Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 10 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 10 de Febrero de 2015 |
Emisor | Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito |
Ponente | Victor Gonzalez |
Procedimiento | Intimación De Honorarios Profesionales |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de febrero de 2015
Años: 204 y 155
Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 21.01.2015, hasta el día 09.02.2015, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha 21.01.2015, dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
DR. V.J.G.J..
LA SECRETARIA,
ABG. M.E.R..
Quien suscribe M.E.R., Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que, desde el día 21.01.2015, hasta el día 09.02.2015, ambas fechas inclusive, han transcurrido DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Enero de 2015: 21, 22, 23, 26, 27, 28 y 29; Febrero de 2015: 04, 06 y 09. Cómputo que se expide de oficio a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015).-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. M.E.R..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de febrero de dos mil 2015
Años: 204 y 155
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha 21.01.2015, este Tribunal declara definitivamente firme la misma y en consecuencia, ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. V.J.G.J..
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. M.E.R..
EXP. N° AP71-R-2014-001234 (532)
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de febrero de 2015
Años: 204 y 155
Oficio Nº 2015-A-
Ciudadano
Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2014-001234 (532) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES (REGULACIÓN DE COMPETENCIA) sigue el ciudadano P.J.U., contra los ciudadanos I.A.A.O.A.A.O. y J.G.B.C., constante de una (01) pieza, constante de ochenta y siete (87) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada definitivamente firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 21.01.2015.
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,
DR. V.J.G.J..
EXP. N° AP71-R-2014-001234 (532)