Decisión nº 864-08 de Tribunal Sexto de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 25 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Sexto de Ejecución
PonenteHumberto Cubillan
ProcedimientoCómputo De Pena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN

MARACAIBO, 25 DE NOVIEMBRE DE 2008

198° Y 149°

RESOLUCIÓN N° 864-08 CAUSA 6E-692-08.

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 22-01-2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado V.M.V.A., titular de la cédula de identidad N° 19.844.394, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 19 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 23-12-1987, hijo de V.V. y N.A., residenciado en el Barrio Universidad, calle 201, Casa N° 49C-01, diagonal a la Panadería La gran Vía, Municipio San F.d.E.Z., quien fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 5 de Ley sobre el Hurto y Eobo de Vehículos Automotores, y artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de H.D. y el ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a realizar el Computo de Pena, de la siguiente manera:

Así tenemos que, consta en actas que el penado V.M.V.A., fue detenido en fecha 28-12-2005; por lo que hasta el día de hoy, fecha en que se practica el presente computo de pena: lleva detenido: DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICOHO (28) DIAS, faltándole por cumplir: SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DOS (02) DIAS.

En consecuencia el mencionado penado cumplirá la Pena Principal el día: 28-04-2015.

Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 28-04-2008, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 08-02-2009, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.

Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 18-03-2012, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de L.C..

Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 28-12-2012, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.

Finalmente, se hace de su conocimiento que quedará sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una Cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, la cual cumplirá el día 28-08-2017. ASÍ SE DECLARA.

.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN S.B., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCION LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por el Penado V.M.V.A., plenamente identificado en actas. Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo copia certificada de la decisión dictada, y boleta de notificación del referido penado, a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Presidente del C.N.E. (CNE), al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas de notificación. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley.

JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN.

DR. H.C.V..

EL SECRETARIO

ABOG. RICHARD ECHETO M.

En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 864-08 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, se libraron las boletas de notificaciones a las partes.

EL SECRETARIO,

HCV/gladys.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR