Decisión de Juzgado de Municipio Octavo Ejecutor de Medidas de Caracas, de 2 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado de Municipio Octavo Ejecutor de Medidas
PonenteMaría Cecilia Conde
ProcedimientoQuerella Funcionarial

En el día de hoy, Martes Dos (02) de Octubre del año dos mil siete (2007), siendo las (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada M.C.C.M.; en compañía de la Secretaria Temporal, Abogada C.A.R., de la Parte Actora, ciudadano A.F.D. y su Apoderada Judicial, Abogada S.Y., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 67.185, en la siguiente dirección: Instituto Municipal de Publicaciones del Municipio Libertador del Distrito Capital, ubicado en el Edificio Salud, Sótano, de la Avenida San M.D.C.; a objeto de practicar la medida de REINCORPORACION, decretada y ordenada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, con motivo de la querella funcionarial interpuesta por la Abogada S.Y., actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano A.F.D., contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en el Oficio Nº 1077, de fecha 09 de Mayo de 2.003, suscrito por el Presidente del Instituto Municipal de Publicaciones del Municipio Libertador del Distrito Capital, y en consecuencia, se ordenó la reincorporación, del actor al cargo que desempeñaba o en otro de igual o superior nivel y remuneración, con el pago de los sueldos y demás beneficios que no impliquen la prestación efectiva del servicio, dejados de percibir desde la fecha de la ilegal remoción hasta la efectiva reincorporación. Igualmente, se ordena que una vez reincorporado se realice el trámite correspondiente a los efectos de determinar si le corresponde o no el beneficio de jubilación, contenido en el expediente Nº 04104.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal, en cumplimiento de la misión encomendada impuso de lo ordenado en el presente mandato, a la ciudadana: S.B.I.Z., mayor de edad, venezolana, e identificada con la cédula de Identidad N° V-5.598.674, en su carácter de Gerente General de Recursos Humanos. En este estado la notificada, expuso: “ De acuerdo a la notificación y estando presente el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas y por ser representante en este momento del Instituto Municipal de Publicaciones del Municipio Libertador del Distrito Capital, y de acuerdo a la Ley de los Estatutos de la Función Pública, y Ley Orgánica del Poder Público Municipal, de acuerdo a la Sentencia notificada, debemos en el transcurso del mes de Octubre del 2007 hasta el 28 de Marzo del 2008, donde se contemplará en el presupuesto del ejercicio fiscal 2008, el pago de sus prestaciones sociales y en el Registro de Asignación de Cargos, en caso de no existir el cargo vacante crearlo para el 2008 para la Reincorporación de igual jerarquía o superior dado el caso. Asimismo en lapso antes señalado, según lo resuelto se informara mediante Oficio al Tribunal de la Causa. Seguidamente hizo acto de presencia la ciudadana A.D., mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad nro. V-6.432.169, en su carácter de Abogado de la Consultoría Jurídica, donde se encuentra constituido el Tribunal Ejecutor de Medidas -. De seguidas la ciudadana Abogada S.Y., en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, manifestó:” Debo insistir que el día 13 de Febrero del 2007, se traslado el Tribunal 3° de Municipio de Medidas de esta Circunscripción Judicial, a los fines de dar cumplimiento con la Sentencia de fecha 06 de Abril del 2004, siendo notificada la consultora jurídica ciudadana A.A. y el Tribunal le concedió plazo de un mes a la parte notificada que informara al Tribunal sobre el estado de la resultas de la notificación, todo de conformidad con el articulo 161 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, pero el Instituto nunca informó sobre lo notificado, en vista de la existencia de un cargo vacante de Analista de Presupuesto Jefe IV adscrita al la División del Contabilidad y Presupuesto de la Gerencia General de Administración y Finanzas del Instituto, solicite nuevo mandato de ejecución, por lo que en este estado solicito sea informado al Tribunal de la Causa en el lapso anteriormente indicado sobre lo notificado”. Vistas las exposiciones de la representante del Instituto Municipal de Publicaciones del Municipio Libertador del Distrito Capital, así como de la Apoderada Actora, y habiendo dado cumplimiento a la notificación de la Sentencia del Tribunal Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a objeto de la Reincorporación del ciudadano A.F.D., al cargo que desempeñaba o en otro de igual o superior nivel y remuneración, con el pago de los sueldos y demás beneficios que no impliquen la prestación efectiva del servicio, dejados de percibir desde la fecha de la ilegal remoción hasta la efectiva reincorporación y vista la solicitud de la notificada, éste Tribunal concede el lapso del mes de Octubre 2007 al 28 de Marzo del 2008, según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, para que informe al Tribunal de la Causa mediante Oficio sobre el cargo vacante o creado, para así dar cumplimiento al presente mandato. Cumplida como ha sido la misión del Tribunal,

se acuerda dar por terminado el acto, siendo las (1:30 pm).- Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ TITULAR

LAS NOTIFICADAS

LA PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL

LA SECRETARIA TEMPORAL.

EXP: 1771-07

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