Decisión de Tribunal Superior Primero del Trabajo de Aragua, de 11 de Abril de 2012
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2012 |
Emisor | Tribunal Superior Primero del Trabajo |
Ponente | José Felipe Montes Navas |
Procedimiento | Apelación |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, once (11) de Abril de 2012
201° y 153°
ASUNTO: DP11-R-2012-000110
ACTA
PARTE ACTORA: J.P.P., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.897.166.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado O.V., inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 128.816.
PARTE DEMANDADA: FUNDACIONES PORTUARIAS DE VENEZUELA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: C.J.F.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.715. (NO COMPARECIO).-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. (Apelación de la parte demandada).-
En el día de hoy, Miércoles, Once (11) de Abril de 2012, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por el Abogado C.J.F., inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 41.715, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandada, contra la Sentencia dictada en fecha 16 de Marzo de 2012, por el Juzgado Noveno de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el ciudadano Juez Superior Dr. J.F.M.N., la Secretaria Abogada J.C.A.Z. y el Alguacil Nichol Rodríguez, se declaró abierto el Acto. Se deja constancia que la parte demandada y Apelante no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Este Juzgado Primero Superior del Trabajo en el Estado Aragua, vista la Incomparecencia de la parte demandada y recurrente a la Audiencia oral de parte pautada para el día de hoy, a las Once de la mañana (11:00 a.m.), declara: DESISTIDO, el recurso de Apelación ejercido contra la Sentencia supra indicada; remítase el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencido el lapso de Ley, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. J.F.M.N..
LA SECRETARIA,
ABG. J.C.A.Z.
JFMN/JCAZ.
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