Decisión nº 07.013-INT-CIV de Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 19 de Enero de 2007

Fecha de Resolución19 de Enero de 2007
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteFrank Petit Da Costa
ProcedimientoResolucion De Contrato

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 19 de Enero del año 2007.

196° y 147°

Llegan los autos a esta Alzada, por distribución, en virtud de la apelación interpuesta el 16 de octubre de 1989 (f. 38) por los ciudadanos ANTONIO VIEIRA CARDOZO Y D.D.S.B., en su carácter de terceros, asistidos de abogados, contra el auto interlocutorio de fecha 09 de octubre 1989 (f.37) proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, que declaró sin lugar la oposición al embargo ejecutivo decretado en el juicio que seguían los ciudadanos P.P.L.L. y H.P.B. contra los ciudadanos R.G.R. y G.M.d.G..

Fue recibido el 08.11.1989 (vuelto f. 41) se le dio entrada.

El 25.06.03 (f. 46) se aboca quien suscribe la presente decisión.

El 15.05.06 (f. 47) se acuerda solicitar del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, hoy Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, informe el estado en que se encuentra la pieza principal signada con el Nº 20.761 (nomenclatura de dicho tribunal).

Fue solicitada al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, hoy Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio Nº 06.0203, de fecha 15 de mayo de 2006, (f. 48), información con respecto al estado en que se encuentra el expediente principal signado con el Nº 20.761 (nomenclatura de ese juzgado). Y en fecha 16 de enero de 2.007, mediante oficio Nº 086, (f. 50), emanado del mencionado Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual:

… bajo el Nº 20.761 se encuentra registrada una demanda de RESOLUCION DE CONTRATO intentada por PATRICIA LOCCI LANGA Y H.P. contra R.G. Y G.M.D.G. el cual se encuentra actualmente en los archivos judiciales, siendo requerido mediante oficio de esta misma fecha, cuya copia se anexa al presente, al referido departamento y una vez el expediente se encuentre en este Tribunal se procederá a remitirle de forma inmediata la información requerida…

VISTO EL CONTENIDO DEL MENCIONADO OFICIO, ESTE JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA DECIDIR OBSERVA:

Que en la apelación de que se trata las partes no han efectuado actuación alguna; observándose una absoluta ausencia de actividad procesal que abarca a la fecha un período de mas de cinco (05) años, tiempo más que suficiente para considerar decaído el interés en esta incidencia.

Si esta situación de decaimiento del interés en la presente incidencia, se sintoniza con el hecho de que el Juzgado de la Causa remitiera el expediente principal a los Archivos Judiciales, dando así la primera instancia por concluidas las actuaciones procesales en la pieza principal, y tratándose que está conociendo esta Alzada es un incidente de ese proceso, sujeto a la suerte de lo principal, es evidente que no tiene razón de ser la permanencia de la presente incidencia en este Despacho. Y ASI SE DECLARA.

En fuerza de ello, lo que se corresponde es que este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordene la desincorporación del presente cuaderno de apelación signado con el Nº 89.6176 (nomenclatura de este Juzgado Superior) y se remita dicho cuaderno de apelación al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, como en efecto se hace, con la finalidad de que el mismo sea incorporado a la pieza principal signada con el Nº 20.761 (nomenclatura de ese Tribunal), la cual se encuentra en los Archivos Judiciales, según Oficio Nº 086, de fecha 16 de enero de 2.007, bajo el legajo Nº 1110. ASI SE DECIDE en nombre de la República y por autoridad de la Ley.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA y REMÍTASE.

EL JUEZ

DR. FRANK PETIT DA COSTA

LA SECRETARIA

ABOG. FLOR INES CARREÑO AGUIAR

Exp. Nº 89.6176

Resolución de Contrato

Materia: Civil

FPD/fc/…

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.).

LA SECRETARIA

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