Decisión nº 135-09 de Tribunal Séptimo de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 17 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Séptimo de Ejecución
PonenteAlejandro Montiel Perozo
ProcedimientoCómputo De Pena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 17 de Marzo de 2009

198º y 150º

DECISIÓN No. 135-09 CAUSA N° 7E-042-09

Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 26-01-2009, en contra del penado WOLFANG D.G.R., titular de la cédula de identidad N° 16.781.331, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:

El penado WOLFANG D.G.R., titular de la cédula de identidad N° 16.781.331, fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el artículo 277 Ejusdem, cometidos en perjuicio de DIXON GERALDINO CORONADO Y EL ORDEN PUBLICO, respectivamente.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 23-10-2008, por lo que hasta el día de hoy, 17-03-2009, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido CUATRO (04) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, faltándole por cumplir NUEVE (09) AÑOS, UN (01) MES Y SEIS (06) DIAS.-Cumple la Pena Principal el día 23-04-2018.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 08-03-2011, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 23-12-2011, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 23-07-2013.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 23-02-2015, para el Beneficio de L.C.; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 08-12-2015, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 17-03-2020. Regístrese la presente Resolución. Por cuanto el penado se encuentra detenido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, se ordena el traslado del mismo a la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo con oficio Boleta de Encarcelación al Centro Preventivo, así mismo se oficia al Centro Penitenciario de Maracaibo, para que lo reciba en calidad de detenido, advirtiéndole que el penado debe ser trasladado a este Juzgado el día LUNES TREINTA DE MARZO DE 2009, a tal efecto se oficia al Capitán de la Guardia Nacional con sede en el Centro Penitenciario, para realizar el traslado. Remítase copia certificada de la misma con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al C.N.E. y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales. De igual modo se ordena oficiar a la Coordinación de Defensorias Públicas, a los fines de que designen un Defensor Público que asista al penado, igualmente se oficia al Ministerio de Interior y Justicia para recabar los Antecedentes Penales que pueda registrar el penado y a la Cárcel Nacional de Maracaibo a objeto de remitir Copia Certificada de la sentencia dictada en contra del penado, así mismo, se ordena oficiar al Centro Penitenciario con la finalidad de que remitan Situación Jurídica del penado. OFICIESE. CUMPLASE.

EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

DR. A.M.P.

LA SECRETARIA,

ABG. P.O.

En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el No. 135-09, y se libraron oficios a la Cárcel Nacional de Maracaibo y al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite bajo los números 1435 y 1436-09, se libraron oficios bajo los números 1437, 1438, 1439, 1440, 1441, 1442, 1443, 1444, 1445 y 1446-09.-

LA SECRETARIA

CAUSA N° 7E-042-09

AM/mv

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