Decisión nº 2E-083-06 de Tribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento de Miranda, de 9 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2006
EmisorTribunal Segundo de Ejecución Extensión Barlovento
PonenteVictor Julio Gamero Castro
ProcedimientoAuto De Ejecución Y Cómputo

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

  1. ) DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta al penado PONCE F.R., titular de la Cédula de Identidad N° E-82.064.697, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de ésta Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 28 de Noviembre de 2.005.-

  2. ) ORDENA al penado PONCE F.R. cancelar la multa impuesta de DOS MIL CUATROCIENTOS DIAS DE SALARIOS MINIMOS, calculados al día 28 de Noviembre de 2005, resultando un total de NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs.972.000,00), por lo que se oficiará al Servicio Nacional Integral de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines legales consiguientes, de conformidad con el artículo 20 del Código Penal.

  3. ) ORDENA la práctica del examen psicosocial correspondiente al penado de autos, los fines de determinar si el penado se encuentra apto para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese, déjese copia y cítese al penado, notifíquese lo conducente al Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda, al defensor. Notifíquese al presidente del C.N.E. en cuanto a la inhabilitación política del penado. Notifíquese a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia y ofíciese a la Unidad Técnica N° 08 con sede en Guarenas y anéxese Copia Certificada de la Sentencia Definitiva, así como de la presente resolución. Librese Oficio al Servicio Nacional Integral de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Cúmplase

EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN

DR. V.J.G.C.

LA SECRETARIA

Abg. KARLA SANTIN

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. KARLA SANTIN

Exp. N° 2E-083-06

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