Sentencia nº 00039 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 31 de Enero de 2001

Fecha de Resolución31 de Enero de 2001
EmisorSala Político Administrativa
PonenteLevis Ignacio Zerpa
ProcedimientoApelación

MAGISTRADO PONENTE: L.I. ZERPA Exp. 9265

El Tribunal Superior Primero en lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, adjunto a oficio Nº 3.674, de fecha 5 de noviembre de 1992, remitió a esta Sala el expediente contentivo del juicio decidido por dicho Tribunal en fecha 30 de julio de 1992, en virtud de la apelación interpuesta por la representación fiscal en fecha 5 de octubre de 1992.

El 11 de noviembre de 1992, se dio cuenta en Sala y por auto de la misma fecha se dio por recibido, se ordenó aplicársele el procedimiento de segunda instancia previsto en el Capítulo III del Título V de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se designó Ponente al Magistrado Luis H. Farías Mata y se fijó el 10º día de despacho para comenzar la relación.

En fecha 2 de diciembre de 1992, los representantes del Fisco Nacional formalizaron la apelación interpuesta y el 27 de enero de 1993, se fijó el décimo (10º) día de despacho para el acto de informes en el presente juicio.

Mediante diligencia de 17 de febrero de 1993, la abogada I.O.G., actuando en su carácter de representante del Fisco Nacional, según se evidencia de Oficio Nº S.A.F. 121238, de fecha 16 de febrero de 1993, mediante el cual el Procurador General de la República sustituyó la representación que ejerce, expresó que:

Por instrucciones recibidas del Ministerio de Hacienda, contenidas en Oficio Nro. HJI-320-001546 de fecha 11 de diciembre de 1992, (...), mediante el cual se instruye a la Procuraduría General de la República para desistir de la apelación intentada contra la sentencia de fecha 30 de julio de 1992, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, que decidió el recurso interpuesto por la contribuyente ‘PALMAVEN, S.A.’, formalmente desisto de la apelación interpuesta en el procedimiento que cursa en el expediente Nro. 9265 de esta Sala

Mediante auto de fecha 10 de febrero de 2000, la Sala dejó constancia de que, por cuanto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha 30 de diciembre de 1999, estableció un cambio en la estructura y denominación de este M.T. y, en virtud de que la Asamblea Nacional Constituyente, mediante Decreto de fecha 22-12-99, designó los Magistrados de este Tribunal Supremo de Justicia, quienes se juramentaron el 27 del mismo mes y año y por cuanto en Sesión de fecha 10 de enero de 2000, se constituyó la Sala Político-Administrativa, se ordenó la continuación de la causa en el estado en que se encontraba y se designó ponente al Magistrado L.I. Zerpa, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

En virtud de la designación de los Magistrados Hadel Mostafá Paolini y Y.J.G., y la ratificación del Magistrado L.I. Zerpa, por la Asamblea Nacional en sesión de fecha 20 de diciembre de 2000, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.105 del día 22 del mismo mes y año, se reconstituyó la Sala Político Administrativa el 27 de diciembre de dicho año, y se ordenó la continuación de la causa en el estado en que se encuentra.

Para decidir, la Sala observa:

Ahora bien, vista la legitimidad y capacidad procesal de la solicitante y cumplidos los extremos exigidos en los artículos 7 de la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional y 44 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y habiendo formalmente desistido el Fisco Nacional, en fecha 16 de febrero de 1993, del recurso de apelación interpuesto, facultad ésta que se encuentra prevista en el documento poder que cursa en autos, con lo cual se constata su capacidad para ello; no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, esta Sala Político–Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el referido desistimiento y en consecuencia, queda firme la apelada decisión dictada en fecha 30 de julio de 1992, por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, que decidió el recurso interpuesto por la contribuyente PALMAVEN, S.A.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los treinta (30) días del mes de enero de dos mil uno.- Años: 190º de la Independencia y 141º de la Federación.

El Presidente-Ponente,

L.I. ZERPA

El Vicepresidente,

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

Y.J.G.

Magistrada

La Secretaria,

ANAÍS MEJÍA CALZADILLA

EXP. Nº 9.265

LIZ/hra.-

Sent. Nº 00039

En treinta y uno (31) de enero del año dos mil uno, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 00039.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR