Decisión nº 1399 de Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de Barinas, de 8 de Julio de 2011

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2011
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agraria
PonenteJosé Joaquín Toro Silva
ProcedimientoMedida Cautelar Agraria

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barinas, 08 de Julio de 2.011

201° y 151°

Visto el anterior escrito presentado en fecha 07/07/2011, por el ciudadano: J.A.P.P., venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-14.724.784, asistido por la Abogada: AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.478, en su carácter de Defensora Publica Segunda Agraria del Estado Barinas, constante de Diez (10) folios útiles y Dos (02) anexos marcado “F”, en (Un) folio útil en original y “G” en Un (01) folios útil en original, agréguense al expediente respectivo; de la revisión del escrito presentado, considera este Órgano Jurisdiccional subsanado lo ordenado mediante auto de fecha 30/06/11; en razón de lo cual, se admite dicha solicitud y a los fines de pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de la medida solicitada, se ordena realizar una inspección judicial en el predio denominado “La Platanera de Jesús”, ya identificado en autos, fijándose el día Miércoles 13/07/11 el traslado y constitución del Tribunal en el referido predio, y para su movilización se fijan las 7:00 a.m.; ofíciese al Comandante de la Guarnición Militar del Estado Barinas, y al Ministerio de Agricultura y Tierras, a los fines de que efectivos y funcionarios adscritos a dichos organismos acompañen al Tribunal en su traslado y constitución a realizar la inspección acordada. De igual manera, ofíciese a la Dirección Administrativa Regional Barinas, solicitando el apoyo con un (01) vehiculo a cargo de esa dirección, para el traslado del Tribunal a practicar dicha inspección. Líbrense oficios.

EL JUEZ.-

Abg. J.J.T.S.

SECRETARIA.-

Abg. J.W.S.P.

En la misma fecha se libraron oficios Nros. 603, 604 y 605. Conste.

Scría.

JJTS/JWSP/br

Exp. Nº 5.332.-

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