Decisión nº 5C-2248-06 de Tribunal Quinto de Control Los Teques de Miranda, de 6 de Junio de 2007

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007
EmisorTribunal Quinto de Control Los Teques
PonenteHerminia Bravo de Freites
ProcedimientoAuto Fundado

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en la ciudad de los Teques, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa de fijar un plazo al Ministerio Público para que concluya la investigación, en virtud de que el delito imputado a sus defendidos esta referido a un ilícito ambiental y como tal corresponde a Violaciones de Derechos Humanos. SEGUNDO: Se NIEGA la Solicitud de Prorroga presentada por el ciudadano ABG. C.L.H., de conformidad a lo establecidos en los artículos 271 y 127 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación al último aparte del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le informa a la Defensa que el Tribunal acordó el Cese de las presentaciones, en fecha 04-6-07, por cuanto, los mismos llevan más de seis meses cumpliendo con dicha medida, ya que, la misma les fue impuesta en fecha 27-7-06. CUARTO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de Revocatoria ejercido por la Fiscalía, en relación al dispositivo. TERCERO de la presente decisión, por cuanto, el mismo esta referido a un pronunciamiento realizado por el Tribunal en fecha 04-06-07 y no fue tomado en la presente audiencia como decisión sino como una aclaratoria o información dada a las partes. QUINTO: Se Ordena la remisión de la presente solicitud a la Fiscalia actuante a los fines de ser anexada a la causa principal.

Regístrese, guárdese copia certificada. Cúmplase.

LA JUEZ.

DRA. H.B.D.F.

LA SECRETARIA

ANA CAPOTE CALERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí ordenado y así lo certifico

LA SECRETARIA

CAUSA N° 5C-2248-06

HBF/ hb

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