Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Trujillo, de 14 de Enero de 2015

Fecha de Resolución14 de Enero de 2015
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteThania Guadalupe Ocque Torrivilla
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo

Trujillo, catorce de enero de dos mil quince

204º y 155º

ASUNTO: TP11-L-2013-000262

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en la oportunidad procesal únicamente, por la parte demandada, FONDO ÚNICO PARA EL DESARROLLO DL ESTADO TRUJILLO (FUDET), a través de su apoderado judicial Abogado S.A.S.M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.873, y por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO TRUJILLO, la Apoderada Judicial Abogada L.M.C., inscrita en el IPSA, bajo el Nº 74.322, estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:

Al folio 129 del expediente cursa escrito de promoción de pruebas de la parte demandante donde promueve lo siguiente:

Las documentales siguientes:

• Planilla de liquidación de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo anexo C.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de jornada de trabajo diurna año 2011, anexo D.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de jornada de trabajo diurna año 2011 anexo E.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de jornada de trabajo nocturna año 2011, anexo F.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de jornada de trabajo nocturna año 2011 anexo G.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 17/06/2012, anexo H.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 17/06/2012 anexo I.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 06/06/2012 AL 10/06/2012, anexo J.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 06/06/2012 AL 10/06/2012 anexo K.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 15/07/2012, anexo L.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 15/07/2012 anexo M.

• Relación de Nómina de trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 01/07/2012, anexo N.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, de 01/07/2012 anexo Ñ.

• Documentos marcados letras O, P, Q, R, S, T, U, V, W, X, Y, Z, 1, 2, 3 en copia fotostática certificada por la oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo de Estado Trujillo.

• Anexo 4 diferencia de liquidación con Bono nocturno de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C.B. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo de Estado Trujillo.

• Documento TXT de los lineamientos que estructura el Banco para ser ingresados en el sistema del Banco Occidental de Descuento para procesar el pago efectivo en taquilla de los trabajadores eventuales de la Comuna L.C. emitida por la Oficina de Recursos Humanos del Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, del pago y deposito de diferencia de bono nocturno correspondiente a los trabajadores, anexo 5.

De las documentales antes descritas este Tribunal deja constancia que no fueron presentadas ni el original ni en copia, en este sentido las mismas se DESECHAN de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

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INFORMES: De conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo solicita se oficie a:

  1. Entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (B.O.D.) ubicada en la avenida Bolívar, Sector las Acacias, Municipio Valera del estado Trujillo, a los fines de que dicho Banco informe al Tribunal: si el Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo, realizó transferencia electrónica TXT para procesar pago efectivo en taquilla de prestaciones sociales y demás beneficios laborales en el año 2011 diurnos y nocturnos de los trabajadores E.R.M., J.I.R.G., J.D.L.S.B.C., G.R.V.A., J.A.B.R., O.A.M.G., O.I.A., J.G.B.O., A.J.B., J.G.A.T., S.R.T., A.J.V.M., H.R.C.G., R.A.V.T., J.R.V.H., J.R.V.H. Y WALTAZAR R.P.C., titulares de la Cédula de Identidad Números 9.376.283, 5.636.400, 18.251.142, 13.556.542, 9.371.093, 12.332.195, 15.941.229, 10.256.251, 12.718.340, 3.101.128, 14.834.662, 14.954.026, 5.637.636, 18.705.488, 15.940.452, 10.261.506 y 20.414.181, respectivamente, así como también si realizó transferencia electrónica TXT para procesar el pago efectivo en taquilla de las prestaciones sociales y demás beneficios laborales en el año 2012 diurnos y nocturnos de los trabajadores J.I.R.G., J.G.A.T., S.R.T., A.J.V.M., J.R.V.H., J.A.B.R., J.R.V.H., WALTAZAR R.P.C., G.R.V.A., O.A.M.G., O.I.A., A.J.B., H.R.C.G., R.A.V.T., E.R.M. Y J.D.L.S.B.C., titulares de la Cédula de Identidad Números 5.636.400, 3.101.128, 14.834.662, 14.954.026, 15.940.452, 9.371.093, 10.261.506, 20.414.181, 13.556.542, 12.332.195, 15.941.229, 12.718.340, 5.637.636, 18.705.488, 9.376.283 y 18.251.142, respectivamente, de igual modo si el Fondo Único para el Desarrollo del Estado Trujillo realizó transferencia electrónica TXT para procesar el pago efectivo en taquilla en el año 2012, de diferencia de liquidación con Bono Nocturno de los trabajadores J.R.V.H., J.R.V.H. Y WALTAZAR R.P.C., titulares de la Cédula de Identidad Números 15.940.452 y 20.414.181, respectivamente; prueba de informe ésta que SE ADMITE, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de las Instituciones del Sector Bancario, dicha solicitud de informe se canalizará a través de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). Ofíciese lo conducente, a los fines de que la entidad financiera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (B.O.D) AGENCIA VALERA remita a este Tribunal, en un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, más seis (6) días que se conceden como término de la distancia, contados a partir de la constancia en autos de recepción de la autorización que le emita dicha Superintendencia, ubicada en la ciudad de Caracas, la información requerida; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Diríjase el mencionado oficio al ciudadano Superintendente de Bancos a la siguiente dirección: Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, Avenida F.d.M., Urbanización La Carlota, Centro Empresarial Parque del Este, Municipio Sucre del estado Miranda. Este Tribunal deja constancia que aun cuando la parte demandada no indicó en su escrito de promoción de pruebas, los números de la cédula de Identidad de los trabajadores, se evidencia de las actas procesales sus identificaciones ya que los referidos trabajadores se corresponden con los demandantes de autos, por lo tanto se señalan los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. M.C..

LA SECRETARIA,

Abg. EGLEIDA RUIZ.

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