Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Lara (Extensión Barquisimeto), de 22 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAntonio Martinez
ProcedimientoPermiso Especial Al Penado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto

Barquisimeto, 22 de Marzo de 2005

Años: 194º y 146º

ASUNTO: KP01-2001-000784

Vista el Acta de fecha 21.03.05, donde el penado L.E.T.F., titular de la cédula de identidad Nº 16.532.191, solicita PERMISO ESPECIAL (48 horas) para visitar a sus hijos quienes viven en El Ujano, Barrio Las Clavellinas, sector 5 Nº 39, calle las Margaritas, Barquisimeto, Estrado Lara.

Este Tribunal para decidir previamente observa que en fecha 15.03.05 se le otorgó al penado L.E.T.F., el beneficio de Destacamento de Trabajo, tomando en consideración el artículo 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así como rehabilitación del Penado a la sociedad civil, se considera procedente otorgar al penado L.E.T.F., el PERMISO DE ESPECIAL (48 horas), para visitar a sus hijos.

Por tanto este Tribunal OTORGA EL PERMISO ESPECIAL, solicitado para el penado L.E.T.F., titular de la cédula de identidad Nº 16.532.191, para visitar a sus hijos, quienes viven en El Ujano, Barrio Las Clavellinas, sector 5 Nº 39, calle las Margaritas, Barquisimeto, Estado Lara, desde el 24.03.05 a las 8:00 a.m. hasta el 26.03.05, a las 8:00 a.m., sobre quien este Tribunal ejerce su control y seguimiento en el presente asunto. Ofíciese al Director del Centro de Pernocta Internado Judicial de Barquisimeto. Cúmplase.

El Juez de Ejecución N° 1

Abg. A.M.B.

El Secretario

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR