Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 15 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2007
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteHilda María Mora Rodriguez
ProcedimientoPermiso

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN

DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

196º y 147º

San Cristóbal, 15 de Agosto de 2007

Visto el escrito sin fecha recibido en fecha 08 de Agosto de 2007; y agregado a la causa el 10 de Agosto de 2007 suscrito por el penado J.A.D.Z. titular de la cedula de identidad N° V-15.233.055 a quien en fecha 08 de Junio del 2006 se le concedió el beneficio de destacamento de trabajo; según el cual solicita se le otorgue permiso para pernoctar en el Centro Penitenciario de Occidente en el area de Destacamentarios solo los días Martes de todas las semanas.

Visto y analizado el escrito de solicitud de permiso realizado por el Penado J.A.D.Z. esta Juzgadora resuelve conforme a lo siguiente:

  1. NOTIFICAR al penado a fin de que comparezca al Tribunal al día siguiente de su notificación.

  2. Se mantienen las condiciones impuestas en la decisión que le concedió el Destacamento de Trabajo en fecha 08 de Junio de 2006

  3. Se autoriza el permiso solicitado por el penado de pernoctar solo los días martes de cada semana hasta el día 31 de Agosto de 2007. Debiendo presentarse a pernoctar el día lunes 03 de septiembre del presente año en el area de Destacamentarios del Centro Penitenciario de Occidente.

Líbrese Notificación al Fiscal Penitenciario y a la Defensa. Ofíciese al Centro de Tratamiento Comunitario Masculino “Dr. Juan Tovar Guedez” Región Andina. y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Táchira.

Cópiese, notifíquese y cúmplase,

LA JUEZ

ABOG. HILDA MARIA MORA R.

SECRETARIA

Abg. ___________________

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa N° E3-2088

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