Decisión nº 2C13946-13 de Tribunal Segundo de Control Los Teques de Miranda, de 28 de Julio de 2014

Fecha de Resolución28 de Julio de 2014
EmisorTribunal Segundo de Control Los Teques
PonenteRicardo E. Rangel Avilés
ProcedimientoImputación Formal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal En funciones de Control Nº 02

Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Con sede en la ciudad de Los Teques

Los Teques, 28 de julio de 2014.-

203° y 154°

Juez: Dr. R.R.A..-

Fiscal 86º del Ministerio Público: Abg. C.M.D.O..

Defensa Privada: Abg. M.A.d.A.

Imputada: A.P.A.D.R., titular de la cédula de identidad V-16.887.800.

Víctima: La Colectividad.

Secretaria: Abg. K.W.G..-

Delito: Degradación de Suelos, Topografía y Paisaje, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente.-

DECISIÓN:

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO

Se declara imputada formalmente la ciudadana: A.P.A.D.R., cédula de identidad Nº V-16.887.800, residenciada en: Av. Libertador, entre Avenida Las Palmas y Avenida Las Acacias, Edificio La Línea, Torre A, Piso 3, Oficina 32-A (al lado de L.F. c.a. Teléfono: 0414.2718341; por la comisión de los delitos de Degradación de Suelos, Topografía y Paisaje, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente (vigente para la fecha de los hechos);

SEGUNDO

Se establece un lapso de régimen de prueba de ocho (08) meses.-

TERCERO

Se orden el cumplimiento de las condiciones para al régimen de prueba a saber: 1.- Realizar la reforestación de la zona afectada en un plazo de ocho (08) meses; 2.- En relación a la reforestación realizada en la zona del Jarillo se le da un plazo de treinta días (30) para que acredite dicha reforestación; 3.- Realizar 10 charlas sobre concientización del medio ambiente en las escuelas públicas y privadas de los Altos Mirandinos en un plazo de tres (3) meses, cuyo contenido será suministrado por el Ministerio Publico para crear concientización e información a los niños y adolescentes; 4.- De igual manera el Tribunal acepta la propuesta publicitaria por el lapso de tres (3) meses a través de la radio cuyo contenido y diseño tiene que ser acreditado por parte de la defensa en un lapso de treinta (30) días; 5.- Por ultimo deberá mantener el lugar de residencia y en caso de mudarse deberá informarlo previamente al Tribunal.-

CUARTO

Líbrese notificación al Delegado de Prueba y a la Oficina de Participación Ciudadana Circunscripcional;

QUINTO

Por tratarse de una decisión dictada en el curso de una audiencia quedaron notificadas las partes conforme al contenido del artículo 159 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal.-

El Juez

Dr. R.R.A. La Secretaria

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior y así lo certifico.-

La Secretaria

RRA/rr.-

Causa Nº 2C13946-13

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR