Decisión nº PJ0132007001785 de Sala Décimo Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 19 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2007
EmisorSala Décimo Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteJaizquibell Quintero Aranguren
ProcedimientoAutorización Judicial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL N° 13.

Caracas, 19 de Diciembre de 2007.

197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2007-013889

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto por ante este despacho, sin perjuicios de terceros y sin entrar a prejuzgar el dicho de los testigos promovidos, concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales en forma provisional al ciudadano P.P.C., venezolano, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.952.740, domiciliado en el Conjunto Residencial El Pinar, Edificio B, Piso 12, apartamento B-124, situado con frente a la Avenida 9 de Diciembre, Urbanización El Paraíso. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “e” parágrafo cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por secretaría copia certificada y entréguese a la parte interesada a los fines de que surta sus efectos legales, asimismo se ordena la devolución de los documentos originales consignados en autos y el archivo del presente expediente.

La Juez

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren

El Secretario

Abg. Felipe Medina

ASUNTO: AP51-S-2007-013889

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