Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Regimen y Procesal Transitorio de Amazonas, de 9 de Enero de 2008

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2008
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Regimen y Procesal Transitorio
PonenteWilmer Antonio Rodriguez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Amazonas

Puerto Ayacucho, nueve de enero del año dos mil ocho.

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: XH11-L-2003-000011.

Vista la diligencia de fecha 08 de enero del actual año 2.008, que riela al folio 04 de la pieza II, suscrita por la abogada: JHOANINA CORREA MORILLO, apoderada judicial de la Procuraduría General del Estado Amazonas, ya identificada en autos, mediante la cual solicitan la respectiva Homologación del acuerdo alcanzado (ver del folio 285 al 287), entre su representada y el Profesional del Derecho: H.T.Z.V., apoderado judicial del ciudadano: P.R.F., ya identificado en autos. En consecuencia este Juzgado pasa a realizar las siguientes consideraciones: Una vez analizado el documento transaccional, se observa que se cumplieron los siguientes requisitos: 1) identidad de las partes; 2) objeto y 3) causa; Desconocer el valor jurídico de la transacción celebrada, sería autorizar plenamente y sin límite alguno el desconocimiento de cuantas transacciones que, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos por la ley, se celebren ante los Jueces o por ante las Inspectorías del Trabajo en todo el País, como Organismos de conciliación, lo cual equivaldría a la inestabilidad y la negativa de las Instituciones del Derecho del compromiso entre las partes y las noblezas de las concesiones recíprocas.

Por éstas razones, este Tribunal considera válida en toda forma la transacción celebrada, y produce los efectos jurídicos de la cosa juzgada, como corolario de lo antes razonado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los preceptos jurídicos 26, 253, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con la norma legal 03 del parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, el artículo 10 de su Reglamento, aunado a las normas jurídicas 257, 258 y 262 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA homologar la transacción alcanzada por las partes, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Produciéndose la conclusión de la presente causa, y se ORDENA remitir al Archivo Judicial el presente expediente. Es todo.

EL JUEZ,

ABG. W.R.R..

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO AMAZONAS.

La Secretaria (Temporal),

Abg. E.P..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria (Temporal).

Abg. E.P..

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