Decisión de Tribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control de Carabobo (Extensión Valencia), de 18 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2004
EmisorTribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteIleana Valbuena
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

Valencia, 18 de Octubre de 2004

Años 194º y 145º

ASUNTO : GJ01-S-2003-001826

Juez 11ª de Control: I.V.

Fiscalía: Régimen Procesal Transitorio

Decisión: SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud de Sobreseimiento efectuada por H.J.M.R., Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio en la causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de Suplantación de Seriales, previsto y sancionado en el artículo 358, tercer aparte de la N.S.P.; El Representante del Ministerio Público, solicitó el Sobreseimiento de la causa, por prescripción de la acción penal, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo a los fines de decidir observa lo siguiente:

LOS HECHOS

La presente causa se inició en fecha 13/11/1998, mediante acta policial suscrita por el funcionario YLDEGAR HERNÁNDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Carabobo, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la seguridad de los medios de transporte y comunicaciones, en la cual expuso: “...Por cuanto en la depositaria judicial Venezuela de esta ciudad se encuentra un vehículo marca Ford, modelo Mustang, color blanco, placas AAD-227, serial de carrocería AJ10BR44718, al cual expertos de esta delegación le determinaron que presentaba irregularidades en sus seriales de identificación, se acuerda por ordenes de autoridad abrir la correspondiente averiguación sumaria...”

DEL DERECHO

Del contexto anterior y tomando en consideración lo expuesto por el Ministerio Público en su solicitud, considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es Sobreseer la presente causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, conforme a lo previsto en el artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente fundamento, o bases para solicitar el enjuiciamiento aunado a la imposibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación.

DISPOSITIVA

Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de Suplantación de Seriales, previsto y sancionado en el artículo 358, tercer aparte de la N.S.P.. Líbrense los oficios respectivos. Notifíquese a las partes. En la oportunidad remítanse las actuaciones al Archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control a los 18 días del mes de Octubre de 2004.-

La Juez 11ª de Control

Dra. I.V.

LA SECRETARIA.

M.P..

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