casi todos los días en el restauran, nosotros vivíamos en Capacho, nos mudamos de Capacho a Santana después que nació el niño mayor, y continuamos la amistad con Omar, Gerardo subía a visitar al papá y comía en el restauran, de haber estado en la casa de O.G. me hubiera dicho, no sé si el sábado Gerardo estaba en la casa de Omar, Gerardo ese domingo no me dijo que iba a la casa de Omar, no me dijo por que me imagino que no tenía planeado ir, de mi casa a la hamburguesería es a dos cuadras, no se por qué Gerardo llevó a M.Á. y J.A., no sabía yo a qué iban, no sé qué vehículo utilizaron de regreso, Omar tenía una Vagner, no vi a Gerardo manejando ese vehículo, Gerardo no portaba armas, esa noche Gerardo cargaba pantalón caqui, tenía un solo par de zapatos, esa ropa se la llevó entre la ropa que se la iba a poner a pesar de habérsela puesto el domingo, vi esa ropa en la mañana cuando la quité del gancho, y él se la lleva en la tarde, esa ropa se la lleva el día martes, la ptj allana la casa el día miércoles y había una franela y un mono no habían zapatos, no tengo conocimiento que haya deuda pendiente entre Gerardo y Omar, no sospeché que entre ellos hubiese algún tipo de relación, el no hubiese hecho eso, no se si me lo hubiera dicho, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “he visitado a Gerardo tres veces, no conviví mas con él como pareja, es todo”.

A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “a Omar lo conocí en el 2001, no supe si hubo problemas entre Omar y Gerardo, la ptj se llevo un par de botas pero el no las usaba, se llevaron fotografías, no recibí llamadas ni amenazas, es todo”.

El Tribunal no formuló preguntas.

En fecha 16 de Noviembre de 2007, es llamado a la sala el ciudadano F.R.J.P., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-9.247.979, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Peritaje Nro 081, localizado al folio 24 y el Peritaje Nro 089, localizado al folio 72 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, se trata de de dos experticias a dos vehículos que estaban retenidos en una averiguación, sus seriales son originales, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “un vehículo era un neón verde 2002, y el otro una Chevrolet Bagonier consistía la experticia en determinar en cuanto a los seriales que estén originales los seriales, son originales y no han sido alterados, la practiqué con L.S., es determinar que los seriales sean originales de ensambladora, es todo”.

Los Defensores no formularon preguntas.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Ingresa a la sala S.L.O., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.231 .537, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Peritaje Nro 081, localizado al folio 24 y el Peritaje Nro 089, localizado al folio 72 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, se trata de dos vehículos siendo el primero un vehículo clase automóvil modelo neón, con las características que allí aparecen se realizo el sistema de identificación de serial constatando los mismos de un sistema original, no portaba placa, y el segundo era de marca Chevrolet, se realizó experticia al sistema de identificación corroborando que los mismos se encuentran en su estado original, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “se practicó en la sede de la sub. Delegación San Cristóbal, el conocimiento que tengo es que esas experticias me las solicitó la brigada de homicidio, no tengo conocimiento de ese homicidio, es todo”.

Los Defensores no formularon preguntas.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Ingresa a la sala J.C.G.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.817.866, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto la Inspección Nro 332, localizada al fo6o 66 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, fui comisionado por el área de técnica policial a practicar experticia a un vehículo, se practicó y era una vago de xor azii, no recuerdo las placas ni características, es todo”. A preguntas del Ministerio Público, contesto: “consistió en dejar constancia de las condiciones en que fue recuperado el vehículo, la practiqué en la parte interna del estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas se practicó en búsqueda de evidencias, en la parte posterior decía “Lo maté”, no logré recabar evidencias de interés Criminalístico”.

Los Defensores no formularon preguntas.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Ingresa a la sala GAITÁN GUADA G.G., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 06-07-87, titular de la cédula de identidad Nro V-1 8.391.732, residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, expuso “ratifico el contenido y la firma, me llevaron a entrevista a ptj me preguntaron lo de los guantes el señor Gerardo me pidió los guantes le deje a la señora Carmen que le llevara los guantes a Gerardo, yo le lavé sus botas, ese día no estuve presente en ese hecho, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “vivo en S.A., si veía a M.Á. y sabía que era policía, Antonio es mi novio, le dice Toño, a Gerardo lo conozco por que trabajaba en la misma hamburguesería, eso fue hace tres años, estaba Gerardo, la señora Carmen, María, el hijo de la señora Carmen no recuerdo el nombre y yo, Antonio trabajó ahí para ese momento Gerardo no trabajaba ahí, no recuerdo si Gerardo trabajaba ahí, lo de los guantes era día domingo no recuerdo qué horas eran, yo empezaba a trabajar a las seis de la mañana, no recuerdo la hora, Gerardo acostumbraba a llegar al negocio normal, llevaba carne pollo, ese día me dijo dígale a la vieja que me alcance un par de guantes, el llegó hasta el portón del negocio, la señora Carmen se los llevó a él, le dije de le un par de guantes Gerardo, no me había pedido guantes, no él no me había preguntado a mi, Gerardo llegó solo, cuando se despidió de mi Antonio si lo vi, me despedí de Antonio en la tardecita y no me dijo para donde iba, no me acuerdo la hora, Antonio no me dijo para donde iba, no me dijo que iba con Antonio para alguna parte, Antonio vivía en S.A., esa noche no lo vi, al otro día lo vi en la mañana yo estaba acostada en mi cama eran como las diez de la mañana estaba acostada pero no estaba dormida si me había levantada, ya me había levantada al momento que él llega estaba acostada viendo televisión, si rendí declaración en la PTJ, si fui entrevistada en la PTJ, Antonio me dijo te amo mi amor, vi vida, besitos, besitos, me entregó unas botas las llevaba en la mano, yo le lavaba la ropa, muy pocas veces, yo lavé esas botas, no le vi sangre a las botas, las botas las lavé con agua y jabón, no utilicé cepillo sino esponja, la PTJ hizo un allanamiento y se llevó todo ese día, no leí la declaración, no acostumbro firmar sin leer, el lunes estuvimos juntos, si yo era la novia de él, Antonio se fue a costar a dormir a su casa, el martes en la noche se despidió, al día siguiente fui a clases y no lo vi, nos veíamos cada vez que podíamos, si peleábamos durábamos un mes sin vemos, después lo volví a ver cuando se pudo a derecho, por algo se puso a derecho, no sé si le llegó alguna citación no vivo en la casa de él, el domingo en la noche no lo vi, O.A.N. no lo conozco, si tuve conocimiento del homicidio de que hubo un muerto, no conocí a la persona fallecida, a los tres nunca no los había visto, conocí a dos de ellos, por que los llamaban en voz alta, y los conocí por periódico, y a la persona fallecida por periódico, yo trabajaba sábado y domingo, Gerardo no eran amigos íntimos de pronto se saludaban que yo sepa no salían, no sé si tuviera alguna tendencia homosexual, y Antonio no tenía tendencia homosexual”.

El Abogado J.T.S. señala que solicita al Juez Presidente y a los Jueces Mixto que se dimensione el Juicio como se debe dimensionar, que este Juicio peticiona el derecho Constitucional, que preguntó en la oportunidad si era una objeción y señala lo referente al 356 del Código Orgánico Procesal Penal, indica que fue abordado por el Ciudadano Fiscal al momento del interrogatorio, señalando que se le está obstaculización en su interrogatorio, solicitando que se le permita interrogar y que sea el Tribunal el que modere el interrogatorio, así mismo, considera que de lo contrario se debe agotar a través de las instituciones vigentes, no existiendo otro manera de interrumpir el interrogatorio, y que se le respete al momento en que se está interrogando, y que si no se le estaría obstaculizando su libre ejercicio.”El Tribunal señala que las reclamaciones a cualquiera de los participantes de este proceso, y que deben dirigirse al Tribunal al realizar su solicitud.

A preguntas del Abg. J.T.S.C.: “Gerardo dijo por favor dígale a la vieja Carmen que me alcance un par de guantes, él llegó solo a la puerta del negocio, es todo”. A preguntas del Abg. D.S.C.: “tengo 20 años de edad, para el 17 de enero de 2005 tenía 17 años, trabajaba en pepsi burguer, Gerardo dijo dígale a la vieja Carmen que me alcance unos guantes, no sé que horas era, no me acuerdo, tengo relación con J.A., después del hecho la última vez que lo vi fue el martes, si supe que paso, que había un problema pero no sabía por que, me llegó una citación no recuerdo qué decía, y fui a la ptj a declarar, llegué y me preguntaron de las botas y de los guantes, si lavé las botas, sucias sucias no estaban, eran blancas, si estaban sucias pero no tanto, eso fue hace tres años, las botas no recuerdo si estaban húmedas, no vi cuando a Gerardo le entregaron los guantes por que yo estaba en la cocina, le pedí los guantes a la señora Carmen y ella se las entregó, es todo”.

A preguntas del Abg. D.C.C.: “me preguntan sobre los guantes, cuando manifiesto que Gerardo me pidió los guantes no sé para qué me los pidió, él llegaba a pedir jamón, queso, pollo gratis, es todo”. El Fiscal solicita al Tribunal que por los eventos que han surgido de la declaración de la testigo solicita que se deje constancia de su fecha de nacimiento. Seguidamente por secretaría se dejó constancia de que la fecha de nacimiento de la testigo es 06-07-87.

A preguntas del Juez Contestó: “Antonio si conocía a Gerardo de vista, Antonio era sobrino del dueño del negocio, el dueño del negocio es Marco”.

Ingresa a la sala CANCHICA M.M.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.997.183, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados soy el padre de J.M.C.S.. En ese estado, expuso “si deseo declarar, el día martes 18 de enero, del 2005, hablé con mi hijo en la esquina de mi casa, él me comento que G.V. lo había metido en un problema junto con M.Á.S., me comentó que Gerardo se había metido en la habitación de un señor y lo había matado con un cuchillo, después vi en la prensa de la muerte de un señor, quiero aclarar de que yo hable con Gerardo en Cúcuta, estuve por la parte de S.A., él estuvo allá donde un familiar, quiero decir que cuando hablé con él en Cúcuta el me comento que si había matado al señor Omar, con un cuchillo de cortar pan, me lo dijo delante de mi esposa y de la esposa del señor Santana, y al final se nos desapareció, que lo agarraron el año pasado mi hijo estaba preocupado en presentarse fue cuando yo busqué al doctor Tíbulo Sánchez, Gerardo nunca se quiso presentar”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “vivo en S.A., carrera 14, tengo cuatro hijos, para esa época J.A. estaba estudiando, para esa época vivía en la misma residencia, la comunicación era normal, él me decía papá voy para tal parte, él trabajó una vez en la cuestión de una venta de hamburguesas, la novia de él se llama G.G., Glendys visitaba mi casa, y él la de ella, es la novia de él, en mi casa lava la ropa mi esposa, también la ropa la lavaba mi esposa, él usaba botas blancas, él tuvo guayos y los usaba solo para jugar, en una ocasión la novia le lavaba las botas, me entero del problema el martes 18 a las cuatro y media de la tarde, él dijo que iba para la bomba del circuito, era domingo 16, me lo dijo como a las 11 de la mañana, él salió como a las once y media de la casa esa fue la última vez que lo vi, cuando lo veía era con la novia y con los amigos y amistades raras, por que llegar y meterse en un problema son amistades raras, a Gerardo lo conocía por que él trabajó en la venta de hamburguesas y M.Á. era policía en Santana, no los llegué a ver juntos, ese día mas o menos no me di cuenta de la hora de llegada, mas a menos de diez a diez y media de la noche, no tenía hijo, no me dijo donde estaba. él nunca legaba tarde, ese día si me preocupé y me imaginé que estaba donde la novia, el día lunes no lo vi porque ese día, no me di cuenta si ya había llegado, si tenía llaves de la casa, llegué de trabajar de nueve a nueve y media de la noche, hablé con él el día martes a las cuatro de la tarde, me acosté y él no había llegado, el día martes me llamó y que Gerardo había matad a un señor, ese martes no trabajé por que tenía a mi mamá en la clínica, él me comento de que Gerardo lo había invitado a una casa en el sector de Pericos, y que se encerró a un señor y lo mato y que había cortado a dos mas, me dijo que era el dueño de la casa, que lo había matado de cortar pan, me dijo que J.A. hablaron el día lunes y que él mismo los había cortado, J.A. me dijo que Gerardo había matado al señor ese y que había cortado a otros mas, que el mismo Gerardo fue el que les dijo a ellos, en ningún momento me manifestó que Gerardo los había obligado a nada, no me di cuenta en qué momento llego mi hijo, cuando el me dijo yo me vine a San Cristóbal, cuando llegué J.A. no estaba en la casa pasé por tropi burguer él me comentó y me dio del problema no se donde estaba J.A., me comuniqué con él como a los 15 días, cuando hablé con él en Cúcuta quedamos en que se iba a presentar y nunca se presentó no compareció, ahí si nos preocupé donde estaba por que él siempre me decía después si me dijo que estaba en una Finca estaba esperando para su debida presentación, mi casa si fue allanada, la única prenda que se llevaron fue una franela una camisa un pantalón y unas botas se llevaron un solo par, y los otros los tenía donde la novia me imagino que tendría allá unos dos pares, ese domingo no lo detallé con qué botas andaba, si era posible que las botas que se llevaron al allanamiento eran las mismas que llevaba ese domingo, no le puedo asegurar, no conocía a la persona que falleció, en Capacho tuve la oportunidad de verlo, por que estábamos buscando a Gerardo por que necesitaba que también se presentara J.A., no tengo conocimiento si mi hijo había visitado la casa donde ocurrieron los hechos, no me dijo que Gerardo lo obligara a hacer algo que él no quisiera, es todo”.

A preguntas del Abg. J.T.S.C.: “eso fue mas o menos aproximadamente como tres o cuatro meses después de esto, lo ubique a las diez y media once de la mañana, él era muy diferente cuando trabaja en la hamburguesería tenía su corte normal y lente, y cuando lo vi en Cúcuta tenía un candado y un corte tipo hongo trabajaba en un taller de vehículos automotores, mi esposa se llama W.d.C.U., conversé con nos saludamos y le hice el comentario y me dijo que él había matado al señor ese no me dijo el motivo y me dijo que había cortado a los otros con el mismo cuchillo yo le dije que si estaba dispuesto a hacerse un examen de sida, me dijo mis hijos no por que eso paso fue después, eso lo escucho mi esposa y la señora Alis, me dijo que había tratado de entregarse en la Aduana pero nunca lo hizo, es todo”.

A preguntas del Abg. D.S.C.: “mi hijo no tenía problemas de conducta no tendencia homosexual no tenia armas de fuego, encontré a Gerardo en Cúcuta, le dije que paso y me dijo que estaba preocupado quiero arreglar este problema que había perdido su mujer y sus hijos, me dijo que había matado al señor con un cuchillo me dijo que él mismo lo había matado, lo dijo delante de mi esposa y de A.M., lo que hablamos con él que se presentara, la abogada era M.M.e. hablaba de una medida cautelar y ni lo presentó, me dijo que Gerardo los había metido en un problema y que los mato con un cuchillo, que el mismo Gerardo se los manifestó a ellos, no sé que han dicho las víctimas, no se nada, económicos si por que hay que gastar plata y social no, familiar ninguno, lo he hecho para ayudarlo todo el tiempo, es todo”.

En fecha 20 de Noviembre de 2007, es llamado a la sala el ciudadano CADENA CONTRERAS J.G., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.814.526, funcionario adscrito a la Policía del Estado Táchira, residenciado en el Piñal, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Acta Policial, de fecha 21-01-2007, localizada al folio 73 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, me encontraba de patrulla el día 1 de enero de 2005, como a la una de la madrugada salí de patrullaje nos trasladamos al Palmar de la cope a hacer un recorrido, como a 200 o 300 metros de la casilla policial visualizamos una camionetica, reportamos al Comando donde informaron que la camioneta estaba solicitada de ahí la ptj se la llevo, yo andaba con mi compañero Yiminson Pinzón, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “eso fue el 31 de enero de 2005, estaba con el Agente Yiminson Pinzón, encontramos el vehículo en labores de patrullaje se encontraba en abandonado solo en la carretera eran como las 4 de la mañana, no habían residencias en las adyacencias, desde la casilla policial no se lograba visualizar el vehículo por que hay un cerrito que tapa, no sabría decirle si había funcionarios de guardia, no me entrevisté con ningún funcionario, era una vagón verde y tenía un vidrio partido el de la parte de atrás, no se habían vidrios en la calle, no logré verificar quien era el propietario del vehículo, eso lo hizo el compañero mío Yiminson quien dijo que el vehículo estaba solicitado, no recuerdo si el vehículo tenía un aviso, el vehículo estaba frente al Palmar Viejo hacia San Cristóbal, estaba cerrado, nosotros llamamos a la Compañía de nosotros y nos dijeron que lo trasladáramos abrimos la puerta por el vidrio que estaba partido y le quitamos el freno de mano, el vehículo no tenía manchas de sangre, no se determinó de quien era el propietario del vehículo, a esa hora no había nadie por ahí, los buseteros decían que el vehículo estaba desde temprano ahí, yo había pasado por ahí el día 17, en mi guardia anterior no había pasado por ahí, en los días 19 o 18 desconozco si el vehículo estaba ahí, de haber pasado por ahí hubiéramos interceptado el vehículo, es todo”.

Los Abogados Defensores no formularon preguntas.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Seguidamente, siendo las 11:35 am., ingresa a la sala el ciudadano USECHE DAZA L.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.872.392, oficios del hogar, residenciada en Pericos, sector parte baja, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “yo estaba durmiendo cuando eran como las 12, Cándido nos pidió ayuda a mi esposo y mi, nos asomamos y lo vimos en el patio, dimos la vuelta y bajamos cuando lo vimos sangrado subimos llamamos al 171 cuando llegó la ambulancia y comenzaron a llegar todas las personas, le prestamos auxilio, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “eso fue el 17 de enero de 2005, cuando Cándido nos llamó eran las doce de la noche, era 17 para amanecer 18, vivo en mi casa con mi esposo y mis dos hijos, nosotros estábamos durmiendo, a Cándido lo conozco por que es vecino mío, yo estaba bien dormida cuando estaba gritando pensamos que le había dado un infarto, el decía auxilio!, y cuando gritó sabía que era Cándido él y yo nos criamos juntos, al señor Omar lo conocía hace 10 años, tenía Omar 10 años de haber llegado al sector, la parte de atrás de mi casa hay un ventanal grande y se ve el frente de la casa Omar mas no hacia la casa, como 50 metros, hacia atrás no hay alumbrado de repente se ve el puro bombillo, al frente de la casa de Omar, eso era de Domingo para lunes, yo no salí el domingo en la casa, ese día domingo vi a Omar, pero no acostumbrábamos a ver con quien llegaba ese día el me saludó bien, nos saludamos como a las 4 de la tarde venía solo, sé que salió como escuchar la camioneta mas no tomé en cuenta la hora que salió, no se a que mas o menos regresó, Rafael que fue el del carro él es el otro muchacho lo conozco de saludo, sé que se llama Rafael por que Omar lo nombraba mucho, la frecuencia de comunicación con Omar era todos los días él comía en mi casa, y los fines de semana con el también trabajaba subía a la casa y se iba a su casa, Rafael iba a la casa de él a hablar y charlar, Rafael tenía un neón verde ese día domingo vi el neón verde de repente que uno salga al lavadero y vea el carro, Omar vivía solo desde hace 10 años, Rafael últimamente lo visitaba todos los días así como seis meses, Omar hacía las cosas muy a poco volumen y no se escuchaba nada, ese día no escuché nada, ese domingo me acosté normalmente a las diez, yo no escuché nada de bulla, como a las doce decía a.L.O.S. nos muere, lo que se me pasó por la mente era que le había dado un infarto, nosotros bajamos hacia la carretera que es vía principal, Cándido estaba herido no herido sino fue sangre en la ropa la camisa, él lo que nos dijo nos robaron, bajamos hacia la casa y llamamos al 171 de un celular, no fui a la residencia de Omar, ahí empezaron a llegar los padres de Cándido no entré sino hasta el patio, la ambulancia se llevó a Cándido y a Rafael que también estaba herido, no recuerdo si los dos estaban en la misma ambulancia o en otra ambulancia, cuando llegó la ptj supe que estaba muerto, yo no entre a la vivienda, Cándido no decía nada por que botaba mucha sangre por esta parte del cuello, Omar resultó herido en el cuello, después fue que me enteré que fueron tres muchachos de repente los he visto de cara los vi aquí mismo en el Tribunal, a ellos nunca los vi en la casa de Omar, Omar si era homosexual nunca tocamos ese tema lo respete mucho, Omar era una bella persona no tengo palabras como expresarme de él, no sé como le pasó eso él era un buen vecino una buena persona, él no tenía problemas con nadie, él no se merecía esa muerte, como prestaba tanta ayuda, no escuché ningún vehículo que saliera de la casa de Omar, antes de que llegara Cándido a pedir ayuda no llego nadie a pedir ayuda, no por que vi fue a Cándido y la manera como lo vi fue prestarle ayuda, en ese momento ni pendiente fue cuando llegó la policía vine a reaccionar que los carros no estaban los carros de Omar ni el de Rafael, el carro de Rafael era un vagón verde, yo no hablé con Rafael, con el susto y todo no habían comentarios, Omar no tenía cadena y anillo últimamente no lo tenía, últimamente tenía uno, Omar tenía un restaurant en Capacho, no se por que a pesar de tener tanta confianza con Omar no hablamos de eso, él nos hablaba de Gerardo de que lo había ayudado mucho en una hamburguesería, que le llevaba el pan que era un muchacho muy sano, no lo llegué a conocer, nunca lo llegue a ver, no me hablo de J.A. ni de M.Á., de Gerardo si que lo había ayudado mucho pero mas nada, es todo”.

A preguntas del Abg. J.T.S.C.: "mi nombre es Leidy, si conozco a C.M., él se crió conmigo, él es muy sincero, Omar era sincero y muy correcto en sus cosas, si es verdad lo que dijo de Gerardo que lo había ayudado en lo de la hamburguesería, como he venido siempre a los juicios los veo que se suspende, en la sala que estaba haya afuera y veía que pasaban, es todo”.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

De seguidas, siendo las 11:58 am., ingresa a la sala el ciudadano N.U.F.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.228.670, comerciante, residenciado en Pericos, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “eran como las dice la noche del día domingo me encontraba en la casa con mi esposa y mi hijo, Cándido me pidió auxilio y llamamos al 171, de ahí llego la ambulancia de resto no vi mas nada, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “mi esposa se llama L.U., vivo en el sector desde hace como cuatro años y medio, si conocí a Omar desde hace diez años, él era buen vecino nos las llevábamos de pinga, era cuestión de hablar de política, él visitaba mi casa, no era muy seguido como él trabajaba y yo también trabajaba, Omar vivía solo, tenía una camioneta verde, Omar llevaba muy pocas personas a su casa, se veía el frente de la casa, ese día era domingo para lunes, ese día vi a Omar y hablé con el me saludó eran como las dos de la tarde, cuando llegó si tenía la camioneta, si vi cuando él llegó andaba solo, no sé a qué hora llegó, yo salí y llegué como a las cuatro, a esa hora no me di cuenta si había llegado Omar, a Rafael lo distingo por medio de Omar que me lo presentó en la casa de él y tenía un carro verde era un neón, ese domingo vi el neón como a las siete no lo vi llegar, si conozco a Cándido vive en Pericos, ese domingo no vi a Cándido antes de pedir auxilio, si se que se visitaban, ese domingo me acosté como a las doce, no ingerí licor ese día lo que escuché fue música, como éramos vecinos, escuché música como desde las seis mas no menos, no vi si Omar se encontraba en compañía de alguien, Omar escuchaba música estando solo, muy poco hacía parrillas en la casa, como las doce y media doce y veinte ya me había llamado Cándido, nos llamaban a mi esposa y a mi, si reconocí la voz me asomé y pensé que a Omar le había pasado algo, si vi a Cándido, siempre era un poco herido cuando llegué al sitio vi que estaba herido, le dije que se metiera a la casa de Omar y se estuviera ahí tranquilo, como vi lo que estaba pasando estaba todo sangrado, ahí afuera en el patio de la casa de Omar, de mi casa a la casa de Omar no me percaté de que Cándido estaba herido, decía que llamara una ambulancia eso cuestión de uno dos minutos, me dijo que Omar estaba herido, no vi quienes estaban ahí, como me pidió auxilio le dije a mi esposa y llamamos al 171, No sabía quienes estaba adentro, a Omar no lo vi, Cándido me dijo que Omar estaba herido, no entré a la casa, era lejos, de mi casa al patio de la casa de Omar hay como tres metros, di la vuelta, me dio miedo entrar para allá viendo la forma como estaba Cándido, no me dijo donde estaba Omar y como fue rápido me fui para mi casa a llamar por teléfono, cuando llega la policía yo estaba viendo de mi casa, no estaba en el patio, en ese momento no fui entrevistado al día siguiente si fui entrevistado, no sé quien se llevó los carros, no escuché el momento en que se llevaron los carros, no conozco a los autores de la muerte de Omar si hay detenidos, si he visto a los detenidos, no los había visto en la casa de Omar, no me mencionó nada de Gerardo ni nada de una hamburguesería en Santana, Omar era homosexual uno se da de cuenta, no se si tenía pareja, no me llegó hablar de eso, no vi la camioneta de Omar a los días siguientes supe que la habían dejado botada no se donde fue recuperada, él no acostumbraba a prestarle la camioneta a nadie, yo me retiré y no hablé con Cándido, Omar era buen vecino, no se metía con nadie, el respetaba, él no merecía morir de esa manera, es todo”.

La defensa no formuló preguntas.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Acto seguido, siendo las 12:20 pm., ingresa a la sala el ciudadano CONTRERAS VARELA D.E., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-16.232.486, oficios del hogar, residenciada en Zorca, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “yo era empleada de Omar el sábado 15 yo estaba en el restauran con Omar y llegó Gerardo al restauran el insistió hasta que Omar le dijo que si, como las 4 y 30 salimos y él lo estaba esperando en el Mirador en compañía de otros muchachos, el domingo le pregunté a Omar como le había ido y me dijo que se había tomado unos tragos, y que el domingo se iban a reunir otra vez, salimos del trabajo y pasamos recogerlos, pero no estaban, y como a las tres y media cuatro de la tarde Omar pasó por mi casa, con los muchachos, no tengo mas nada que decir, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “yo iba a cumplir dos años en el restauran en el Llanito vía Capacho era ayudante de cocina, no atendía clientes yo estaba siempre en la cocina, pero si observaba a las personas que iban al restauran yo ayudaba a servir las sopas y eso se veía todo, y cuando no había nada que atender me ponía de frente y veía a las personas, Gerardo fue como en cuatro ocasiones al restauran, él iba como esporádicamente como 22 días un mes, no me lo llegó a presentar Omar, sabía que se llamaba Gerardo por que nosotros le preguntábamos a Omar, él me dijo que él era de S.A. que era un amigo, el siempre llegaba de imprevisto y salía a hablar con Omar, no vi que ingiriera licor con Omar, nosotros nos quedábamos en el restauran y ellos salían a hablar, no se si Omar era homosexual, por él llegaba y llamaba a Omar y se iban para afuera y en una ocasión salí a ver donde estaba y no los vi cuando Omar llegó le pregunté y no me contestó Omar, pensé que Omar era pareja de Gerardo, no observé que tuvieran discusión Gerardo es alto, catire, de ojos claros, el pelo era claro se hacía mechones, se pintaba el pelo, las veces que fue al restauran una sola vez lo vi con lentes, Gerardo iba solo no llevaba carro, Omar me decía que venía de S.A., que vendía hamburguesas, Gerardo llegó como a las dos y media de la tarde, llegó solo, no sé si Gerardo tenía un apodo, el catire es el mismo Gerardo, nosotras en el restauran lo llamábamos catire por que tenía el pelo pintado Noemí, el catire y Gerardo es la misma persona, si declaré en la ptj después de la muerte de Omar no me obligaron a decir nada, solamente dar mi declaración y declaré lo que había sucedido, si leí la declaración que di, lo que estaba en la declaración lo dije, lo recogimos para ir la casa por la granjas infantiles cuando llega al restauran el sábado llego solo cuando lo recogimos por las granjas infantiles estaba con otra persona Gerardo, Gerardo llega como a las dos y media de la tarde, nosotras a las cuatro nos estábamos yendo ese día salimos como a las cuatro de la tarde, Gerardo habló con Omar le insistió y Omar le dijo que si y ahí fue cuando lo recogimos en las granjas infantiles, que yo estaba con Omar en la cocina y él llegó y se paró cerca de Omar estuvieron hablando ellos que para ir a la casa de Omar a tomarse unos tragos por que el salía muy cansado y le insistía hasta que Omar le dijo que si, había era un planchón él estaba por allá y Omar por aquí, Omar dijo que si iban para la casa de él a tomarse unos tragos ese mismo sábado en la tarde, cuando llegamos a la granja infantil él estaba con otra persona, ahí en las granjas infantiles quedaron a encontrarse, salimos del restauran nos fuimos a Pericos yo vivía dos kilómetros antes de Omar él me recogía y se iba a la casa de él, Omar y mi persona salimos en la camioneta que Omar tenía, no iba mas nadie, fuimos hacia las granjas infantiles, nos detuvimos cuando paró Omar a recoger a Gerardo en toda la entrada donde venden peluches, e.G. en compañía de otro muchacho, se montó en el asiento delantero, yo observé a Gerardo y estaba vestido con la misma ropa, lo acompañaba un muchacho moreno, alto, cabello negro, se montó a la camioneta, mas o menos gordito, Omar detiene la camioneta cuando ve a Gerardo, se montaron en la parte trasera yo seguí adelante, Omar no conocía a esa otra persona y Gerardo le dijo que era un amigo y que estaba estudiando para ptj, no vi a esa persona cuando Gerardo fue al restauran, no vi como Gerardo se fue del restauran, no vi en qué llegó, no sé si el gordito andaba con Gerardo en el restauran, ahí le dijo que era ptj en el camino no hablaron mas me dejó Omar en mi casa y ellos siguieron, no les vi arma, yo me bajé en mi casa que está antes que la de Omar, hay una distancia de dos kilómetros de mi casa a la de Omar, cuando me bajé ellos se quedaron en el asiento trasero, no sé qué mas pasó, el día domingo salimos a las dos y cuarto de la tarde, cerramos y nos fuimos, Omar siempre pasaba buscando, ese día me buscó a las seis de la mañana, llegamos a Capacho, yo le pregunté a Omar como le había ido me dijo que en la tarde se iban a ver para hacer una comida en la casa ese domingo, no me dijo que iba a ir a la feria llegamos al restauran como a las seis y veinte, llegamos a montar las ollas salimos a las dos y cuarto del restauran y todo estaba normal, no vi que Omar recibiera llamadas telefónicas Omar no tenía celular decía que no le gustaba, Gerardo el domingo no fue al restauran, salimos hacia la casa pasamos como a las dos y media tres por las granjas infantiles y los muchachos no estaban ni el muchacho ni el moreno, Omar me dijo que cuando saliéramos del trabajo los iba a recoger, él me dijo que los muchachos no estaban le dije que si quería que los esperábamos y me dijo que no que iba a su casa y luego iba a buscarlos, él me dejó en mi casa y él siguió para la de él, él regresó como a las tres y media a cuatro, iban tres personas, yo estaba al frente de mi casa cuando vi a Omar pasar no se detuvo en ese momento yo le silbaba y él tocaba Omar tenía poco tiempo de haber comprado esa camioneta, Omar pasó después de regreso como a las tres y cuarto, y pasó como a las cuatro y ya bajaban tres, ya había buscado a los muchachos y no se detuvo, solo iba Gerardo, el moreno el ptj lo vi, iba manejando Omar, si iba otra persona, no conocía yo a esa otra persona, iba adelante Gerardo y el policía en la parte de atrás, no se detuvieron en mi casa siguieron, no sé qué pasó después, los lunes lo teníamos libres, el martes no me buscó el día antes el lunes salí en la mañana una señora me comentó de que habían matado a Omar yo iba al banco y ella me dijo que si, no fui al banco y llegué hasta la morgue, no me llamó la atención en que Gerardo insistiera, Gerardo le insistía de que si él podía ir a la casa de Omar, no fui el domingo a la casa de Omar, solo fui a la casa de él como en dos ocasiones a llevarle unas hallacas, el vivía solo, si conozco a Cándido vive en la misma aldea de Pericos y Rafael si iba al restauran los sábados o domingos a comer en el restauran ellos eran amigos de Omar, Rafael tenía un neón creo, el lunes me dijeron que Cándido y R.e. reunidos con él, no sé qué pasó el domingo en la noche en la casa de Omar, Omar manejaba la parte de económica del restauran, él contaba la plata iba al mercado compraba lo del día siguiente, la ganancia la guardaba, lo que él llevaba en el bolso era para trabajar el otro día para dar vueltos, la plata se la llevaba para la casa de él para ir la mercado, al día en el restauran se hacían como 400 y 500 mil bolívares, había que pagar en efectivo, Omar siempre cargaba su cadenita era normal como de oro gold fild ese domingo la cargaba puesta, él usaba un anillo era como de plata, ese domingo se lo vi, si fui al velorio y no le vi esas prendas no sé qué pasó con esas prendas, no tengo conocimiento si fueron localizadas, Omar era muy buena persona muy buena persona, las demás personas lo respetaban, y él a las demás personas, Omar no se merecía esa muerte, él era muy buena persona si podía ayudar a cualquiera lo ayudaba a mi me ayudó en una oportunidad, él no le daba confianza a la gente, no sé si a Omar lo visitaban en su casa, no sé si Omar visitaba a Gerardo en Santa, no me dijo si tenía algo con el catire, esa noche del domingo me acosté como a las nueve de la noche, no vi que la camioneta regresara con Gerardo o el policía, no sé qué pasó en la camioneta de Omar, lo velaron en Capacho, Omar no tenía problemas con nadie no tenía problemas económicos, él era sano, no dejaba de trabajar por estar enfermo, si era una persona productiva, es todo”.

A preguntas del Abg. D.C.C.: "el restaurant tenía doce mesas, y la parte donde cocinábamos era otra parte hacia allá era mas grande que está sala, un poquito mas o menos, yo me encontraba en la cocina, no me percaté quien pudo haber estado afuera, ahí había poca bulla, la cocina era pequeña, Gerardo y Omar a veces salían fuera del restaurant, ese día sábado hablaron ahí, no hablé antes de venir a este juicio con alguna persona, es todo”.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

En fecha 29 de Noviembre de 2007, es llamado a la sala la ciudadana L.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11498704, funcionaria adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciada en S.A., Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto las experticias Nros 700-134-0024, al folio 157 y 9700-134-0254, al folio 164 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, de la primera experticia se trata de una solicitada por la brigada de homicidio donde nos solicitan experticia de reconocimiento a una maquina de afeitar la cual presentaba una sustancia de color pardo rojizo, se obtuvo como resultado que las muestras presentes sobre la máquina de afeitar correspondía a sustancia de naturaleza hemática, la experticia inserta al folio 164 corresponde a solicitud de la brigada de homicidio, para que con luminol sobre prendas de vestir la cual corresponde a un pantalón blue jeans talla 38 un pantalón tipo jeans una camisa de color rojo, la cual presentaba franjas a manera de cuadros, una gorra la cual de color beige, un par de botas deportivas un pantalón blue jeans y un franela de color gris verde y amarillo talla XL, dando como resultado de que presentaba olor característico de color y señales de uso, y se determinó que sobre las mismas no se observó la luminiscencia de sustancia de naturaleza hemática, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “es una máquina de afeitar eléctrica de color gris y negro, presentaba su respectivo cable y presentaba material de naturaliza hemática, si funcionaba la máquina, era material húmedo, totalmente impregnada, era de regular tamaño, y toda la superficie impregnada de sangre, debió haber estado en contacto sobre una superficie de sangre, donde hubiera proyección de sangre bastante fuerte, se hubiera dejado constancia de que la muestra de era por contacto, se toman varias muestras y se hacen tomando muestras del grupo A y grupo B, se determinó que existía un grupo sanguíneo O, si se hubiera podido detectar la diferencia de grupos distintos, aquí solo de detectó la presencia al grupo O, está el A, B, AB Y O, hay cuatro de grupos de sangre, el mas común es el O, no vamos a encontrar un grupo distinto, no se estableció el patrón por que el factor se determina cuando se toma la muestra directamente a la persona, de la segunda experticia eran tres pantalones blue jeans colectados por los funcionarios de la brigada de homicidios y de técnica policial, para el momento en que el funcionario llevó las evidencias él manifestó de que las evidencias eran de un caso en Pericos de un homicidio, eran evidencias colectadas a los imputados, no se donde fueron colectadas esas evidencias, el luminol se realiza con un líquido que reacciona con material de naturaleza hemática y produce una luminiscencia de color azul intenso, en este caso si rocié luminol en las prendas no dio positivo ninguna, de haber existido sangre hubiera resultado positivo, tenían apariencia de haber sido usadas tenían olor característico de sudor y algunas habían sido lavadas, de haber existido sangre en las prendas lavadas si hubiera sido observado con luminol, no estuvieron en contacto con sangre, no tengo conocimiento de la identidad de las personas, ellos son de S.A. y los conozco de vista, antes del hecho si los conocía a los tres, no llegué a tener comunicación no he hablado con ningún familiar, si considero objetiva la experticia a pesar de conocerlos de vista, es todo”.

En ese estado, la defensa no formuló preguntas.

En fecha 05 de Diciembre de 2007, el Fiscal del Ministerio Público, señala que observando la acusación Fiscal y de acuerdo por la información de la secretaria en cuanto a que no encontraba en el escrito de acusación al Dr. I.M., luego de observarla dicha acusación en el capítulo V referido a la promoción de pruebas, específicamente en lo que concierne a las documentales en el items séptimo se ofrece el reconocimiento médico legal que s ele solicitó a la víctima C.M., siendo que al momento de ser presentado el reconocimiento el Ministerio Público lo ofreció, y posteriormente es enviado a la Fiscalía Primera el reconocimiento médico, y mediante escrito se promovió tanto el reconocimiento médico como la declaración del Dr. I.M., que dicha promoción se hizo en fecha 26-10-2005, y en la Audiencia Preliminar, se admite las pruebas en el escrito de acusación y las admite todas, y obvió el escrito posterior a la acusación, observándose en el acta de Audiencia Preliminar, admite el reconocimiento con el Nro y la fecha que se había enviado, por lo que señala que el Tribunal de Control por error involuntario obvió de pronunciarse el escrito, por lo que señaló el criterio del Tribunal Supremo de Justicia la experticia puede ser valorada sin la declaración del experto, y solicitó que se le conceda el derecho de palabra a la defensa y que conforme al artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, el experto que se encuentran en las adyacencias de la presente sala le sea escuchada su declaración. Seguidamente, el Abg. Tibulo Sánchez indica al Tribunal que discrepa en cuanto a lo indicado por el Fiscal, señalando que los Jueces de Control no leen la promoción de las pruebas, señalando que debe privar la oralidad sobre la escritura, y que si el órgano de prueba se encuentra debe ser oído, para que las partes rebatan al mismo en cuanto favorezcan a sus pretensiones, por lo que no se opuso para que la declaración de Dr. I.M. sea oído. El Abg. D.S. indica que no hay objeción en cuanto a la solicitud del Fiscal considerando dicha declaración como necesaria. El Abg. W.V. se adhiere a lo manifestado por el Abg. D.S.. El Tribunal señala a las partes que acuerda escuchar la declaración del Dr. I.A..

En ese estado ingresa a la Sala I.A.M.G., Quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-374933, médico forense, é indico no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Reconocimiento Médico Legal localizado al folio 276 de la presente causa. Seguidamente expuso: “reconozco el contenido y la firma, el informe debe ser mío, es copia remitida pero está firmado por la Jefe de la medicatura forense enviado a este Tribunal, debe ser que el Tribunal solicitó copia del informe, es todo”.

El Fiscal señala que no aparece en la presente causa otro reconocimiento médico, y que ya se admitió la declaración del Dr. I.M., y en cuanto al reconocimiento se deje constancia que no es la firma del experto, y que de conformidad al artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal ofrece como nueva prueba el testimonio de la Dra. R.G.d.A., y que esta explique al Tribunal porqué e.f. el reconocimiento. El Abg. Tibulo Sánchez indica al Tribunal que la testimonial no debe ser recibida por que no está suscrito por su puño y letra, y que la nueva prueba se está proponiendo en este acto, por lo que ese órgano de prueba no debe ser escuchado dejando a discreción del Tribunal la decisión. El Abg. D.S. indica que no tiene objeción de la declaración del Dr. I.M., así mismo, consideró que no se dan las reglas de la continuidad, por lo que considera que sería preferible ver por que no se encuentra la firma del Dr. I.M.. El Tribunal considera que conforme a la búsqueda de la verdad reflejado en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal le concede el derecho de palabra al Dr. I.M., quien expuso: “esa es una copia y la Dra. R.G. firma por mi, me imagino que yo encontraría de vacaciones, yo necesito ver el manuscrito firmado por mi, es todo”. El Tribunal indica que por cuanto el Ciudadano I.M.G., fue quien practicó el reconocimiento debiendo ser escuchado el mismo por cuanto ya se encuentra admitido en la presente Audiencia, así mismo, el Tribunal niega la solicitud del Fiscal ya que el escrito de la Representación Fiscal localizado está localizado al folio 276 de la presente causa por lo que indica el Fiscal al momento de emitir el escrito ya tenía conocimiento de esos hechos. El Fiscal del Ministerio Público ejerce el recurso de revocación, en cuanto a la decisión del Tribunal, considerando que se debería admitir la declaración de la Dra. R.A. para que ratifique, corrobore o rectifique la declaración del Dr. I.M., indicando que es de vital importancia la declaración de la misma, ante esta circunstancia conocida hoy en virtud de lo manifestado por el experto, tomando en consideración que él no está reconocimiento su firma, y que de conformidad al artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal solicitó que se revoque la decisión que acaba de tomar el Juez Presidente y se admita la declaración de la Dra. R.A.. En ese estado, el Abg. Tibulo Sánchez, indica que en cuanto al recurso de revocación se abstiene de emitir opinión en cuanto al recurso de revocación ya que va el mismo va dirigido al Fiscal del Ministerio Público. El Abg. D.S. señala que igualmente se abstiene de emitir opinión. El Abg. D.V., se adhiere a lo indicado por el Abg. D.S.. El Tribunal indica que oído el recurso de revocación expuesto por el Ministerio Público, y lo manifestado por la defensa, siéndole concedido el derecho esta en v.d.P.d.I. de las partes, del Tribunal considera que de conformidad al artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal referidos ambos en cuanto a que la Justicia no debe ser sacrificada por formalidades no esenciales y que la el fin del proceso es la búsqueda de la verdad, considera que acuerda revocar la presente decisión y ordena admitir como nueva prueba la declaración de la Dra. R.G.d.A., por lo que insta al Ciudadano Fiscal a que informe al Tribunal toda la información relativa a este medio de prueba. En ese estado, el Fiscal del Ministerio Público indica al Tribunal que se trata de R.G.D.A., quien es Jefe del Servicio de Medicatura Forense, su teléfono es 04166761461.

El Tribunal seguidamente le cede el derecho de palabra al experto, quien expuso: “yo no puedo opinar si no examine al paciente tendría que ver el manuscrito firmado por mi, a ver si yo lo evalué, según la copia estaba yo estaba de vacaciones, y me imagino que la Jefe del Servicio Forense coloca por para enviarle la copia al Tribunal, yo debería tener el manuscrito para emitir mi opinión al respecto, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “tengo 17 años en la medicatura forense, no en absoluto me ha falsificado la firma, no es que dude sino es que ese informe esté firmado por mi preferiría el manuscrito que debe existir en la medicatura, y corroborar mi firma, allá debe estar una copia firmada mía, yo simplemente es lo que solicito verificar en el manuscrito, yo voy a opinar de algo que no he firmado, evidentemente el original ha sido enviado a otro Tribunal y en vista de mi ausencia la Dra. toma el informe y lo firma por mi, el manuscrito siempre queda en la medicatura el oficio que genera ese manuscrito debió ser enviado a otro Tribunal, pero prefiero ver el manuscrito mío pero que yo lo vea que está firmado por mi, no es que diga que no es cierto, pero necesito ver que esté firmado por mi, veo la firma legible de nuestra jefe, la firma es ilegible es una abreviatura, esa es la firma de la Dra. Rosa, esta es la parte anterior del cuello, las heridas cortantes son producidas por múltiples objetos son soluciones de continuidad en la epidermis, una herida cortante puede ser ocasionada por arma blanca que presentan un filo, en esa herida en esa región del cuello a nivel anterior del cuello existen estructuras que permiten el funcionamiento del organismo, si sube y baja sangre, hacia el cerebro y recoge la sangre del cerebro, si es vital el funcionamiento del cerebro para la vida humana, es todo”.

A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “ratifico al Tribunal que no es mi firma, es posible que haya practicado el reconocimiento tendría que ver el manuscrito, es todo”.

El Abg. D.S. considera que se sirva citar al Dr. para ser evacuado luego de que conste de qué consta el manuscrito señalado por este. El Abg. Tibulo Sánchez indica que siempre no está de acuerdo en que el órgano de prueba no esté ni admitido ni evacuado, ya que una persona no puede venir a disertar de algo que no firmó, señalando que respeta la decisión del Tribunal, y resalta que la prueba debió ser traída para acá. El Fiscal indica que se adhiere a lo planteado por el Abg. D.S., manifestando que el Dr. I.M. dijo que no firmó el informe, pero que no dijo que no lo practicó, y solicitó como nueva prueba dadas las circunstancias manifestadas por el Dr. I.M., ya que primero dijo que no era su firma razón por la cual solicitó la declaración de la Dra. R.G.d.A., ya que cuando los médicos forenses ven los pacientes van haciendo una serie de diagnósticos luego se lo pasan a la secretaria quien lo transcribe, por lo que solicitó que se admita la remisión del manuscrito ordenándose al Servicio de Medicatura Forense, en virtud de lo mencionado por el Dr. I.M., así mismo, señala que lo referido al artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal referente al informe manuscrito que mencionó el experto. El Tribunal indica a las partes que habiendo oído la exposición de los defensores y la Representación Fiscal, y en vista de que el Dr. I.A.M., ha expuesto circunstancias que el Tribunal y las partes desconocían, y en vista de que manifestó la existencia de un informe manuscrito realizado por el o sobre la posible existencia, el Tribunal acuerda lo solicitado por el Defensor D.S., a los fines de que el Dr. I.M. remita el manuscrito que manifiesta ser suscrito por él, así mismo, informa a las partes que los Jueces de Juicio de este Circuito Judicial Penal han sido convocados para una reunión con carácter urgente, razón por la cual suspende la presente Audiencia.

En fecha 10 de diciembre de 2007, es llamado a la sala el ciudadano MORA G.I.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.794.693, médico forense, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “aquí traigo el manuscrito aquí está para consignarlo, ahí se indica la fecha”. El Tribunal ordena al Alguacil sea puesto de manifiesto a cada una de las partes, y posteriormente que sea agregado a la causa respectiva. En ese estado, el Ciudadano Juez sobre la base al derecho a la defensa genera una nueva de preguntar conforme a lo realizado por el Dr. I.M.G..

Fiscal no formula preguntas.

Los Defensores no formulan preguntas.

El Tribunal formula preguntas.

Ingresa a la sala RINCÓN A.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.067.486, médico forense, residenciada en el Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto la Autopsia Nro 0538, localizada al folio 155 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, la autopsia se trata de un adulto varón, de piel blanca, sin características particulares externas o sea no presentaba tatuaje, rasurado a nivel del tobillo derecho una cicatriz de compresión por atadura, a nivel de la región anal lesiones floridas en aspecto de coliflor, a la practica de la autopsia se evidencia dos heridas una por encima de la otra a nivel de la cervical, que involucra sección de planos faciales, planos musculares, y llega en el corte hasta la columna vertebral, se observó una herida por excoriación llamada por cortadura a nivel de pulmones se apreciaron pigmentación de color negrusco, en el estómago se pareció con olor a alcohol característico, la causa de muerte fue hemorragia externa masiva producida por arma blanca a nivel de la región cervical, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “tengo 25 años de trabajo jurídico, 20 de especialista, tengo 17 años dentro del cuerpo, el cadáver de adulto varón, de piel blanca, todas las características eran normales estaba rasurado y tenía signos de atadura a nivel del tobillo derecho, tenía una contextura normal, peso proporcional, estaba rasurado a nivel del pecho el pubis esa fue la características que observamos de estirpe homosexual no es signo fidedigno de ello depende de la cultura, se describen dos heridas cortantes una encima de la otra no se midieron por la envergadura de la lesión que llega hasta la columna, en este caso queda la cabeza adherida al cuello es una decapitación parcial, eran heridas cortantes por arma blanca, en este caso lo que hemos observado es que son heridas por cuchillo, las heridas por machetilla son otros tipos de lesiones, inclusive la lesión en la barbilla es producida por la punta, hemos observado las heridas producidas por botellas, recuerde que nosotros no vamos al sitio y desconocemos los hechos, la herida fue producida por un filo, en este caso las lesiones de tipo anal conocidas como contilomas floridos me indica que la persona era homosexual por que esa lesión es una lesión viral, florida producida por un papiloma humano, se aprecia estirpe de tipo viral maligno que se localizan características de transmisión sexual solamente se adquiere a través del sexo, quiere decir que la persona que estaba que lo iba penetrar esta persona estaba infectado del VPH, si es obligatoria que sea de transmisión sexual, en recién nacido se trasmite a nivel del parto, hasta la presentación florida me indica un transcurrir de mas de diez años, las lesiones malignas están ubicada a nivel de los cuellos del útero de las mujeres, las voy a conseguir en el prepucio, en la vagina, y la vulva que son área tocadas a nivel del pene, a nivel del área supra púvica, a nivel de la región bucal, y a nivel de lengua, mucosas, están tipificadas desde el punto de vista epidemiológico, precisamente lo que busco son lesiones que me manifiesten le procedencia de una lesión contra natura violenta o no violenta los radio y los esfínteres anales estaban borrados, no se observó sustancia de semen, son excoriaciones por compresión típicas de atadura en ese momento pudo haberse practicado una relación tipo sadomasoquista, o relaciones sexuales tipo sádicas, y/o pudo haber sido provocada por atadura para arrastras el cuerpo, son mortales esas heridas a nivel del cuello, las lesiones de este tipo sino provoca una lesión provoca un infarto a nivel del cerebro, pasan directamente por la sangre en este caso la circulación lo primero que el cuerpo protege es el cerebro lo segundo es el corazón, los pulmones y el estómago, es el cerebro vital para la vida humana, es todo”.

A preguntas del Abg. D.C.c.: "pudiera decirle que desconozco el sitio donde ocurrió el hecho, el acta policial, ni la investigación, le puedo decir que era una persona homosexual pero decirle si tuvo justo antes del momento una relación sexual hay signos que me indican que estuvo amarrado, no tengo experticia que me indica de que haya semen, no juzgaría a la persona, es un hecho que es un homicidio y la persona fue asesinada, es todo”.

El Tribunal Mixto no formuló preguntas.

Ingresa a la sala J.D.D.D.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.371.590, médico forense, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto el Reconocimiento Médico Legal Nro 360, localizado al folio 149 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, en referencia al informe en enero el 19 acudió para la practica del examen médico forense, se trata de un paciente que presentaba heridas cortantes en número de dos, en el resto no encontré lesiones, y concluí que por el tipo de lesión las consideré de carácter grave, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “el paciente se llama R.A.C.V., no lo conocía, nunca lo había visto, son cortantes en la región lateral del cuello y la región anterior, uno describe que son producidas por objeto cortante ese instrumento cortante pudo ser un cuchillo un objeto con filo, precisamente la ubicación del tipo de lesión, en el lado lateral está la parte de las arterias que llevan la sangre al cerebro, y trasmite la conexión por toda la parte del cuerpo, tenía sutura de 32 puntos, la herida estaba suturada, si estuvo en peligro la v.d.p., es todo”.

Los Defensores no formulan preguntas.

El Tribunal formula preguntas.

Ingresa a la sala VELAZCO MUJICA GENOFONTES, quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.244.502, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto las actas de investigación policial localizadas a los folios 19, 20 y 81 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, mi función en esta investigación fue acompañar al funcionario A.G. al Hospital con una lesión a nivel del cuello, otro en el seguro social, y un occiso, el ciudadano Cándido manifestó de que a uno de los sujetos ya lo conocía ya que lo había visto en dos oportunidades quien trabajaba en una venta de hamburguesas en S.A., también indicó que uno de ellos era conocido como Toño por Antonio y este bajo amenaza lo introdujo en un baño, y un funcionario de la policía que actuó en contra del segundo que quedó herido, se les realizó entrevista plasmadas en el acta, que reposa en el acta que acabo de leer, se procedió a buscar o tratar de indagar quienes eran los autores del hecho, traté de indagar logrando determinar que el dueño del establecimiento comercial era un ciudadano de nombre M.S., quien manifestó tener conocimiento del hecho por medio de la prensa, manifestó que si tenía un empleado de G.V., que se la pasaba en compañía de Antonio y que el mismo era sobrino la tercera persona era funcionario de la Dirsop, se demostró que era funcionario de la Dirsop, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “sé que fue en enero de 2005, funcionarios adscritos a la Brigada de Homicidios en el sector de Pericos levantaron un cadáver de nombre Omar, uno ingresó al Hospital Central y otro al seguro social, la persona que estaba en el Hospital Central era de nombre Cándido, para el momento de su entrevista manifestó que había una reunión en la residencia del ciudadano Omar, y que uno de ellos lo había visto en dos oportunidades, y un tercero que lo describía de ojos azules que era supuestamente detective de la policía, Cándido se encontraba en una camilla, estaba en condiciones de rendir entrevista, por las características donde señala que una esas personas portaba lentes se logró llegar al lugar comercial donde el dueño mencionó que se trata de G.V. conocido como Léster, el otro era Antonio, el propietario del local manifestó que era un sobrino político la tercera persona era un sujeto de piel blanca que era funcionario de la Policía, que residía por la carrera 7, fueron las mismas personas según las señaladas por Cándido, supuestamente el ciudadano M.S. manifestó de que el ciudadano G.V. en una oportunidad había tenido entrevista con un ciudadano que se apersonó en su local en una camioneta y que supuestamente tenían una relación, si yo nací en S.A. y eso me facilitó ubicar el kiosco de hamburguesería ya que conozco la zona, no conocía al dueño del puesto de hamburguesas, el señor Marcos de manera voluntaria en su recinto en el segundo piso manifestó que por las características a quien se menciona como Léster era su empleado, el ciudadano Marcos manifestó que había visto vía la prensa los hechos, el señor Marcos manifestó que la persona occisa había visitado a G.V., cuando después de ubicar el lugar la venta de hamburguesas después de sostener entrevista Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Marcos el involucrado era uno solo, al otro conozco de vista a sus progenitores, se solicitó la respectiva vista domiciliaria, por conocimiento del mismo Marcos dice que después de ocurrido el hecho y se desconocía su paradero, la familia señaló que desconocían de su paradero, Cándido lo que manifestó cuando llegó a la residencia del occiso ya se encontraba el occiso y los otros dos sujetos él no fue obligado a esa residencia, el mismo manifiesta que el mismo manifiesta que estaban tomando tragos y que ninguno estaba bajo presión, no conocía a la víctima, me trasladé al lugar de los hechos posterior es el sector de Pericos creo que es Aldea San Luis no se veía muy habitada, no participé en la inspección del lugar, el mismo Marcos manifestó que una de sus empleadas de nombre Carmen el ciudadano Varela Léster lo había visto en una actitud sospechosa le había pedido tres pared de guantes y que ella manifestó que se los había entregado, una era entrevista a Cándido y la segunda entrevista aportada por Marcos que es el dueño de la venta de hamburguesas, fui a las tres visitas domiciliarias, en la residencia de A.C. se colectó una evidencia creo que fue una prenda de vestir, no sabría decirle si las evidencias presentaron algún resultado, no vi el cadáver de la víctima de la presente causa, es todo”.

A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "como lo dije se colectó la evidencia de acuerdo a las características que aportó el ciudadano Cándido, es todo”.

A preguntas del Abg. D.S.C.: " Contestó: "Canchica manifiesta que la persona lo somete a él es A.C., que lo somete y le causa la lesión, supuestamente lo que manifiesta que fue efectivo policial, Candido no manifestó del ciudadano G.V., es todo”.

El Tribunal ordena un aplazamiento de diez minutos.

Se reanuda la presente Audiencia.

Ingresa a la sala E.P.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.145.641, residenciado en , é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto lo siguiente: Inspección Nro 263, al folio 3; Inspección Nro 264 al folio 5; Inspección Nro 5833 al folio 222 y Montajes Fotográficos a los folios 223 y 235 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma de las actas que se me han puesto de manifiesto, y el montaje fotográfico lo hice yo, indica que el día 17 de enero de 20005, me encontraba en compañía del funcionario W.N. al lugar donde realicé una inspección la ubicación de varias evidencias, recuerdo la inspección de un cadáver de un cadáver, secuencias fotográficas, y un rastro dactilar, el acta del folio 222 igualmente recuerdo que el funcionario mencionado observamos la presencia de un vehículo en el medio de la calle hacia el Mirador tuvimos información que guardaba relación con el hecho, el montaje fotográfico que va acorde de la primera inspección haciendo referencia a la inspección del cadáver, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “el sitio que inspeccioné para el momento se observaba mucho desorden sustancia hemática en gran cantidad, había tanta que a los funcionarios policiales les daba miedo, con respecto al cadáver se encontraba de cubito dorsal con sus manos sujetas de las muñecas hacia atrás y presentaba un bolsa sintética, y enrollado a su vez con cinta adhesiva de color marrón, al momento observo los cabrestos de cinta adhesiva se fijan y se colectan como evidencias de interés criminalístico, si fueron colectadas después del levantamiento del cadáver, al momento de hacer la inspección retiré las cintas adhesivas, es una vivienda, se encuentra en un nivel superior, determinamos que era la habitación principal por los enseres que presenta la habitación principal, era muy somero si había una gaveta medio abierto pero la requisa no era tan evidente si se aprecia que se buscaba algo pero se ve que se hizo con tiempo no había el desespero de hacerlo, dejo constancia del baño y había abundante sustancia hemática había un charco de sangre las cantidades de sustancia hemática era en extremo, para el momento no se apreciaron vehículos, me limité a la parte de técnica policial, no observé armas de fuego, colecté una máquina de cortar cabello, la colecté por que estaba demasiado impregnada de sustancia hemática, la máquina de cortar cabello pudo haber producido las heridas por eso el hecho de la colección la encontré encima de la tapa de la poseta del baño, no observé en la habitación armas blancas, la única arma que observé fue la máquina de cortar cabello, luego de haber realizado la inspección fotográfica y en base a lo sucedido personalmente realicé una activación especial muy exhaustiva hasta el punto que hay paredes que logré activarlas, en una botella de vidrio de bebida alcohólica logré levantar un rastro dactilar fue enviado por el investigador al laboratorio para el cotejo desconozco el resultado, practique inspección a un vehículo, era un vehículo de color verde el cual estaba en dirección a las granjas infantiles como que fuera a la carretera que conduce a San Cristóbal el Mirador, tenía la luz intermitente encendida pero con respecto a la alarma por la forma en que quedó, desconozco quien dejó el vehículo ahí, el derecho de estar en comisión a él le informaron que el vehículo guarda relación o sea que el vehículo pertenecía a una de las víctimas del sitio, la mas evidente herida de la víctima era la del cuello, era una persona adulta de sexo masculino un metro 72, de cuarenta y seis años aproximadamente, de frente amplia, dejas delineadas, de nariz perfilada, sus extremidades superiores se encontraban atadas con un segmento de cinta adhesiva de color marrón, una sola persona no pudo haber atado al occiso por su contextura de 1 metros 72, las extremidades estaban hacia atrás a la altura de la región lumbar, es evidente que la víctima ya estaba sujeto, es todo”. El Abg. Tíbulo Sánchez solicita que la secuencia fotográfica sea exhibida a las partes. El Juez acordó lo solicitado.

A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "si tomé esas fotografías, la botella se encontraba justamente sobre el paredón de la cocina, yo colecté los rastros y no me compete nos encargamos de la colección y fijación, es todo”.

El Tribunal Mixto no formula preguntas.

Ingresa a la sala S.C.M.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.348.343, comerciante, residenciado en S.A., Estado Táchira, é que J.A. es sobrino de su esposa, a lo cual el Tribunal lo impuso del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En ese estado expuso: “si deseo declarar, a mediados de enero de 2005, me llamó un funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y me cito llegué y me preguntó que si conocía a Gerardo le dije que si que había trabajado conmigo hasta el 31 de Diciembre de 2004, y J.A. que era sobrino de mi esposa, me preguntó que si sabía de los sucesos en la Aldea Pericos, le respondí lo que había salido por el periódico, después me dirigí a las siete y media al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas me sentaron una silla en una sala y a las siete de la noche llegaron fue cuando me tomaron declaración y les dije de nuevo, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “soy comerciante, para esa época era repartidor de refrescos de pepsi cola, y tenía un restauran vendía almuerzos en el día y hamburguesas en la noche, en la mañana tenía a la señora Carmen y Glendys, y en la noche estaba J.A.C. y otro muchacho, G.V. tenía de 20 a 15 días de haber salido se retiró por que le iba a trabajar un carro al papá, Antonio y Gerardo se conocían de saludo, de salir juntos no, Toño a veces iba a comer para allá, después que el se retiró no se la pasaba en Capacho mas que en S.A., M.Á.S.A.M. era cliente del restauran me imagino que se conocían en ese pueblo todos se conocen, me preguntaron sobre qué sabía yo sobre lo que había ocurrido en la Aldea Pericos, me enteré por el periódico, la persona fallecida creo que salía en la parte de atrás del periódico, esa persona si había estado en el restauran y cuando vi el periódico me di cuenta que era amigo de Gerardo, las veces que lo vi fue de noche a comer hamburguesas, lo recordé por que Gerardo me lo había presentado, él no acostumbraba presentarme a los que iban, me lo presentó como su compadre, pudo haber sido como en diciembre creo que fue para allá, en una de esas que entré me presentó al compadre sé que vivía en Capacho, me imagino que el puesto de las hamburguesas mías eran muy buenas, la persona llegaba desde afuera y Gerardo estaba en la cocina que había una ventanita, creo que una vez llegó con un amigo no era ni José

Antonio ni M.Á., conocía a la victima como el compadre de Gerardo, sé que eran mediados de enero pero la fecha no sé, ese domingo en la noche J.A. no fue a trabajar no sé por qué no fue, él me había dicho que iba para las ferias, en el transcurso del día en la noche del sábado me dijo que el domingo en la noche de repente iba para las ferias, no me dijo con quien iba ir a las ferias, la parte de arriba de mi negocio es mi casa, estuve con mi hija, no vi a J.A., bajé a mi casa como a las cuatro o tres de la tarde, yo no lo vi, la señora Carmen me comentó que había ido a Gerardo y que había ido al negocio, no me manifestó si había comido ahí, él aparentemente le solicitó a la señora Carmen que le regalara unos guantes desechables, ella si se los dio, me imagino que se los regaló eran desechables, J.A. se ausentó se retiró no trabajó preaviso, se ausentó, yo les pagaba diario a ellos, no tuvo problemas conmigo como para no haberse despedido, J.A. tenía poco tiempo como 15 días estaba suplantando a Gerardo, a Gerardo lo vi el día cinco que iba con el carro del papá, vi en la penal a Gerardo y pregunté a Toño por que iba a cobrar refrescos en la penal, es todo”.

A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: " vi a Omar comiendo en el restauran dos veces, se relacionaba con G.V., la única vez que vi a Gerardo en el penal fue que fui a ver a J.A.C. y se apareció con él, la señora Carmen me comentó que fue Gerardo el que le solicitó los guantes, es todo”.

El Tribunal Mixto no formula preguntas.

Ingresa a la sala SUÁREZ DE CANCHICA M.D.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.630.136, residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó ser la madre de J.A.C., a lo cual el Tribunal lo impuso del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente expuso: “si deseo declarar, yo me dirigí a la casa del señor Gerardo y hablé con él, me dijo que no sabía que le paso, me dijo que estaba involucrado en la muerte de un hombre, me dijo me tengo que ir, me dijo después hablamos hay un problema grande, me dijo que lo había matado con un cuchillo, él vive a media cuadra de mi casa, la hija mía salió corriendo a no dejarlo ir, en el acto el suegro que estaba ahí se lo llevó en un taxi, el hombre se me despareció, me dijeron que estaba en la vía el Piñal hasta que nos dijeron que estaba en Colombia, lo conseguimos en Villa del Rosario donde arreglan carros viejos, lo conseguimos el nos atendió y nos dijo que lo ayudara que estaba apunto de ahorcarse estaba flaco, con un candado, era otro tipo, me dijo que había matado a un hombre con un cuchillo, me dijo que se había hecho un examen de sida cuando estaba en el cuartel, me dijo que con el mismo que mato al señor había cortado a los otros dos señores, me dijo que ya su hijo ya había nacido, quedamos en le íbamos a mandar a hacer el examen de sida, quedamos hablar con el papá, me dijo que no tenía vida, estaba en una casa horrible, nos embarcó, nos dejó esperando en la iglesia San José para que se pusieran a derecho, él no llegó, lo esperamos, una hermana de él decía que había agarrado vía el llano, después de ahí duramos buscándolo, no se imagina lo que nos costó para que ese señor apareciera, seguimos hasta al abogado, nos habían dicho que él se reunía con el abogado, los único que sabían qué había pasado en el sitio eran los muchachos, íbamos a Cúcuta a media noche a las tres de la mañana hasta que gracias a Dios apareció, tengo problemas de salud, espero que todo se arregle, es todo”.

A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "ese problema sucedió en enero, fue del 2005, estaba la señora A.M., nos reunimos mas cerca que donde está usted, él manifestó que él había matado a un hombre con un cuchillo, con el mismo cuchillo que cortó a Omar cortó a Mustafa y a otro señor dijo que si, el decir de él era que no sé que me pasó decía eso si no se los voy a decir a ustedes, es todo”.

A preguntas del Abg. D.S.C.: "si he tratado de ayudar a mi hijo, mi hijo era del deportivo Táchira en la sub. 17, mi hijo no tenía problemas de homosexualidad, mi hijo estudiaba y trabajaba, ese día no vi llegar a mi hijo estaba durmiendo, cuando me paré de dormir eran como las cuatro, en la mañana se levantó la novia es la que lava la novia, todo el tiempo la novia le lava la ropa ahora mas, si me ha causado este problemas inconvenientes, si usted era el abogado al que seguimos, si aquí en el Tribunal, en su casa, por mi hijo haría cualquier cosa para sacarlo de este problema, es todo”.

A preguntas del Ministerio Público, contesto: “me interesaba encontrarlo a él, yo tenía que ayudarlos a los tres, yo sabía donde estaba mi hijo, en la casa hay cuatro hijos y todos son muy unidos, mi hijo jugaba aquí en San Cristóbal, el llamaba cuando se quedaba donde la novia, ese día salí a las ocho y media él quedó en la casa y él se quedó en la casa, y él no llegó al Circuito, ese día llovió demasiado, con la primera persona que hablé después del problema fue con Gerardo, mi hijo no me manifestó que estaba haciendo mientras Gerardo mataba a la víctima, en la casa me dijo mi hijo que había agarrado un taxi en un monte horrible él y Miguel, mi hijo me dijo que lo habían invitado a una parrilla, en la mañana cuando se levantó no le noté licor ni nada, Gerardo trabajó en la hamburguesería hasta los últimos de diciembre, Gerardo vive a una cuadra de mi casa, mi hijo no se la lleva con Gerardo por ese problema, si visito a mi hijo en el penal todos los sábados y domingos, si haría cualquier cosa para ayudar a mi hijo, mentir no, la novia de mi hijo trabajaba con él en la hamburguesería en las noches, la novia estudia en la ULA en la mañana, él trabaja en línea del papá, si tenía mi hijo varios pares de zapatos, la se llevó la franela y el pantalón, yo lavé todo ese día, mi hijo me dijo que andaba para una parrilla, en la noche cuando llego le pregunté y me dijo que andaba con Gerardo a un sitio donde vendían papás, ese día el fue para Capacho, mi hijo sabe manejar, es todo”.

El Abg. W.C. solicitó el derecho a formular preguntas. Tribunal acordó lo solicitado.

A preguntas del Abg. W.C.C.: “no recuerdo qué día hablé con Gerardo ni la fecha ni la hora, no me han dicho mis familiares lo dicho por las víctimas”. El Abg. J.T.S. objeta la preguntas del defensor en virtud de considerar que el mismo está desnaturalizando el objeto del interrogatorio, y que la situación familiar de la testigo de ella. El Abg. W.C. señala que la pregunta es a los fines de ahondar las circunstancias familiares del acusado. El Tribunal declara sin lugar la objeción.

A preguntas del Abg. W.C.C.: “no han tenido problemas con la policía, es todo”.

El Tribunal Mixto no formula preguntas.

En fecha 14 de Diciembre de 2008,

En fecha 17 de Diciembre de 2008, el Fiscal del Ministerio Público solicita al Tribunal se proceda a incorporar por su lectura el Documento Autenticado por ante la Notaría Pública Quinta, Certificado de Registro de vehículo, de fecha 10-10-2000, y las fijaciones fotográficas. Los Abogados Defensores no formularon objeción alguna. En ese estado, se procedió a la lectura de lo siguiente: 1.-Documento Autenticado por ante la Notaría Pública Quinta, bajo el Nro 61, tomo 112, localizados a los folios 129, 2.-Certificado de Registro de vehículo, de fecha 10-10-2000, localizados y las fijaciones fotográficas a los folios 223 al 235. En ese estado, el Fiscal solicita que se proceda a la lectura de las leyendas que se encuentran señaladas en las fijaciones fotográficas. El Tribunal acordó lo solicitado

En fecha 19 de Diciembre de 2008, las partes solicitaron al Tribunal se de por reproducidas las pruebas documentales que no han sido incorporadas por su lectura. El Tribunal acordó lo solicitado y dio por reproducidas e incorporadas las pruebas documentales. Seguidamente, el Fiscal del Ministerio Público considera necesario prescindir del resto de órganos de prueba pendientes por evacuar por cuanto considera que ya se encuentra demostrada la participación de los acusados. El Abg. J.T.S., de igual forma considera que está de acuerdo en que se prescinda de la declaración de los órganos de prueba que no comparecieron al presente Juicio. Seguidamente, el Abg. D.S. manifiesta su conformidad de la prescindencia de los órganos de prueba. Inmediatamente el Abg. D.C. señala al Tribunal que queda perfectamente clara la posición que va a tomar el Tribunal, por lo que está de acuerdo en que se prescinde de la declaración de los medios de prueba que no comparecieron a la presente Audiencia.

De seguidas, el Tribunal señala a las partes que conforme al artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal prescinde de los órganos de prueba incomparecentes, así mismo, anuncia a las partes conforme a lo establecido en el artículo 350 del Código Orgánico Procesal Penal, un cambio de calificación de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO A HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de O.A.N., en contra de los ciudadanos J.A.C.S., M.Á.S.M. e I.C.V., y de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN A HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN BAJO LA MODALIDAD DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA cometido en perjuicio de los ciudadanos R.A.C.V. y C.M.G.G., en contra de los ciudadanos J.A.C.S., M.Á.S.M. e G.I.C.V., de esta manera se advierte a los acusados y a sus defensores que tienen el derecho de preparar sus defensas, igualmente les informa a los acusados que tienen el derecho de declarar nuevamente y a las partes se les informa que tienen el derecho de pedir la suspensión del Juicio para ofrecer nuevas pruebas que consideren pertinentes o para preparar la defensa.

Las partes no formularon objeción alguna al Tribunal, y no solicitaron la suspensión del presente Juicio.

Concluida la fase de recepción de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal, se da inicio a la fase de discusión final y cierre del debate.

CAPÍTULO IV

DE LAS CONCLUSIONES

Concluida la fase de recepción de pruebas se le concedió el derecho de palabra a la parte Fiscal, quien entre otras cosas hizo énfasis a la participación de los ciudadanos escabinos y agradeció su presencia en todas las sesiones del presente, hizo una relación de los hechos objeto de la presente causa, mencionó que las tres personas participaron en la muerte de O.A.N., señaló que el anuncio de calificación no sea tomado en cuenta en la sentencia definitiva, y que no hay una complicidad correspectiva, hizo una relación de lo declarado por algunos de los medios de prueba, resaltó el respeto del derecho a la vida, finalmente consideró que la sentencia debe ser condenatoria.

Acto seguido el ciudadano Juez le cede derecho de palabra al Defensor Privado Abogado J.T.S., a los fines de que exponga sus conclusiones, quien entre otras cosas elogió la participación de los escabinos, se dirigió a la actuación Fiscal, hizo referencia a algunos de los dichos mencionados por los órganos de prueba, enfatizo en la relación de los hechos objeto de la presente causa, y que no está determinado el nexo causal, solicitó que se juzgue con equidad, finalmente solicitó sea dictada sentencia absolutoria a favor de J.A.C., y M.Á.S.M..

De seguidas, el Abogado J.D.S. en la oportunidad de exponer sus conclusiones expuso entre otras cosas lo relativo a la participación de los escabinos, seguidamente hizo una relación de los hechos objeto de la presente causa, manifestó algunos de los dichos de su defendido G.I.V., de otra manera indicó lo dicho por los medios de pruebas en el presente Juicio, y finalmente solicitó sea dictada sentencia absolutoria.

Seguidamente, el Abogado W.C. en la oportunidad de exponer de sus conclusiones hizo mención entre otras cosas a lo sucedido en el desarrollo del Juicio Oral y Público, así mismo, solicitó que sea dictada sentencia absolutoria para el ciudadano G.V..

De inmediato, el Fiscal del Ministerio Público hizo uso del derecho a la réplica

De seguidas, el Abogado Tíbulo Sánchez no hizo uso derecho a la contra réplica.

El Fiscal del Ministerio Público indica que no hizo uso del derecho a la réplica con respecto a los abogados J.D.S. y W.C..

Los Abogados W.C. y D.S. no hicieron uso del derecho a la contra réplica.

En ese estado, la víctima C.M., expuso: “respecto a la variedad de puntos que se han tocado aquí, en ningún momento Antonio y Miguel fueron sometidos por Gerardo, me parece que fue algo muy planificado, no se contradijeron, no fueron sometidos, hubo un momento en el que ellos discutieron, me iban a quitar la vida, no lo hicieron con el arma de Miguel y J.A., y por eso tomaron la decisión de cortarnos por el cuello, quiero que quede claro que no hubo sometimiento alguno de M.Á. y J.A. a Gerardo fue algo voluntario, cuando los abogados hacían énfasis en el momento en que ellos nos amarraron cuando Miguel y J.A. nos sometieron con el arma no la consiguieron pero fue el arma que Antonio me metió en la boca, y me dijo colabore y nada malo le pasa, ellos se ausentaron, y revisaron la casa, hubo un arma que me la colocaron en la boca, con esa arma me sometieron, ellos no sometieron a Gerardo ni Gerardo a ellos, ellos estaban tomando la decisión de qué manera nos iban a quitar la vida, les estuve planteando de las amenazas que me lanzaron a mi por teléfono cuando la Dra. Marbella me sometieron a mi en duda, yo le dije a ella que nos viéramos en un Tribunal y no pensé dos veces para ir a la Fiscalía, ella fue muy clara cuando dijo que tenía a M.Á. y Antonio, que ellos no me iban a hacer nada, me llamaron al teléfono de la casa el tipo que se hizo pasar por Yonny dijo que era el defensor de J.A. y M.Á., en todo momento se quisieron referir a Gerardo que era el que nos quería causar daño a nosotros, me dijo que sabe qué chamo va a colaborar o no, que quiere usted cirugía, no sé por que nos agredieron, me dijo que le habían pagado para que nos bajaran, nos nos dimos cuenta quienes nos cortaron, pero ellos si estaban involucrados, me dijeron que me iba a ir peor que a esa noche, la persona que me amenazó iba de parte de M.Á. y J.A., los tres están involucrados en lo que nos hicieron, no hubo sometimiento entre ellos, fue algo voluntario, es todo”. ----------------------------------------------------------La Ciudadana C.M.N., hermana del occiso O.A.N. expuso: “primero les doy gracias a todos ustedes, me llamó mucho la atención de que el Fiscal se le pasó por alto de que si en la herida que dijo la patólogo mi hermano sufrió dos heridas en el cuello lo que quiere decir que no movió la cabeza por que él estaba completamente ataco, a ustedes muchachos mi familia no tenemos nada contra ustedes, lo único que les dijo pónganse la mano en el pecho, a M.Á. y J.A. se lo dije que si vieran la calidad de persona que era mi hermano, si lo hizo Gerardo no lo sabemos, si ellos son inocentes que salgan si ellos son culpables que paguen, así les meta 100 años de cárcel el dolor que hay en nuestros corazones no se podrá remediar, me seguían a mi a mis hijas, me mandaron a llamar a S.A., que se haga la voluntad de Dios, es todo”. ------

Seguidamente, el acusado J.A.C. expuso: “no tengo nada que agregar, es todo”.

De seguidas, el acusado M.Á.S.M. expuso: “no tengo nada que agregar, es todo”.

En ese estado, el acusado G.I.V. expuso: “no deseo nada que agregar, es todo”.

El Tribunal, siendo las 08:00 pm., aplazó la presente Audiencia a los fines de proceder a deliberar.

Se reanuda la presente Audiencia, y el Tribunal procede a exponer los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales basa su decisión, informando a las partes que haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 365 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, procedió a dictar en presencia de la totalidad de las partes sólo la parte dispositiva de la sentencia, motivado a la complejidad del fallo, fijando la publicación integra del fallo para la Décima audiencia siguiente a la de hoy, a las 02:00 horas de la tarde.

CAPÍTULO V

VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS

El Tribunal pasa a valorar las pruebas promovidas y evacuadas conforme a lo previsto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, que señala:

Apreciación de las pruebas. Las pruebas se apreciarán por el Tribunal según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia

Entendiéndose por:

MAXIMAS DE EXPERIENCIA: Definiciones o juicios hipotéticos de contenido general, desligados de los hechos concretos que se juzgan en el proceso, procedentes de la experiencia, pero independientes de los casos particulares de cuya observación se han inducido y que, por encima de esos casos, pretenden tener validez para otros nuevos.

LÓGICA: Stuart Mill, define la lógica como "la ciencia de las operaciones intelectuales que sirven para la estimación de la prueba". Esto quiere decir que es el procedimiento general, que va de lo conocedor a lo desconocedor, y de las operaciones auxiliares de esta operación fundamental. Como se ve, es una lógica real que tiene por objeto el hecho y no las ideas o las leyes a priori.

CONOCIMIENTOS CIENTÍFICOS: Existe un tipo de actividad humana, cuyo propósito fundamental es precisamente la adquisición y perfeccionamiento constante de los conocimientos de la humanidad, es la actividad científica. Los conocimientos adquiridos por esta vía se denominan científicos, los mismos se diferencian esencialmente de los cotidianos en que generalmente se refieren a las características esenciales de los objetos del conocimiento, tienen alto grado de sistematización y generalización, son abstractos y para considerarlos ciertos se exige su verificación práctica.

El conocimiento científico es resultado de la aplicación consecuente de un método especial que muchos denominan método científico el cual posee, como elementos esenciales, la observación intencionada y minuciosa (de fenómenos, objetos, procesos, etc.), la formulación de problemas e hipótesis, la creación de modelos y su estudio, la experimentación y la revisión, análisis y síntesis minuciosas de la información existente sobre el objeto que se investiga, todo lo cual tiene como fin explicar (revelar las causas, la esencia) de la realidad que se investiga.

En base a lo anterior este Tribunal, pasa a analizar los medios de prueba de la siguiente manera:

  1. - Declaración del ciudadano GONZALES GONZALES C.M., victima de autos, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.042.660, de profesión u oficio Supervisor de Ventas, quien una vez juramentado manifestó no tener ningún lazo de parentesco con las personas presentes y expuso: “Eso pasa el 16-01, Omar era vecino mío, ese día el me participo que iba hacer una parrillada en la casa, cuando yo subí ya estaban allí Gerardo, Antonio y M.Á., a Miguel y Antonio no lo conocía, a Gerardo era la segunda vez que lo veía allí, yo volví a mi casa me bañe, cuando volví a subir estaba Rafael, se hablo compartimos, hicimos una comida, hasta cuando hacían un seria de preguntas, en un momento de 12 a 1, Omar se fue acostar con Gerardo, en ese momento fue que yo lo volví a ver con Omar, quedamos con Antonio y M.Á., en momento le dije a Rafael de que me iba para la casa, me toma la camisa Antonio y el coloca un arma en mi boca nada malo me iba a pasar, me acosté en el piso boca abajo, me amarro los brazos y piernas, me colocaron un tirro en la boca, cuando esta haciendo eso M.Á. lleva a Rafael con un arma blanca en el cuello, en ese momento estuvimos acostado hacia abajo, lo despojaron de sus pertenencias, reloj, cartera y 10 mil bolívares, el equipo estaba a todo volumen, se escucho cuando revisaron toda la casa, escuche cuando sonaban gritos en el cuarto de Omar, no sentí miedo porque jamás esperamos una actitud de ellos para nosotros, me asuste cuando ellos discutieron y digieron que le caigamos a pepazos y salimos de eso, presumí que nos querían matar, en ese momento sentí que Rafael se movía feo, sentí que la sangre de Rafael corría por mi cuerpo, aparte de que nos amordazaron quedamos un paño sobre nosotros, a todas estas sentí cuando me agarrón del pelo y se me apoyaron en la espalda, no sabia quien me corto, me cortaron hacia delante y por detrás, era algo muy rustico lo que me estaban pasando en el cuello, pensé que era con una máquina de afectar, en un momento me puse tenso, cuando afloje el cuerpo me soltaron porque pensaron que me habían matado, me quede quieto, escuche cuando sonaron las alarmas del carro, cuando sacaron los dos carros y espere que terminara la canción, hay me solté y revente el tirro que tenia en mis manos y boca, voltio a Rafael el estaba con el cuello abierto, la máquina con el cable la enrollaron en su cuerpo, conseguí a Omar sentado en la mano, le colocaron bolsa de basura, con tirro, cuando logre romper la parte de la nariz el no respiraba, salí de la casa llame a los vecinos, salió Leidi y Franklin y le dije que a Omar lo habían matado, mientras ellos bajaban me fue por la calle a las rejas y llame a mi papá, yo llame al 171, y le explique a la muchacha de emergencia lo que estaba pasando, estuve en un momento como 10 minutos que no pude más y caí al suelo, hasta que llegue al hospital, no se la razón por la cual me haya agredido, no hubo discusión entre nosotros, se mencionaron muchas cuestiones entre ellos, se hablo de la productividad que le daba el negocio Omar, Rafael hablo de la Hamburguesería, M.Á. dijo que era inspección de la policía, Antonio dijo que era petejota, el caso fue que comimos y la actitud no se porque la tomaron, tampoco pusimos resistencia al atraco en el momento que nos estaban pegando, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “Tengo 28 años, soy supervisor de ventas, soltero, si era sano, en Pericos, una cerca separa la casa de mi papa y la de el , esta la familia Aza, y las personas que nos prestaron ayuda, tenía 10 años de conocerlo, si el comportamiento era público, pero todos los respetaban, todo dependiendo del tipo de personas con que estuviera, con los vecinos hubo respeto siempre, completamente normal y trabajador, a Gerardo lo vi la primera vez cuando fuimos a S.A.d.T., ya el me había hablado de Gerardo, lo conocí y hasta ese momento fue una persona normal, ese día que fuimos comimos haya el nos atendió nos vinimos un poco tarde, había pasado como 22 días un mes, el siempre me comento que ellos tenían algo que estaban saliendo, incluso Gerardo fue para el negocio de Omar, que estaban saliendo y compartiendo y que ellos ya habían tenido relaciones, le decía que bien, llegamos como de 6 a 7 esperamos, nos fuimos solos, la única vez que lo vi fue en la casa de Omar, el día que sucedió el hecho el día 16-01 un domingo, no fui, el domingo como a las cuatro de la tarde, sabia cuando el llegaba del negocio e iba, el estaba con Antonio, M.Á. y Gerardo, y fue cuando Omar me dijo que viniera para azar unos pedazos de carne, a las 4 de l a tarde, el vivía solo, desde siempre, el tenía como 12 o 13 años, dure como media hora o una hora, conversando y el me presento a Antonio y M.Á., no lo conocía, claro, Antonio alto, moreno dientes desacomodados, estaba vestido de J.a., suéter, botas blancas, cabello negro piel morena, Gerardo estaba vestido de beige usaba lentes, camisa de cuadros amarillo, tenía cabello amarillo, Miguel un poco bajo gordo de ojos claros azules, tenia camisa roja, J.a., botas blancas, yo se que ellos están aquí y son ellos los tres, en esa hora nos presentaron, en el momento no, ellos estaban tomando licor, si porque Gerardo salió conmigo a comprar una caja de cerveza, en la segunda vez, Rafael no se encontraba, dure como una hora y media, como a las 6:30, llegue a pie porque somos vecinos, los mismos que estaban la primera vez, mas Rafael, si lo conocía de rumba lo conocí por medio de Omar, tengo de 6 a 7 a los de amistad, no de verdad que no comentaron nada, pues no lo único fue Antonio cuando Rafael tenía minutos libres y me presto el teléfono para llamar, la actitud de ellos fue normal, hasta cuando me metieron el arma en la boca, Omar siempre tomaba aguardiente y Rafael le trajo la botella de aguardiente a Omar, se lo tomo y se fue a dormir, el no se la tomo completa y dijo que si iba a dormir con Gerardo porque se suponían que ellos eran pareja, casi siempre todos estábamos agrupados allí, que iba acostar, si se despidieron se fueron los dos, como alrededor de media hora, no escuche nada, la puerta estaba sentada, no porque estábamos donde había una barra que tiene vista a una sala de estar, mas no se ve al cuarto de Omar, ya habíamos pasado estaba en la cocina con Rafael hablando y le dije que me iba a ir, hay paso al frente de la cocina hay un baño y me agarra la camisa Antonio y me dijo que le colabore, en el cuarto con Omar, la puerta estaba cerrada, no Gerardo estaba en el cuarto con Omar, fue algo completamente voluntario porque no había nadie que lo presionara, Rafael quedó cambiando el Cid y M.Á. quedo también, afuera, entro al baño Antonio conmigo y luego entro Miguel a Rafael del cuello, no solo estábamos nosotros seis, cuando nos meten al baño a mi el que me amarro y me coloco el tirro fue Antonio, y a Rafael lo entra M.Á. y ellos me advierten que no lo miraran a la cara, a Gerardo no lo volví a ver más, me amarro con tiro de embalar las manos las piernas y la boca, a Rafael le hicieron lo mismo, no se quien lo hizo porque no volví a verlo, estábamos los cuatro, al rato nos tiran un paño encima, voces se escuchaban incluso entre ellos discutieron que fue digieron que vamos a caerle a pepasos y acabamos con eso, estaban los tres allí, ya tenía el rostro cubierto, no escuche lo único fue eso y vi que todo fue algo ya planeado, si hubo un momento que no se sentía la presencia de ellos allí, se escuchaban los recipientes de la cocina y gavetas, ya estábamos amarrados, en ese momento ya no estaban en el baño, ellos estaban seguro que nos podíamos soltar, me parece que fue primero Omar, porque a mi fue primero que tomo Antonio y a mí fue el último que me cortaron el cuello, para mi era una máquina de afectar manual, porque vi que Rafael estaba amarrado con la máquina de afectar eléctrica, de la manera que pasaron eso no la prendieron porque no sentí la vibración en el cuello, no porque el equipo estaba en alto volumen, no paso tres minutos, me cortaron y se fueron, 10 Bolívares mil que tenía en mi poder y mi reloj, era uno elástico, si también le quitaron su dinero y su tarjeta, el cargaba un reloj, me dijo que le quitaron el reloj, tarjetas y celular, Omar tenía un anillo de oro blanco y tenía una piedra, incluso ese día se toco la conversación de esa prenda, se toco el tema sobre plata y la producción que se daba en el negocio y de las prendas que el tenía, Rafael hablo de la hamburguesería, se toco mucho ese tema, el porque lo desconozco, la conclusión mía si ellos pensaron que Omar tenía millones en la casa, Omar ya tenía como 2 meses estando con él, en ningún momento todo fue completamente normal, no se despertó ese interés y si hubiese pasado lo fuera dicho, este en el momento que sonaron las alarmas la voz se me pareció a la de Antonio dijo dale que hay sale para sacar el carro del garaje, neón, color verde, una wagón, no estaban ningún carro, se lo llevaron los tres, a mi me cortaron, ellos no nos prestaron ayuda, no se escuchó nada de eso, si después supe que Rafael le tenía un sistema de seguridad al carro se apago en colinas del mirador y dejaron el carro votado y después me entere que vagón de Omar la encontraron en la vía el Llano con un letrero que dice lo mate, no ninguno, en la casa no rendí mi declaraciones después que me tomaron puntos, y dije lo que paso, solo la del cuello, Omar en el momento de que lo conseguí lo cortaron en el cuello, a mi colocaron una tira de tiro de embalar, en la manera que hirieron a Omar fue cruel, el era una persona trabajador, si yo no aflojo mi cuerpo me hubiesen matado, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “Si, desde el momento que el se mudo para pericos hicimos buena amistad, yo también era homosexual, el me comento en el viaje de Gerardo y cuando fuimos a S.A. era para presentarme a Gerardo, relaciones sexuales, en ese momento llegamos y el chamo estaba muy atareado en el momento no nos pudo atender, el nos trajo la hamburguesa, ellos estaban tomando de la botella de aguardiente de Omar, tomó solo Gerardo, si la puerta estaba cerrada, no le volví a ver la cara desde que se fue a dormir, si lo oí, no se escucho primero las gavetas y luego del tirro, no se como 2 o 3 minutos, fue algo rápido, me colocaron tirro en la boca, Omar tenía tirro hasta la nariz, no los vi, es todo”.

    A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “El mismo día, domingo 16-01, G.A. y M.Á., a Gerardo, quedaron Antonio y M.Á. no había oscurecido, estábamos lo 4, Rafael, M.Á., Omar y Antonio, ellos eran pareja, si lo normal, no para nada en ningún momento, comimos todos, seguimos hablando, no nadie dijo nada de mujeres, tuvimos todos en grupo, mientras que yo estuve allí no, hay mismo donde comimos, porque hay un asadero de carne, si de por si el estaba cansado aparte de que tomó aguardiente, Gerardo se comporto normal se fueron acostar porque eran pareja, eran como las 12:30, como una hora, no salieron, en el baño, si se veía y la puerta estaba cerrada, Antonio me dice que colabore y nada le pasa, me metió un arma negra, no escuche a Gerardo dar instrucciones, a mi me amarro uno solo que fue Antonio, a Rafael lo llevaba M.Á., de quien lo amarro no se, estaban los dos allí Antonio y M.Á., estábamos amarrados con la boca tapada, no éramos de preocupación para ellos, gavetas caseloras, si escuche, primero uno y después el otro, primero fueron las caseloras, al instante se escucho el tirro, después de eso sucedió la discusión entre ello, se escuchaban las voces de ellos, para mi los tres porque el equipo estaba a volumen, en ese momento tenia era el olfato y el audio, escuchamos la discusión entre ellos, uno dijo que le caigamos a pepasos, la voz no la podría identificar, no paso de 5 minutos de sacaron los carros, primero me solté, solté a Rafael, fui a ver a Omar y el ya estaba muerto, llame a los vecinos y le dije lo que pasaba, por la reja llame a mi papa y le dije que me estaba desangrando al rato perdí el conocimiento, en el hospital, abrí los ojos me estaban tomando los puntos y quitando la sangre, duramos el 17 toda la noche y día, me dieron de alta martes o miércoles, las rendí allí, después me las llevo un funcionario a mi casa y me pregunto que si estaba conforme firme y listo, no en ningún momento, lo único que indagaron de mi vida personal, a raíz de lo que paso sería ilógico desmentir que lo que yo soy, yo cuando eso trabajaba en una estación de servicio Guadalupe, al lado del Hotel Palermo, yo dure como 8 días con los puntos, como a las tres semanas, que dure para empezar a trabajar, a raíz de la persecución que me cargo Marvelia y después de las tantas amenazas, de esa señora, a mí me costo años superarlo y no lo he superado, eso fue después de semana Santa regrese después de un viaje, un lunes estaba con mi madrastra y me dijo que lo llamo Yonny, a las 10 me llamo la secretaria y me dijo que también me llamaron haya, a la 1 me llamo Yoni y me dice que yo soy el abogado defensor de J.A. y M.Á., el me dijo que a él le pagaron para que lo bajaran, si usted no coopera a usted le va a ir pero, porque todo de usted, le dije que yo no quería nada de nadie, me dijo que usted ya huele a muerte, esa fue la primera amenaza, fueron muchas cosas a la vez, la manera como se ensañaron con nosotros, mandan a una abogada para que nos amenaza, y como me siento yo que de cualquier momento me van a quitar a un ser querido, hubo esas amenazas, fui a la Fiscalía y le dije al señor Jairo, y eso quedo reflejado de que cualquier cosa que me pase a mi o mi familia ellos serán los culpables, Marvelis, la tarjeta quedó en Fiscalía, esa abogada se presentó muy educadamente me asuste cuando me dijo que era la defensora, me dijo que lamentaba mucho lo que te paso, tengo a los muchachos Miguel y Antonio, ellos no te van a ser nada, le dije que ella no podía entender lo que me esta pasando porque no le cortaron el cuello, ella comenzó con su psicología barata, le conté todo al doctor Jairo, mi conclusión fue que como ella no encontró nada conmigo, me amenazaron con mi familia, a Rafael también lo amenazaron; ella quería que le repitiera como sucedieron los hechos, le dije no iba a repetir eso porque para mi fue demasiado fuerte ese momento, siempre hizo hincapié que estaban alterados y quería que cayera en duda de lo que yo había declarado, en la primera amenaza me digieron que quería si dinero o cirugías, nunca había estado en esa posición porque la vida de nosotros vale demasiado, fue la voz de un hombre por teléfono, como Yonny, el me dijo que el era un supuesto abogado defensor, después me dijo que a él pegaron para que lo bajaron, M.Á. y Antonio, es todo”.

    A preguntas del defensor Privado W.V., contestó: “Antonio, no vi quien lo hizo, una sola persona y me agarro del pelo y me corto, para mi están los tres en esto, desde el momento que agarraron Antonio, porque me metió el arma, M.Á. porque traía a Rafael, si porque fue la que nos amarraron, no me amordazo, no se quien fue los tres estaban allí y están involucrados en esto, a ninguno de los tres vi cortarme el cuello, es todo”.

    A preguntas del Escabino, contestó: “Conseguí a Omar sentado en su cama desnudo, tenía una bolsa de basura en la cabeza, tenía tirro y un plástico con varias capas, tan ajustado estaba que la nariz la tenía a un lado, la cama estaba desordenada, había demasiado desorden en el cuarto, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto el deponente es una de las victimas de autos que narra las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrió el hecho punible endilgado, siendo conteste en manifestar que ciertamente el fue a la casa del hoy occiso O.N., que al llegar a la misma el prenombrado ciudadano lo invito a una parrillada que iban hacer; que en el referido sitio se encontraban presentes los tres acusados J.A., M.Á. y Gerardo, siendo este ultimo el único que conocía el deponente, por cuanto el tenia conocimiento que este era la pareja de Omar; que el mismo se retiro del lugar indicado ut supra a fin de irse a su casa a bañarse; que una vez que se baño regreso encontrándose presentes las personas antes mencionadas mas el ciudadano R.A.; que procedieron a compartir entre todas personas presentes; que luego de haber compartido Omar decidió irse a dormir con Gerardo, quien era su pareja; que no volvió a ver mas a Omar ni a Gerardo; que una vez que el decide retirarse para servirse otro trago el ciudadano J.A., lo agarro del brazo, lo apunto con un arma de fuego y lo llevo hasta el baño logrando someterlo; que al llegar al baño lo amarrado de las manos, de los pies, le coloco cinta adhesiva en la boca y le envolvió la cara con una bolsa plástica de basura; que observo cuando M.Á. traía consigo a R.A. apuntándolo con un cuchillo; que de igual manera lo amarraron de manos y pies y le envolvieron la cabeza con una bolsa; que sintió cuando la sangre de R.A. le corría por su cuerpo; que sintió cuando le pasaron algo rustico por su cuello; que escuchaba los gritos que venían del cuarto de Omar, así como el ruido que ellos hacían en la casa cuando estaban esculcando todo y cuando prendieron los carros y se fueron del referido lugar, momento en el cual el procede a desatarse y a brindarle ayuda a R.A. y O.N., quien se encontraba en su recamara totalmente desnudo y sin signos vitales, motivo por cual sale a la calle a pedir ayuda y a llamar al 171 a fin de manifestar lo ocurrido.

  2. - Declaración d el ciudadano COLMENARES VIVAS R.A., victima de autos, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.221.786, de profesión u oficio Licenciado en Educación, quien una vez juramentado manifestó no tener ningún lazo de parentesco con las personas presentes y expuso: “Yo me encontraba el día domingo 16 en mi casa, me llaman por teléfono como a las 4 a 5 el ciudadano Omar y me dice que tiene un compartir unos tragos y que por favor le llevara una botella de aguardiente, compre la botella y fui a la casa de Omar, habían tres ciudadanos a parte de él, dos de ello el día sábado los vi en casa de él, el domingo los salude, hablamos conversamos, Omar estaba haciendo una parrilla, conversamos de amistad de la familia, de música, de los oficios de cada uno, estábamos estableciendo una amistad, al tiempo llega Candido y empezamos a compartir todos, empezamos a tomar unos tragos, Omar después de un tiempo ya se había echado los tragos decide irse a dormir, como a las 12, ya se había comido y todo, se fue a dormir Omar y se va acompañarlo el ciudadano Gerardo, me quede hablando con el señor Mustafad de lo que habíamos hecho el día anterior, con nosotros quedó el ciudadano Antonio y Miguel, y se van hacia un lado de los pasillos de la casa, yo me levanto porque se me termino el trago y a cambiar la música, cuando termino siento que me agarran el brazo izquierdo, observo que era el ciudadano Antonio y me dijo que colabore para que no le pasara nada, sentí que me pusieron algo un arma en la cabeza y me halan del brazo, estaba confundido, cuando reacciono es cuando me colocan frente del baño y veo que Miguel tenía a Candido con una rodilla sobre su espalda tirado en el piso, y me coloca en una posición que no viera mas a Candido, me repetían que colaborara, escuche un tirro me dicen una las piernas me atan las manos piernas y me colocan un tirro en la boca y me tiran al lado de Candido y me dicen que no mire, empecé a rezar, uno le decía al otro que lo mataran, me desmaye en la primera ocasión, cuando regreso de ese desmayo escucho ruido, y que Omar gritaba que dejara la broma que hasta cuando, sentí asfixia y me desmaye de nuevo, luego de ello me levantan la cabeza y me pasaron algo por el cuello, hasta que Candido me levanta y me dice que no se va a morir, escuche los ruidos, a mi remetieron la manos en el bolsillo para sacarme las llaves del carro, escuche las alarmas del carro, Candido se levanta llama a su papá a sus vecinos, yo no me moví para nada porque estaba sangrando, llegan los vecinos me levantan del baño me recogen y me llevan para el hospital Central de San Cristóbal, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “Yo el día sábado 17 cuando salí de clase porque en eses entonces estaba haciendo estudios de post grado, me dirigí hacia la casa de Omar, presenta al ciudadano Antonio y Gerardo ellos estaban tomando unas cervezas allí, no creí prudente quedarme, el caso es que yo me retiro el sábado mes despido de estas personas y de Omar, tenía 17 años conociéndolo, si, era igual que cualquier ciudadano con su personalidad normal, era una persona sana productiva, el día sábado fui como 7 a 7:30 de la noche, yo tenía la costumbre que salía de clase e iba a conversar con él, fui de forma voluntaria, como media hora, el vivía solo, estaba el señor Antonio y el señor Gerardo, anteriormente no era la primera vez que los veía a los dos, una persona catira, de piel medio rosada, de ojos claros, pelo castaño claro, estatura normal, Antonio era una persona alta, morena, me supongo que lo mismo que estaba yo visitándolo, estaban tomando unas cervezas, si tenía Vagon R verde, no, creo que no tocamos el tema, el si me dijo que si de pronto había una parrilla el me invitaba, no para nada, yo me retiro primero, en mi carro, un Neón, año 2000, no tengo ni idea, me imagino que 18 a 20 millones, en menos no lo vendía, ese era el valor para mí, en el momento que Omar me dijo que llevara la botella de aguardiente, que estaba con otros muchachos que estaban el día anterior, no porque apenas cruzamos tres palabras mas nada, por supuesto que no, eran como las 4:30 a 5 de la tarde, fui solo con la botella en mi vehículo, estaba el señor Gerardo, A.M. y O.N., Miguel un amigo que habían llevado ellos, no recuerdo creo que fue Omar que me lo presento como otro compañero, si señor, Miguel era un señor mas o menos acuerpado, blanco, robusto, no porque acabo de entrar y me digieron que no volteara a mirar, es vecino de Omar, no con exactitud lo conocí por ser vecino de Omar, el lego después que yo llegue, claro el llego agregarse al compartir, seis personas incluyéndome, estuvimos en uno de los pasillos, y estábamos frente a frente conversábamos todos en una mesa redonda, A.G.M.O.C. y mi persona, imagino que ellos se conocían, habían mas amistad entre Gerardo y Omar, en momento si, así como lo hice yo con Mustafad, hablamos de la familia, de los oficios de cada uno, de la música, de política, de pronto se cayo en un tema de un anillo que tenía Omar que era de oro blanco y que ese oro no tenía ningún valor y que el brillante que tenía era una cosa pequeña, si pero no recuerdo con exactitud, fue un tema muy natural, se llego a ese punto, no le pregunte, fue del otro grupo, de pronto si se llego también al tema de que si el guardaba mas prendas y el aclaro que no tenía mas prendas sino solo el anillo que no tenía mayor valor, si también, no, no señor, exactamente excelente, si se despide Omar de todos, no para nada, el se va solo pero de inmediato lo sigue el señor Gerardo, no me di cuenta, prácticamente fue al mismo tiempo, no si daba una ventana pero no se veía nada para adentro, estaba cerrada, unos 35 a 40 minutos, ellos de inmediato se levantan y se van hacia un lado del pasillo, yo charle con Mustafad de lo que habíamos hecho el sábado, si nos separamos, la cocina tiene una barra y yo estaba allí sirviéndome un trago, Candido quedó en el pasillo, estaban en el cuarto la puerta estaba cerrada, que yo escuchara no, solo se escucho el ruido de la música, el ciudadano Antonio, bueno estaba de espalda, sentí un arma, no se que decir, sentí un objeto de metal en mi cabeza, me digieron que colaborara, me llevan hacia el baño, estaba Mustafad tirado en el piso boca abajo, y Miguel le tenía una rodilla en la espalda, Candido estaba acostado sobre el piso boca abajo, vestido amordazado con las manos atrás, tiro en las piernas, yo estaba sirviéndome el trago, cuando sentí que me agarraron del brazo y me dijeron que colaborara que si colaboraba no me iba a pasar nada, eso no lo puedo decir, yo estaba en la cocina, yo cambie la música, estaba cerca de la cocina en una sala de anticipo, primero cambie la música y luego me serví el trago, fui sometido por el señor Antonio, me trasladan hacia el baño, estaba Candido con una rodilla de Miguel sobre su espalda, a mí me estaban colocando de espalda a Candido, escuche el ruido del tirro, en ese momento ya era las manos atrás una los pies, y la boca, primero yo coloco las manos hacia atrás y simultáneamente me están amarrando las manos y me están uniendo los pies, no creo, me van llevando y me tiro al lado del señor Mustafad, si ellos eran los que estaban allí, más nadie, empecé a rezar escuche ruidos, música, que iban y venían hacia el baño, se regresaban, uno le dijo a otro que le metieran un tiro, y el otro le decía que no, no me desmaye dos veces, si sentía esa necesidad, cuando regrese del primer desmayo, no me habían cortado, no porque me encontraba en ese momento me había desmayado dos veces, yo me desmayo por una segunda vez cuando siento que me levantan la cabeza ya tenía lago encima un trapo no se que era y sentí que me pasaron algo, prácticamente fue de una sola mano, me hieren en el cuello, me agarro mas de veinte puntos, físicamente todavía, dure aproximadamente bajo tratamiento siquiátrica 5 meses, me dijeron que si porque según los médicos milímetros de la yugular, Candido ya estaba consiente, no me a.G., ni ninguno de los tres, por supuesto que no, la mamá, los familiares de Candido, a mi me recogen de una camilla de allí del baño y me sacan hacia la ambulancia, familia de Candido, Omar y vecinos, no estaba allí, no se, me metieron la mano en los bolsillos y me sacaron las llaves del carro, se lo llevaron sin mi voluntad, si tenía Bagonier R verde, si también se lo llevaron, lógicamente que no, kilómetros donde ocurrió el hecho, porque tenía un sistema de seguridad anti atraco, no señor, yo me entere que Omar estaba muerto estando como a las 9 a 10 de la mañana no se la hora era porque estaba en hospital cuando un amigo de el me dijo que usted no sabe que lo habían matado, no se nada de que hay sido por ningún paro, fue por esos mismo hechos, si en el cuello, en el mismo lugar donde me habían intentado asesinar a mí, en el cuello, el médico escuche claro cuando dijo que había sido milímetro de yugular que estaba vivo gracias a dios, si, a mi casa se recibió una llamada telefónica que atendió la empleada preguntando por R.C. yo estaba en mi trabajo, la empleada llama a mí mamá y cuando ella agarra el teléfono le dice que me informara que me comunicara con el señor Candido porque si quede vivo ese día de esta si no me iba a salvar y que me pusiera de acuerdo con Candido para que atestiguara de acuerdo a lo que yo iba a decir, Candido me dijo que hablara con el fiscal en el cual nos iba a dar un beneficio que el testimonio ya estaba listo por algo nos llegara a pasar, que íbamos a tener un custodio cuidando nuestra integridad física y la de mi familia, yo tengo entendido que había unas citaciones que defendían a Antonio y Miguel, en ningún momento, el único interés que tengo es que se sepa la verdad de los hechos, por ese momento no se lo merece ni el peor ser humano que exista en esta tierra, mi cartera, mi reloj, mi celular las llaves del carro, tarjeta de crédito, mi cédula, el reloj era una edición especial cálculo que valía mas que la cartera, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “17 años, amigos, el domingo si el trago que yo lo lleve, a él degustaba el aguardiente, no me di cuenta, se fue Omar y Gerardo, no se, si sospechaba, porque se supone que en la conversación uno indaga, y el que hace tiempo tenía conociendo a Omar era Gerardo, si la puerta quedo cerrada, no señor, en ningún momento, exactamente, por supuesto que no, estaba con un trapo en la cabeza y no los vi, es todo”.

    A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “El día sábado, el señor Antonio el día sábado, si cargaba, no tengo ningún plan, se manipulo de pronto para observarlo, no recuerdo, quien a mi coloco eso la voz era del señor Antonio, porque nunca me soltó del brazo, no estaba en el cuarto, no, yo ya estaba al lado de Candido boca abajo en ese momento, el señor Miguel y el señor Antonio, no señor, cuando vine del primer desmayo, solo estábamos Mustafad y yo, Omar decía ya dejen la broma lo repitió en dos o tres oportunidades, el se dirigía a varias personas, estábamos atados, si eso se llama anti atraco funciona al abrir una puerta estando el carro prendido, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que el deponente es una de las victimas mas del caso de marras, quien es conteste en manifestar que ciertamente se dirigió a la casa de Omar el día que ocurrió el hecho punible endilgado, en virtud de la invitación que la había hecho el mismo, que el llegar al referido lugar se encontraba presentes Omar, J.A., M.Á. y Gerardo y que con posterioridad llega Candido; que luego compartieron todos los presentes, a través de la parrilla que se había hecho, tomándose una tragos y hablando de diversos temas; que después de compartir el ciudadano Omar decide retirarse a su habitación con Gerardo quien era su pareja; que el se queda en compañía de Candido, J.A. y M.Á.; que posteriormente J.A. y M.Á. se van hacia un lado y el continua hablando con Mustafad; que al terminarse el trago el decide ir a buscar otro, momento en el cual siente que J.A. lo toma del brazo izquierdo, lo somete con un arma de metal y lo lleva al baño; que al llegar baño logra observar que M.Á. tiene sometido a Mustafad, quien estaba tirado en el piso atado de manos y pies; que de igual manera a el lo atan de las manos, de los pies, le colocan tirro en la boca, le envuelven la cabeza y le cortan el cuello de la misma forma que se lo hicieron a Candido y a Omar; que escucho cuando Omar grito en tres oportunidades que dejaran la vaina; que sintió cuando le metieron la mano en el bolsillo, le sacaron las llaves del carro, se le llevaron el celular, la cartera, la tarjeta de crédito y un reloj que era de edición especial; así mismo escucho cuando se llevaron los carros y cuando Mustafad logra desatarse y brindarle ayuda, manifestándole que no se va a morir, saliendo a pedir ayuda; que ciertamente los vecinos y los padres de Mustafad le dieron auxilio y lo sacaron en una ambulancia hacia el Hospital Central; y que efectivamente su carro tiene un sistema anti atraco que se apaga aun estando encendido.

  3. - Declaración del ciudadano W.A.N.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.517.134, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto la Inspección Nro 263, localizada al folio 3, Inspección Nro 264, localizada al folio 5, Inspección Nro 332, localizada al folio 66, Acta de Investigación de fecha 17-01-2007, localizada al folio 6, Acta de Investigación de fecha 20-01-2005, localizada al folio 44 y Acta de Inspección Nro 5833, localizada al folio 222 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma la del folio 3, las del folio 5 y 6, las del folio 44, folio 222, si es mi firma, fecha 16-01-2005, me incorporé al grupo de guardia por la brigada contra homicidios en fecha 17-01-2005, a las dos y media de la mañana se recibió un reporte del 171 donde informaban que en sector de Pericos se encontraba el cadáver de una persona de sexo masculino, me trasladé con el funcionario de técnica policial hacia la vía el Mirador vía Pericos, como a las tres de la mañana estaba desolado y ubicamos un vehículo neón de color verde nos causó curiosidad y nos paramos lo revisamos tenía las intermitentes prendidas había sido abandonado , llamamos al 171 y nos informaron que el vehículo estaba involucrado en el hecho, nos trasladamos al sector Altos del Mirador de Pericos, era una vivienda normal de tipo familiar donde se encontraba la comisión de la Policía del Estado Táchira se encontraba resguardando el sitio del hecho, nos indicaron que el interior de la vivienda se encontraba una persona fallecida que había sido trasladada al hospital central, que tres de las personas eran lo que habían cometido el hecho, a la parte interna de la vivienda observamos el área de la sala habían señales de desorden y algunas partes apreciaban manchas de mancha hematica en la parte interna de la sala y nos dirigimos hacia el fondo la vivienda donde estaba la habitación principal, había una cama matrimonial estaba una persona de sexo masculino en posición dorsal sus piernas extendidas, y apreciamos que el cadáver presentaba signos de violencia una bolsa de material sintético, estaba sellada con cinta adhesiva de color amarillo, y encima de una gran cantidad de sustancias hemática, se localizó un rollo de cinta adhesiva, de manera general procedimos a mover el cadáver, y tenía sus brazos atados, se fijó fotográficamente, el cadáver presentaba heridas abiertas a nivel del cuello, seguimos inspeccionando en la sala se encontró otro rollo adhesivo, en esa área estaba ubicada una sala de baño, había gran cantidad de manchas de sustancia hemática y colectamos una toalla impregnada de gran cantidad de de sustancia hemática sobre la poseta del baño había una máquina de afeitar eléctrica, estas evidencias fueron embaladas, nos entrevistamos con una hermana de la persona fallecida que nos dijo que su hermana estaba reunido con C.C. y que estas personas habían sido trasladadas al Hospital Central, retornando a San Cristóbal, nos dirigimos al sitio estacionado, fue trasladado en una unidad al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para ser sometido a inspección de luminol, posteriormente nos trasladamos al Hospital Central, inspeccionamos el cadáver tenía heridas en el cuello, en el hombro derecho, luego nos trasladamos a emergencia del hospital central ingresamos al área de emergencia, con C.G., presentó una herida en el cuello, y manifiesta que el había ido a la casa del señor Omar por que había sido invitado por el, llegó a la casa, y estuvo con el señor Omar, y llegaron tres amigos del señor, se tomaron unos tragos de cervezas desde horas de la tarde, hasta horas de la noche, que a eso de las 12 y 30 el señor Omar estaba un poco ebrio y se fue al área del cuarto, y en ese momento se quedó hablando con R.C. y en un instante que se levantó conversando con Rafael fue sometido por los tres amigos del señor Omar, pero el refiere que conoció ese día a Antonio, que esta era la persona que lo había sometido en la casa, con arma de fuego, una vez sometido fue llevado a la sala del baño, lo tiraron al piso y lo aseguraron con la cinta adhesiva siempre amenazado con el arma de fuego, entra la otra persona una de los tres sometiendo a R.C. lo sometieron con cinta adhesiva, el señor Candido refiere que sometidos en el baño, el refiere que es Antonio el que lo somete la otra persona se dirige a la habitación Omar que refiere que es de piel blanca, decían que se quedaran tranquilos, luego sometidos el percibe que le están causando daños a Rafael, y es cuando él es víctima de una agresión en el cuello, todo eso fue plasmado en el acta, luego nos dirigimos donde estaba R.C. que estaba en un estado mas critico y no pudimos entrevistarnos con él, eso fue el mismo del hecho, al día siguiente, el 18, hacía referencia que él trabajaba en la localidad de S.A., y aporta información del sitio donde puede ser ubicada esta persona, posteriormente una comisión se trasladó a S.A., y se logró ubicar el sitio donde trabajaba una de los presuntos participes del hecho estaba en una venta de hamburguesas, se logró establecer que la persona que trabajaba en la venta de hamburguesa frecuentaba con esa persona que se hacía llamar Antonio, y con un policía, y que conocía a uno de los presuntos actuantes en el hecho, esta persona nos informa donde podían ser ubicadas estas personas, se hizo el trámite para obtener orden de visita domiciliaria, en fecha 20-01-2005, se practicaron los tres allanamientos de las tres presuntas personas que practicaron el hecho, colectamos vestimenta, documentos, y se logró la identificación de ellos, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “no había visitado a esa vivienda antes, el sector es tomando la vía hacia Pericos en la vía principal estaba el vehículo trailer color verde sin placas, estaba cerrado pero tenía las luces intermitente y no tenía llaves el vehículo, luego nos estacionamos porque nos pareció extraño, y verificamos que el vehículo estaba en condiciones de abandono, y nos informan que el mismo es propiedad de una de las víctimas y de ahí nos trasladamos al lugar de los hechos, desde donde estaba el vehículo a la vivienda era 5 kilómetros, se llega a la casa por una regresiva, hay un portón es una vivienda de tipo campestre, está la entrada principal se ve la cocina al fondo, se observaron botellas de cervezas y había una botella de ron, vasos plásticos, fui primero a la habitación principal, allí había una habitación dormitorio habían otros enseres, había un baño también y arriba de la casa estaba el cadáver en posición dorsal, boca arriba, con respecto a la cama estaba a lo largo, como duerme una persona y con sus piernas completamente extendidas y las extremidades debajo del cuerpo, y la cabeza cubierta con una bolsa negra, si se observaron signos de violencia el tendido de la cama no estaba se observaba desorden, había una peinadora, la habitación en general tenía signos de desorden, tenía heridas abiertas en el cuello, y una herida en el hombro derecho, las heridas eran bastantes profundas ya la persona estaba sin signos vitales se fijó fotográficamente el sitio, sin hacer ningún tipo de alteración en el sitio, buscamos evidencias en el sitio, e igualmente fueron fijadas colectadas y embaladas, los brazos los tenía atados con cinta adhesiva localizamos dos rollos de cinta adhesiva, uno en el cuarto y otro en el área de la sala, la señora hermana de la persona fallecida nos facilitó la identificación se llamaba O.N., que tenía un restauran y vivía solo, en el baño había gran cantidad de sustancia hemática en el piso, una franela sobre el piso y en la poseta estaba una máquina de afeitar eléctrica, tenía bastante adherencia de sustancia hemática, al día siguiente se colectaron unos zapatos en la vivienda que eran de unas de las víctimas, en la sala había una botella de ron esa botella fue colectada igualmente estaba vacía, habían botellas de cervezas, cuando llegamos la camioneta de la víctima no estaba, tres personas se llevaron dos vehículos, el neón era del R.C., entrevistamos a Candido en el Hospital, nos indicó que a él le habían quitado un dinero, las tres personas tenían heridas en el cuello, las dos personas heridas indicaron que fueron heridas con la máquina, estas dos personas si fueron lesionados con la máquina de afeitar, podría ser que se hayan ocasionado las heridas con la misma arma por que no encontramos otra arma, a parte de esas personas nunca estuvo mas nadie, Candido refiere que estuvo ausente como a las cinco y media de la tarde pero todos permanecieron ahí, cuando es entrevistado Cándido nos refiere que conocía de vista a uno de los tres que era de piel blanca, catire por que había ido con la víctima donde residía en S.A. en la venta de hamburguesas a las otras dos personas no las conocía pero a uno de ellos se llamaba Antonio pero se hacía llamar Toño, se entrevistó con las personas que laboran en la venta de hamburguesas y nos aportan el nombre de G.V. que frecuentaba con Cánchica y un funcionario de la Policía, y que habían sido vistos en la tarde, como M.Á.S. era el nombre del funcionario de la Policía, nos dijeron que no sabían donde estaba Gerardo y que no estaba trabajando, cuando se allanan las residencias ninguno estaba en la casa, hablamos con el papá de A.C. y dice que su hijo le había dicho que había tenido un problema que había ido con Gerardo y con M.Á. en una casa, igualmente con M.Á.S. las personas presentes en la casa dijeron que tenían tres días que nos lo veían, el señor Candido nos dice que Gerardo se fue al cuarto con la víctima, los tres actuaron, dice que lo sometían se trasladaban a la habitación regresaban y los amenazaban con el arma, ellos referían que estaban allá en la habitación, el cadáver era de piel blanca, calvo ojos pequeños, la bolsa en la cabeza fue asegurada tuvieron que haberlo volteado difícilmente una sola persona lo puede hacer en contra de la voluntad de la misma víctima, la víctima fue despojada de la cartera y un reloj, pero ellos tampoco tenían conocimiento que pertenencias tenía la víctima en la casa, no conocía a los presuntos partícipes del hecho, he dicho las cosas tal cual como ocurrieron, sin ningún interés, la camioneta de la víctima se localizó en el sector del Palmar de La Cope Viejo el 21 de enero, se le hizo la inspección a la camioneta Chevrolet color verde con plateado, esa camioneta tenía un vidrio trasero fracturado, en uno de los vidrios había una frase escrita con el dedo, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “no tengo relación de parentesco con O.N., encontramos algunos documentos de identidad de M.Á., y de los otros recolectamos la ropa, y la mamá de J.A.C. nos hizo entrega de la ropa, no se encontró sangre, en la ropa de M.Á.S. no encontramos sangre, al segundo día no estuve en el sitio, es todo”.

    A preguntas del Juez Contestó: " mas que todo en el colchón encontramos sangre ahí estaba la cantidad mas grande, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto de su deposición se desprende que ciertamente se recibió una llamada telefónica del 171, donde reportaron que por el sector de Pericos había una persona fallecida; que al dirigirse al prenombrado sector observaron en el camino específicamente por el Mirador vía Pericos un vehículo neón, abandono en la carretera, con las luces intermitentes prendidas, lo que llamo poderosamente la atención motivo por el cual se llamo al 171 y allí les fue indicado que el mismo guardaba relación con el hecho investigado, por lo que el vehículo in comento fue trasladado al cuerpo de investigación a fin de serle practicadas las experticias de rigor; que al continuar la búsqueda llegaron al lugar donde se cometió el punible endilgado, siendo este una vivienda tipo familiar, cuando al ingresar a la misma se apreciaba signos de desorden, botellas de cervezas, una botella de ron vacía, en el baño varias machas de sustancia hematica, una toalla impregnada con sustancia hematica, cinta adhesiva, un cable, una maquina de afeitar con la que se presume que se perpetro el delito endilgado y la cual fue utilizada para herir a todas las victimas por igual , en virtud de que no fue localizada otra evidencia que haga presumir que fue con la que se cometió el hecho en mención; así mismo en una de las habitaciones se aprecia el cuerpo sin vida de un ciudadano de sexo masculino, el cual fue identificado por uno de sus familiares como O.N., que dicho cuerpo fue trasladado a la Morgue del Hospital Central, donde se logro determinar que el mismo presentaba una herida a nivel cuello y otra a nivel del hombro; de igual modo se constato que en el Hospital Central se encontraban dos personas mas que habían sido victimas del caso de marras, logrando sostener una entrevista con una de ellas, por cuanto la otra se encontraba indispuesta debido a las heridas que le habían ocasionado, por lo que el ciudadano Candido procedió a narrar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo el punible in cometo, aportando información relevante al órgano investigador, para identificar a los autores del hecho, a través dicha información se traslado una comisión al sector de S.A., donde se tenia conocimiento que vivía uno de los autores del hecho, quien trabaja en una hamburguesería, donde a través de las personas que laboraban allí y así como por medio de otras diligencias de investigación se logro ubicar la residencia de cada uno de ellos, motivo por el cual se realizo en tres viviendas, las respectivas visitas domiciliarias, siendo colectadas en las mismas determinadas evidencias de interés criminalístico.

  4. - Declaración del ciudadano G.F.M.D., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4465907, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto lo siguiente: folio 154, experticia 219 al folio 211 experticia 295, al folio 159 experticia Nro 225, al folio 214 experticias Nro 256 de la presente causa. Seguidamente expuso:”ratifico el contenido y la firma de lo que se me ha puesto de manifiesto, en la primera experticia se practicó una activación especial a un vehículo automotor se determinó que no se visualizaron rastros dactilares en este vehículo automotor, la segunda experticia de activación fue practicada a un vehículo marca Chevrolet, no se logró visualizar rastros dactilares, en la tercera experticia se practicó un reconocimiento legal observándose manchas de color pardo rojizo, de presunta naturaleza hematica, un cuaderno marca Caribe e igualmente se determina manchas de color pardo rojizo, y tenemos un reconocimiento legal a un carnet el cual está a nombre de G.V. y un documento expedido por la Federación Médica Venezolana a nombre de G.V. y una fotografía a color alusiva a una persona de sexo masculino, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “la cinta adhesiva tenía un segmento enrollado entre si presentaba mancha de color pardo rojizo, esta cinta ya había sido utilizada, es todo”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, ya que a través de los conocimientos científicos se determino que a los vehículos involucrados en el caso de marras no le fueron encontradas huellas dactilares; de igual manera de su deposición se desprende la existencia material de un carnet correspondiente al acusado de autos G.V., así mismo se demuestra que la cinta adhesiva colectada como evidencia, presentaba una sustancia de color pardo rojizo, la cual ya había sido utilizada.

  5. - Declaración de la ciudadana PABÓN DE N.C.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.140.338, oficios del hogar residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso: “no tengo nada que decir, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “si fue a declarar en la ptj, me citaron por un hecho de un homicidio, era la primera vez que iba, me citaron por que yo trabajaba con Gerardo y fueron a buscarme por unos guantes, yo trabajaba en una hamburguesería por la calle 14, para esa fecha tenía como un año, las hamburguesas las hacía T.C., él es alto, ni muy gordo ni muy flaco, Toño no sé donde está, yo sabía que estaba detenido, que está detenido, para ese momento si conocía a G.V. él empezó la hamburguesería conmigo, Gerardo trabajó conmigo duró año y medio después se retiró es blanco, alto, delgado ni muy delgado, no sé donde está el, Antonio tenía como ocho días de haber trabajado en la hamburguesería, de vista conozco a M.Á.S., no sé si M.Á. era amigo de Toño y de Gerardo, la Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas fue a preguntarse y les dije que era para hacer los perros calientes les dije que me los habían mandado a pedir que Gerardo me había mandado a pedir para que se los regalara Glenda la novia de T.C. que se los llevara yo misma, Toño no me habló de guantes Glenda me dijo que Gerardo me los había mandado a pedir, ella no quiso llevárselos yo se los llevé a la puerta de la casa Gerardo ya no era empleado allí, esos guantes se usan en la hamburguesería, Glenda me pidió el favor, eso fue un domingo ese día ellos pasaron por ahí Gerardo, Toño y el otro muchacho, no se, yo los vi de pasadita, yo los vi pero así, si los vi a los tres, ese día estaban los tres, no sé para donde i.e. mas o menos las dos de la tarde, ya le había entregado los guantes a Gerardo, él estuvo en la hamburguesería, al frente, no me di cuenta con quien llegó, en ese momento los otros dos estaban en la esquina como a tres pasos, yo lo conocía como el tombo, tombo le dicen a los Policías, Gerardo, Toño y el tombo estaban a tres pasos, ahí estaban, le di los guantes a Gerardo cuando ellos estaban ahí, hasta salir al portón de la hamburguesería, tenía que salir, no sé cuantos les di, los saqué así no sé si era uno o dos, Gerardo no me dijo para qué eran los guantes, Gerardo se despidió de mi y se fue, no me di cuenta de las otras dos personas que lo acompañaban, y me entré rápido, no los volví a ver más, a Gerardo lo veía todos los días por que trabajaba conmigo él se retiró del trabajo y entró Toño y duró como ocho días, el fue ese día en la mañana a trabajar, al otro día no fue a trabajar al día siguiente no fue a trabajar, no lo volví a ver, a Gerardo no lo volví a ver, según por lo que ellos hicieron que por un asesinato no se porque se fueron del Pueblo, Gerardo no me había dicho que le regalara guantes, no sé por qué Antonio no fue a buscar los guantes, los guantes eran míos personales, yo era la única que usaba los guantes ahí, a Gerardo lo conocía desde que había empezado conmigo, a él de vez en cuando iba a comer hamburguesa, no llegué a ver al tombo uniformado yo si sabía que él era policía, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “los guantes me los pidió la novia de Toño que se llama Glenda, me dijo Glenda vieja Gerardo le manda a decir que si le puede llevar los guantes, no dijo que los pedía Toño, el dueño de la hamburguesería es M.D., soy casada, no he ido a visitar a ningún detenido en el Centro Penitenciario de Occidente, los guantes estaban limpios, esa tarde vi a Gerardo con J.A. y M.Á. como a donde está el señor, M.Á. y J.A. no hablaron conmigo, no me dijo Glenda para qué eran esos guantes, es todo”.

    A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “el domingo empezamos a trabajar a las 5 de la mañana, Glenda me dijo que el señor Gerardo me había mandado a pedir unos guantes, Glenda trabajaba en el negocio ella, Glenda era novia de Toño, vi a Gerardo con Toño y M.Á. como a las dos de la tarde, estaban ellos los tres, Glenda trabajaba conmigo ella podía entrar al negocio, los guantes los tenía en la cocina, la distancia de Toño a Gerardo es de cuadra y media, le dije agarre los guantes y se los lleva ella me dijo llévelos usted, y se los di en la puerta de la casa de mi trabajo, él los echó en el bolsillo, es todo”.

    A preguntas del Juez Contestó: “no he sido amenazada, no sé decir como llegó Toño a trabajar a la hamburguesería, lo conocí como una persona normal, es todo”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, por cuanto si bien es cierto que la deponente no fue testigo presencial del hecho punible endilgado, no menos cierto es que con su deposición se desprende que ciertamente ella conocía a los acusados Gerardo y J.A., en virtud de que el primero de ellos había trabajado con ella en la hamburguesería y el segundo laboraba para ese entonces en la prenombrada hamburguesería; que efectivamente la ciudadana Glenda, quien era novia de J.A., le manifestó que Gerardo le había mandado a decir que le prestara unos guantes; que ella le indicio que se los llevara, respondiéndole esta que no, que fuera ella misma, por lo que dicha deponente le entrego los guantes a Gerardo al frente de su casa; y que el día en que se perpetro hecho que esta siendo debatido, ella observo que los acusados J.A., Gerardo y M.Á., a quien le decían el tombo, se encontraban juntos como a las dos de la tarde, así como que no los volvió a ver en el pueblo desde ese día, teniendo conocimiento con posterioridad que se encontraban involucrados en un homicidio.

  6. - Declaración de la ciudadana R.L.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5684308, funcionaria del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en la parte Alta de la Ciudad, é indicó no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto las experticias Nros 0226, al folio 160, Nro 0253, al folio 162, y 0255 al folio 167 de la presente causa. Seguidamente expuso:”reconozco el contenido y la firma, el primer informe la solicitud la realiza la brigada contra homicidio a una toalla de color azul, de igual manera se encontraba impregnada de sustancia de color pardo rojizo la segunda pieza camisa de marca cheviñón, la misma presenta dos soluciones de continuidad, presentaba adherencia de suciedad y de manchas de color pardo rojizo, nos arrojó un resultado positivo para sustancia hemática y dio positivo para sustancia hemática, la sustancia de color pardo rojizo en la toalla y la camisa corresponde al grupo sanguíneo A, es el primer informe, la segunda solicitud fue realizada por la brigada contra homicidio, con el reactivo de luminol a un par de botas deportivas de material sintético en color azul y rojo, se le hace el reconocimiento legal presenta adherencias de suciedad y manchas de color amarillentos, la segundo pieza un par de botas de marca max, se le hace su reconocimiento y presenta adherencias de suciedad y un accesorios denominados gorras, colores blanco y color azul, presentando en su parte posterior un sistema de ajuste y se deja constancia en el estado en que se encuentra presentando adherencias de suciedad, resultó negativo para la orientación y con luminol dio negativo, las referidas videncias no existe material de naturaleza hemática, el tercer informe corresponde a reconocimiento legal a par de zapatos de tipo mocasín, numero grande 42, de color marrón claro, presenta adherencias de suciedad presenta costras de color pardo rojizo, y varios segmentos de cinta adhesiva, de color beige, se le realizaron los análisis de orientación y certeza determinando que presenta naturaleza hemática, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “la primera experticia es una pieza de lencería y una camisa, una toalla grande de color azul, la toalla era de color azul, se encontraron impregnadas sustancias de color pardo rojizo es decir sangre, se deja constancia al análisis de orientación el análisis de certera y el grupo sanguíneo A, una camisa marca cheviñon color beige de la cual se dejó constancia que presentaba dos soluciones de continuidad, eso es cuando se pierde la continuidad por un descosido presenta bordes limpios y se presume que es un corte que se realiza en la morgue para despojar la prenda al frente de la camisa tenía dos soluciones de continuidad, los botones estaban en su posición original, esos cortes no se determinó con que instrumento se realizaron, fue con un instrumento cortante, ya que no fue desgarrado, esa camisa presentaba manchas de sangre, se dejó constancia de las características y estaba impregnada, la segunda experticia está relacionada con luminol a dos pares de zapatos deportivos y a unas botas o sea a cuatro zapatos, no sé donde venían, el resultado fue negativo, es una prueba para determinar presencia de sangre, en el primer par de botas presenta adherencias de suciedad y manchas de color amarillento, se le hizo un examen de orientación que es el método de ortotodilina, que arrojó resultado negativo, en el informe se dejó constancia de que los cuatros zapatos presentan adherencias de suciedad, la experticia de luminol es un método de orientación cuando se presume cuando sobre una superficie haya existido material de naturaleza hemática, de haber tenido una gótica de sangre se observa, la tercera experticia, se trata de una cinta de color beige normalmente utilizada para embalar, se encontró enrollada sobre si y no se le tomó medida, tenía varios segmentos de cinta adhesiva, tenían varios extremos, tenía signos de uso y presentó costas de color pardo rojizo, los zapatos son grande de cuero color marrón presenta adherencia de suciedad y manchas de color pardo rojizo, desconocemos cual es el caso, si llevan estas evidencias por separado que fueron colectados en diferentes sitios, y puede ser en el mismo sitio y en diferentes momentos, no conocía a la persona involucrada en este hecho ni a la víctima, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “estas experticias las solicitan los funcionarios de la brigada contra homicidio, al laboratorio cuando va la brigada lleva evidencias y su pedimento”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “la experticia es del año 2005, no recuerdo si alguien me sugirió eso, no hubo rastros de sangre, en la gorra deportiva no había rastros de sangre, la prueba de luminol se utiliza cuando se presume que existió naturaliza hematica, no hubo muestras de sangre, es todo”.

    A preguntas del Escabino Huerta W.C.: "las prendas son suministradas al laboratorio por funcionarios de la brigada contra homicidio, trabajamos las evidencias de donde vienen y el número de expediente y desconocemos a quien pertenece, es todo”.

    A preguntas del Juez Contestó: "la prueba de luminol es orientación depende de la intensidad de olor y el tiempo, puede ser que la mancha o la sustancia haya sido muy exigua, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que a través de los conocimientos científicos se le practico el análisis a los diferentes objetos que fueron colectados como evidencias, donde se pudo determinar que la toalla y la camisa presentaban sustancia de color rojo pardizo, la cual correspondía a grupo sanguíneo A; así mismo se demostró que los dos pares de zapatos deportivos y la gorra no le fue encontrada a través de la prueba de luminol sustancia hematica; de igual manera se deja constancia que los zapatos de cuero, tipo mocasín, presentaban adherencia de suciedad, sustancia hematica y cinta adhesiva que ya había sido utilizada.

  7. - Declaración de la ciudadana G.T.Y.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.832.593, costurera, residenciada en S.A., soy la mamá de los niños de Gerardo, fui concubina de Gerardo, pero no tengo relación de concubinato con el. Seguidamente expuso: “no tengo nada que decir, Gerardo es una buena persona, no tenía problemas con nadie, no era una persona agresiva, conocía a Omar era amigo de nosotros era muy buena persona, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “viví con Gerardo cinco años, de los hechos para acá tenía cuatro años y medio, empezamos a vivir juntos en el 99 en S.A., en la carrera ocho, en mi apartamento vivía Gerardo y yo, Gerardo trabajaba en un perrocalientero, el propietario era M.S., para el día de los hechos ya no trabajaba ahí, Gerardo se retiró porque no le pagaban bien, J.A.C. y M.Á.S. los conocí de vista conocía a la hermana de J.A., yo trabajé ahí hasta que quedé embarazada, ahí para ese entonces trabajaban cinco personas, se utilizaban gorras, Gerardo trabajaba en cocina y la señora C.P., hasta que trabajé no utilizaban guantes plásticos, si iba al local pero no tenía acceso como antes, tuve conocimiento de que si utilizaban guantes, me imagino que los guantes los utilizaban los cocineros, Gerardo era cocinero, el día de los hechos ese domingo estaba haciendo almuerzo el me dijo que iba a pepsiburguer y regresó en la madrugada, como a las dos tres de la mañana, mi casa no tiene garaje, Gerardo no tenía carro, sé que se paró como un carro, es que siempre pasan carros, ese día no me levante, él me dijo en la tarde que iba a pepsiburguer, no me comentó si se iba a encontrar con J.A. y M.Á. ellos se conocían pero eran conocidos, ellos no acostumbraban a salir, no salían, ese día sábado no recuerdo que hizo Gerardo, Omar era amigo de nosotros, tenía el restauran en Capacho, Gerardo si me decía lo que hacía, lo único que no me dijo fue lo que ocurrió ese día, si Omar tenía tendencia homosexual, el tiempo de Gerardo era muy limitado, no creo que haya estado el sábado en el restauran, no creo que haya estado allá, no me acuerdo donde estuvo Gerardo el sábado en la tarde, él me dijo que iba a pepsi burguer, Gerardo podía entrar por que iba a hablar con el dueño, el se fue en la tarde a la hamburguesería ese día hizo almuerzo y no comió, yo comí mi hijo, ese día porque no me avisó que iba a llegar tarde, ese día era la primera vez que se ausentaba, me acosté como a las doce de la noche, me desperté cuando él llegó no me dijo donde se encontraba, a esa hora no pedí detalles, al otro día salí temprano, ese día estaba de mal humor por que había llegado tarde, el no estaba trabajando, al otro día salió y se fue, no me dirigió la palabra, llegó a las tres y salió a las siete, después de ir a la venta de hamburguesas no regresó en la tarde, en la madrugada llega Gerardo se echó un baño y se acostó, porque sudaba mucho, el bebé dormía conmigo, no me pregunté para donde andaba, iba a hablar con él al otro día, no me dijo donde estaba esa noche, me pareció extraño y sabía que había algo raro y sabía que tenía que hablar con él, de ese problema no se que pasó ese día me entere del problema por la hermana de uno de ellos, que fue a la casa y me dijo, a Gerardo lo vi raro salió como nervioso cuando salió el día lunes estaba nervioso como desubicado, el comportamiento de él era natural y estaba nervioso, lo vi caminando como intranquilo, como si algo le preocupara, no le pregunté qué le pasaba, esa mañana no se donde se fue, regresó rápido y después se volvió a ir en la tarde, no sé qué hizo en la casa, salió y se fue, me imaginé que iba al mercado, esa noche si llegó, le pregunté qué le pasaba y me dijo que nada, de la muerte de Omar me enteré el martes, me había mentido Gerardo, el martes salió como a las seis de la mañana, ellos descargaban camiones, me dijo que iba a Cúcuta, se iba por decir hoy y llegaba en la madrugada, me volvió a mentir, solo me dijo que iba a Cúcuta, no regresó hasta que lo detuvieron, no sé quien lo detuvo, lo detuvieron en la casa de la mamá en Capacho, a Omar siempre lo íbamos a visitar, lo conocí por medio de Gerardo, Gerardo y Omar comían casi todos los días en el restauran, nosotros vivíamos en Capacho, nos mudamos de Capacho a Santana después que nació el niño mayor, y continuamos la amistad con Omar, Gerardo subía a visitar al papá y comía en el restauran, de haber estado en la casa de O.G. me hubiera dicho, no sé si el sábado Gerardo estaba en la casa de Omar, Gerardo ese domingo no me dijo que iba a la casa de Omar, no me dijo por que me imagino que no tenía planeado ir, de mi casa a la hamburguesería es a dos cuadras, no se por qué Gerardo llevó a M.Á. y J.A., no sabía yo a qué iban, no sé qué vehículo utilizaron de regreso, Omar tenía una bagonier, no vi a Gerardo manejando ese vehículo, Gerardo no portaba armas, esa noche Gerardo cargaba pantalón caqui, tenía un solo par de zapatos, esa ropa se la llevó entre la ropa que se la iba a poner a pesar de habérsela puesto el domingo, vi esa ropa en la mañana cuando la quité del gancho, y él se la lleva en la tarde, esa ropa se la lleva el día martes, la ptj allana la casa el día miércoles y había una franela y un mono no habían zapatos, no tengo conocimiento que haya deuda pendiente entre Gerardo y Omar, no sospeché que entre ellos hubiese algún tipo de relación, el no hubiese hecho eso, no se si me lo hubiera dicho, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “he visitado a Gerardo tres veces, no conviví mas con él como pareja, es todo”.

    A preguntas del defensor privado D.S., contestó: “a Omar lo conocí en el 2001, no supe si hubo problemas entre Omar y Gerardo, la ptj se llevo un par de botas pero el no las usaba, se llevaron fotografías, no recibí llamadas ni amenazas, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que de su deposición se desprende que ciertamente la deponente era la pareja de Gerardo, con quien había compartido cinco años; quien a su vez es conteste en manifestar que el prenombrado ciudadano había trabajado en la hamburguesería, pero que para ese momento ya no laboraba allí; que ciertamente M.Á. y J.A.e. amigos de Gerardo; que Gerardo y Omar si se conocían; que el día en que ocurrió el hecho punible endilgado el salió de la casa por la tarde y no lo volvió a ver sino como a las tres de la mañana que regreso; que al día siguiente salió desde temprano, no pudiéndose comunicar con el; que al regresar en la noche ella le pregunto que le sucedida manifestándole el mismo que nada; que al día siguiente se marcho de su casa sin volver a saber mas nada de el hasta el momento en que lo detienen; que tuvo conocimiento el martes del problema a través de lo manifestado por la hermana de uno de ellos, quien le indico que observo a Gerardo como nervioso y desubicado; y que el día miércoles le practicaron un allanamiento en su casa, donde colectaron una botas que el prenombrado acusado ya no utilizaba y unas fotografías, no pudiendo recabar la ropa que el había utilizado el domingo por cuanto el mismo se la había llevado.

  8. - Declaración del ciudadano F.R.J.P., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-9.247.979, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Peritaje Nro 081, localizado al folio 24 y el Peritaje Nro 089, localizado al folio 72 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, se trata de de dos experticias a dos vehículos que estaban retenidos en una averiguación, sus seriales son originales, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “un vehículo era un neón verde 2002, y el otro una Chevrolet Bagonier consistía la experticia en determinar en cuanto a los seriales que estén originales los seriales, son originales y no han sido alterados, la practiqué con L.S., es determinar que los seriales sean originales de ensambladora, es todo”.

  9. - Declaración del ciudadano S.L.O., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.231 .537, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Peritaje Nro 081, localizado al folio 24 y el Peritaje Nro 089, localizado al folio 72 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, se trata de dos vehículos siendo el primero un vehículo clase automóvil modelo neón, con las características que allí aparecen se realizo el sistema de identificación de serial constatando los mismos de un sistema original, no portaba placa, y el segundo era de marca Chevrolet, se realizó experticia al sistema de identificación corroborando que los mismos se encuentran en su estado original, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “se practicó en la sede de la Sub. Delegación San Cristóbal, el conocimiento que tengo es que esas experticias me las solicitó la brigada de homicidio, no tengo conocimiento de ese homicidio, es todo”.

    Declaraciones que son valoradas en su conjunto por esta juzgadora, ya que a través de los conocimientos científicos se demuestra la legalidad de los vehículos que fueron despojadas las victimas de autos.

  10. - Declaración del ciudadano J.C.G.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.817.866, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto la Inspección Nro 332, localizada al fo6o 66 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, fui comisionado por el área de técnica policial a practicar experticia a un vehículo, se practicó y era una vago de xor azii, no recuerdo las placas ni características, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “consistió en dejar constancia de las condiciones en que fue recuperado el vehículo, la practiqué en la parte interna del estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas se practicó en búsqueda de evidencias, en la parte posterior decía “Lo maté”, no logré recabar evidencias de interés Criminalístico”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que a través de su deposición se desprende la existencia material de uno de los vehículos que fue despojada una de las victima de autos y las condiciones en las cuales fue recuperado; así como se deja constancia que en el mismo no fue colectada ninguna evidencia de interés criminalístico.

  11. - Declaración del ciudadano GAITÁN GUADA G.G., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 06-07-87, titular de la cédula de identidad Nro V-1 8.391.732, residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. En ese estado, expuso “ratifico el contenido y la firma, me llevaron a entrevista a ptj me preguntaron lo de los guantes el señor Gerardo me pidió los guantes le deje a la señora Carmen que le llevara los guantes a Gerardo, yo le lavé sus botas, ese día no estuve presente en ese hecho, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “vivo en S.A., si veía a M.Á. y sabía que era policía, Antonio es mi novio, le dice Toño, a Gerardo lo conozco por que trabajaba en la misma hamburguesería, eso fue hace tres años, estaba Gerardo, la señora Carmen, María, el hijo de la señora Carmen no recuerdo el nombre y yo, Antonio trabajó ahí para ese momento Gerardo no trabajaba ahí, no recuerdo si Gerardo trabajaba ahí, lo de los guantes era día domingo no recuerdo qué horas eran, yo empezaba a trabajar a las seis de la mañana, no recuerdo la hora, Gerardo acostumbraba a llegar al negocio normal, llevaba carne pollo, ese día me dijo dígale a la vieja que me alcance un par de guantes, el llegó hasta el portón del negocio, la señora Carmen se los llevó a él, le dije de le un par de guantes Gerardo, no me había pedido guantes, no él no me había preguntado a mi, Gerardo llegó solo, cuando se despidió de mi Antonio si lo vi, me despedí de Antonio en la tardecita y no me dijo para donde iba, no me acuerdo la hora, Antonio no me dijo para donde iba, no me dijo que iba con Antonio para alguna parte, Antonio vivía en S.A., esa noche no lo vi, al otro día lo vi en la mañana yo estaba acostada en mi cama eran como las diez de la mañana estaba acostada pero no estaba dormida si me había levantada, ya me había levantada al momento que él llega estaba acostada viendo televisión, si rendí declaración en la PTJ, si fui entrevistada en la PTJ, Antonio me dijo te amo mi amor, vi vida, besitos, besitos, me entregó unas botas las llevaba en la mano, yo le lavaba la ropa, muy pocas veces, yo lavé esas botas, no le vi sangre a las botas, las botas las lavé con agua y jabón, no utilicé cepillo sino esponja, la PTJ hizo un allanamiento y se llevó todo ese día, no leí la declaración, no acostumbro firmar sin leer, el lunes estuvimos juntos, si yo era la novia de él, Antonio se fue a costar a dormir a su casa, el martes en la noche se despidió, al día siguiente fui a clases y no lo vi, nos veíamos cada vez que podíamos, si peleábamos durábamos un mes sin vemos, después lo volví a ver cuando se pudo a derecho, por algo se puso a derecho, no sé si le llegó alguna citación no vivo en la casa de él, el domingo en la noche no lo vi, O.A.N. no lo conozco, si tuve conocimiento del homicidio de que hubo un muerto, no conocí a la persona fallecida, a los tres nunca no los había visto, conocí a dos de ellos, por que los llamaban en voz alta, y los conocí por periódico, y a la persona fallecida por periódico, yo trabajaba sábado y domingo, Gerardo no eran amigos íntimos de pronto se saludaban que yo sepa no salían, no sé si tuviera alguna tendencia homosexual, y Antonio no tenía tendencia homosexual”.

    A preguntas del Abg. J.T.S.C.: “Gerardo dijo por favor dígale a la vieja Carmen que me alcance un par de guantes, él llegó solo a la puerta del negocio, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.S.C.: “tengo 20 años de edad, para el 17 de enero de 2005 tenía 17 años, trabajaba en pepsi burguer, Gerardo dijo dígale a la vieja Carmen que me alcance unos guantes, no sé que horas era, no me acuerdo, tengo relación con J.A., después del hecho la última vez que lo vi fue el martes, si supe que paso, que había un problema pero no sabía porque, me llegó una citación no recuerdo qué decía, y fui a la ptj a declarar, llegué y me preguntaron de las botas y de los guantes, si lavé las botas, sucias sucias no estaban, eran blancas, si estaban sucias pero no tanto, eso fue hace tres años, las botas no recuerdo si estaban húmedas, no vi cuando a Gerardo le entregaron los guantes porque yo estaba en la cocina, le pedí los guantes a la señora Carmen y ella se las entregó, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.C.C.: “me preguntan sobre los guantes, cuando manifiesto que Gerardo me pidió los guantes no sé para qué me los pidió, él llegaba a pedir jamón, queso, pollo gratis, es todo”.

    A preguntas del Juez Contestó: “Antonio si conocía a Gerardo de vista, Antonio era sobrino del dueño del negocio, el dueño del negocio es Marco”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, por cuanto la deponente es conteste en manifestar que ciertamente ella es la novia de J.A., que la misma le manifestó a la señora Carmen que le prestara unos guantes a Gerardo; que efectivamente la señora Carmen salió y le dio los guantes a el mismo; que el día en ocurrió el hecho vio Antonio hasta la tardecita, no volviéndolo a ver mas; que al día siguiente J.A. le dio unas botas blancas para que se las lavaras, las cuales no estaban tan sucias; que consecuentemente ella procedió a lavarlas con jabón y una esponja; que el día martes ella no supo mas nada de Antonio, hasta el momento en que el se pone a derecho; que el día miércoles hicieron un allanamiento en su casa donde se llevaron todo lo que pudiese guardar relación con lo investigado y que tuvo conocimiento que del problema resulto muerta una persona.

  12. - Declaración del ciudadano CANCHICA M.M.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.997.183, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados soy el padre de J.A.C.S.. En ese estado, expuso “si deseo declarar, el día martes 18 de enero del 2005, hablé con mi hijo en la esquina de mi casa, él me comento que G.V. lo había metido en un problema junto con M.Á.S., me comentó que Gerardo se había metido en la habitación de un señor y lo había matado con un cuchillo, después vi en la prensa de la muerte de un señor, quiero aclarar de que yo hable con Gerardo en Cúcuta, estuve por la parte de S.A., él estuvo allá donde un familiar, quiero decir que cuando hablé con él en Cúcuta el me comento que si había matado al señor Omar, con un cuchillo de cortar pan, me lo dijo delante de mi esposa y de la esposa del señor Santana, y al final se nos desapareció, que lo agarraron el año pasado mi hijo estaba preocupado en presentarse fue cuando yo busqué al doctor Tíbulo Sánchez, Gerardo nunca se quiso presentar”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “vivo en S.A., carrera 14, tengo cuatro hijos, para esa época J.A. estaba estudiando, para esa época vivía en la misma residencia, la comunicación era normal, él me decía papá voy para tal parte, él trabajó una vez en la cuestión de una venta de hamburguesas, la novia de él se llama G.G., Glendys visitaba mi casa, y él la de ella, es la novia de él, en mi casa lava la ropa mi esposa, también la ropa la lavaba mi esposa, él usaba botas blancas, él tuvo guayos y los usaba solo para jugar, en una ocasión la novia le lavaba las botas, me entero del problema el martes 18 a las cuatro y media de la tarde, él dijo que iba para la bomba del circuito, era domingo 16, me lo dijo como a las 11 de la mañana, él salió como a las once y media de la casa esa fue la última vez que lo vi, cuando lo veía era con la novia y con los amigos y amistades raras, por que llegar y meterse en un problema son amistades raras, a Gerardo lo conocía porque él trabajó en la venta de hamburguesas y M.Á. era policía en S.A., no los llegué a ver juntos, ese día mas o menos no me di cuenta de la hora de llegada, mas a menos de diez a diez y media de la noche, no tenía hijo, no me dijo donde estaba. él nunca legaba tarde, ese día si me preocupé y me imaginé que estaba donde la novia, el día lunes no lo vi porque ese día, no me di cuenta si ya había llegado, si tenía llaves de la casa, llegué de trabajar de nueve a nueve y media de la noche, hablé con él el día martes a las cuatro de la tarde, me acosté y él no había llegado, el día martes me llamó y que Gerardo había matado a un señor, ese martes no trabajé por que tenía a mi mamá en la clínica, él me comento de que Gerardo lo había invitado a una casa en el sector de Pericos, y que se encerró a un señor y lo mato y que había cortado a dos mas, me dijo que era el dueño de la casa, que lo había matado de cortar pan, me dijo que J.A. hablaron el día lunes y que él mismo los había cortado, J.A. me dijo que Gerardo había matado al señor ese y que había cortado a otros mas, que el mismo Gerardo fue el que les dijo a ellos, en ningún momento me manifestó que Gerardo los había obligado a nada, no me di cuenta en qué momento llego mi hijo, cuando el me dijo yo me vine a San Cristóbal, cuando llegué J.A. no estaba en la casa pasé por tropi burguer él me comentó y me dio del problema no se donde estaba J.A., me comuniqué con él como a los 15 días, cuando hablé con él en Cúcuta quedamos en que se iba a presentar y nunca se presentó no compareció, ahí si nos preocupé donde estaba por que él siempre me decía después si me dijo que estaba en una Finca estaba esperando para su debida presentación, mi casa si fue allanada, la única prenda que se llevaron fue una franela una camisa un pantalón y unas botas se llevaron un solo par, y los otros los tenía donde la novia me imagino que tendría allá unos dos pares, ese domingo no lo detallé con qué botas andaba, si era posible que las botas que se llevaron al allanamiento eran las mismas que llevaba ese domingo, no le puedo asegurar, no conocía a la persona que falleció, en Capacho tuve la oportunidad de verlo, por que estábamos buscando a Gerardo porque necesitaba que también se presentara J.A., no tengo conocimiento si mi hijo había visitado la casa donde ocurrieron los hechos, no me dijo que Gerardo lo obligara a hacer algo que él no quisiera, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.T.S.C.: “eso fue mas o menos aproximadamente como tres o cuatro meses después de esto, lo ubique a las diez y media once de la mañana, él era muy diferente cuando trabaja en la hamburguesería tenía su corte normal y lente, y cuando lo vi en Cúcuta tenía un candado y un corte tipo hongo trabajaba en un taller de vehículos automotores, mi esposa se llama W.d.C.U., converse nos saludamos y le hice el comentario y me dijo que él había matado al señor ese no me dijo el motivo y me dijo que había cortado a los otros con el mismo cuchillo yo le dije que si estaba dispuesto a hacerse un examen de sida, me dijo mis hijos no porque eso paso fue después, eso lo escucho mi esposa y la señora Alis, me dijo que había tratado de entregarse en la Aduana pero nunca lo hizo, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.S.C.: “mi hijo no tenía problemas de conducta no tendencia homosexual no tenia armas de fuego, encontré a Gerardo en Cúcuta, le dije que paso y me dijo que estaba preocupado quiero arreglar este problema que había perdido su mujer y sus hijos, me dijo que había matado al señor con un cuchillo me dijo que él mismo lo había matado, lo dijo delante de mi esposa y de A.M., lo que hablamos con él que se presentara, la abogada era M.M.e. hablaba de una medida cautelar y ni lo presentó, me dijo que Gerardo los había metido en un problema y que los mato con un cuchillo, que el mismo Gerardo se los manifestó a ellos, no sé que han dicho las víctimas, no se nada, económicos si por que hay que gastar plata y social no, familiar ninguno, lo he hecho para ayudarlo todo el tiempo, es todo”.

    Declaración que no es valorada por esta juzgadora, por cuanto del discurrir de la misma se observa la parcialidad y el interés que tiene el deponente en las resultas del proceso, debido al vinculo de familiaridad que lo une al causado J.A., por ser este su padre, motivo por el cual su testimonio no contribuye de modo alguno a la búsqueda de la verdad y a la verdadera materialización de la justicia.

  13. - Declaración del ciudadano CADENA CONTRERAS J.G., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.814.526, funcionario adscrito a la Policía del Estado Táchira, residenciado en el Piñal, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Acta Policial, de fecha 21-01-2007, localizada al folio 73 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, me encontraba de patrullaje el día 1 de enero de 2005, como a la una de la madrugada salí de patrullaje nos trasladamos al Palmar de La Cope a hacer un recorrido, como a 200 o 300 metros de la casilla policial visualizamos una camionetica, reportamos al Comando donde informaron que la camioneta estaba solicitada de ahí la ptj se la llevo, yo andaba con mi compañero Yiminson Pinzón, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “eso fue el 31 de enero de 2005, estaba con el Agente Yiminson Pinzón, encontramos el vehículo en labores de patrullaje se encontraba abandonado solo en la carretera eran como las 4 de la mañana, no habían residencias en las adyacencias, desde la casilla policial no se lograba visualizar el vehículo por que hay un cerrito que tapa, no sabría decirle si había funcionarios de guardia, no me entrevisté con ningún funcionario, era una vagón verde y tenía un vidrio partido el de la parte de atrás, no se habían vidrios en la calle, no logré verificar quien era el propietario del vehículo, eso lo hizo el compañero mío Yiminson quien dijo que el vehículo estaba solicitado, no recuerdo si el vehículo tenía un aviso, el vehículo estaba frente al Palmar Viejo hacia San Cristóbal, estaba cerrado, nosotros llamamos a la Compañía de nosotros y nos dijeron que lo trasladáramos abrimos la puerta por el vidrio que estaba partido y le quitamos el freno de mano, el vehículo no tenía manchas de sangre, no se determinó de quien era el propietario del vehículo, a esa hora no había nadie por ahí, los buseteros decían que el vehículo estaba desde temprano ahí, yo había pasado por ahí el día 17, en mi guardia anterior no había pasado por ahí, en los días 19 o 18 desconozco si el vehículo estaba ahí, de haber pasado por ahí hubiéramos interceptado el vehículo, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto con la misma se demuestra la existencia material del vehículo Vagón verde, que fue recuperado por parte de los funcionarios policiales, en el sector del Palmar de la Cope viejo, el cual luego de ser reportado resulto estar solicito, motivo por el cual fue puesto a disposición del órgano investigador.

  14. - Declaración del ciudadano USECHE DAZA L.M., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.872.392, oficios del hogar, residenciada en Pericos, sector parte baja, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “yo estaba durmiendo cuando eran como las 12, Cándido nos pidió ayuda a mi esposo y mi, nos asomamos y lo vimos en el patio, dimos la vuelta y bajamos cuando lo vimos sangrado subimos llamamos al 171 cuando llegó la ambulancia y comenzaron a llegar todas las personas, le prestamos auxilio, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “eso fue el 17 de enero de 2005, cuando Cándido nos llamó eran las doce de la noche, era 17 para amanecer 18, vivo en mi casa con mi esposo y mis dos hijos, nosotros estábamos durmiendo, a Cándido lo conozco por que es vecino mío, yo estaba bien dormida cuando estaba gritando pensamos que le había dado un infarto, el decía auxilio!, y cuando gritó sabía que era Cándido él y yo nos criamos juntos, al señor Omar lo conocía hace 10 años, tenía Omar 10 años de haber llegado al sector, la parte de atrás de mi casa hay un ventanal grande y se ve el frente de la casa Omar mas no hacia la casa, como 50 metros, hacia atrás no hay alumbrado de repente se ve el puro bombillo, al frente de la casa de Omar, eso era de Domingo para lunes, yo no salí el domingo en la casa, ese día domingo vi a Omar, pero no acostumbrábamos a ver con quien llegaba ese día el me saludó bien, nos saludamos como a las 4 de la tarde venía solo, sé que salió como escuchar la camioneta mas no tomé en cuenta la hora que salió, no se a que mas o menos regresó, Rafael que fue el del carro él es el otro muchacho lo conozco de saludo, sé que se llama Rafael por que Omar lo nombraba mucho, la frecuencia de comunicación con Omar era todos los días él comía en mi casa, y los fines de semana con el también trabajaba subía a la casa y se iba a su casa, Rafael iba a la casa de él a hablar y charlar, Rafael tenía un neón verde ese día domingo vi el neón verde de repente que uno salga al lavadero y ve el carro, Omar vivía solo desde hace 10 años, Rafael últimamente lo visitaba todos los días así como seis meses, Omar hacía las cosas muy a poco volumen y no se escuchaba nada, ese día no escuché nada, ese domingo me acosté normalmente a las diez, yo no escuché nada de bulla, como a las doce decía a.L.O.S. nos muere, lo que se me pasó por la mente era que le había dado un infarto, nosotros bajamos hacia la carretera que es vía principal, Cándido estaba herido no herido sino fue sangre en la ropa la camisa, él lo que nos dijo nos robaron, bajamos hacia la casa y llamamos al 171 de un celular, no fui a la residencia de Omar, ahí empezaron a llegar los padres de Cándido no entré sino hasta el patio, la ambulancia se llevó a Cándido y a Rafael que también estaba herido, no recuerdo si los dos estaban en la misma ambulancia o en otra ambulancia, cuando llegó la ptj supe que estaba muerto, yo no entre a la vivienda, Cándido no decía nada porque botaba mucha sangre por esta parte del cuello, Omar resultó herido en el cuello, después fue que me enteré que fueron tres muchachos de repente los he visto de cara los vi aquí mismo en el Tribunal, a ellos nunca los vi en la casa de Omar, Omar si era homosexual nunca tocamos ese tema lo respete mucho, Omar era una bella persona no tengo palabras como expresarme de él, no sé como le pasó eso él era un buen vecino una buena persona, él no tenía problemas con nadie, él no se merecía esa muerte, como prestaba tanta ayuda, no escuché ningún vehículo que saliera de la casa de Omar, antes de que llegara Cándido a pedir ayuda no llego nadie a pedir ayuda, no porque vi fue a Cándido y la manera como lo vi fue prestarle ayuda, en ese momento ni pendiente fue cuando llegó la policía vine a reaccionar que los carros no estaban los carros de Omar ni el de Rafael, el carro de Rafael era un vagón verde, yo no hablé con Rafael, con el susto y todo no habían comentarios, Omar no tenía cadena y anillo últimamente no lo tenía, últimamente tenía uno, Omar tenía un restaurant en Capacho, no se porque a pesar de tener tanta confianza con Omar no hablamos de eso, él nos hablaba de Gerardo de que lo había ayudado mucho en una hamburguesería, que le llevaba el pan que era un muchacho muy sano, no lo llegué a conocer, nunca lo llegue a ver, no me hablo de J.A. ni de M.Á., de Gerardo si que lo había ayudado mucho pero mas nada, es todo”.

    A preguntas del Abg. J.T.S.C.: "mi nombre es Leidy, si conozco a C.M., él se crió conmigo, él es muy sincero, Omar era sincero y muy correcto en sus cosas, si es verdad lo que dijo de Gerardo que lo había ayudado en lo de la hamburguesería, como he venido siempre a los juicios los veo que se suspende, en la sala que estaba haya afuera y veía que pasaban, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto la deponente es conteste en manifestar que ciertamente ella se encontraba en su casa, cuando en horas de la noche escucho los gritos de Mustafad pidiendo auxilio, quien al percatarse de lo sucedido salió a brindarle auxilio y al verlo herido procedió a llamar al 171 a fin de informar lo sucedido; que observo cuando llego la ambulancia y se llevo a Candido y Rafael quienes se encontraban heridos en el cuello; que no pudo hablar con Candido por la herida que tenia, mas sin embargo este logro manifestarle que los habían robado; así como de su disposición se desprende que efectivamente ella tuvo conocimiento de que Omar se encontraba muerto al momento en que llega la petejota y da dicha información; de igual la deponente refiere el comportamiento del hoy occiso durante los años que lo tuvo de vecino, describiéndolo como una persona honesta, trabajadora y buena amiga; indicando también que Omar y Rafael si tenían carros y que al momento en que ella sale prestarle ayuda a Mustafad, no estaban los carros en dicha residencia.

  15. - Declaración del ciudadano N.U.F.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.228.670, comerciante, residenciado en Pericos, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “eran como las doce la noche del día domingo me encontraba en la casa con mi esposa y mi hijo, Cándido me pidió auxilio y llamamos al 171, de ahí llego la ambulancia de resto no vi mas nada, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “mi esposa se llama L.U., vivo en el sector desde hace como cuatro años y medio, si conocí a Omar desde hace diez años, él era buen vecino nos las llevábamos de pinga, era cuestión de hablar de política, él visitaba mi casa, no era muy seguido como él trabajaba y yo también trabajaba, Omar vivía solo, tenía una camioneta verde, Omar llevaba muy pocas personas a su casa, se veía el frente de la casa, ese día era domingo para lunes, ese día vi a Omar y hablé con el me saludó eran como las dos de la tarde, cuando llegó si tenía la camioneta, si vi cuando él llegó andaba solo, no sé a qué hora llegó, yo salí y llegué como a las cuatro, a esa hora no me di cuenta si había llegado Omar, a Rafael lo distingo por medio de Omar que me lo presentó en la casa de él y tenía un carro verde era un neón, ese domingo vi el neón como a las siete no lo vi llegar, si conozco a Cándido vive en Pericos, ese domingo no vi a Cándido antes de pedir auxilio, si se que se visitaban, ese domingo me acosté como a las doce, no ingerí licor ese día lo que escuché fue música, como éramos vecinos, escuché música como desde las seis mas no menos, no vi si Omar se encontraba en compañía de alguien, Omar escuchaba música estando solo, muy poco hacía parrillas en la casa, como las doce y media doce y veinte ya me había llamado Cándido, nos llamaban a mi esposa y a mi, si reconocí la voz me asomé y pensé que a Omar le había pasado algo, si vi a Cándido, siempre era un poco herido cuando llegué al sitio vi que estaba herido, le dije que se metiera a la casa de Omar y se estuviera ahí tranquilo, como vi lo que estaba pasando estaba todo sangrado, ahí afuera en el patio de la casa de Omar, de mi casa a la casa de Omar no me percaté de que Cándido estaba herido, decía que llamara una ambulancia eso cuestión de uno dos minutos, me dijo que Omar estaba herido, no vi quienes estaban ahí, como me pidió auxilio le dije a mi esposa y llamamos al 171, No sabía quienes estaba adentro, a Omar no lo vi, Cándido me dijo que Omar estaba herido, no entré a la casa, era lejos, de mi casa al patio de la casa de Omar hay como tres metros, di la vuelta, me dio miedo entrar para allá viendo la forma como estaba Cándido, no me dijo donde estaba Omar y como fue rápido me fui para mi casa a llamar por teléfono, cuando llega la policía yo estaba viendo de mi casa, no estaba en el patio, en ese momento no fui entrevistado al día siguiente si fui entrevistado, no sé quien se llevó los carros, no escuché el momento en que se llevaron los carros, no conozco a los autores de la muerte de Omar si hay detenidos, si he visto a los detenidos, no los había visto en la casa de Omar, no me mencionó nada de Gerardo ni nada de una hamburguesería en S.A., Omar era homosexual uno se da de cuenta, no se si tenía pareja, no me llegó hablar de eso, no vi la camioneta de Omar a los días siguientes supe que la habían dejado botada no se donde fue recuperada, él no acostumbraba a prestarle la camioneta a nadie, yo me retiré y no hablé con Cándido, Omar era buen vecino, no se metía con nadie, el respetaba, él no merecía morir de esa manera, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto el testigo es conteste en manifestar que ciertamente el se encontraba en su casa en compañía de su esposa y de su hijo, cuando aproximadamente a las doce de la noche el ciudadano Mustafad comienza a dar gritos pidiendo auxilio, motivo por el cual procedió a llamar por teléfono, que observo cuando llego la policía y la ambulancia y que no entro a la residencia por temor de ver como estaba Mustafad herido, que no vio la camioneta ni el carro de Rafael para ese momento, pero con anterioridad si lo había visto, y de igual manera el deponente es conteste en indicar lo buen vecino que era el ciudadano Omar.

  16. - Declaración del ciudadano CONTRERAS VARELA D.E., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-16.232.486, oficios del hogar, residenciada en Zorca, Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente expuso “yo era empleada de Omar el sábado 15 yo estaba en el restauran con Omar y llegó Gerardo al restaurant el insistió hasta que Omar le dijo que si, como las 4 y 30 salimos y él lo estaba esperando en el Mirador en compañía de otros muchachos, el domingo le pregunté a Omar como le había ido y me dijo que se había tomado unos tragos, y que el domingo se iban a reunir otra vez, salimos del trabajo y pasamos recogerlos, pero no estaban, y como a las tres y media cuatro de la tarde Omar pasó por mi casa, con los muchachos, no tengo mas nada que decir, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “yo iba a cumplir dos años en el restaurant en el Llanito vía Capacho era ayudante de cocina, no atendía clientes yo estaba siempre en la cocina, pero si observaba a las personas que iban al restaurant yo ayudaba a servir las sopas y eso se veía todo, y cuando no había nada que atender me ponía de frente y veía a las personas, Gerardo fue como en cuatro ocasiones al restaurant, él iba como esporádicamente como 22 días un mes, no me lo llegó a presentar Omar, sabía que se llamaba Gerardo porque nosotros le preguntábamos a Omar, él me dijo que él era de S.A. que era un amigo, el siempre llegaba de imprevisto y salía a hablar con Omar, no vi que ingiriera licor con Omar, nosotros nos quedábamos en el restaurant y ellos salían a hablar, no se si Omar era homosexual, por él llegaba y llamaba a Omar y se iban para afuera y en una ocasión salí a ver donde estaba y no los vi cuando Omar llegó le pregunté y no me contestó Omar, pensé que Omar era pareja de Gerardo, no observé que tuvieran discusión Gerardo es alto, catire, de ojos claros, el pelo era claro se hacía mechones, se pintaba el pelo, las veces que fue al restaurant una sola vez lo vi con lentes, Gerardo iba solo no llevaba carro, Omar me decía que venía de S.A., que vendía hamburguesas, Gerardo llegó como a las dos y media de la tarde, llegó solo, no sé si Gerardo tenía un apodo, el catire es el mismo Gerardo, nosotras en el restaurant lo llamábamos catire porque tenía el pelo pintado Noemí, el catire y Gerardo es la misma persona, si declaré en la ptj después de la muerte de Omar no me obligaron a decir nada, solamente dar mi declaración y declaré lo que había sucedido, si leí la declaración que di, lo que estaba en la declaración lo dije, lo recogimos para ir la casa por la granjas infantiles cuando llega al restauran el sábado llego solo cuando lo recogimos por las granjas infantiles estaba con otra persona Gerardo, Gerardo llega como a las dos y media de la tarde, nosotras a las cuatro nos estábamos yendo ese día salimos como a las cuatro de la tarde, Gerardo habló con Omar le insistió y Omar le dijo que si y ahí fue cuando lo recogimos en las granjas infantiles, que yo estaba con Omar en la cocina y él llegó y se paró cerca de Omar estuvieron hablando ellos que para ir a la casa de Omar a tomarse unos tragos por que el salía muy cansado y le insistía hasta que Omar le dijo que si, había era un planchón él estaba por allá y Omar por aquí, Omar dijo que si iban para la casa de él a tomarse unos tragos ese mismo sábado en la tarde, cuando llegamos a la granja infantil él estaba con otra persona, ahí en las granjas infantiles quedaron a encontrarse, salimos del restaurant nos fuimos a Pericos yo vivía dos kilómetros antes de Omar él me recogía y se iba a la casa de él, Omar y mi persona salimos en la camioneta que Omar tenía, no iba mas nadie, fuimos hacia las granjas infantiles, nos detuvimos cuando paró Omar a recoger a Gerardo en toda la entrada donde venden peluches, e.G. en compañía de otro muchacho, se montó en el asiento delantero, yo observé a Gerardo y estaba vestido con la misma ropa, lo acompañaba un muchacho moreno, alto, cabello negro, se montó a la camioneta, mas o menos gordito, Omar detiene la camioneta cuando ve a Gerardo, se montaron en la parte trasera yo seguí adelante, Omar no conocía a esa otra persona y Gerardo le dijo que era un amigo y que estaba estudiando para ptj, no vi a esa persona cuando Gerardo fue al restaurant, no vi como Gerardo se fue del restaurant, no vi en qué llegó, no sé si el gordito andaba con Gerardo en el restaurant, ahí le dijo que era ptj en el camino no hablaron mas me dejó Omar en mi casa y ellos siguieron, no les vi arma, yo me bajé en mi casa que está antes que la de Omar, hay una distancia de dos kilómetros de mi casa a la de Omar, cuando me bajé ellos se quedaron en el asiento trasero, no sé qué mas pasó, el día domingo salimos a las dos y cuarto de la tarde, cerramos y nos fuimos, Omar siempre pasaba buscando, ese día me buscó a las seis de la mañana, llegamos a Capacho, yo le pregunté a Omar como le había ido me dijo que en la tarde se iban a ver para hacer una comida en la casa ese domingo, no me dijo que iba a ir a la feria llegamos al restauran como a las seis y veinte, llegamos a montar las ollas salimos a las dos y cuarto del restauran y todo estaba normal, no vi que Omar recibiera llamadas telefónicas Omar no tenía celular decía que no le gustaba, Gerardo el domingo no fue al restaurant, salimos hacia la casa pasamos como a las dos y media tres por las granjas infantiles y los muchachos no estaban ni el muchacho ni el moreno, Omar me dijo que cuando saliéramos del trabajo los iba a recoger, él me dijo que los muchachos no estaban le dije que si quería que los esperábamos y me dijo que no que iba a su casa y luego iba a buscarlos, él me dejó en mi casa y él siguió para la de él, él regresó como a las tres y media a cuatro, iban tres personas, yo estaba al frente de mi casa cuando vi a Omar pasar no se detuvo en ese momento yo le silbaba y él tocaba Omar tenía poco tiempo de haber comprado esa camioneta, Omar pasó después de regreso como a las tres y cuarto, y pasó como a las cuatro y ya bajaban tres, ya había buscado a los muchachos y no se detuvo, solo iba Gerardo, el moreno el ptj lo vi, iba manejando Omar, si iba otra persona, no conocía yo a esa otra persona, iba adelante Gerardo y el policía en la parte de atrás, no se detuvieron en mi casa siguieron, no sé qué pasó después, los lunes lo teníamos libres, el martes no me buscó el día antes el lunes salí en la mañana una señora me comentó de que habían matado a Omar yo iba al banco y ella me dijo que si, no fui al banco y llegué hasta la morgue, no me llamó la atención en que Gerardo insistiera, Gerardo le insistía de que si él podía ir a la casa de Omar, no fui el domingo a la casa de Omar, solo fui a la casa de él como en dos ocasiones a llevarle unas hallacas, el vivía solo, si conozco a Cándido vive en la misma aldea de Pericos y Rafael si iba al restauran los sábados o domingos a comer en el restaurant ellos eran amigos de Omar, Rafael tenía un neón creo, el lunes me dijeron que Cándido y R.e. reunidos con él, no sé qué pasó el domingo en la noche en la casa de Omar, Omar manejaba la parte de económica del restaurant, él contaba la plata iba al mercado compraba lo del día siguiente, la ganancia la guardaba, lo que él llevaba en el bolso era para trabajar el otro día para dar vueltos, la plata se la llevaba para la casa de él para ir la mercado, al día en el restaurant se hacían como 400 y 500 mil bolívares, había que pagar en efectivo, Omar siempre cargaba su cadenita era normal como de oro gold fild ese domingo la cargaba puesta, él usaba un anillo era como de plata, ese domingo se lo vi, si fui al velorio y no le vi esas prendas no sé qué pasó con esas prendas, no tengo conocimiento si fueron localizadas, Omar era muy buena persona, las demás personas lo respetaban, y él a las demás personas, Omar no se merecía esa muerte, él era muy buena persona si podía ayudar a cualquiera lo ayudaba a mi me ayudó en una oportunidad, él no le daba confianza a la gente, no sé si a Omar lo visitaban en su casa, no sé si Omar visitaba a Gerardo en Santa, no me dijo si tenía algo con el catire, esa noche del domingo me acosté como a las nueve de la noche, no vi que la camioneta regresara con Gerardo o el policía, no sé qué pasó en la camioneta de Omar, lo velaron en Capacho, Omar no tenía problemas con nadie no tenía problemas económicos, él era sano, no dejaba de trabajar por estar enfermo, si era una persona productiva, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.C.C.: "el restaurant tenía doce mesas, y la parte donde cocinábamos era otra parte hacia allá era mas grande que está sala, un poquito mas o menos, yo me encontraba en la cocina, no me percaté quien pudo haber estado afuera, ahí había poca bulla, la cocina era pequeña, Gerardo y Omar a veces salían fuera del restaurant, ese día sábado hablaron ahí, no hablé antes de venir a este juicio con alguna persona, es todo”.

    Declaración que es valorada por este juzgador, por cuanto la deponente refiere que ciertamente ella se encontraba en el restaurant el día sábado, cuando observo que llego el ciudadano Gerardo, quien le insistía al hoy occiso para que salieran, motivo por el cual este accedió; que en horas de la tarde una vez que cierran el restaurant pasaron recogiendo por las Granjas Infantiles a Gerardo y a otra persona morena, alta y acuerpada, características estas que coinciden con otro de los acusados de autos, persona esta a la que Omar no conocía; que luego de que dejaron a la deponente en su casa ellos se fueron a casa de Omar; que al día siguiente, es decir, el domingo, ella le pregunto a Omar que como le había ido, manifestándole este que bien, y que ese mismo día tenia en su casa una comida, que al cerrar el restaurant se fueron nuevamente a buscar a los muchachos, quienes no se encontraban motivo por el cual Omar dejo a la deponente en su casa y le indico que el bajaba luego a buscarlos; que efectivamente la deponente observo cuando Omar subió en compañía de tres de personas; y que al día siguientes ella tuvo conocimiento a través de otro persona de que a Omar lo habían matado, procediendo la misma a dirigirse a la morgue y constatando la veracidad de dicha información; de igual manera la deponente refiere que Rafael y Candido también resultaron heridos.

  17. - Declaración de la ciudadana L.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11498704, funcionaria adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciada en S.A., Estado Táchira, no tener ningún lazo de parentesco con los acusados. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto las experticias Nros 700-134-0024, al folio 157 y 9700-134-0254, al folio 164 de la presente causa. Seguidamente expuso “ratifico el contenido y la firma, de la primera experticia se trata de una solicitada por la brigada de homicidio donde nos solicitan experticia de reconocimiento a una maquina de afeitar la cual presentaba una sustancia de color pardo rojizo, se obtuvo como resultado que las muestras presentes sobre la máquina de afeitar correspondía a sustancia de naturaleza hemática, la experticia inserta al folio 164 corresponde a solicitud de la brigada de homicidio, para que con luminol sobre prendas de vestir la cual corresponde a un pantalón blue jeans talla 38 un pantalón tipo jeans una camisa de color rojo, la cual presentaba franjas a manera de cuadros, una gorra la cual de color beige, un par de botas deportivas un pantalón blue jeans y un franela de color gris verde y amarillo talla XL, dando como resultado de que presentaba olor característico de color y señales de uso, y se determinó que sobre las mismas no se observó la luminiscencia de sustancia de naturaleza hemática, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “es una máquina de afeitar eléctrica de color gris y negro, presentaba su respectivo cable y presentaba material de naturaliza hemática, si funcionaba la máquina, era material húmedo, totalmente impregnada, era de regular tamaño, y toda la superficie impregnada de sangre, debió haber estado en contacto sobre una superficie de sangre, donde hubiera proyección de sangre bastante fuerte, se hubiera dejado constancia de que la muestra de era por contacto, se toman varias muestras y se hacen tomando muestras del grupo A y grupo B, se determinó que existía un grupo sanguíneo O, si se hubiera podido detectar la diferencia de grupos distintos, aquí solo de detectó la presencia al grupo O, está el A, B, AB Y O, hay cuatro de grupos de sangre, el mas común es el O, no vamos a encontrar un grupo distinto, no se estableció el patrón por que el factor se determina cuando se toma la muestra directamente a la persona, de la segunda experticia eran tres pantalones blue jeans colectados por los funcionarios de la brigada de homicidios y de técnica policial, para el momento en que el funcionario llevó las evidencias él manifestó de que las evidencias eran de un caso en Pericos de un homicidio, eran evidencias colectadas a los imputados, no se donde fueron colectadas esas evidencias, el luminol se realiza con un líquido que reacciona con material de naturaleza hematica y produce una luminiscencia de color azul intenso, en este caso si rocié luminol en las prendas no dio positivo ninguna, de haber existido sangre hubiera resultado positivo, tenían apariencia de haber sido usadas tenían olor característico de sudor y algunas habían sido lavadas, de haber existido sangre en las prendas lavadas si hubiera sido observado con luminol, no estuvieron en contacto con sangre, no tengo conocimiento de la identidad de las personas, ellos son de S.A. y los conozco de vista, antes del hecho si los conocía a los tres, no llegué a tener comunicación no he hablado con ningún familiar, si considero objetiva la experticia a pesar de conocerlos de vista, es todo”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, ya que a través de los conocimientos científicos se determino que la afeitadora colectada como evidencia en el sitio del suceso estaba impregnada de sustancia hematica y se encontraba en buenas condiciones de funcionamiento; de igual manera de la misma se desprende que a las prendas de vestir suministradas como evidencia, no se les fue encontrada sustancia hematica.

  18. - Declaración del ciudadano I.A.M.G., Quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-374933, médico forense, é indico no tener relación de parentesco con el acusado. Seguidamente el Tribunal le puso de manifiesto el Reconocimiento Médico Legal localizado al folio 276 de la presente causa. Seguidamente expuso: “reconozco el contenido y la firma, el informe debe ser mío, es copia remitida pero está firmado por la Jefe de la medicatura forense enviado a este Tribunal, debe ser que el Tribunal solicitó copia del informe, esa es una copia y la Dra. R.G. firma por mi, me imagino que yo me encontraría de vacaciones, yo necesito ver el manuscrito firmado por mi, yo no puedo opinar si no examine al paciente tendría que ver el manuscrito firmado por mi, a ver si yo lo evalué, según la copia estaba yo estaba de vacaciones, y me imagino que la Jefe del Servicio Forense coloca por para enviarle la copia al Tribunal, yo debería tener el manuscrito para emitir mi opinión al respecto, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “tengo 17 años en la medicatura forense, no en absoluto me ha falsificado la firma, no es que dude sino es que ese informe esté firmado por mi preferiría el manuscrito que debe existir en la medicatura, y corroborar mi firma, allá debe estar una copia firmada mía, yo simplemente es lo que solicito verificar en el manuscrito, yo voy a opinar de algo que no he firmado, evidentemente el original ha sido enviado a otro Tribunal y en vista de mi ausencia la Dra. toma el informe y lo firma por mi, el manuscrito siempre queda en la medicatura el oficio que genera ese manuscrito debió ser enviado a otro Tribunal, pero prefiero ver el manuscrito mío pero que yo lo vea que está firmado por mi, no es que diga que no es cierto, pero necesito ver que esté firmado por mi, veo la firma legible de nuestra jefe, la firma es ilegible es una abreviatura, esa es la firma de la Dra. Rosa, esta es la parte anterior del cuello, las heridas cortantes son producidas por múltiples objetos son soluciones de continuidad en la epidermis, una herida cortante puede ser ocasionada por arma blanca que presentan un filo, en esa herida en esa región del cuello a nivel anterior del cuello existen estructuras que permiten el funcionamiento del organismo, si sube y baja sangre, hacia el cerebro y recoge la sangre del cerebro, si es vital el funcionamiento del cerebro para la vida humana, es todo”.

    A preguntas del defensor privado Tibulo Sánchez, contestó: “ratifico al Tribunal que no es mi firma, es posible que haya practicado el reconocimiento tendría que ver el manuscrito, es todo”.

    Declaración que no es valorada por quien aquí juzga, por cuanto el deponente no manifestó de manera certera que el haya sido quien realizo el reconocimiento legal y ante esta duda no puede esta juzgadora darle valor probatorio a su testimonio.

  19. - Declaración de la ciudadana RINCÓN A.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.067.486, médico forense, residenciada en el Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto la Autopsia Nro 0538, localizada al folio 155 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, la autopsia se trata de un adulto varón, de piel blanca, sin características particulares externas o sea no presentaba tatuaje, rasurado a nivel del tobillo derecho una cicatriz de compresión por atadura, a nivel de la región anal lesiones floridas en aspecto de coliflor, a la practica de la autopsia se evidencia dos heridas una por encima de la otra a nivel de la cervical, que involucra sección de planos faciales, planos musculares, y llega en el corte hasta la columna vertebral, se observó una herida por excoriación llamada por cortadura a nivel de pulmones se apreciaron pigmentación de color negrusco, en el estómago se pareció con olor a alcohol característico, la causa de muerte fue hemorragia externa masiva producida por arma blanca a nivel de la región cervical, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “tengo 25 años de trabajo jurídico, 20 de especialista, tengo 17 años dentro del cuerpo, el cadáver de adulto varón, de piel blanca, todas las características eran normales estaba rasurado y tenía signos de atadura a nivel del tobillo derecho, tenía una contextura normal, peso proporcional, estaba rasurado a nivel del pecho el pubis esa fue la características que observamos de estirpe homosexual no es signo fidedigno de ello depende de la cultura, se describen dos heridas cortantes una encima de la otra no se midieron por la envergadura de la lesión que llega hasta la columna, en este caso queda la cabeza adherida al cuello es una decapitación parcial, eran heridas cortantes por arma blanca, en este caso lo que hemos observado es que son heridas por cuchillo, las heridas por machetilla son otros tipos de lesiones, inclusive la lesión en la barbilla es producida por la punta, hemos observado las heridas producidas por botellas, recuerde que nosotros no vamos al sitio y desconocemos los hechos, la herida fue producida por un filo, en este caso las lesiones de tipo anal conocidas como contilomas floridos me indica que la persona era homosexual porque esa lesión es una lesión viral, florida producida por un papiloma humano, se aprecia estirpe de tipo viral maligno que se localizan características de transmisión sexual solamente se adquiere a través del sexo, quiere decir que la persona que estaba que lo iba penetrar esta persona estaba infectado del VPH, si es obligatoria que sea de transmisión sexual, en recién nacido se trasmite a nivel del parto, hasta la presentación florida me indica un transcurrir de mas de diez años, las lesiones malignas están ubicada a nivel de los cuellos del útero de las mujeres, las voy a conseguir en el prepucio, en la vagina, y la vulva que son área tocadas a nivel del pene, a nivel del área supra púvica, a nivel de la región bucal, y a nivel de lengua, mucosas, están tipificadas desde el punto de vista epidemiológico, precisamente lo que busco son lesiones que me manifiesten le procedencia de una lesión contra natura violenta o no violenta los radio y los esfínteres anales estaban borrados, no se observó sustancia de semen, son excoriaciones por compresión típicas de atadura en ese momento pudo haberse practicado una relación tipo sadomasoquista, o relaciones sexuales tipo sádicas, y/o pudo haber sido provocada por atadura para arrastras el cuerpo, son mortales esas heridas a nivel del cuello, las lesiones de este tipo sino provoca una lesión provoca un infarto a nivel del cerebro, pasan directamente por la sangre en este caso la circulación lo primero que el cuerpo protege es el cerebro lo segundo es el corazón, los pulmones y el estómago, es el cerebro vital para la vida humana, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.C.c.: "pudiera decirle que desconozco el sitio donde ocurrió el hecho, el acta policial, ni la investigación, le puedo decir que era una persona homosexual pero decirle si tuvo justo antes del momento una relación sexual hay signos que me indican que estuvo amarrado, no tengo experticia que me indica de que haya semen, no juzgaría a la persona, es un hecho que es un homicidio y la persona fue asesinada, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que a través de los conocimientos científicos se determino la causa de la muerte del hoy occiso O.N., la cual se debe a hemorragia externa masiva producida por arma blanca a nivel de la región cervical; así como se dejo constancia que a nivel de tobillo derecho se aprecio signos de atadura y a nivel de la región anal lesiones floridas en aspecto de coliflor, lo cual hace inferir que la victima era homosexual.

  20. - Declaración del ciudadano J.D.D.D.A., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.371.590, médico forense, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto el Reconocimiento Médico Legal Nro 360, localizado al folio 149 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, en referencia al informe en enero el 19 acudió para la practica del examen médico forense, se trata de un paciente que presentaba heridas cortantes en número de dos, en el resto no encontré lesiones, y concluí que por el tipo de lesión las consideré de carácter grave, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “el paciente se llama R.A.C.V., no lo conocía, nunca lo había visto, son cortantes en la región lateral del cuello y la región anterior, uno describe que son producidas por objeto cortante ese instrumento cortante pudo ser un cuchillo un objeto con filo, precisamente la ubicación del tipo de lesión, en el lado lateral está la parte de las arterias que llevan la sangre al cerebro, y trasmite la conexión por toda la parte del cuerpo, tenía sutura de 32 puntos, la herida estaba suturada, si estuvo en peligro la v.d.p., es todo”.

    Declaración que es valorada por quien juzga, ya que a través de los conocimientos científicos se determino que una de las victimas de autos R.A., presentaba una herida a nivel lateral del cuello, producida por instrumento cortante que pudo ser un cuchillo o un objeto con filo, la cual fue catalogada como una lesión grave, por cuanto la vida del mismo estuvo en peligro.

  21. - Declaración del ciudadano VELAZCO MUJICA GENOFONTES, quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.244.502, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, residenciado en San Cristóbal, Estado Táchira, é indicó no tener relación de parentesco con los acusados. Seguidamente, el Tribunal le puso de manifiesto las actas de investigación policial localizadas a los folios 19, 20 y 81 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma, mi función en esta investigación fue acompañar al funcionario A.G. al Hospital con una lesión a nivel del cuello, otro en el seguro social, y un occiso, el ciudadano Cándido manifestó de que a uno de los sujetos ya lo conocía ya que lo había visto en dos oportunidades quien trabajaba en una venta de hamburguesas en S.A., también indicó que uno de ellos era conocido como Toño por Antonio y este bajo amenaza lo introdujo en un baño, y un funcionario de la policía que actuó en contra del segundo que quedó herido, se les realizó entrevista plasmadas en el acta, que reposa en el acta que acabo de leer, se procedió a buscar o tratar de indagar quienes eran los autores del hecho, traté de indagar logrando determinar que el dueño del establecimiento comercial era un ciudadano de nombre M.S., quien manifestó tener conocimiento del hecho por medio de la prensa, manifestó que si tenía un empleado de G.V., que se la pasaba en compañía de Antonio y que el mismo era sobrino la tercera persona era funcionario de la Dirsop, se demostró que era funcionario de la Dirsop, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “sé que fue en enero de 2005, funcionarios adscritos a la Brigada de Homicidios en el sector de Pericos levantaron un cadáver de nombre Omar, uno ingresó al Hospital Central y otro al seguro social, la persona que estaba en el Hospital Central era de nombre Cándido, para el momento de su entrevista manifestó que había una reunión en la residencia del ciudadano Omar, y que uno de ellos lo había visto en dos oportunidades, y un tercero que lo describía de ojos azules que era supuestamente detective de la policía, Cándido se encontraba en una camilla, estaba en condiciones de rendir entrevista, por las características donde señala que una esas personas portaba lentes se logró llegar al lugar comercial donde el dueño mencionó que se trata de G.V. conocido como Lester, el otro era Antonio, el propietario del local manifestó que era un sobrino político la tercera persona era un sujeto de piel blanca que era funcionario de la Policía, que residía por la carrera 7, fueron las mismas personas según las señaladas por Cándido, supuestamente el ciudadano M.S. manifestó de que el ciudadano G.V. en una oportunidad había tenido entrevista con un ciudadano que se apersonó en su local en una camioneta y que supuestamente tenían una relación, si yo nací en S.A. y eso me facilitó ubicar el kiosco de hamburguesería ya que conozco la zona, no conocía al dueño del puesto de hamburguesas, el señor Marcos de manera voluntaria en su recinto en el segundo piso manifestó que por las características a quien se menciona como Lester era su empleado, el ciudadano Marcos manifestó que había visto vía la prensa los hechos, el señor Marcos manifestó que la persona occisa había visitado a G.V., cuando después de ubicar el lugar la venta de hamburguesas después de sostener entrevista Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Marcos el involucrado era uno solo, al otro conozco de vista a sus progenitores, se solicitó la respectiva vista domiciliaria, por conocimiento del mismo Marcos dice que después de ocurrido el hecho y se desconocía su paradero, la familia señaló que desconocían de su paradero, Cándido lo que manifestó cuando llegó a la residencia del occiso ya se encontraba el occiso y los otros dos sujetos él no fue obligado a esa residencia, el mismo manifiesta que el mismo manifiesta que estaban tomando tragos y que ninguno estaba bajo presión, no conocía a la víctima, me trasladé al lugar de los hechos posterior es el sector de Pericos creo que es Aldea San Luis no se veía muy habitada, no participé en la inspección del lugar, el mismo Marcos manifestó que una de sus empleadas de nombre Carmen el ciudadano Varela Lester lo había visto en una actitud sospechosa le había pedido tres pared de guantes y que ella manifestó que se los había entregado, una era entrevista a Cándido y la segunda entrevista aportada por Marcos que es el dueño de la venta de hamburguesas, fui a las tres visitas domiciliarias, en la residencia de A.C. se colectó una evidencia creo que fue una prenda de vestir, no sabría decirle si las evidencias presentaron algún resultado, no vi el cadáver de la víctima de la presente causa, es todo”.

    A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "como lo dije se colectó la evidencia de acuerdo a las características que aportó el ciudadano Cándido, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.S.C.: "Canchica manifiesta que la persona lo somete a él es A.C., que lo somete y le causa la lesión, supuestamente lo que manifiesta que fue efectivo policial, Candido no manifestó del ciudadano G.V., es todo”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, por cuanto de su deposición se desprende las diligencias de investigación practicadas por el deponente, quien fue conteste en manifestar que ciertamente el se dirigió a la sede del Hospital Central donde se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino el cual presentaba heridas a nivel del cuello; de igual manera refiere el deponente que en la prenombrada institución se encontraba también el ciudadano C.M., quien fue otra de las victimas de autos y quien tenia una herida a nivel del cuello, que el mismo procedió realizarle la entrevista, manifestándole la victima las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrió el hecho punible endilgado y aportando la información necesaria para identificar a los autores o participes del caso de marras; así mismo el deponente refiere que la otra victima se encontraba recluida en el Seguro Social, con una herida en el cuello y a quien se le practico la respectiva entrevista, narrando de igual manera las circunstancia bajo las cuales se produjo el hecho investigación; en este mismo orden de ideas el deponente refiere que le practico entrevista al ciudadano Marcos, quien era el dueño de la hamburguesería donde trabajo Gerardo y Antonio; y de igual manera el deponente indica que ciertamente se realizaron las respectivas visitas domiciliarias, en las cuales se colectaron evidencias de interés criminalístico.

  22. - Declaración del ciudadano E.P.B., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.145.641, indicó no tener relación de parentesco con el acusado. En ese estado, el Tribunal le puso de manifiesto lo siguiente: Inspección Nro 263, al folio 3; Inspección Nro 264 al folio 5; Inspección Nro 5833 al folio 222 y Montajes Fotográficos a los folios 223 y 235 de la presente causa. En ese estado expuso: “ratifico el contenido y la firma de las actas que se me han puesto de manifiesto, y el montaje fotográfico lo hice yo, indica que el día 17 de enero de 20005, me encontraba en compañía del funcionario W.N. al lugar donde realicé una inspección la ubicación de varias evidencias, recuerdo la inspección de un cadáver, secuencias fotográficas, y un rastro dactilar, el acta del folio 222 igualmente recuerdo que el funcionario mencionado observamos la presencia de un vehículo en el medio de la calle hacia el Mirador tuvimos información que guardaba relación con el hecho, el montaje fotográfico que va acorde de la primera inspección haciendo referencia a la inspección del cadáver, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “el sitio que inspeccioné para el momento se observaba mucho desorden sustancia hemática en gran cantidad, había tanta que a los funcionarios policiales les daba miedo, con respecto al cadáver se encontraba de cubito dorsal con sus manos sujetas de las muñecas hacia atrás y presentaba un bolsa sintética, y enrollado a su vez con cinta adhesiva de color marrón, al momento observo los cabrestos de cinta adhesiva se fijan y se colectan como evidencias de interés criminalístico, si fueron colectadas después del levantamiento del cadáver, al momento de hacer la inspección retiré las cintas adhesivas, es una vivienda, se encuentra en un nivel superior, determinamos que era la habitación principal por los enseres que presenta la habitación principal, era muy somero si había una gaveta medio abierto pero la requisa no era tan evidente si se aprecia que se buscaba algo pero se ve que se hizo con tiempo no había el desespero de hacerlo, dejo constancia del baño y había abundante sustancia hemática había un charco de sangre las cantidades de sustancia hemática era en extremo, para el momento no se apreciaron vehículos, me limité a la parte de técnica policial, no observé armas de fuego, colecté una máquina de cortar cabello, la colecté por que estaba demasiado impregnada de sustancia hemática, la máquina de cortar cabello pudo haber producido las heridas por eso el hecho de la colección la encontré encima de la tapa de la poseta del baño, no observé en la habitación armas blancas, la única arma que observé fue la máquina de cortar cabello, luego de haber realizado la inspección fotográfica y en base a lo sucedido personalmente realicé una activación especial muy exhaustiva hasta el punto que hay paredes que logré activarlas, en una botella de vidrio de bebida alcohólica logré levantar un rastro dactilar fue enviado por el investigador al laboratorio para el cotejo desconozco el resultado, practique inspección a un vehículo, era un vehículo de color verde el cual estaba en dirección a las granjas infantiles como que fuera a la carretera que conduce a San Cristóbal el Mirador, tenía la luz intermitente encendida pero con respecto a la alarma por la forma en que quedó, desconozco quien dejó el vehículo ahí, el derecho de estar en comisión a él le informaron que el vehículo guarda relación o sea que el vehículo pertenecía a una de las víctimas del sitio, la mas evidente herida de la víctima era la del cuello, era una persona adulta de sexo masculino un metro 72, de cuarenta y seis años aproximadamente, de frente amplia, dejas delineadas, de nariz perfilada, sus extremidades superiores se encontraban atadas con un segmento de cinta adhesiva de color marrón, una sola persona no pudo haber atado al occiso por su contextura de 1 metros 72, las extremidades estaban hacia atrás a la altura de la región lumbar, es evidente que la víctima ya estaba sujeto, es todo”.

    A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "si tomé esas fotografías, la botella se encontraba justamente sobre el paredón de la cocina, yo colecté los rastros y no me compete nos encargamos de la colección y fijación, es todo”.

    Declaración que es valorada por quien aquí juzga, ya que a través de los conocimientos científicos se logro realizar el montaje fotográfico que permitió ilustrar al Tribunal, acerca de las imágenes en que fue encontrado el cuerpo sin vida del hoy occiso O.N., las evidencias de interés criminalístico colectadas en la escena del crimen, las condiciones propias en se encontraba el referido lugar y el carro que fue ubicado en el sector del Mirador, abandonado en la carretera con las luces intermitentes prendidas, el cual pertenecía a una de las victimas de autos.

  23. - Declaración del ciudadano S.C.M.V., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.348.343, comerciante, residenciado en S.A., Estado Táchira, y que J.A. es sobrino de su esposa, a lo cual el Tribunal lo impuso del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En ese estado expuso: “si deseo declarar, a mediados de enero de 2005, me llamó un funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y me cito llegué y me preguntó que si conocía a Gerardo le dije que si que había trabajado conmigo hasta el 31 de Diciembre de 2004, y J.A. que era sobrino de mi esposa, me preguntó que si sabía de los sucesos en la Aldea Pericos, le respondí lo que había salido por el periódico, después me dirigí a las siete y media al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas me sentaron una silla en una sala y a las siete de la noche llegaron fue cuando me tomaron declaración y les dije de nuevo, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “soy comerciante, para esa época era repartidor de refrescos de pepsi cola, y tenía un restauran vendía almuerzos en el día y hamburguesas en la noche, en la mañana tenía a la señora Carmen y Glendys, y en la noche estaba J.A.C. y otro muchacho, G.V. tenía de 20 a 15 días de haber salido se retiró por que le iba a trabajar un carro al papá, Antonio y Gerardo se conocían de saludo, de salir juntos no, Toño a veces iba a comer para allá, después que el se retiró no se la pasaba en Capacho mas que en S.A., M.A.S.A.M. era cliente del restauran me imagino que se conocían en ese pueblo todos se conocen, me preguntaron sobre qué sabía yo sobre lo que había ocurrido en la Aldea Pericos, me enteré por el periódico, la persona fallecida creo que salía en la parte de atrás del periódico, esa persona si había estado en el restauran y cuando vi el periódico me di cuenta que era amigo de Gerardo, las veces que lo vi fue de noche a comer hamburguesas, lo recordé por que Gerardo me lo había presentado, él no acostumbraba presentarme a los que iban, me lo presentó como su compadre, pudo haber sido como en diciembre creo que fue para allá, en una de esas que entré me presentó al compadre sé que vivía en Capacho, me imagino que el puesto de las hamburguesas mías eran muy buenas, la persona llegaba desde afuera y Gerardo estaba en la cocina que había una ventanita, creo que una vez llegó con un amigo no era ni José

    Antonio ni M.A., conocía a la victima como el compadre de Gerardo, sé que eran mediados de enero pero la fecha no sé, ese domingo en la noche J.A. no fue a trabajar no sé por qué no fue, él me había dicho que iba para las ferias, en el transcurso del día en la noche del sábado me dijo que el domingo en la noche de repente iba para las ferias, no me dijo con quien iba ir a las ferias, la parte de arriba de mi negocio es mi casa, estuve con mi hija, no vi a J.A., bajé a mi casa como a las cuatro o tres de la tarde, yo no lo vi, la señora Carmen me comentó que había ido a Gerardo y que había ido al negocio, no me manifestó si había comido ahí, él aparentemente le solicitó a la señora Carmen que le regalara unos guantes desechables, ella si se los dio, me imagino que se los regaló eran desechables, J.A. se ausentó se retiró no trabajó preaviso, se ausentó, yo les pagaba diario a ellos, no tuvo problemas conmigo como para no haberse despedido, J.A. tenía poco tiempo como 15 días estaba suplantando a Gerardo, a Gerardo lo vi el día cinco que iba con el carro del papá, vi en la penal a Gerardo y pregunté a Toño por que iba a cobrar refrescos en la penal, es todo”.

    A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: " vi a Omar comiendo en el restauran dos veces, se relacionaba con G.V., la única vez que vi a Gerardo en el penal fue que fui a ver a J.A.C. y se apareció con él, la señora Carmen me comentó que fue Gerardo el que le solicitó los guantes, es todo”.

    Declaración que es valorada por esta juzgadora, por cuanto el deponente es conteste en manifestar ciertamente J.A. era su empleado, que el día en que ocurrió el hecho endilgado el mismo no fue a trabajar, por cuanto el día sábado el le había referido al deponente de que iría a la ferias; que tuvo conocimiento del caso de marras a través del periódico; que al observar el periódico constato que una de las victimas de autos era conocida, ya que sabia que Omar y G.e. compadres, por cuanto este había ido en varias oportunidades a la hamburguesería hablar con Gerardo.

  24. - Declaración de la ciudadana SUÁREZ DE CANCHICA M.D.C., quien previo juramento de Ley, manifestó ser venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.630.136, residenciada en S.A., Estado Táchira, é indicó ser la madre de J.A.C., a lo cual el Tribunal lo impuso del artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente expuso: “si deseo declarar, yo me dirigí a la casa del señor Gerardo y hablé con él, me dijo que no sabía que le paso, me dijo que estaba involucrado en la muerte de un hombre, me dijo me tengo que ir, me dijo después hablamos hay un problema grande, me dijo que lo había matado con un cuchillo, él vive a media cuadra de mi casa, la hija mía salió corriendo a no dejarlo ir, en el acto el suegro que estaba ahí se lo llevó en un taxi, el hombre se me despareció, me dijeron que estaba en la vía el Piñal hasta que nos dijeron que estaba en Colombia, lo conseguimos en Villa del Rosario donde arreglan carros viejos, lo conseguimos el nos atendió y nos dijo que lo ayudara que estaba apunto de ahorcarse estaba flaco, con un candado, era otro tipo, me dijo que había matado a un hombre con un cuchillo, me dijo que se había hecho un examen de sida cuando estaba en el cuartel, me dijo que con el mismo que mato al señor había cortado a los otros dos señores, me dijo que ya su hijo ya había nacido, quedamos en le íbamos a mandar a hacer el examen de sida, quedamos hablar con el papá, me dijo que no tenía vida, estaba en una casa horrible, nos embarcó, nos dejó esperando en la iglesia San José para que se pusieran a derecho, él no llegó, lo esperamos, una hermana de él decía que había agarrado vía el llano, después de ahí duramos buscándolo, no se imagina lo que nos costó para que ese señor apareciera, seguimos hasta al abogado, nos habían dicho que él se reunía con el abogado, los único que sabían qué había pasado en el sitio eran los muchachos, íbamos a Cúcuta a media noche a las tres de la mañana hasta que gracias a Dios apareció, tengo problemas de salud, espero que todo se arregle, es todo”.

    A preguntas del Abg. Tíbulo S.C.: "ese problema sucedió en enero, fue del 2005, estaba la señora A.M., nos reunimos mas cerca que donde está usted, él manifestó que él había matado a un hombre con un cuchillo, con el mismo cuchillo que cortó a Omar cortó a Mustafa y a otro señor dijo que si, el decir de él era que no sé que me pasó decía eso si no se los voy a decir a ustedes, es todo”.

    A preguntas del Abg. D.S.C.: "si he tratado de ayudar a mi hijo, mi hijo era del deportivo Táchira en la sub 17, mi hijo no tenía problemas de homosexualidad, mi hijo estudiaba y trabajaba, ese día no vi llegar a mi hijo estaba durmiendo, cuando me paré de dormir eran como las cuatro, en la mañana se levantó la novia es la que lava la novia, todo el tiempo la novia le lava la ropa ahora mas, si me ha causado este problemas inconvenientes, si usted era el abogado al que seguimos, si aquí en el Tribunal, en su casa, por mi hijo haría cualquier cosa para sacarlo de este problema, es todo”.

    A preguntas del Ministerio Público, contesto: “me interesaba encontrarlo a él, yo tenía que ayudarlos a los tres, yo sabía donde estaba mi hijo, en la casa hay cuatro hijos y todos son muy unidos, mi hijo jugaba aquí en San Cristóbal, el llamaba cuando se quedaba donde la novia, ese día salí a las ocho y media él quedó en la casa y él se quedó en la casa, y él no llegó al Circuito, ese día llovió demasiado, con la primera persona que hablé después del problema fue con Gerardo, mi hijo no me manifestó que estaba haciendo mientras Gerardo mataba a la víctima, en la casa me dijo mi hijo que había agarrado un taxi en un monte horrible él y Miguel, mi hijo me dijo que lo habían invitado a una parrilla, en la mañana cuando se levantó no le noté licor ni nada, Gerardo trabajó en la hamburguesería hasta los últimos de diciembre, Gerardo vive a una cuadra de mi casa, mi hijo no se la lleva con Gerardo por ese problema, si visito a mi hijo en el penal todos los sábados y domingos, si haría cualquier cosa para ayudar a mi hijo, mentir no, la novia de mi hijo trabajaba con él en la hamburguesería en las noches, la novia estudia en la ULA en la mañana, él trabaja en línea del papá, si tenía mi hijo varios pares de zapatos, la se llevó la franela y el pantalón, yo lavé todo ese día, mi hijo me dijo que andaba para una parrilla, en la noche cuando llego le pregunté y me dijo que andaba con Gerardo a un sitio donde vendían papás, ese día el fue para Capacho, mi hijo sabe manejar, es todo”.

    A preguntas del Abg. W.C.C.: “no recuerdo qué día hablé con Gerardo ni la fecha ni la hora, no me han dicho mis familiares lo dicho por las víctimas, no han tenido problemas con la policía, es todo”.

    Declaración que no es valorada por esta juzgadora, por cuanto de su deposición se observa la parcialidad y el interés que tiene la deponente en las resultas del proceso, debido al vinculo de familiaridad que lo une al causado J.A., por ser esta su madre, motivo por el cual su testimonio no contribuye de modo alguno a la búsqueda de la verdad y a la verdadera materialización de la justicia.

  25. - Actas de visitas domiciliarias, practicadas en cada una de las residencias de los acusados de autos.

    Documentales que son valoradas en su conjunto, ya que a través de las mismas se demuestra que ciertamente el órgano investigador ubico cada una de la residencia de los acusados de autos; que efectivamente las misma fueron allanadas a fin de recabar evidencias de interés criminalístico que coadyuven al esclarecimiento del hecho punible endilgado y en efecto a sido fueron colectadas.

  26. - Documento autenticado ante la Notaria Publica Quinta de esta ciudad, bajo el N° 61, tomo 112, de folios 128 y 129, de fecha 15-02-2004, perteneciente al vehículo de propiedad de O.A.N..

    Documental que es valorada por esta juzgadora, por cuanto con la misma se demuestra que ciertamente el hoy occiso O.N. era el propietario del vehículo que fue despojado por los acusados de autos.

  27. - Certificado de Registro de Vehiculo N° 271262, de fecha 10-10-2000, del vehiculo propiedad de R.A.C.V..

    Documental que es valorada por esta juzgadora, por cuanto con la misma se demuestra que ciertamente la victima R.C. era el propietario del vehículo que fue despojado por los acusados de autos.

  28. - Comunicación N° 024-05 de fecha 23-02-2005, emanada de la Dirección de Seguridad y Orden Publico del Estado Táchira, en la cual se deja constancia que el ciudadano M.Á.S.M., fue dado de baja de ese cuerpo policial por expulsión, en fecha 12-12-2004.

    Documental que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto con la misma se demuestra la conducta desplegada por el acusado M.S., al momento de prestar sus servicios profesionales como Funcionario Publico, en la Dirección de Seguridad y Orden Publico, la cual de acuerdo a las máximas de experiencia no fue de buen proceder, en virtud de que amerito que fuera expulsado de la referida institución y en consecuencia dado de baja.

  29. - Copia certificada del Acta de Defunción, N° 001, expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, a nombre del ciudadano O.A.N., quien falleció a consecuencia de un shock hipovolemico, debido a la ruptura del paquete vascular del cuello por herida de arma blanca.

    Documental que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto de la misma se desprende que ciertamente el ciudadano O.N. falleció, en la fecha en que ocurrió el punible endilgado, así como se estable cual fue la causa de la muerte, la cual fue producto de un shock hipovolemico, debido a la ruptura del paquete vascular del cuello por herida de arma blanca.

  30. - Fijaciones fotográficas tomadas por el funcionario ERWIND BUSTOS PERNIA, realizadas en el lugar donde acontecieron los hechos, así como del cadáver en la sala de Anatomía Patológica y al vehículo Chevrolet recuperado.

    Documental que es valorada por esta juzgadora, por cuanto la misma permite ilustrar al Tribunal acerca de las características físicas y heridas que presenta el cadáver del ciudadano O.N., el tipo de evidencias colectadas en la escena del crimen y las características propias del vehículo que fue recuperado por el órgano investigador.

  31. - Reconocimiento Medico-Legal-Físico, practicado a la victima C.M.G.G..

    Documental que es valorada por quien aquí juzga, por cuanto la misma establece el tipo de lesión, las características propias de las heridas de la cual fue victima el ciudadano C.M., así como las consecuencias que trae consigo.

    CAPITULO VI

    DEL CAMBIO DE CALIFICACIÓN JURÍDICA

    En el curso de la presente audiencia, producto de la incorporación de los medios de prueba especialmente de las declaraciones de los ciudadanos R.A.C.V. Y C.M.G.G., quienes manifestaron en este Tribunal que NO PUDIERON OBSERVAR QUIEN LES CORTO LA GARGANTA NI QUIEN LE DIO MUERTE A O.A.N.; adicionalmente a ello, el presente proceso penal, presentó una característica particular, y es que los intereses de los coacusados fueron contrapuestos durante el transcurso del juicio; estas circunstancias, no permitieron que se lograra constatar el grado de participación de cada uno de los coacusados en la comisión de los punibles de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, endilgados por el Ministerio Público; tampoco logró probarse un acuerdo de voluntades que permitiera inferir cual o cuales de los coacusados quienes se encontraban en el lugar donde ocurrieron los hechos, se hallan puesto de acuerdo con anterioridad o en el mismo instante en que ocurrieron los hechos, a los fines de cometer los delitos mencionados; en consecuencia, no existe la posibilidad de inferir a través de las pruebas existentes o de indicios el modo de participación de cada uno de los coacusados, por lo que decide este juzgador que se hace necesario un cambio de calificación HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 ibidem y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 ibidem, el cual no ha sido considerado por ninguna de las partes, por lo que el Tribunal habiendo finalizado la recepción de pruebas procede a advertir a las partes sobre el cambio de calificación anunciado para que preparen sus alegatos, ofreciéndole a los acusados la oportunidad de recibirles una nueva declaración, e informándole a las partes que tiene el derecho de solicitar la suspensión del juicio para ofrecer nuevas pruebas o preparar la defensa conforme corresponda. Renunciando las partes a tales derechos referidos por el Tribunal.

    CAPITULO VII

    DETERMINACIÓN DEL HECHO PUNIBLE Y LA CONSECUENTE RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS ACUSADOS DE AUTOS

    Con fundamento a las pruebas evacuadas en el Juicio Oral y Público, es necesario destacar que la relación a determinar es la existente entre los hechos planteados en la presente audiencia y el tipo penal imputado por el Ministerio Público, quien presentó las pruebas contra los acusados y que resultaron contundentes y determinantes, razón por la cual este operador de Justicia, logró establecer méritos suficientes para tomar en el cambio de calificación jurídica dada a el hecho cometido por parte de los ciudadanos CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á. y VALERA CORNEJO G.I., acusados de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia del artículo 407 ejusdem EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 ibidem, en perjuicio de O.A.N.; y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 407 ejusdem, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 82 ibidem, en perjuicio de los ciudadanos R.A.C.V.C. Y C.M.G.G. EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 del Código Penal. Con las anteriores pruebas quedo demostrado el hecho de que en fecha 16 de Enero de 2005, se recibió llamada telefónica en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, procedente de la Red de Emergencia del 171, mediante la cual informan que en el sector de la Aldea se Pericos, de esta ciudad, se encuentra el cadáver de una persona de sexo masculino, como consecuencia de haber recibido varias heridas producidas por arma blanca, en cuyo hecho resultaron también heridas otras dos personas. Como consecuencia de la información recibida, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, se trasladaron hacia una vivienda sin número, ubicada en el sector de Colinas del Mirador, Aldea La Popa, vía Pericos, Municipio Independencia, Estado Táchira, donde pudieron constar que en el interior de una vivienda sin numero, específicamente en un dormitorio ubicado en la parte posterior de la misma, el cual funge como habitación principal, sobre una cama tipo matrimonial, el cadáver de una persona adulta, del sexo masculino, decúbito dorsal, completamente desnudo, con la región cefálica cubierta con una bolsa elaborada en material sintético color negro, sujeta al cuerpo con cinta adhesiva, con las extremidades superiores extendidas hacia atrás, debajo del cuerpo y atadas entre si a nivel de las muñecas por un trozo de cinta adhesiva color marrón, mientras que las inferiores completamente extendidas. Fue localizado y colectado a nivel del piso de dicha habitación, un carrete de cinta adhesiva color marrón, de las utilizadas para embalar. El cadáver en cuestión, presento dos heridas abiertas, la primera a nivel de la región del cuello, y la restante en el hombro del lado derecho, siendo identificado como O.A.N.. Entre las diligencias urgentes y necesarias de carácter investigativo, tendientes al esclarecimiento de los hechos objetos de la presente investigación se pudo determinar, que el ciudadano hoy occiso, O.A.N., se encontraba en su residencia compartiendo con otros amigos, durante toda la tarde y parte de la noche, entre ellos C.M.G.G., R.A.C.V., junto a tres personas mas, aun no identificadas para ese momento, y a eso de la una de la madrugada, ya del día 17-01-2005, los tres primeros, fueron sometidos por los tres sujetos restantes aun no identificados, quienes luego de amordazarlos y atarlos, utilizando una maquina eléctrica de afeitar, le ocasionaron heridas en el cuello, resultando el primero de ellos fallecido, mientras que los restantes con heridas de consideración, que ameritaron su traslado al Servicio de Emergencia del Hospital Central de esta ciudad. Es oportuno señalar, que los autores del hecho, una vez consumado el mismo, se apoderaron de dos vehículos, el primero marca CHYSLER, modelo Neon, color verde, sin placas, serial 8Y3HS27CIY1203629, propiedad del ciudadano R.A.C.V., el cual fue recuperado en la vía que desde ese sector conduce hasta esta ciudad, luego que se activara el sistema de seguridad, mientras que el vehículo restante, correspondiente a una camioneta marca CHEVROLET modelo Wagon R, color verde y gris, placas EAG10G, serial de carrocería MA81S300538, propiedad del occiso O.A.N., fue localizado abandonado cinco días después, es decir, en fecha 21-01-2005, en el sector viejo del Palmar de La Cope, Municipio Torbes, Estado Táchira, con uno de sus vidrios laterales fracturado y las llaves sujetas a la respectiva suichera. Siguiendo Con las investigaciones, figuran las entrevistas realizadas a las victimas sobrevivientes C.M.G.G., quien entorno al hecho investigado que se encontraba el día domingo 16-01-2005, en la casa de O.A.N., junto otra amigo de nombre Rafael y de tres personas mas, los cuales fueron presentados por Omar, sostuvieron conversaciones de diversos temas, al igual que ingirieron bebidas alcohólicas, y siendo como la una de la mañana fueron sometidos junto con Rafael por parte de los tres sujetos que se encontraban en la vivienda quienes los trasladaron al baño y luego de ser amarrados con tirro intentaron quitarle la vida causándole heridas al nivel del cuello. Posteriormente estos sujetos huyeron del lugar a bordo de los vehículos propiedad de Omar y de Rafael. Minutos después, el ciudadano entrevistado logro desatarse por lo que le presto auxilio a su amigo Rafael, quien se encontraba aun con vida. Y, al trasladarse a la habitación de Omar, pudo observar que su cuerpo de se encontraba sin vida. Con relación a la identidad de los autores del hechos, el ciudadano entrevistado aporto información valiosa, para la identificación y ubicación de los mismos, indicando que uno de ellos le fue presentado por parte de Omar, respondiendo al nombre de Antonio, a quien lo apodan, Toño, y los otros restantes, de aspectos catires, uno de ojos azules cuyos nombres no recuerdo, y el otro ya lo había visto por segunda vez, cuyas identidades desconocen, que dichas personas residen en la localidad de S.A.d.T., donde labora uno de ellos en venta de hamburguesa, y que uno de ellos manifestaba ser funcionario policial. El otro sobreviviente, identificado como R.A.C.V., manifestó en relación al hecho que se investiga, que recibió una llamada telefónica de su amigo O.N., invitándolo en la casa de el para tomarse unos tragos, acepto la invitación por lo que se dirigió a la casa de O.N., ubicada en Pericos. Al llegar allí, Omar se encontraba acompañado por tres personas mas, se los presento como sus amigos, recordando el nombre de uno de ellos de nombre Antonio, como a los veinte minutos siguientes llego Mustafad, a quien si conoce, siguieron tomando y cada quien se servía el trago, como a las siete de la noche Omar empezó a servir la cena, pero solo comieron los tres desconocidos, luego de que ellos terminaron de comer siguieron conversando con el catire, es uno de los tres desconocidos, como a las doce y media a una de la madrugada a Omar se le termino la bebida y decidió irse a dormir, los tres desconocidos se apartaron de donde el se encontraba con Mustafad, luego como a la media hora se dirigió a la cocina para servirse un trago y uno de los desconocidos lo agarro por el brazo y le dijo que le colaborara para que no le pasara nada, cuando lo trasladan al baño ve a Mustafad, lo tenían amarrado con cinta adhesiva en la boca, en las manos y en los pies y de inmediato escucho el sonido de una cinta y se la colocaron en la boca, le colocaron las manos atrás y que colaborara si no lo quemaban con la pistola, lo colocaron en el piso con Mustafad, los sujetos se dirigían a la habitación donde se encontraba Omar, ellos iban y venían, en ese momento se desmayo y cuando despertó escuchaba que Omar decía que dejaran de echar broma, luego se volvió a desmayar y cuando estaba volviendo en si, siente que lo agarran por la cabeza, tenia una toalla en la cabeza, le pasaron algo por el cuello, sintiendo cuando salía sangre. En ese momento escucha a Mustafad que se encontraba a su lado, quejándose. Posteriormente escucho cuando arrancaron los vehículos, en eso Mustafad se suelta, lo auxilio y pidió ayuda a los vecinos. Igualmente el ciudadano entrevistado, aporta información relevante para la identificación y ubicación de los autores del hecho, destacando que la persona que lo despojo de sus pertenencias responde al nombre de Antonio, quien a su vez portaba un arma de fuego tipo pistola color negro, uno catire de ojos azules, negro, cachetón, manifestó que era policía y lo llamaban Miguel y el restante, catires de ojos claros, llamaban Gerardo. Lo cual quedó plenamente corroborado con la declaración del ciudadano GONZALES GONZALES C.M., quien es una de las victimas de autos que narra las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrió el hecho punible endilgado, siendo conteste en manifestar que ciertamente el fue a la casa del hoy occiso O.N., que al llegar a la misma el prenombrado ciudadano lo invito a una parrillada que iban hacer; que en el referido sitio se encontraban presentes los tres acusados J.A., M.Á. y Gerardo, siendo este ultimo el único que conocía el deponente, por cuanto el tenia conocimiento que este era la pareja de Omar; que el mismo se retiro del lugar indicado ut supra a fin de irse a su casa a bañarse; que una vez que se baño regreso encontrándose presentes las personas antes mencionadas mas el ciudadano R.A.; que procedieron a compartir entre todas personas presentes; que luego de haber compartido Omar decidió irse a dormir con Gerardo, quien era su pareja; que no volvió a ver mas a Omar ni a Gerardo; que una vez que el decide retirarse para servirse otro trago el ciudadano J.A., lo agarro del brazo, lo apunto con un arma de fuego y lo llevo hasta el baño logrando someterlo; que al llegar al baño lo amarrado de las manos, de los pies, le coloco cinta adhesiva en la boca y le envolvió la cara con una bolsa plástica de basura; que observo cuando M.Á. traía consigo a R.A. apuntándolo con un cuchillo; que de igual manera lo amarraron de manos y pies y le envolvieron la cabeza con una bolsa; que sintió cuando la sangre de R.A. le corría por su cuerpo; que sintió cuando le pasaron algo rustico por su cuello; que escuchaba los gritos que venían del cuarto de Omar, así como el ruido que ellos hacían en la casa cuando estaban esculcando todo y cuando prendieron los carros y se fueron del referido lugar, momento en el cual el procede a desatarse y a brindarle ayuda a R.A. y O.N., quien se encontraba en su recamara totalmente desnudo y sin signos vitales, motivo por cual sale a la calle a pedir ayuda y a llamar al 171 a fin de manifestar lo ocurrido. Aunada a la Declaración del ciudadano COLMENARES VIVAS R.A., ya que el deponente es una de las victimas mas del caso de marras, quien es conteste en manifestar que ciertamente se dirigió a la casa de Omar el día que ocurrió el hecho punible endilgado, en virtud de la invitación que la había hecho el mismo, que el llegar al referido lugar se encontraba presentes Omar, J.A., M.Á. y Gerardo y que con posterioridad llega Candido; que luego compartieron todos los presentes, a través de la parrilla que se había hecho, tomándose una tragos y hablando de diversos temas; que después de compartir el ciudadano Omar decide retirarse a su habitación con Gerardo quien era su pareja; que el se queda en compañía de Candido, J.A. y M.Á.; que posteriormente J.A. y M.Á. se van hacia un lado y el continua hablando con Mustafad; que al terminarse el trago el decide ir a buscar otro, momento en el cual siente que J.A. lo toma del brazo izquierdo, lo somete con un arma de metal y lo lleva al baño; que al llegar baño logra observar que M.Á. tiene sometido a Mustafad, quien estaba tirado en el piso atado de manos y pies; que de igual manera a el lo atan de las manos, de los pies, le colocan tirro en la boca, le envuelven la cabeza y le cortan el cuello de la misma forma que se lo hicieron a Candido y a Omar; que escucho cuando Omar grito en tres oportunidades que dejaran la vaina; que sintió cuando le metieron la mano en el bolsillo, le sacaron las llaves del carro, se le llevaron el celular, la cartera, la tarjeta de crédito y un reloj que era de edición especial; así mismo escucho cuando se llevaron los carros y cuando Mustafad logra desatarse y brindarle ayuda, manifestándole que no se va a morir, saliendo a pedir ayuda; que ciertamente los vecinos y los padres de Mustafad le dieron auxilio y lo sacaron en una ambulancia hacia el Hospital Central; y que efectivamente su carro tiene un sistema anti atraco que se apaga aun estando encendido. Concatenada a la declaración del ciudadano W.A.N.C., ya que de su deposición se desprende que ciertamente se recibió una llamada telefónica del 171, donde reportaron que por el sector de Pericos había una persona fallecida; que al dirigirse al prenombrado sector observaron en el camino específicamente por el Mirador vía Pericos un vehículo neón, abandono en la carretera, con las luces intermitentes prendidas, lo que llamo poderosamente la atención motivo por el cual se llamo al 171 y allí les fue indicado que el mismo guardaba relación con el hecho investigado, por lo que el vehículo in comento fue trasladado al cuerpo de investigación a fin de serle practicadas las experticias de rigor; que al continuar la búsqueda llegaron al lugar donde se cometió el punible endilgado, siendo este una vivienda tipo familiar, cuando al ingresar a la misma se apreciaba signos de desorden, botellas de cervezas, una botella de ron vacía, en el baño varias machas de sustancia hematica, una toalla impregnada con sustancia hematica, cinta adhesiva, un cable, una maquina de afeitar con la que se presume que se perpetro el delito endilgado y la cual fue utilizada para herir a todas las victimas por igual , en virtud de que no fue localizada otra evidencia que haga presumir que fue con la que se cometió el hecho en mención; así mismo en una de las habitaciones se aprecia el cuerpo sin vida de un ciudadano de sexo masculino, el cual fue identificado por uno de sus familiares como O.N., que dicho cuerpo fue trasladado a la Morgue del Hospital Central, donde se logro determinar que el mismo presentaba una herida a nivel cuello y otra a nivel del hombro; de igual modo se constato que en el Hospital Central se encontraban dos personas mas que habían sido victimas del caso de marras, logrando sostener una entrevista con una de ellas, por cuanto la otra se encontraba indispuesta debido a las heridas que le habían ocasionado, por lo que el ciudadano Candido procedió a narrar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo el punible in cometo, aportando información relevante al órgano investigador, para identificar a los autores del hecho, a través dicha información se traslado una comisión al sector de S.A., donde se tenia conocimiento que vivía uno de los autores del hecho, quien trabaja en una hamburguesería, donde a través de las personas que laboraban allí y así como por medio de otras diligencias de investigación se logro ubicar la residencia de cada uno de ellos, motivo por el cual se realizo en tres viviendas, las respectivas visitas domiciliarias, siendo colectadas en las mismas determinadas evidencias de interés criminalístico. Junto a la declaración del ciudadano G.F.M.D. ya que a través de los conocimientos científicos se determino que a los vehículos involucrados en el caso de marras no le fueron encontradas huellas dactilares; de igual manera de su deposición se desprende la existencia material de un carnet correspondiente al acusado de autos G.V., así mismo se demuestra que la cinta adhesiva colectada como evidencia, presentaba una sustancia de color pardo rojizo, la cual ya había sido utilizada. Junto a la declaración de la ciudadana PABÓN DE N.C.A., ya que con su deposición se demuestra que el día en que se perpetro hecho que esta siendo debatido, ella observo que los acusados J.A., Gerardo y M.Á., a quien le decían el tombo, se encontraban juntos como a las dos de la tarde, así como que no los volvió a ver en el pueblo desde ese día, teniendo conocimiento con posterioridad que se encontraban involucrados en un homicidio. Vinculada a la declaración de la ciudadana R.L.M., ya que a través de los conocimientos científicos se le practico el análisis a los diferentes objetos que fueron colectados como evidencias, donde se pudo determinar que la toalla y la camisa presentaban sustancia de color rojo pardizo, la cual correspondía a grupo sanguíneo A; así mismo se demostró que los dos pares de zapatos deportivos y la gorra no le fue encontrada a través de la prueba de luminol sustancia hematica; de igual manera se deja constancia que los zapatos de cuero, tipo mocasín, presentaban adherencia de suciedad, sustancia hematica y cinta adhesiva que ya había sido utilizada. Concatenada a la declaración de la ciudadana G.T.Y.C., quien manifestó que tuvo conocimiento el martes del problema a través de lo manifestado por la hermana de uno de ellos, quien le indico que observo a Gerardo como nervioso y desubicado; y que el día miércoles le practicaron un allanamiento en su casa, donde colectaron una botas que el prenombrado acusado ya no utilizaba y unas fotografías, no pudiendo recabar la ropa que el había utilizado el domingo por cuanto el mismo se la había llevado. Unida a la declaración del del ciudadano J.C.G.B., ya que a través de su deposición se desprende la existencia material de uno de los vehículos que fue despojada una de las victima de autos y las condiciones en las cuales fue recuperado; así como se deja constancia que en el mismo no fue colectada ninguna evidencia de interés criminalístico. Junto a la declaración del ciudadano GAITÁN GUADA G.G., quien manifestó que el día en ocurrió el hecho vio Antonio hasta la tardecita, no volviéndolo a ver mas; que al día siguiente J.A. le dio unas botas blancas para que se las lavaras, las cuales no estaban tan sucias; que consecuentemente ella procedió a lavarlas con jabón y una esponja; que el día martes ella no supo mas nada de Antonio, hasta el momento en que el se pone a derecho; que el día miércoles hicieron un allanamiento en su casa donde se llevaron todo lo que pudiese guardar relación con lo investigado y que tuvo conocimiento que del problema resulto muerta una persona. Aunada a la declaración del ciudadano CADENA CONTRERAS J.G., por cuanto con la misma se demuestra la existencia material del vehículo Vagón verde, que fue recuperado por parte de los funcionarios policiales, en el sector del Palmar de la Cope viejo, el cual luego de ser reportado resulto estar solicito, motivo por el cual fue puesto a disposición del órgano investigador. Junto a la declaración del ciudadano USECHE DAZA L.M., , por cuanto la deponente es conteste en manifestar que ciertamente ella se encontraba en su casa, cuando en horas de la noche escucho los gritos de Mustafad pidiendo auxilio, quien al percatarse de lo sucedido salió a brindarle auxilio y al verlo herido procedió a llamar al 171 a fin de informar lo sucedido; que observo cuando llego la ambulancia y se llevo a Candido y Rafael quienes se encontraban heridos en el cuello; que no pudo hablar con Candido por la herida que tenia, mas sin embargo este logro manifestarle que los habían robado; así como de su disposición se desprende que efectivamente ella tuvo conocimiento de que Omar se encontraba muerto al momento en que llega la petejota y da dicha información; de igual la deponente refiere el comportamiento del hoy occiso durante los años que lo tuvo de vecino, describiéndolo como una persona honesta, trabajadora y buena amiga; indicando también que Omar y Rafael si tenían carros y que al momento en que ella sale prestarle ayuda a Mustafad, no estaban los carros en dicha residencia. Concatenada a la declaración del ciudadano N.U.F.A., por cuanto el testigo es conteste en manifestar que ciertamente el se encontraba en su casa en compañía de su esposa y de su hijo, cuando aproximadamente a las doce de la noche el ciudadano Mustafad comienza a dar gritos pidiendo auxilio, motivo por el cual procedió a llamar por teléfono, que observo cuando llego la policía y la ambulancia y que no entro a la residencia por temor de ver como estaba Mustafad herido, que no vio la camioneta ni el carro de Rafael para ese momento, pero con anterioridad si lo había visto, y de igual manera el deponente es conteste en indicar lo buen vecino que era el ciudadano Omar. Vinculada a la declaración del ciudadano CONTRERAS VARELA D.E., por cuanto la deponente refiere que ciertamente ella se encontraba en el restaurant el día sábado, cuando observo que llego el ciudadano Gerardo, quien le insistía al hoy occiso para que salieran, motivo por el cual este accedió; que en horas de la tarde una vez que cierran el restaurant pasaron recogiendo por las Granjas Infantiles a Gerardo y a otra persona morena, alta y acuerpada, características estas que coinciden con otro de los acusados de autos, persona esta a la que Omar no conocía; que luego de que dejaron a la deponente en su casa ellos se fueron a casa de Omar; que al día siguiente, es decir, el domingo, ella le pregunto a Omar que como le había ido, manifestándole este que bien, y que ese mismo día tenia en su casa una comida, que al cerrar el restaurant se fueron nuevamente a buscar a los muchachos, quienes no se encontraban motivo por el cual Omar dejo a la deponente en su casa y le indico que el bajaba luego a buscarlos; que efectivamente la deponente observo cuando Omar subió en compañía de tres de personas; y que al día siguientes ella tuvo conocimiento a través de otro persona de que a Omar lo habían matado, procediendo la misma a dirigirse a la morgue y constatando la veracidad de dicha información; de igual manera la deponente refiere que Rafael y Candido también resultaron heridos. Junto a la declaración de la ciudadana L.V. ya que a través de los conocimientos científicos se determino que la afeitadora colectada como evidencia en el sitio del suceso estaba impregnada de sustancia hematica y se encontraba en buenas condiciones de funcionamiento; de igual manera de la misma se desprende que a las prendas de vestir suministradas como evidencia, no se les fue encontrada sustancia hematica. Concatenada a la declaración de la ciudadana RINCÓN A.C., ya que a través de los conocimientos científicos se determino la causa de la muerte del hoy occiso O.N., la cual se debe a hemorragia externa masiva producida por arma blanca a nivel de la región cervical; así como se dejo constancia que a nivel de tobillo derecho se aprecio signos de atadura y a nivel de la región anal lesiones floridas en aspecto de coliflor, lo cual hace inferir que la victima era homosexual. Vinculada a la declaración del ciudadano J.D.D.D.A., ya que a través de los conocimientos científicos se determino que una de las victimas de autos R.A., presentaba una herida a nivel lateral del cuello, producida por instrumento cortante que pudo ser un cuchillo o un objeto con filo, la cual fue catalogada como una lesión grave, por cuanto la vida del mismo estuvo en peligro. Unida a la declaración del ciudadano VELAZCO MUJICA GENOFONTES, por cuanto de su deposición se desprende las diligencias de investigación practicadas por el deponente, quien fue conteste en manifestar que ciertamente el se dirigió a la sede del Hospital Central donde se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino el cual presentaba heridas a nivel del cuello; de igual manera refiere el deponente que en la prenombrada institución se encontraba también el ciudadano C.M., quien fue otra de las victimas de autos y quien tenia una herida a nivel del cuello, que el mismo procedió realizarle la entrevista, manifestándole la victima las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrió el hecho punible endilgado y aportando la información necesaria para identificar a los autores o participes del caso de marras; así mismo el deponente refiere que la otra victima se encontraba recluida en el Seguro Social, con una herida en el cuello y a quien se le practico la respectiva entrevista, narrando de igual manera las circunstancia bajo las cuales se produjo el hecho investigación; en este mismo orden de ideas el deponente refiere que le practico entrevista al ciudadano Marcos, quien era el dueño de la hamburguesería donde trabajo Gerardo y Antonio; y de igual manera el deponente indica que ciertamente se realizaron las respectivas visitas domiciliarias, en las cuales se colectaron evidencias de interés criminalístico. Concatenada a la declaración del ciudadano E.P.B., ya que a través de los conocimientos científicos se logro realizar el montaje fotográfico que permitió ilustrar al Tribunal, acerca de las imágenes en que fue encontrado el cuerpo sin vida del hoy occiso O.N., las evidencias de interés criminalístico colectadas en la escena del crimen, las condiciones propias en se encontraba el referido lugar y el carro que fue ubicado en el sector del Mirador, abandonado en la carretera con las luces intermitentes prendidas, el cual pertenecía a una de las victimas de autos. Aunada a la declaración del ciudadano S.C.M.V., por cuanto el deponente es conteste en manifestar ciertamente J.A. era su empleado, que el día en que ocurrió el hecho endilgado el mismo no fue a trabajar, por cuanto el día sábado el le había referido al deponente de que iría a la ferias; que tuvo conocimiento del caso de marras a través del periódico; que al observar el periódico constato que una de las victimas de autos era conocida, ya que sabia que Omar y G.e. compadres, por cuanto este había ido en varias oportunidades a la hamburguesería hablar con Gerardo. Junto al Documento autenticado ante la Notaria Publica Quinta de esta ciudad, bajo el N° 61, tomo 112, de folios 128 y 129, de fecha 15-02-2004, perteneciente al vehículo de propiedad de O.A.N.. Así como con las Actas de visitas domiciliarias ya que a través de las mismas se demuestra que ciertamente el órgano investigador ubico cada una de la residencia de los acusados de autos; que efectivamente las misma fueron allanadas a fin de recabar evidencias de interés criminalístico que coadyuven al esclarecimiento del hecho punible endilgado y en efecto a sido fueron colectadas. Unido al Certificado de Registro de Vehiculo N° 271262, de fecha 10-10-2000, del vehiculo propiedad de R.A.C.V., por cuanto con la misma se demuestra que ciertamente la victima R.C. era el propietario del vehículo que fue despojado por los acusados de autos. Concatenada a la Copia certificada del Acta de Defunción por cuanto de la misma se desprende que ciertamente el ciudadano O.N. falleció, en la fecha en que ocurrió el punible endilgado, así como se estable cual fue la causa de la muerte, la cual fue producto de un shock hipovolemico, debido a la ruptura del paquete vascular del cuello por herida de arma blanca. Vinculada a las Fijaciones fotográficas tomadas por el funcionario ERWIND BUSTOS PERNIA, realizadas en el lugar donde acontecieron los hechos, así como del cadáver en la sala de Anatomía Patológica y al vehículo Chevrolet recuperado, por cuanto la misma permite ilustrar al Tribunal acerca de las características físicas y heridas que presenta el cadáver del ciudadano O.N., el tipo de evidencias colectadas en la escena del crimen y las características propias del vehículo que fue recuperado por el órgano investigador. Junto al Reconocimiento Medico-Legal-Físico, practicado a la victima C.M.G.G. por cuanto la misma establece el tipo de lesión, las características propias de las heridas de la cual fue victima el ciudadano C.M., así como las consecuencias que trae consigo.

    Todo ello aunado a lo manifestado por los Jueces Escabinos, quienes fueron contestes en manifestar que ciertamente los acusados fueron los responsables de ocasionar la muerte del hoy occiso O.N. y de lesionar a los ciudadanos C.G. y R.C., lo cual quedo demostrado con lo expuesto por el representante del Ministerio Público, quien describió la manera como ocurrió el hecho punible endilgado, y con la declaración de todos los testigos, motivos por los cuales se debe declarar culpable a los acusados.

    En materia probatoria, observa este Tribunal que se ha impuesto el sistema de valoración probatorio aceptado por el Código Orgánico Procesal Penal, de sana crítica, máximas de experiencia, lógica y conocimientos científicos en las motivaciones de hecho y de derecho, que los llevó al convencimiento de la comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia del artículo 407 ejusdem EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 ibidem, en perjuicio de O.A.N.; y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 407 ejusdem, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 82 ibidem, en perjuicio de los ciudadanos R.A.C.V.C. y C.M.G.G. EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 del Código Penal, por parte de los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á. y VALERA CORNEJO G.I., lo cual quedó corroborado con todos y cada uno de los órganos de prueba recepcionadas en el presente debate contradictorio, por lo que la presente Sentencia es Condenatoria. Y así se decide.

    CAPÍTULO IX

    DOSIMETRIA PENAL

    Al delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, ahora 406 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio de O.A.N., le corresponde la pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión, siendo el termino medio conforme lo estipula el artículo 37 ejusdem, diecisiete (17) años y seis (06) meses de prisión, el Tribunal considera que no concurren circunstancias atenuantes debido a la magnitud del daño causado. Por tratarse de un homicidio EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, el Tribunal procede a efectuar una rebaja de la mitad de la pena, de conformidad con el artículo 424 ejusdem, y ello arroja una pena de ocho (08) años y nueve (09) meses de prisión. En cuanto al HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, ahora 406 numeral 1 del mismo Código Penal, en perjuicio del ciudadano R.A.C.V.C., le corresponde la pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión, siendo el termino medio conforme lo estipula el artículo 37 ejusdem, diecisiete (17) años y seis (06) meses de prisión, el Tribunal considera que no concurren circunstancias atenuantes debido a la magnitud del daño causado. Por tratarse de un homicidio EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, el Tribunal procede a efectuar una rebaja de conformidad con el artículo 424 ejusdem, entre la mitad y una tercera parte, rebajando ocho (08) años y un (01) mes de prisión, quedando la pena a imponer en nueve (09) años y cinco (05) meses de prisión. Sin embargo, por tratarse de un delito frustrado, la pena se rebaja en una tercera parte, es decir en tres (03) años, un (01) mes y veinte (20) días de prisión, quedando la pena a imponer en seis (06) años, tres (03) meses y diez (10) días de prisión. Como consecuencia de la concurrencia de varios delitos en la presente causa, se aplica la disposición contenida en el artículo 88 del Código Penal, imponiéndose la pena del delito mas grave, pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la pena de los otros; de esta manera la pena aplicar por este delito es de tres (03) años un (01) mes y quince (15). En cuanto al HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, ahora 406 numeral 1 del mismo Código Penal, en perjuicio del ciudadano C.M.G.G., le corresponde la pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión, siendo el termino medio conforme lo estipula el artículo 37 ejusdem, diecisiete (17) años y seis (06) meses de prisión, el Tribunal considera que no concurren circunstancias atenuantes debido a la magnitud del daño causado. Por tratarse de un homicidio EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, el Tribunal procede a efectuar una rebaja de conformidad con el artículo 424 ejusdem, entre la mitad y una tercera parte, rebajando ocho (08) años y un (01) mes de prisión, quedando la pena a imponer en nueve (09) años y cinco (05) meses de prisión. Sin embargo, por tratarse de un delito frustrado, la pena se rebaja en una tercera parte, es decir en tres (03) años, un (01) mes y quince (15) días de prisión, quedando la pena a imponer en seis (06) años, tres (03) meses y diez (10) días de prisión. Como consecuencia de la concurrencia de varios delitos en la presente causa, se aplica la disposición contenida en el artículo 88 del Código Penal, imponiéndose la pena del delito mas grave, pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la pena de los otros; de esta manera la pena aplicar por este delito es de tres (03) años un (01) mes y veinte (20). En consecuencia se le impone q cumplir la pena definitiva a los ciudadanos CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á. y S.M.M.Á., suficientemente identificados en autos, de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN.

    CAPÍTULO X

    DISPOSITIVA

    Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido de manera Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:

PRIMERO

CULPABLE a los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 02-05-1985, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-16.981.591, soltero, estudiante, hijo de M.d.C.S.d.C. (v), y M.V.C.M. (v), residenciado en S.A., calle 14, entre carreras 8 y 9, Nro 8-20, Estado Táchira, S.M.M.Á., venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 07-08-1979, de 28 años, titular de la cédula de identidad Nro V-14.179.594, casado, estudiante, hijo de A.H.M.B. (V), y de J.E.S.A.P. (v), residenciado en la calle 5, casa Nro 5-48, la Concordia, Estado Táchira, y VALERA CORNEJO G.I., venezolano, natural de Capacho, Estado Táchira, nacido en fecha 07-05-1980, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.984.100, soltero, comerciante, hijo de M.C.d.V. (v) y de I.V.C. (v), residenciado en Belandria, vía Capacho, kilómetro 9, sector la Peña, casa Nro 40, Estado Táchira, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia del artículo 407 ejusdem EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 ibidem, en perjuicio de O.A.N.; y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 407 ejusdem, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 y artículo 82 ibidem, en perjuicio de los ciudadanos R.A.C.V.C. y C.M.G.G. EN GRADO DE RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA, de conformidad al artículo 426 del Código Penal, y se les impone a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN.

SEGUNDO

CONDENA a los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á., y VALERA CORNEJO G.I., a las penas accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal.

TERCERO

MANTIENE CON TODOS SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los acusados CANCHICA SUÁREZ J.A., S.M.M.Á., y VALERA CORNEJO G.I..

CUARTO

REMÍTASE la presente causa, al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de este Circuito Judicial Penal, una vez transcurrido el lapso de Ley.

La presente decisión se publica siguiendo el criterio fijado por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la Republica Bolivariana de Venezuela en sentencia de fecha 02 de abril de 2002 No. 412 con Ponencia del Magistrado José Manuel Delgado; ratificada en fecha 05-05-04, en sentencia No. 806 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en fecha 26-02-2008, en la decisión NO. 105 de la Sala Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia de la Magistrada Dra. D.N.B..

Publíquese, notifíquese, déjese copia y remítase la causa al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial, una vez quede firme la sentencia dictada. Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena notificar de las mismas a las partes.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias N° 1 de los Tribunales en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en San Cristóbal, a los nueve días del mes de Junio del año dos mil ocho (2.008).- años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

ABG. J.M.M.M.

JUEZ (T) TERCERO DE JUICIO

ESCABINOS

HUERTA OCHOA W.J.

CASTIBLANCO VIVAS G.D.V.

ABG. D.E.R.H.

SECRETARIA

En la misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado y se libraron las correspondientes boletas de citación.

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