Decisión nº PJ412007000725 de Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 29 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonentePedro Rafael Mejias
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, veintinueve de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: BP02-M-2006-000144

Vista la diligencia suscrita en fecha 22 de Noviembre de 2007, por el Abogado ASDRUBAL OCHOA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.199, en su carácter Apoderado Judicial de la demandante PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., mediante la cual desiste del presente procedimiento por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION incoada por la Sociedad Mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A. en contra de la Sociedad Mercantil EXQUISITECES EL PILON, C.A., el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, igualmente acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, así como de la anterior diligencia y del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y 1º de la Ley de Sellos, asimismo se suspende la Medida Provisional de Embargo decretada por este Juzgado en fecha 26 de mayo de 2007.- Cúmplase.-

El Juez Suplente Especial,

Abg. P.R.M..- La Secretaria,

Abog. D.R. deN.

PRM/DRN/mjrr.-

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