Decisión nº 5C-3035-06 de Tribunal Quinto de Control Los Teques de Miranda, de 8 de Enero de 2007

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2007
EmisorTribunal Quinto de Control Los Teques
PonenteHerminia Bravo de Freites
ProcedimientoPrivacion Judicial Preventiva De Libertad

Sobre la base de lo antes expuesto este Juzgado Quinto en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede el Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA SIN LUGAR la solicitud de los ABOGADOS. NELSON LEZAMA Y A.S., en su carácter de Defensores de los imputados ciudadanos H.R.A. y L.P.Y., titulares de la Cédula de Identidad N° V- 15.518.698 y 19.866.042 respectivamente, de la revisión de la Medida Judicial Privativa de Libertad de su defendido, por la aplicación de medidas cautelares sustitutivas menos gravosa y de posible cumplimiento de las contenidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 243, en relación con el artículo 253, en concordancia con lo previsto en el artículo 250 y 251 parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente.

Regístrese, Diarícese, Publíquese, déjese copia.

LA JUEZ,

H.B.D.F.

LA SECRETARIA

ANA CAPOTE CALERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

HBF/hb

Causa: N° 5C-3035-06

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