Sentencia nº 0305 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 5 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto de admisión

Caracas, 5 de mayo de 2008

198º y 149º

Visto el escrito de solicitud de exequátur, presentado por la profesional del derecho N.C.F.R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.982, quien procede en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana P.R.F.M., con el objeto que se declare con fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, la sentencia dictada en fecha 29 de mayo de 2007, por la Corte Superior del Condado de Gwinnett, Georgia, Estados Unidos de América; este Juzgado de Sustanciación, revisados como han sido los requisitos de inadmisibilidad contenidos en el artículo 19, aparte 5, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano M.Á.A.H., domiciliado en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, para que comparezca ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a aquél en que conste en autos el recibo de la comisión ante esta Sala, y vencidos los ocho (8) días que se otorgan como término de la distancia, a dar contestación a la solicitud indicada. Líbrese boleta, anexándole compulsa del libelo, copia fotostática certificada del presente auto y demás documentos pertinentes. Para efectos de practicar dicha citación, este Juzgado de Sustanciación acuerda comisionar suficientemente al Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. Líbrense oficio y despacho.

En atención al contenido y alcance de los artículos 20 y 21 numeral 13, de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar la ciudadana Fiscal General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por medios fotostáticos de reproducción de todas las actas que componen este expediente. Désele el trámite de ley.

La Presidenta de la Sala,

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Y.A. PEÑA ESPINOZA

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

En fecha, 5 de mayo de 2008, se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

Exp. N° AA20-C-2008-000113

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