Decisión nº 105-2012 de Juzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 27 de Julio de 2012

Fecha de Resolución27 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario
PonenteLilia María Casado
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de julio de 2012

202° y 153°

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº105/2012

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 18 de julio de 2012, por los abogados M.E.M.P. y R.A.H.M., actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., siendo la oportunidad prevista en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario, este Tribunal ADMITE PARCIALMENTE las pruebas promovidas, en virtud de que el mérito favorable es un medio de prueba valido de los contemplados en nuestro ordenamiento jurídico, y porque en todo caso –en virtud del principio de la comunidad de la prueba -el juez está en el deber de aplicarlo de oficio independientemente de que haya sido o no alegado por las partes (Cfr. Sentencia N° 1000 de la Sala Político-Administrativa de fecha 30 de julio de 2002, caso: Proyectos N.T., C.A., Exp. N° 293 y Auto N° 481 del Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa de fecha 16 de septiembre de 2003, Exp. N° 2002-702, con respecto a los otros medios probatorios promovidos, el mismo se admite en el siguiente término:

I

PRUEBAS DOCUMENTALES

De conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se admiten las pruebas documentales debidamente identificadas en el escrito de promoción de pruebas.

II

PRUEBAS DE INFORMES

De conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar a las siguientes empresas:

1º Sociedad Archer D.M.C., ubicada 4666 Faries Parkway, Decatur, Illinois, 62525, estado Unidos de América, dirección electrónica: Kris.High@adm.com, teléfonos +1.305.3795321. Persona de contacto Kris Bacará High, Señor Sales Manager, Latin America.

2º AMCOR Flexibles Zutphen B.V. (Alcan Packaging Zutphen B.V.), ubicada Finsestraat 1.792 CE Zutphen P.O.Box 12,7200 AA Zutphen, Reino de los Países Bajos, dirección electrónica: Antonio.verdes@amcor.com, teléfonos +34.94.5430442. Persona de contacto J.A.V., Sales Manager Formig Converter Iberia & South América.

3º VISCOFAN DO BRASIL S.C.I. LIDA, ubicada RUA AMADOR BUENO, 474, Sao Paulo, Brasil, dirección electrónica: Machado@brasil.viscofan.com, teléfonos +55.11.51807423/7400. Persona de contacto C.M., Coordinadora de Exportaciones.

4º SociedadJBS, S.A., ubicada Av. Marginal ireita Do Tiete 500 V.J. –CEP 05118-100, Sao P.B., dirección electrónica marcio.cruz@bs.com.br. Persona de contacto M.C., Export Department JBS Group.

5º SEALED AIR DE MEXICO S DE R.L DE C.V. ubicada Torre Axis Prolongación Paseo de la Reforma #61 piso 10. S.F., México, dirección electrónica BLANCA.MONROY@SEALEDAIR.COM, teléfonos 52.555.2671400. Persona de contacto B.M., Coordinadora de Exportaciones.

6º Kalle GMBH ubicada Rheingaustrarse 190-196, D-65203, Wiesbaden, Alemania, dirección electrónica naloman.osorio@gmail.com, teléfonos 212.2321679. Persona de contacto A.O., Director Gerente.

7º Case Tech GMBH & Co. K.G., ubicada August-Wolff-Strabe 13. 29699, Bomlitz, Alemania, dirección electrónica claus.salge@gmail.com, teléfonos 212.2623348. Persona de contacto C.S., Director.

8º Brenil Industria de Produtos Alimenticios Ltda., ubicada Rodovia RS 130, No 1770, Bairro Medianeira –CEP. 95940-000. Arroio Do Meio-RS, Brasil, dirección electrónica rafael@bel.intl.com.br, teléfonos +55.54.32862776. Persona de contacto R.B.A., Trader.

9º Lacta Grancolombiana S.A. ubicada Vía Autódromo Km 2 Tocancipá, Cundinamarca, Colombia. Dirección electrónica rafael@bel.intl.com.b, teléfonos +57.1.5934700. Persona de contacto J.H., Manager de exportaciones.

10º Poly-clip System GMBH & Co. K.G, ubicada Westerbachstrabe 45. D-60489. Frankfurt, Alemania, teléfonos 212.9925512. Persona de contacto R.A.M., Director.

11º THE EAST ASIATIC COMPANY, LTD. A/S (A/S DET OSTASIATISKE KOMPAGNI), ubicada East Asiátic House. 20 Indiakaj. DK-21000, Copenhagen, Dinamarca, teléfonos (0045) 3525-4314 y (0045) 408-71248. Persona de contacto C.L., vicepresidente del área legal.

A los fines de que informen a este Tribunal todo lo expuesto en el Capitulo III y IV del escrito de pruebas promovido por la representación judicial de la contribuyente PLUMROSE LATINOAMERICA, C.A. Asimismo de conformidad con lo previsto en el artículo 393 del Código de Procedimiento Civil, se concede el término extraordinario ultramarino de seis (6) meses para la evacuación de las pruebas.

En virtud del criterio establecido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (Sentencia Nº 778 de fecha 03/06/2009, Distribuidora Rower,C.A., Exp. Nº 2009-358), se ordena con fundamento en los artículos 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, notificar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), del presente auto de admisión.

Una vez que conste en autos el Oficio librado al Servicio nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 271 del Código Orgánico Tributario vigente, se abre el lapso de evacuación de pruebas de seis (6) meses en la presente causa, vencido éste, comenzará a computarse el término para el acto de Informes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 ejusdem.

El Juez Temporal,

J.L.G.R.. La Secretaria,

Y.M.B.A.

Asunto N° AP41-U-2012-000126

JLGR/ymb

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR