Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 12 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control
PonentePedro Jose Romero
ProcedimientoInhibición

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA

TRIBUNAL DE CONTROL

Barquisimeto, 12 de Noviembre del 2.007

Años 197° y 148°

ASUNTO: KP01-P-2002-001757.-

Vista y revisada como han sido las actas que conforman la presente causa, este Juzgador observa, que el asunto principal fue remitido a la Fiscalia Novena del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10-01-03, por ser la Fiscalia que lleva las investigaciones. Y siendo que para esa fecha, quien suscribe, se desempeñaba como titular de dicha representación Fiscal, habiendo emitido opinión al respecto, situación que encuadra perfectamente dentro de las causales de inhibición y recusación establecidas en la Ley Penal Adjetiva. Por lo que para garantizar la debida transparencia en la administración de justicia, procedo a inhibirme del conocimiento del presente asunto. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 86 ordinal 7º y 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Expídase por secretaría copia de la presente inhibición y remítase a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal.

El Juez de Control Nº 06

Abg. P.J.R.V.

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