Decisión de Juzgado Segundo del Municipio Miranda de Falcon, de 6 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2010
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Miranda
PonenteZeneida Ramona Mora de López
ProcedimientoTitulo De Unico Y Universales Herederos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON

S.A.d.C.: 06 de AGOSTO de 2010

Años: 200º Y 151º

Vista la solicitud de Justificativo Judicial de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, signada con el Nro. 680, presentada por los ciudadanos (as): L.R.P.C., S.J.P.D.C.B.A.P.C., venezolanos, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.362.554, 4.109.979 y 3.675.685, asistidos por el abogado INNAR ZAMARRIPA, abogado, Inpreabogado Nro. 82.836, de este mismo domicilio, visto y examinado los recaudos que acompañan a la presente solicitud: acta de defunción, actas de Nacimiento, copia de las cedula de identidad de la solicitante de autos y evacuado los testigos como ha sido el mismo por ante este Despacho. Este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39 - 152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que la ciudadana: P.C.D.P., falleció Ab-intestato en fecha: EN FECHA 28 DE MARZO DEL 2010, y DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de HIJOS, a los ciudadanos (as): L.R.P.C., S.J.P.D.C.B.A.P.C., venezolanos, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.362.554, 4.109.979 y 3.675.685, de este domicilio. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, a los SEIS (06) días del mes AGOSTO de 2010. Entréguese el presente original al interesado. CUMPLASE y déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal. Lcda. A.O.

La Juez Titular. La Secretaria Titular.

Abg. Z.M. de L.A.. M.R.A..

Nota: En la fecha UP - Supra se publicó la presente sentencia, siendo las 11:30 de la mañana. Conste.

La Secretaria Titular.

Abg. M.R.A..

EXP. 0680

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