Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión Mérida), de 11 de Febrero de 2005

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2005
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteAuxiliadora Arias de Caraballo
ProcedimientoExtinción De La Pena Y Cumplimiento De Accesorias

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 11 de Febrero de 2005

194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000117

ASUNTO : LL01-P-1999-000117

Consta en autos que el prefecto civil de la parroquia A.S.D., Mérida, en fecha 28-12-2004 emitió oficio en el que informo al Tribunal que la penada PARRA ROJAS N.O., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.042.216 hija de N.M.M. y F.P., cumplió con las presentaciones que se le ordenaran por este Juzgado ante esa prefectura, en cumplimiento a la medida de sujeción a la vigilancia de la autoridad a que fue sometido, este despacho habiendo la penada arriba identificada cumplido con la totalidad de la pena que le fue impuesta en sentencia definitiva de fecha 20-08-1999 ( folios 174 al 179). Acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 105 del Código Penal, a declarar EXTINGUIDA la pena de 04 años de prisión más las accesoria de Ley, que se le impuso por la comisión del delito de Hurto Calificado con abuso de confianza, previsto en el artículo 45, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana R.C.D.M. y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Notifíquese a las partes, una vez que estén agregadas las boletas de Notificación remítase el expediente al Archivo Central para su guarda y custodia. Remítase copia del presente auto a la División de antecedentes penales del Ministerio de Interior y Justicia.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02

ABG. A.A.D.C.

LA SECRETARIA

ABG.___________________________

En la misma fecha se libraron las Boletas de Notificación N° 72353-05, 72354-05 y 72355-05 y se remitió el oficio N°26093-05

Sria

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